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8 reglas básicas sobre factura electrónica



La factura electrónica solo puede ser timbrada
por el SAT o un PAC.

La factura electrónica es aquel documento fiscal que avala una transacción comercial, dicho comprobante cumple con los requisitos legales que establece el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y su alcance legal y efectos son los mismos que los de los comprobantes fiscales impresos.

La factura electrónica únicamente puede ser emitida o timbrada por únicamente por el SAT o de los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), este cambio ha tenido un alto impacto en todas las empresas, ahora tanto clientes como proveedores conocen y manejan documentos digitales.

A continuación enlistamos las 8 reglas básicas sobre la factura electrónica:
  1. Favorece no sólo a tu empresa, también al planeta.

El cambiar a factura electrónica, trae grandes recompensas no sólo en el ámbito administrativo, también otorga un beneficio al planeta, ahorrando grandes cantidades de papel que, a final del día terminarán destrozados o en basureros. En México cerca de 60 árboles son talados por cada millón de facturas, con la factura electrónica se evita la tala de hasta 240,000 árboles.

     2. Todos los contribuyentes deberán emitir Factura Electrónica.


Todas las empresas deben migrar a factura electrónica sin excepción ya que durante este año (2014), los únicos comprobantes fiscales que serán deducibles serán los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas.

     3. Cuidado con las facturas apócrifas.

Hoy en día las empresas, llámense grandes corporativos o las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES), se preparan para asumir una cultura de seguridad informática, hablar de sellos digitales y archivos en XML es cada vez más usual, el esquema de factura electrónica fue creado con la finalidad de incrementar la seguridad de los documentos de facturación. Sin embargo, es importante verificar que la factura electrónica que se recibe por parte del proveedor sea autentica, para con ello evitar problemas con la autoridad fiscal, de lo contrario, en caso de detectarse una factura apócrifa, se incurre en el delito de defraudación fiscal, para esto varios PAC cuentan con un sistema de verificación de comprobantes fiscales en versión CFDI´s o factura electrónica, con el cual se garantiza la autenticidad de la misma.

     4. ¿Qué se requiere para emitir una factura electrónica?

Todas las empresas que quieran migrar a factura electrónica deben pasar por un proceso muy fácil, el cual consiste en primera instancia en tramitar la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), una vez obtenida la Fiel, se debe tramitar el Certificado de Sello Digital en la página de internet del SAT, para posteriormente contratar los servicios de un PAC.

     5. El PAC reporta por ti.

Una de las funciones básicas de los PAC, es enviar una copia de cada factura electrónica o CFDI que emite cada contribuyente directamente al SAT.


     6. Ahorra costos y optimiza procesos.

Elimina costos de envío, impresión, almacenamiento y mejora la labor de cobranza pues las facturas se las envían a los clientes a tiempo y cuantas veces sean necesarias, con ello se evitan costos derivados de impresión, papel, costos de mensajería y derivados, optimiza el proceso y agiliza el proceso de cobranza ya que la factura es enviada al momento de ser elaborada.

    7. Olvida los programas y licencias.

Existen empresas que te piden descargar un software y pagar una licencia ya sea por una sola vez o de manera anual. Nosotros recomendamos a las que tienen todas tus facturas en la nube (no solo en el software), pues las podrás ver o reenviar cuando quieras y desde donde quieras. Las ventajas de esa solución es que se puede almacenar en un espacio virtual llamado “La nube”, con esto las facturas electrónicas se mantienen seguras de cualquier eventualidad o catástrofe, algunos PAC ofrecen soporte técnico las 24 horas, así que nunca estarás solo y puedes emitir la factura electrónica desde cualquier lugar con acceso a internet.

    8. La factura electrónica revolucionando el mundo de los negocios. 


La Facturación Electrónica se integro desde el año 2004 por el SAT, de la fecha hasta ahora a tomado auge ya que tiene como principal objetivo sustituir a la tradicional factura impresa ya que es un documento de carácter Fiscal Digital que cuenta con garantía legal que cumple con todos los estándares establecidos por el SAT siendo esta de validez y carácter como comprobante fiscal digital (CFD) y es de gran ayuda al medio ambiente.

Publicadas por Facturación Electrónica

8 reglas básicas sobre factura electrónica

Certificado de Sello Digital para emitir factura electrónica


Si eres persona física, debes contar con un Sello Digital.
En los pasados días, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), determinó que las personas físicas que tengan que emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o también llamada factura electrónica, pueden hacerlo usando única y exclusivamente su Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

Sin embargo, lo recomendable a la hora de emitir una factura electrónica es contar con el Certificado de Sello Digital (SCD). Un Certificado de Sello Digital, es como su nombre lo indica un Certificado emitido por el SAT pero cuyo propósito es más específico que el de la Fiel, ya que se limita únicamente a la firma electrónica de CFDI´s o facturas electrónicas.

Se puede utilizar un solo Certificado de Sello Digital para toda la operación de la empresa, o bien tramitar un Certificado de Sello Digital para cada una de las sucursales, establecimientos o locales donde se emita factura electrónica.

La Firma Electrónica Avanzada (Fiel) es muy importante para emitir factura electrónica, sin embargo,  no tiene el mismo valor que el Certificado de Sello Digital para emitir factura electrónica de manera segura, el beneficio de la Fiel es que permite obtener el Certificado de Sello Digital (CSD), que sí es necesario para emitir factura electrónica de manera segura.

Un Certificado de Sello Digital es, según el Código Fiscal de la Federación, es un documento electrónico que es asociado a una identidad y a su propietario. Existe un vínculo legal entre el documento electrónico y el Certificado de Sello Digital, por tanto lo que vaya con el archivo, es vinculante.

Las características de un Certificado de Sello Digital son:
  • Cada Certificado de Sello Digital lleva un código de identificación único.
  • Se debe señalar su origen, es decir, el SAT y la dirección electrónica.
  • Contiene el nombre del titular y del certificado.
  • Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Vigencia del certificado: fecha de inicio, fecha de término.
  • Clave pública del titular del certificado.
  • Señalar con qué tecnología fue creada la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

El Certificado de Sello Digital tiene como finalidad la aceptación legal de una factura electrónica, es como si se firmará con la mano. Es la firma digital de los comprobantes fiscales, garantiza el origen de la factura electrónica, su unicidad, integridad y autenticidad.

Una de las grandes ventajas del Certificado de Sello Digital es que se puede obtener a cualquier hora y en cualquier día ya que se hace a través de la página del SAT, descargando el sistema SOLCEDI.

Se debe tener cuidado con el Certificado de Sello Digital ya que puede quedar sin efectos fiscales, esto sucede si:

La autoridad fiscal:
  • Omita la presentación de 3 ó más declaraciones periódicas consecutivas ó 6 no consecutivas.
  • Durante una revisión o proceso administrativo no se localice el domicilio manifestado.
  • Cuando se tenga conocimiento de que los CFDI emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
Los contribuyentes a quienes se les haya dejado sin efectos el Certificado de Sello Digital podrán llevar a cabo el procedimiento que determine el SAT para subsanar las irregularidades detectadas, a fin de obtener un nuevo certificado.


La autoridad fiscal deberá emitir la resolución sobre dicho procedimiento en un plazo máximo de 3 días, contando a partir del día siguiente a aquel en que se reciba la solicitud correspondiente.

Publicadas por Facturación Electrónica

Certificado de Sello Digital para emitir factura electrónica

SAT saturado por factura electrónica


Una gran cantidad de contribuyentes se registran
para poder emitir facturas electrónicas.
En los recientes días del mes de enero, el sistema para tramitar un Certificado de Sello Digital (CSD) se encuentra saturado, esto debido a la excesiva cantidad de contribuyentes que se registran para poder emitir facturación electrónica.


El SAT anticipo que miles de contribuyentes acudirán a realizar trámites de último momento, las principales razones son la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).


Se espera que sean cerca de 3.7 millones de contribuyentes los que tengan que migrar a la factura electrónica, de los cuales, 1.4 millones ya han migrado a este sistema de facturación. Cerca de 2 millones de contribuyentes percibieron un ingreso anual de hasta 500 mil pesos, por lo que cuentan con la facilidad de expedir factura electrónica a partir del 1 de abril, sin embargo, se recomienda que no dejen a último momento este cambio, ya que se prevé que a mediados de marzo se encuentre el SAT saturado por factura electrónica nuevamente.


A pesar que se encuentre el SAT saturado por factura electrónica, se pronostica que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), auxilien a los 2 millones de contribuyentes que faltan por migrar a la factura electrónica.


Los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC´s), han presentado un aumento considerable en cuanto a la demanda que presentan, dicha demanda creció considerablemente desde finales del año pasado. Actualmente se presentan algunos “cuellos de botella” por la demanda excesiva del mercado en las adaptaciones para poder realizar la factura electrónica, sin embargo, una vez que se encuentren realizadas dichas adaptaciones, la capacidad que presentan los PAC será superior a la demanda.


En los últimos meses la mayoría de las empresas comenzaron a preocuparse en cambiar a la factura electrónica y por la obligación de emitir CFDI´s para retenciones, sueldos y salarios de sus trabajadores, por este motivo también se encuentra el SAT saturado por factura electrónica. Sin embargo, es importante recordar que el SAT dio facilidades también para la nómina electrónica.


Todos aquellos contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado hayan tenido ingresos de hasta 500 mil pesos y deseen emitir factura electrónica hasta abril, también podrán expedir recibos de nómina electrónica hasta esa misma fecha.



Con respecto a las personas físicas y morales con ingresos anuales superiores a 500 mil pesos podrán diferir hasta marzo la emisión de los recibos de nómina como CFDI, siempre y cuando el 1 de abril hayan emitido todos los CFDI´s diferidos.

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SAT saturado por factura electrónica

Prórroga para la Nómina Electrónica

De acuerdo con la pasada Reforma Fiscal 2014 aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación, se estableció la obligación para todos los contribuyentes de emitir Nómina vía Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o Nómina Electrónica a partir del 1 de enero del presente año (2014).  De acuerdo con lo anterior, surgieron dudas de si existiría prórroga para la nómina electrónica o no.

La Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 estableció en el artículo 45 transitorio que los contribuyentes que se encuentren imposibilitados para cumplir con lo dispuesto en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y el artículo 99, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de expedir un CFDI por concepto de pago de salarios o nóminaelectrónica, así como por las retenciones de contribuciones que efectúen durante el periodo que abarca al 1 de enero de 2014 al 31 de marzo de 2014, siempre y cuando el 1 de abril de 2014 se haya finalizado la migración al esquema de CFDI o nómina electrónica de cada pago o retención efectuadas por las que hayan tomado la opción de diferimiento señalada.

En cuanto al Régimen de Incorporación Fiscal, anteriormente llamado Repecos no están obligados hasta el 31 de marzo de 2014 a expedir nómina electrónica por las remuneraciones que efectúen por concepto de salarios y en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, ni por las retenciones de contribuciones que efectúen.

El SAT dio a conocer que la prórroga para la nómina electrónica que se otorgó de tres meses será un apoyo para quienes se incorporen al programa durante el lapso de prórroga, así que invito a todos los contribuyentes que no lo han hecho a darse de alta en el servicio de manera pronta para así evitar incurrir en alguna falta ante las autoridades fiscales.


La nómina electrónica pretende ser un medio de información para la correcta fiscalización de empresas y representan un avance importante para sistematizar el proceso contributivo y de desarrollo para la recaudación fiscal en el país, lo recomendable es no dejar la migración a ultimo momento ya que no habrá otra prórroga para cambiar a este nuevo esquema de emitir nómina.

Lo que debes hacer para comenzar a emitir nómina es necesario contar con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), el Certificado de Sello Digital y acudir con un Auxiliar de Comprobación Autorizado (anteriormente nombrado Proveedor Autorizado de Certificación PAC) y podrás emitir nómina electrónica al instante.

Publicadas por Facturación Electrónica

Prórroga para la Nómina Electrónica