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¿Cuáles son las prácticas indebidas en la emisión de facturas de acuerdo al SAT?

Con la finalidad de proteger el derecho de los contribuyentes a deducir y acreditar impuestos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las prácticas indebidas detectadas en la emisión de facturas, que servirán de guía para evitar sanciones:
  1. Exigir cualquier dato distinto al RFC.
  2. Obligar a proporcionar un correo electrónico, esto es opcional.
  3. Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura.
  4. Obligar al receptor a generar la factura en un portal.
  5. Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción.
  6. Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada.
  7. Solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura.
  8. Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo.
  9. No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos.
  10. No emitir factura.


La autoridad añadió que si se detecta alguna de estas prácticas es necesario que el contribuyente lo denuncie en el portal del SAT. Cabe destacar que también son objeto de denuncia casos en los que no se emitió la factura o ésta se emitió con errores pues la autoridad apoya al contribuyente en la obtención del documento de manera correcta.Hay que recordar que a partir de agosto el fisco irá contra los contribuyentes que compraron alguna factura para reducir el pago de sus impuestos, los denominados EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas) que al comprar facturas o comprobantes fiscales digitales pretenden simular un aumento en sus gastos.


Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cuáles son las prácticas indebidas en la emisión de facturas de acuerdo al SAT?

¿Operaciones simuladas? Un esquema de evasión fiscal que está persiguiendo el SAT

En días recientes el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que realizó un operativo en el que detectó 150 empresas que facturan operaciones simuladas, de éstas, hay algunas que se identificaron con desvíos de recursos públicos; sin embargo, la dependencia afirma que ya existen denuncias penales ante la Fiscalía General de la República para perseguir este modo de evasión fiscal.

Pero ¿qué son las operaciones simuladas? De acuerdo al SAT, existen empresas que venden facturas para ser deducidas por otras que si tienen operaciones reales; a las primeras les llaman EDOS, mientras que las segundas han sido denominadas como EFOS.  


Cabe aclarar que las facturas que emiten son válidas, pues cuentan con los elementos formales y autorizados por el SAT, la falsedad de éstas radica en que la operación amparada es simulada, es decir, no existe.

¿Cuáles son sus características? 

Las EFOS no cuentan con activos, personal ni infraestructura física, además, tampoco se localizan en el domicilio fiscal proporcionado a la autoridad o lo cambian sin notificar, generalmente en zonas marginales, virtuales o ficticias. Aunado a ello, los socios no cuentan con recursos económicos, ni declaran, son ilocalizables o fueron empleados. Respecto del ámbito financiero, abren cuentas bancarias y las cancelan en un corto tiempo, presentan altos montos de facturación, mismos que contrastan con pocos o nulos gastos. En tanto que su objeto social es muy amplio con énfasis en intangibles.

Por su parte las EDOS por lo general cumplen con las obligaciones fiscales, sí están localizadas en el domicilio fiscal registrado ante el SAT, tienen una actividad en donde la materialidad es visible; los socios están en la nómina y muestran cumplimiento. Este tipo de empresas suelen reportar pérdidas fiscales y generar, por tanto, mínimos impuestos, así como documentación falsa para acreditar materialidad de la operación como manuales, asesorías, capacitación, etc.

¿Cómo evitar que una empresa sea considerada con operaciones simuladas o inexistentes?

Para evitar que el SAT determine un producto o servicio como operación inexistente es necesario contar con la documentación que ampare las operaciones, por ejemplo, el acta constitutiva, actas de asamblea y contratos de arrendamiento en donde se realiza la actividad, así como los comprobantes que se expiden a sus clientes. Aunado a ello, es necesario contar con facturas, contratos y formas de pago que les permitan ampararse.

Respecto de comprobar servicios intangibles es importante no sólo estar comprobados por el CFDI, sino justificar por qué se adquirieron con pruebas como, el medio en que se contactó al proveedor, en qué consistió el servicio y cuándo se proporcionó; cuándo y dónde se llevó a cabo, así como el nombre y RFC de quiénes prestaron el servicio y su perfil profesional.

Mientras que, para servicios tangibles, son necesarias pruebas como tener un almacén donde se recoge y entrega la mercancía, contar con transportista (interno o externo), el pago de seguro por la mercancía, pago de salarios y maniobras y en su caso, que se cuente con los pedimentos correspondientes, así como el registro de los pedidos y la relación adecuada de sus activos (propios o rentados).

Por lo tanto, es de suma importancia recabar y tener en orden la documentación necesaria, pues si en determinado momento el SAT emite la lista de contribuyentes presuntamente EFOS, estos puedan demostrar debidamente sus operaciones.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Operaciones simuladas? Un esquema de evasión fiscal que está persiguiendo el SAT