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SAT regulará relación cliente-PAC

El SAT decidió posponer la obligación de contar con un
contrato de adhesión.



Debido al éxito que ha tenido la factura electrónica en México, la autoridad fiscal busca establecer un criterio para regular la relación en el desarrollo de las actividades que llevan a cabo los Proveedores Autorizados de Certificación de CFDI.

De esta manera, se estableció que a partir del 1 de enero de 2017, sería obligatorio que por cada servicio que provea a un contribuyente se cuente con un contrato de adhesión, sin embargo, recientemente el SAT informó otorgará un breve margen de espera.

Lo anterior, permitirá a los PAC concentrar sus esfuerzos en la implementación de las modificaciones al Anexo 20, acompañado de las implementaciones como la del complemento de nómina, comercio exterior y para recepción de pagos.

Cabe mencionar que esta mejora se encuentra en la fase final de ejecución, cuyo arranque se dio en septiembre de 2016 y continuará desarrollándose a lo largo de 2017, por ello en la Resolución Miscelánea Fiscal de este año, dicho requerimiento no se mostrará con carácter de obligatorio.

La idea surge con el afán de establecer un parámetro de contratación y protección de los derechos de los contribuyentes y consumidores, resultado del trabajo del Servicio de Administración Tributaria en conjunto con la PROFECO y los Proveedores de Certificación de CFDI.

Orgullosamente Facturaxion participó en el proceso de registro e implementación del contrato tipo y junto con otros 45 proveedores, obtuvo de manera oportuna y satisfactoria el registro de la PROFECO, colocándose en el nivel más alto de profesionalismo, calidad y compromiso gracias al arduo trabajo que hasta ahora nos distingue.

Publicadas por Facturación Electrónica

SAT regulará relación cliente-PAC

Anexo 20 versión 3.3

La versión 3.3 modificará mas de un documento para 2017


A partir de esta semana, ya se encuentra disponible la versión 3.3 del anexo 20, es decir, la más reciente actualización del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet.

Si bien el Servicio de Administración Tributaria contempla su puesta en circulación durante el primer semestre de 2017, la versión anterior 3.2 y el documento más actual podrán ser utilizados de manera alternativa o simultáneamente.

Acerca del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet

Además del nacimiento de nuevos documentos como, comercio exterior, recepción de pagos y de nómina, el nuevo CFDI contempla:

  1. Cambio del Timbre Fiscal Digital y del Código de Barras bi-dimensional.
  2. Ajuste del proceso de impresión.
  3. Modificación de la encriptación del CFDI.

Asimismo, se prevé que con el nuevo CFDI se lleven a cabo las siguientes acciones:

  1. Estandarizar los distintos tipos de comprobantes.
  2. Generar sellos digitales a través de Internet.
  3. Homologar el servicio de cancelación.
  4. Especificar técnica del catálogo de barras bidimensional.

La estructura, Secuencia de cadena original y el catálogo del CFDI, los puedes encontrar para consulta o descarga, en el portal de internet del SAT.

Seguiremos pendientes de la información que te mantenga actualizado sobre este tema. Suscríbete a nuestro boletín y recibe las notificaciones de las noticias más importantes de la semana para que siempre estés bien informado.

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Publicadas por Facturación Electrónica

Anexo 20 versión 3.3

Actualizaciones al CFDI para Comercio Exterior

La nueva versión del CFDI para Comercio Exterior
debe incluir más información acerca del emisor así como del receptor



Pese a que la fecha para la entrada en vigencia de este complemento es hasta el próximo 1 de marzo de 2017, el Servicio de Administración Tributaria, hizo del conocimiento de los contribuyentes interesados, la especificación técnica correspondiente a la versión 1.1.

La actualización del complemento para contribuyentes exportadores de mercancías en definitiva con clave de pedimento A1, incorpora un grupo de funcionalidades adicionales, entre las cuales se encuentran:

  1. Un nodo para ser usado en el caso de operaciones de exportación definitiva de mercancías en definitiva tipo A1, en casos en los cuales estas mercancías no son objeto de enajenación, o siéndolo esta a título gratuito.
     
  2. Actualización de la validación referente a la identificación del producto o productos a varias fracciones arancelarias.
     
  3. Modernización del Catálogo para las mismas.
     
  4. Incorporación de domicilios, tanto del emisor como del receptor.

Finalmente, el SAT informó que los contribuyentes que cuenten con los medios y que asimismo lo deseen, pueden hacer uso de la nueva versión del Complemento para el Comercio Exterior antes de la fecha señalada, por lo tanto dichos CFDI podrán ser recibidos por quien corresponda.

Clave A1

Corresponde a la importación definitiva, es decir, la entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en territorio nacional por tiempo ilimitado.

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Actualizaciones al CFDI para Comercio Exterior

Nuevo Complemento para Recepción de Pagos



Una de las modificaciones al anexo 20 es
la inclusión de un complemento para la Recepción de Pagos
Para la recepción de pagos en parcialidades y de una sola exhibición que no se cubran al momento de la expedición de una factura electrónica, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer la nueva versión del complemento correspondiente.

Ya que se espera que este documento entre en vigencia a partir del próximo 1 de julio de 2017, el SAT puso a disposición de proveedores, contribuyentes y público en general a través de su portal eninternet, la versión técnica 1.0 para dar inicio a su desarrollo y consecuentemente a las pruebas para su correcto funcionamiento.

Cabe mencionar que la nueva información requerida por la autoridad debe incorporarse al CFDI que se expida por cada forma de pago, así como, cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión de la factura.

Se espera que una vez en funciones, este complemento de pagos sirva como una notificación de recepción de cualquier CFDI, con lo que se obligará a los contribuyentes a emitir Notas de Crédito cuando se cancelen los comprobantes, es decir, no será necesario que se cancele dicho documento cuando este no se ha pagado aún.

Por otra parte, la autoridad tributaria no aclaró si los contribuyentes pueden hacer uso de esta versión antes de la fecha indicada, asimismo, no especificó la posibilidad de extender una prórroga a quienes no logren poner en marcha las modificaciones en la fecha límite.

Por último vale la pena aclarar que el complemento para la Recepción de Pagos corresponde a la regla 2.7.1.35 de la Tercera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal de 2016.

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Nuevo Complemento para Recepción de Pagos

Éxito en la expo feria Nómina Digital



Record de asistencia en la Expo Feria Nómina Digital
Gracias a la convocatoria del Servicio de Administración Tributaria, esta semana se llevó a cabo la expo feria Nómina Digital, en el World Trade Center de la Ciudad de México, donde hubo record de asistencia para conocer la nueva forma del CFDI para trabajadores.

Proveedores, desarrolladores, contribuyentes y demás interesados, se dieron cita para escuchar y participar en los talleres y ponencias acerca de los cambios que la autoridad implementará a partir del 1 de enero del 2017.

Entre los videos del evento, disponibles en el canal de YouTube del SAT, el público en general puede resolver las dudas que se hayan generado derivado del anuncio, sin embargo, te compartimos los puntos más importantes transmitidos por la autoridad.

De acuerdo con ellos, los patrones ya no tendrán que entregar la declaración anual de sueldos y salarios el próximo febrero de 2018, además el complemento que corresponde a los asalariados debe ser generado por cada pago que reciban, es decir, semanal, quincenal o mensualmente, dependiendo de cada caso.




Verifica que tu PAC implemente el sistema adecuado
para la transición
Asimismo, una vez que entre en vigencia, el pago de nómina podrá ser deducible del Impuesto Sobre la Renta o ISR, sólo si el documento cumple con los nuevos requisitos, entre los cuales se incluyen

ü Nombre del trabajador
ü CURP
ü Tipo de contrato
ü Régimen
ü Número de empleado
ü Periodicidad de pago (quincenal, semanal)
ü Clave de la entidad federativa (donde se prestó el servicio)
ü RFC



Pese a que las autoridades no han informado sobre posibles repercusiones a quienes no lleven a cabo la migración a la versión 1.2 del comprobante de nómina, otras obligaciones con implicaciones perjudiciales podrían verse comprometidas, lo cual explicó Alejandra Fernández Moreno, en el taller denominado “Nómina Digital: Multas y Auditorías” presentada por FACTURAXION.


Cabe mencionar que muchos fueron los interesados que se acercaron nuestro stand donde recibieron la mejor de las atenciones, a quienes también se les brindo la información sobre una solución diseñada especialmente para la generación de CFDI de nómina.

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Éxito en la expo feria Nómina Digital

¿Cómo solicitar la condonación de una multa?


Puedes solicitar la condonación de una multa a través
del portal de internet del SAT

Tanto personas físicas y morales que tengan a su cargo multas fiscales pueden solicitar la absolución de la misma en el momento que el contribuyente lo requiera.
Los requisitos para solicitarla son:
  • Resolución mediante la cual se impuso la multa de la cual se solicita la condonación
  • Constancia de notificación de la resolución mediante la cual se impuso la multa
  • Cualquier otro documento que la autoridad pueda considerar necesario para autorizar el trámite
  • Original y fotocopia para el cotejo de todos los anteriores
  • Escrito libre o archivo electrónico en PDF, el cual debe contener:

- Nombre del contribuyente y la denominación o razón social de la empresa, si el contribuyente es persona moral
- El domicilio fiscal dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes, así como, donde se recibirán las notificaciones al respecto
- RFC
- La autoridad a la que se dirige
- Propósito de la promoción
- Dirección de correo electrónico
- Desglose de los importes y conceptos
- Protesta de decir la verdad de que no se encuentra vinculado con algún proceso penal
- Manifestar si los adeudos se encuentran controvertidos
- Cumplir con los requisitos para cada paso, como pagar en una solo exhibición el adeudo restante o solicitar al mismo tiempo el pago a plazos o cumplir puntualmente con el pago de los mismos

 
Puedes hacer tu petición mediante dos vías, la primera es en la oficina del SAT de tu preferencia, entregando la documentación solicitada, finalmente recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

 
Finalmente, también lo puedes hacer a través del portal de internet del SAT:

1. Ingresa a la sección Trámites, captura tu RFC y Contraseña en "Mi Portal", seguido de Iniciar Sesión.

2. Selecciona sucesivamente las opciones Servicios por Internet: Servicio o solicitudes: Solicitud.

3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Aviso, indicando el trámite a realizar.

4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneados.

5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.

6. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.


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¿Cómo solicitar la condonación de una multa?