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5 Tips a considerar en las validaciones del CFDI

Recordemos que los contribuyentes tienen diversas obligaciones a lo largo de su vida fiscal, y una obligación modular en su operación es la emisión de los CFDI´S, por lo que debemos poner especial énfasis en que dichos comprobantes cumplan con la estructura y validaciones que establece la autoridad. Es importante recordar que estos CFDI´s amparan para el emisor la obtención de ingresos y para el receptor la correcta deducción del gasto efectuado, por lo que hoy ponemos en tu radar 5 tips que te apoyaran en la emisión de tus comprobantes.



Es importante que consideres y tengas en cuenta las formalidades de cada atributo, con el fin de evitar cometer errores o hasta la invalidez de tus comprobantes, los cuáles amparan tus operaciones cotidianas como contribuyente.

Publicadas por Facturación Electrónica

5 Tips a considerar en las validaciones del CFDI

Beneficios de estar en el régimen de salarios

Es importante definir de manera breve qué es una persona asalariada; El Servicio de Administración Tributaria (SAT) nos menciona que son “Las personas físicas que perciben salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo.

En México la mayoría de los contribuyentes son personas físicas que se encuentran dados de alta en un régimen asalariado, es decir, dependen de ciertas prestaciones u obligaciones para poder fungir como tal.

En esta nota te compartiremos algunos de los beneficios más comunes sobre el régimen de asalariados para que tengas un conocimiento más amplio de los mismos. 


Estos son los derechos que se pueden deducir de impuestos:


  • Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.

  • Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.

  • Gastos funerarios.

  • Pagos por primas de seguro de gastos médicos.

  • Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para la casa habitación.

  • Donativos.

  • Transporte escolar obligatorio.

  • Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.

  • Impuestos locales por salarios.

  • Colegiaturas (preescolar a preparatoria).


Toma en cuenta que si estás en este tipo de régimen debes presentar tu declaración anual antes del 30 de abril del siguiente año y así cumplir con tus obligaciones tributarias. 


Recuerda que Facturaxion cuenta con una solución ideal para ayudarte a mantener organizadas tus operaciones fiscales. Verifíca-t resguarda tu información contable en nuestra Bóveda Fiscal, además de poder realizar una descarga masiva de tus CFDI´s. 


Conoce más sobre estos beneficios aquí y si tienes duda de como registrarte te dejamos esta información http://omawww.sat.gob.mx/regimenesfiscales/Paginas/Asalariado/default.htm 


Publicadas por Facturación Electrónica

Beneficios de estar en el régimen de salarios

Cambios en la reforma laboral: Outsourcing

El outsourcing en México tiene sus orígenes desde el año 2012, que fue cuando se le incluyó en la Ley Federal del Trabajo, lo que dio paso a la terciarización de la contratación de sus trabajadores a través de este proceso. La definición de la palabra “outsourcing”, es el proceso económico empresarial en el que una sociedad mercantil transfiere los recursos y responsabilidades a una empresa externa.


El  23 de abril del año en curso, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto con la reforma que regula el outsourcing, la cual entró en vigor el 24 de abril del presente año, donde se menciona que la simulación de trabajo que se manejaba como “outsourcing” ya no estará vigente y en su lugar se permite la contratación de servicios especializados.



Dentro del decreto se contienen los cambios a estas 7 leyes, la Ley Federal del Trabajo (LFT), Ley del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), Código Fiscal de la Federación (CFF), Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y así como del Apartado B del artículo 123 de la Constitución. 


Es importante tomar en cuenta que desde el pasado 26 de mayo inició el plazo de 90 días que tienen las empresas para poder registrar a la misma en el padrón de trabajadores. 

La fecha límite es el 22 de agosto del presente año para poder darse de alta. 

Este trámite tiene una vigencia de 3 años y es de vital importancia contar con el registro para poder prestar sus servicios. 

A continuación te damos a conocer  los cambios implicados en esta reforma:


  • No se permite la subcontratación de personal 

  • Solo se permite la subcontratación de personal, que ejecute obras o preste servicios especializados que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria.

  • Las empresas que reciban los servicios especializados deberán responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento laboral. 

  • Los Servicios Especializados serán a través de contratos por escrito y deben contar con autorización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). 

  • Los prestadores de Servicios Especializados deberán estar al corriente en sus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social, además de acreditar el carácter especializado del servicio como requisitos para obtener la autorización de la STPS.  

  • Si el patrón no permite la inspección y vigilancia de las autoridades será acreedor de una multa de entre 22 mil y 448 mil pesos. 

  • Se responsabiliza solidariamente al contratante si la prestadora de Servicios Especializados incumple con sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Infonavit.

  • Tiene como objetivo, eliminar las malas prácticas en materia fiscal, de seguridad social y laboral asociadas a la subcontratación. 

  • Se busca prevenir la evasión fiscal e incentivar la recaudación, ya que estas empresas de outsourcing, no declaraban lo que realmente ganan y sobre todo no daban reparto de utilidades. 


Este cambio afecta principalmente a empresas de capital humano, por lo que algunas firmas están buscando cómo operar bajo las nuevas leyes y con estas modificaciones ya no podrán ser patrones de los trabajadores subcontratados, sin embargo pueden contratar nuevo personal y capacitarlo para llevar a cabo las actividades requeridas.

 

Finalmente, se realizarán sanciones más robustas para las empresas, si se tiene un incumplimiento de las mismas. Por ejemplo: La LFT estableció una sanción equivalente a 4 millones 481,000 pesos, a la operación de la tercerización ilegal. Esta multa podrá ser impuesta a las empresas que subcontraten personal, al igual que a las compañías que presten servicios especializados sin el registro de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). 

Este tipo de multas se imponen después de realizar inspecciones, para que la empresa presente la documentación requerida.


Publicadas por Facturación Electrónica

Cambios en la reforma laboral: Outsourcing