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Validaciones para la factura electrónica


Es necesario que los proveedores autorizados de
certificación, mejor conocidos como PAC,
 verifiquen cada RFC,

Las actualizaciones de la factura electrónica contemplan la comprobación de la información requerida en algunos de los 14 campos indispensables con los que debe contar un CFDI.

El primero de ellos es el campo de régimen fiscal del contribuyente:

En él, se solicita información del tributante al que se le hace la aportación. Para las personas físicas que forman parte de sólo un régimen, es opcional especificarlo.

Sin embargo, una persona que esté registrado en varios regímenes, debe aclarar bajo cuál de los dos se realizó la actividad, caso contrario, la factura no será certificada.

Es importante mencionar que el régimen al que pertenece cada persona, debe estar registrado ante el Servicio de Administración Tributaria, en caso de anotar un régimen en el que no se esté inscrito, la factura será rechazada.

Para conocer el régimen fiscal al que tributa un contribuyente:

  1. Ten a la mano su RFC y contraseña
  2. Ingresar a la sección de Mi Portal
  3. Elegir del Menú la opción servicios por internet
  4. Ir a la opción guía de obligaciones

Al finalizar, se desplegará la información correspondiente a sus obligaciones fiscales, así como, el régimen en el cual se encuentra inscrito, mismo que debe asentar en la factura electrónica que se desea emitir.

Asimismo, la autoridad ha solicitado que la clave del RFC de un contribuyente receptor, sea validada:

Primeramente, el SAT pide que dicha información exista en la base de datos del Servicio, de esa forma la factura digital será considerada como válida.

Para que lo anterior se lleve a cabo, es necesario que los proveedores autorizados de certificación, mejor conocidos como PAC, verifiquen cada RFC, quienes, además, están encargados de asignar el folio y sello digital del SAT.

¿Cómo validar un RFC?

Cabe señalar que para realizar esta verificación, no es necesario contar con la contraseña, ni firma electrónica, ya que la consulta se realiza directamente en el portal del SAT.

  1. Da click en trámites y servicios, consultas, verificación de autenticidad, RFC, donde se ubica la herramienta validador de la clave de RFC
  2. Escribe el código de la imagen considerando números, letras mayúsculas y minúsculas, de esa forma tendrás acceso al validador



  3. Posteriormente, captura la clave del RFC y da un clic sobre la lupa con la opción consultar RFC.

         Si la clave es válida se mostrará la siguiente leyenda:
Clave de RFC valida


 
         En caso de ser inválida, leerás:
Clave de RFC invalida


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Publicadas por Facturación Electrónica

Validaciones para la factura electrónica

Comprobante de Pagos



El Comprobante de Pagos
permitirá a las empresas realizar una conciliación automática
Con el objetivo de simplificar la documentación del pago en parcialidades, en la actualización de la Factura Electrónica, se contempla un documento independiente para cada aportación, mismo que promete facilitar su procesamiento.


Este instrumento, contiene la información de los importes pagados, cuentas, origen y destino, información de utilidad para que las empresas lleven a cabo conciliaciones, no obstante, el actual mecanismo de pago en parcialidades conlleva mucho tiempo e incluso trabajo manual.

Actualmente, los contribuyentes generan una factura para la cantidad total a pagar y posteriormente se emite un certificado por cada monto aportado a la primera, sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria ha encontrado una dificultad en este proceso.
Al generar una factura por cada pago, al final, los documentos no expresan el monto total que ha sido cubierto, además, cabe la posibilidad de que cuando sean procesadas juntas, se acumulen todos los ingresos y finalmente se encuentren incorporaciones adicionales, lo que se traduce en errores cuando se registra la información.


En consecuencia, se generará un nuevo documento denominado Comprobante de Pagos, el cual tiene cualidades para clarificar la relación de cada aportación con la factura original, igualmente, la suma de los pagos identificará plenamente la operación, además permitirá a las empresas realizar una conciliación automática con un margen de error mínimo, aseguró el SAT.

El Comprobante de Pagos es uno de los cuatro documentos que se suman, a las actualizaciones de la Factura Electrónica, el primero es la modificación al Comprobante Fiscal Digital por Internet, le sigue el Recibo de Nómina y por último, el documento de Retenciones, el cual no sufrirá mayores modificaciones, indicó el Servicio.


Publicadas por Facturación Electrónica

Comprobante de Pagos

Requisitos mínimos de una factura



El nuevo anexo 20, garantiza mayor calidad en la información
A diferencia de la Factura anterior, en la que se requerían 17 campos, el nuevo CFDI acoge 14 campos necesarios, lo que implica una reducción en la información requerida.

Asimismo, el Servicio de Administración Tributaria, afirma que una de las cualidades del nuevo anexo 20, es garantizar mayor calidad en la información, sin ser algo con lo que actualmente, no cuenten las empresas en operación.

Para su análisis y verificación de cumplimiento, te enlistamos los 14 requisitos mínimos de una factura:

  1. RFC del emisor
  2. Lugar de expedición,
  3. Tipo de comprobante
  4. Fecha y hora
  5. RFC Receptor
  6. Cantidad
  7. Unidad de medida
  8. Descripción
  9. Valor unitario
  10. Importe
  11. Subtotal
  12. Total
  13. Método de pago
  14. Moneda

En relación con el primer punto, es importante mencionar que en este campo no es necesario el nombre o domicilios del mismo.


¿Tienes dudas?

Pese a que eles  listado de información requerida menor, el Servicio de Administración Tributaria, contempla posibles confusiones, por ello profundizó en determinados puntos:

  • El régimen del emisor del contribuyente es obligatorio y se generará a través de un catálogo, sin embargo, más adelante se aclarará cuando será necesario
  • La zona horaria debe incluir la fecha y hora de acuerdo al punto donde se emitió esa factura. Para este campo, el SAT recomienda, ligar la información requerida con el sistema que provee el servicio que cada contribuyente contrata para generar sus CFDI, de esta manera se generará automáticamente.
  • Para el lugar de expedición, únicamente se anotará el código postal, incluso no es necesario incluir el domicilio de la matriz, sin embargo, se añadirá el mismo dato con respecto a la sucursal, con lo que se dará por cumplido el requisito.
    En el caso de que, el domicilio sea solicitado por motivos comerciales, se implementará un complemento para especificar esta información, por lo que se este campo no será visible en la Factura Básica.
  • En la parte de las cantidades e importes se llegará a un consenso para realizar el cálculo del redondeo, debido a que la cantidad por el precio unitario puede generar una diferencia adicional a la cantidad de centavos que tiene cada tipo de moneda.
    Por ejemplo, aun cuando en el cálculo de un importe se hayan obtenido cinco o seis decimales, cuando se paga, esa cantidad debe ser recortada como lo establece la Ley Monetaria.


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Requisitos mínimos de una factura

Cambian normas para el Comercio Exterior

A las nuevas reglas se someterán las contribuciones, aprovechamientos
federales, infracciones y sanciones

Tal como lo anunció la semana pasada, el Servicio de Administración Tributaria, dio a conocer el compendio de documentos que conforman la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales para el Comercio Exterior para 2016.

En ella se dan a conocer los cambios, adiciones y derogaciones en las normas para el Comercio Exterior de este año, las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016.

El objetivo de la Resolución es agrupar y facilitar el conocimiento de las disposiciones de carácter general, en materia de comercio exterior, mediante una publicación anual, informó la autoridad.

Es aplicable a las contribuciones, aprovechamientos federales, infracciones y sanciones, que se deban pagar con motivo de las operaciones de comercio exterior.

Cambios en los CFDI

Con respecto a la mercancía bajo trato arancelario preferencial de conformidad con el PAAP, no perderían su condición originaria, aun y cuando sean facturadas por operadores comerciales de un país ajeno, por lo tanto, el certificado de origen se considerará válido para amparar dichas mercancías, siempre y cuando se indique el nombre y domicilio legal completos del operador comercial.

No obstante, lo anterior no exime al portador que emite los certificados o documentos de origen, de la obligación de conservar en su territorio copia de todos los registros relativos a cualquier enajenación de la mercancía amparada con el documento que lo certifique.

Las claves

Si tienes un cliente o un negocio con este giro, el documento descargable se encuentra disponible en la página web del SAT, sin embargo, para una lectura rápida, te compartimos el listado de reglas que se mencionan en él, las cuales puedes revisar con calma en caso de que alguna sea de tu interés.

En cuanto a las modificaciones, las reglas incluidas son:

  •          Obtención de la e.firma para la elaboración de pedimentos (1.1.7)
  •               Obtención y empleo del certificado de Sello Digital (1.1.8. Primer párrafo)
  •          Consulta de información y solicitud de copias certificadas de pedimentos (1.1.10. Tercer párrafo) 
  •           Promociones, solicitudes o avisos mediante escrito libre (1.2.2. Tercer párrafo)
  •           Registro y revocación del encargo conferido (1.2.4.Primer, cuarto y sexto párrafo)
  •           Obligaciones de los autorizados para presentar los servicios de pre validación electrónica (1.8.2. Fracción III, primer párrafo) 
  •          Concesión, autorización y prórroga de recintos fiscalizados (2.3.1. Segundo párrafo)
  •           Habilitación y prórroga de Recintos Fiscalizados Estratégicos (2.3.3. Primer párrafo)
  •           Autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado (2.4.1. Quinto párrafo, fracción II)
  •           Facturación en terceros países cuando se aplique trato arancelario preferencial (3.1.8. Segundo párrafo)


Se adicionan:
  •       Importación y exportación de hidrocarburos y petrolíferos (3.7.33. Inciso E, segundo párrafo)
  •        Importación temporal de vehículos de visitantes y paisanos (4.2.7. Cuarto párrafo)
  •        Procedimiento para las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad de Operador Económico Autorizado, que efectúen tránsitos internos (4.6.23.)
  •         Enajenación de mercancías que se consideran exportadas (5.2.6. Fracción III)
  •         Requisitos que deberán acreditar los interesados en obtener la modalidad de IVA e IEPS, rubro A (7.1.2. Fracción VI, tercer párrafo)
  •         Causales de cancelación de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en las modalidades de IVA e IEPS y Socio Comercial Certificado (7.2.4. Inciso C, fracción II, apartado C)
  •         Causales de cancelación del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado (7.2.5. Fraccionamiento XIII)
  •         Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de IVA e IEPS (7.3.1. Segundo párrafo, fracción III, apartado A)
  •        Beneficios de las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado (7.3.3. Fracción XXI)


De igual forma se añadió el capítulo 6.3 Procedimientos de verificación de origen. El cual especifica una nueva regulación sobre el origen de las mercancías y el trato arancelario preferencial


Por último, se deroga, el valor provisional en la aduana, la regularización de vehículos usados para aplicación del Decreto de sustitución de vehículos de autotransporte de pasaje y carga, finalmente, de enajenación de mercancías que se consideran exportadas, únicamente se pagará el IVA que corresponda las importaciones hechas por la empresa Programa IMMEX.

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Cambian normas para el Comercio Exterior

Participarán contribuyentes en la elaboración de Reglas Administrativas

Los contribuyentes interesados podrán aportar ideas y propuestas
Previo a su emisión oficial, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente dio a conocer el Proyecto de Reglas Administrativas elaborado por el Servicio de Administración Tributaria.

Con la finalidad de establecer las bases para la presentación de las Declaraciones Anuales Informativas de Partes Relacionadas a las que hace referencia la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente, el SAT busca escuchar a los contribuyentes.

La propuesta es que, cualquier persona o grupo de personas interesadas, puedan involucrarse directamente, a través de propuestas, opiniones o comentarios, los cuales podrán ser enviados a la dirección de correo electrónico consultapublica@prodecon.gob.mx  del 17 de octubre al 18 de noviembre del presente año.

Una vez concluido el plazo, la Prodecon, concentrará la información y celebrará sesiones técnicas con el SAT a fin de que se analicen las propuestas que se consideren idóneas para contribuir a un mejor diseño normativo de las reglas en cuestión.

Posteriormente el SAT, publicará la versión definitiva de las reglas misceláneas correspondientes, cuyo resultado será un ejercicio de transparencia y colaboración institucional, comunicó la autoridad.

Por ahora los interesados pueden consultar el documento descargable en la página digital de la Prodecon, en el cual se puede leer:
  •     Los contribuyentes obligados a presentar las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas, normal y complementarias, deberán realizar su envío a través del Portal del SAT, por medio de la herramienta denominada DAIPR (76-A LISR), para lo cual deberán contar con e.firma o e.firma portable, vigentes. El envío se realizará a más tardar el 31 de diciembre del año inmediato posterior del ejercicio fiscal al que corresponda la información
  •      Los contribuyentes que hubieran presentado aviso de suspensión de actividades en el RFC y no cuenten con e.firma o e.firma portable, vigentes, podrán solicitarla si comprueban que las DAIPR que presentan corresponden a un ejercicio en el cual el estado de su clave en RFC se encontraba activo
  •     En el caso de que alguna de las DAIPR no sea aceptada, por no cumplir con alguno de los requisitos, se podrá enviar nuevamente, tantas veces como sea necesario
  •      Las DAIPR deberán contener la información que corresponde a las declaraciones de tipo Maestra de Partes Relacionadas del grupo empresarial multinacional, Local de Partes Relacionadas y lo correspondiente al ejercicio fiscal declarado de la entidad controladora multinacional, tanto de forma agregada y por cada país o jurisdicción.


Estos son algunos de los puntos a considerar, sin embargo, la información continua, puedes profundizar en ella a través del sitio web de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente dio a conocer el Proyecto de Reglas Administrativas.


Toma en cuenta que el proyecto aún no ha sido aprobado, tú puedes colaborar con la elaboración, recuerda enviar tus sugerencias.

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Participarán contribuyentes en la elaboración de Reglas Administrativas

México y EU, acuerdan valorar ISR

Ambas naciones contribuirán para determinar el ISR
en las operaciones del sector maquila
Para mejorar la competencia en el comercio exterior mexicano y evitar la doble tributación, el Servicio de Administración Tributaria y el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos de América, acordaron una estrategia para consolidar procesos fiscales equitativos.

Al unificar opiniones sobre la metodología de resolución en materia de precios en transferencia, ambas autoridades aceptarán los resultados sobre la determinación del Impuesto sobre la Renta en operaciones del sector maquila.

Dichos procedimientos, efectuados entre las filiales de las empresas en México, podrían verse beneficiados por resolver una porción relevante de las más de 700 solicitudes de confirmación de acuerdos anticipados de precios de transparencia.

Las claves:
  •      Se dará certeza jurídica a empresas filiales en México que realicen operaciones en el sector de la maquila

  •       Queda aprobada la metodología para una adecuada valoración del Impuesto Sobre la Renta

De esta manera, la metodología toma como base la normatividad correspondiente en materia de precios de transferencia en ambos países; será una opción para el procesamiento y la resolución expedita de solicitudes que sólo se aplicará cuando las compañías lo manifiesten mediante escrito.

A la postre, el SAT notificará, a través de un anuncio, a los contribuyentes que califiquen para este acuerdo alcanzado con el ISR, además, detallará el procedimiento y todas las especificaciones pertinentes respecto a las consideraciones y los pasos que deben seguir para poder apegarse a los términos del acuerdo.


Para la autoridad, el acuerdo alcanzado entre la autoridad mexicana, fortalece los lazos entre los dos gobiernos en materia de tributación de empresas multinacionales, igualmente, mejora los lazos en materia de tributación de empresas multinacionales y del compromiso en brindar certeza jurídica a los contribuyentes.

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México y EU, acuerdan valorar ISR

Régimen fiscal aplicable a las donatarias autorizadas

Buscan disminuir la complejidad de las donatarias
para fomentar la filantropía en el país
Otra de las propuestas incluidas en el Paquete Económico para el 2017, es la creación de distintas medidas orientadas a reducir la complejidad administrativa de las donatarias y fortalecer la transparencia y confianza del sector, ante la población.

En el análisis del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, se resaltan distintas barreras que evitan la expansión de la cultura filantrópica en el país, la primera de ellas tiene que ver con la cuestión administrativa, la cual inhibe la creación de organizaciones con fines no lucrativos.

Es por esta misma razón, dice el análisis, que el sistema no permite que se lleven a cabo aspectos específicos de su operación, por ello buscan incentivar y reconocer la labor de estas organizaciones.

Igualmente, hace falta en la visibilidad y certeza sobre el desempeño de las donatarias y sus labores entre la población, señalaron, en consecuencia, dichos obstáculos reducen considerablemente el monto de las donaciones que realizan las personas y empresas.

Entre las medidas que el Congreso desea tomar, están:
  • Flexibilizar el límite de ingresos provenientes de actividades distintas a las de su objeto social por lo que no se causa ISR
  • Ampliar al término de 12 meses, para obtener el acreditamiento de sus labores
  • Aplicar un sistema electrónico que permita la donación expedita de las mercancías de comercio exterior embargadas
  • Incluir como actividad susceptible de obtener donativos, el apoyo a proyectos de pequeños productores agrícolas y artesanos en las zonas con mayor rezago del país

Por lo tanto, con el fin de generar certeza entre la sociedad por la tarea que realizan las organizaciones filantrópicas, los Diputados proponen:
  • Que la donataria que pierda el registro y al ejercicio siguiente no la hubiese recuperado, automáticamente se considere liquidada y deba destinar todo su patrimonio a otra donataria autorizada
  • Establecer que las empresas que se reincorporen al régimen, deberán publicar en el portal del SAT la información de los donativos recibidos y el destino que se les dio durante el periodo que estuvieron fuera del régimen
  • Finalmente, crear una certificación especial, por ejemplo, A, AA, AAA, u otra, la cual sea determinada por el nivel de cumplimiento de requisitos específicos de transparencia y rendición de cuentas


Por todo lo anterior, es necesario definir el concepto de donación, el cual se refiere al contrato a través del cual una persona denominada como donante, se obliga a entregar gratuitamente a otra, llamada donatario, un aparte o la totalidad de sus bienes presentes, debiéndose reservar lo necesario para vivir según sus circunstancias y que produce el efecto traslativo de dominio respecto de los bienes que sean materia del contrato.

De ella se derivan varios tipos:
  • Pura o simple, en ella no se establece ninguna restricción
  • Condicional, depende de un acontecimiento futuro de realización incierta
  • Onerosas, aquellas a la que se le impone al donatario una carga consistente en dar, hacer o no hacer una cosa
  • Remunerativas o remuneratorias, el donante las realiza en atención a determinados servicios prestados por el donatario, aunque no tenía obligación de remunerar

Por otra parte, una donataria autorizada es una persona moral con fines no lucrativos que ha obtenido la aprobación del Servicio de Administración Tributaria para poder expedir recibos deducibles de la base del ISR de los donantes, de tal manera que la carga fiscal de estos últimos se ve disminuida, sin embargo no todas las personas morales con fines no lucrativos son donatarias autorizada.


En la página del SAT, la autoridad clasifica las donatarias autorizadas y las donaciones, así como, las autorizaciones para recibir donativos deducibles, el directorio de donatarias autorizadas. el uso y destino de los donativos que se reciben, asimismo, las especificaciones para donaciones del extranjero y el sistema de avisos de destrucción y donación de mercancías.

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Régimen fiscal aplicable a las donatarias autorizadas

Complemento para comercio exterior


Entrará en vigencia en primero de enero de 2017
A partir del primero de enero del próximo año, se deberá incorporar la información del tipo de operación, datos de identificación fiscal del emisor, receptor o destinatario de la mercancía, así como la descripción de las mercancías exportadas.

Recientemente el Servicio de Administración Tributaria comunicó que en el caso de la exportación de mercancías en definitiva, los contribuyentes deberán atender a esta modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016.

Cabe señalar que los contribuyentes que deseen hacer uso anticipado del nuevo Complemento para Comercio Exterior, podrán hacerlo pese a que la fecha señalada para su inclusión sea hasta el 2017.

La estructura, secuencia de cadena original, catálogos, el modelo estándar, y las preguntas frecuentes sobre las Reglas Generales de Comercio Exterior se encuentran disponibles dentro del mensaje emitido por el SAT, visible en su página de internet.

Más información sobre la emisión del CFDI de Comercio Exterior

  • Las operaciones de exportación con clave de pedimento A1 en las que se lleva a cabo la venta de mercancías se debe transmitir el complemento de comercio exterior del CFDI de manera obligatoria a partir del primero de enero de 2017.
  • No es necesario seguir declarando y transmitiendo el comprobante de valor electrónico si realizas el pedimento de exportación con clave A1 y transmites el CFDI con el complemento Comercio Exterior
  • Es innecesario declarar el CFDI con clave A1, cuando no se da el supuesto de enajenación, en cambio, se deberá efectuar la operación de exportación como se realiza hasta la fecha, declarando el folio de acuse de valor en el campo correspondiente
  • El CFDI con complemento de Comercio Exterior se deberá transmitir a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana, en una impresión de archivo XML y la representación del mismo en formato PDF como un E-document
  • Si empiezas a transmitir el complemento de comercio exterior, la moneda a declarar es el dólar de los Estados Unidos de América. El valor comercial del complemento no necesariamente coincidirá con el valor en dólares del pedimento por lo previsto en la Ley Aduanera
  • En el complemento de operaciones de comercio exterior, los campos o atributos referentes a nombre, denominación o razón social del destinatario y/o receptor de las mercancías, deberán ser declarados. En caso de que sea la misma información del comprador, no se deberá repetir.
  • En cuanto al campo del número de identificación de mercancías del complemento, se deberá declarar el código de identificación asignado por la empresa sobre el producto a exportar con objeto de enajenación, pudiendo utilizar el número de parte, número de serie, etcétera



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Complemento para comercio exterior

El inventario, una herramienta de valor

El uso de inventarios favorece el flujo de información al interior de una corporación
Pese a que este pudiera ser uno de los primeros temas que revisaste en tus tiempos de universidad, una vez poniéndolos en práctica la complejidad podría aumentar.

Ya que los inventarios de una empresa se constituyen por diversos productos y suministros, al adquirir un nuevo cliente, conocer a detalle la relación de productos y mercancías se vuelve tan elemental como indispensable.

Lo primero es saber que un inventario se compone de los bienes tangibles y en existencia, propios y de disponibilidad inmediata para su consumo, es decir, la materia prima, así como, productos en proceso, mercancías y productos terminados.

Tipos de inventarios

Estos se clasifican de la siguiente manera de acuerdo a su forma:

  •      Materias Primas, son los materiales para elaborar los productos pero que no se han procesado
  •      Productos en proceso de fabricación, se integra por los bienes que se encuentran en proceso de fabricación. Para su cuantificación, se toma en cuenta la cantidad de materiales, mano de obra y gastos de fabricación, a la fecha de cierre
  •    Productos terminados, lo componen los bienes transformados para ser vendidos como productos elaborados luego de su adquisición
  •    Suministros de fábrica, en él se incluyen, la pintura, lija, clavos, lubricantes, entre otros, ya que no pueden ser cuantificados con exactitud

  •        Mercancías, está constituido por los recursos adquiridos para ser vendidos sin ser modificados, entre sus cualidades se deben mostrar todas las mercancías disponibles para la venta, también las que tengan características distintas o estén sujetas a condiciones particulares
  •       Por ejemplo, las mercancías que fueron compradas pero no han sido recibidas, incluso aquellas que son propiedad de la empresa pero que fueron dadas a terceros como garantía del efectivo u otros bienes que ya se recibieron, este último grupo se debe mostrar en cuentas separadas.


  •          El inventario de mercancías es recomendable para empresas comerciales.


De acuerdo con su función podemos encontrar los siguientes rubros:


  •        Seguridad o de reserva, resulta indispensable para prevenir riesgos de paros no planeados en la producción, o por el contrario, una inesperada demanda

  •        Desacoplamiento, es necesario para dos procesos u operaciones que pertenecen a la empresa pero que sus tasas de producción no pueden sincronizarse, el beneficio que trae consigo es que cada proceso siga su curso como se estableció

  •        Ciclo, es utilizado cuando para reducir costos por unidad de compra, las elementos comprados o producidos, es superior a las necesidades inmediatas de la empresa

  •          Previsión o estacional, se trata de una herramienta valiosa durante los periodos de baja demanda y la empresa debe satisfacer necesidades de demanda alta

Por otra parte, si se trata del método para manufacturar lo que debes administrar, también puedes valerte de la siguiente clasificación, basado en un punto de vista logístico:


  •     En ductos, en él se contabiliza el trabajo en proceso o las operaciones de manufactura

  •        Existencias para especulación, este tipo de inventario se utiliza para anticiparse a las ventas estacionales o de temporada, basándose en suposiciones del precio de las materias primas, como el cobre, oro y plata

  •      Existencias de naturaleza regular o cíclica, es necesario para satisfacer la demanda promedio durante el reabastecimiento de mercancías

  •       Existencias de seguridad, se conoce por prevenir una sobre demanda, así como el tiempo total de reabastecimiento.

  •    Existencias obsoletas, muertas o pérdidas, en él se registran los productos almacenados por mucho tiempo, deteriorados, caducados, perdidos o robados.

La existencia de un inventario al interior de una corporación, equivale a la organización de los plazos de entrega y la calidad de los materiales que se reciben, así como el flujo de información entre los diferentes departamentos y proveedores.

Configurar diversos inventarios de acuerdo con las necesidades de cada industria, beneficiará su capacidad de predicción, protección de precios y estabilidad del suministro, asimismo, contrarresta los efectos de la fluctuaciones en la demanda y los aumentos en los costos de pedido.

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El inventario, una herramienta de valor