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Calendario fiscal 2018: agosto


Te compartimos las fechas más importantes del mes que está próximo a iniciar, es importante que presentes los comprobantes fiscales correspondientes al momento de declarar.

Da clic en los días para conocer las actividades fiscales:

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* Fuente: Calendario fiscal. Agosto 2018. Disponible en: sat.gob.mx

Las obligaciones fiscales de cada mes
se generan para todos los regímenes. 
Fechas importantes:

10
Presentar declaraciones informativas:

·         Información de cuentas
·         Información mensual de depósitos en efectivo

17
Presentar los siguientes pagos o declaraciones:

·         Pagos provisionales del ISR
·         Pagos definitivos de IVA
·         Pagos definitivos de IEPS
·         Enterar los pagos definitivos por dividendos o utilidades
·         Enterar los impuestos retenidos a terceros
·         Declaración informativa del IEPS
·         Pagos provisionales, definitivos y retenciones
 Días adicionales: ​​21, 22 y 23

21
Último día para presentar las declaraciones de pago para contribuyentes con RFC con el sexto dígito3 o 4.

22
Último día para presentar las declaraciones de pago para contribuyentes con RFC con el sexto dígito 5 u 6.

23
Último día para presentar las declaraciones de pago para contribuyentes con RFC con el sexto dígito 7 u 8.

31
Presentar las siguientes declaraciones:
·                Pago bimestral de ISR, IEPS e IVA - Régimen de Incorporación Fiscal

·                Declaraciones informativas de IEPS

Además es el último día para informar sobre las Operaciones con Terceros o DIOT del mes de julio.

Obligatoria para:

          - Personas morales y físicas que sean sujetos del IVA.

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Calendario fiscal 2018: agosto

¿Cómo saber cuánto le debo al SAT?

Verifica tus adeudos fiscales y evita multas o recargos.

Hablar de un adeudo con el SAT es cosa seria por ello es mejor estar informados que desconocer y generar una multa o sanción económica por no realizar el pago.

Los adeudos se generan cuando un contribuyente dado de alta ante el SAT, deja de pagar sus obligaciones fiscales como, el pago de impuestos o multas, éstos pueden emitirse a personas físicas y morales.

Si cumples con tus obligaciones puntualmente, no tienes de que preocuparte, aunque es mejor estar seguro ¿No crees?

Consultar un adeudo fiscal es un trámite gratuito que se realiza en línea o personalmente en cuestión de minutos en el momento en el que el contribuyente así lo desee, solo tienes que seguir estos pasos:

En línea
Presencial
1.  Ingresa al portal de internet del SAT.
2.  Registra tu RFC y contraseña.
3.  Dirígete el apartado de Créditos fiscales.
4.  Selecciona la opción Formato para pago en el campo total.
5.  Genera la línea de captura de los adeudos que deseas pagar.
6.  Ingresa a tu portal bancario o acude a la ventanilla de la institución bancaria para realizar el pago.
1.   Presenta la documentación a la autoridad que te orientará en el trámite
2.   Genera la línea de captura en la sala de internet con apoyo del personal del módulo o
3.   Solicita la línea de captura en la ventanilla asignada
4.   Recibe impreso el formato con línea de captura
5.   Ingresa a tu portal bancario o acude a la ventanilla  de la institución bancaria para realizar el pago correspondiente

Te puede interesar: ¿En qué bancos puedo pagar?

Consultar tu estatus ante el SAT es un derecho de los contribuyentes fundamentado en el Código Fiscal de la Federación, Artículo 31, párrafo primero y segundo y la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 Anexo 1-B.

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Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cómo saber cuánto le debo al SAT?

¿Qué es la deducción ciega?


Conoce una facilidad única para contribuyentes del Régimen de Arrendamiento.

Si eres arrendatario, la deducción ciega es una
opción para ti.
Obtener ingresos por la renta de bienes inmuebles, como cualquier otra actividad, genera la obligación de rendir cuentas al SAT pero puedes mantener el equilibrio si conoces las facilidades fiscales abiertas de acuerdo a tu tipo de régimen.

Si te encuentras registrado ante el SAT en el régimen de arrendamiento, la deducción ciega es uno de esos beneficios, pues te permite aplicar un 35% de descuento a los ingresos que recibes. Te explicamos.

Como arrendador tienes dos formas de pagar el Impuesto Sobre la Renta o ISR, la deducción ciega o la comprobatoria, ésta última se realiza a través Mis cuentas, donde informas al SAT sobre todos tus ingresos y el aplicativo calcula los impuestos por pagar.

El tipo de deducción comprobatoria te permite deducir solo aquellos gastos que estén estrictamente relacionados con tu actividad, por ejemplo:

·         Pago de sueldos y salarios.
·         Cuotas pagadas al IMSS.
·         Arrendamiento del local para prestar tus servicios.
·         Servicios como luz y teléfono del local.
·         Papelería y artículos de oficina.
·         Impuesto predial del inmueble arrendado.
·         Inversiones realizadas en el inmueble arrendado, como construcciones, adiciones y mejores.

Por otra parte, en la deducción ciega el contribuyente queda exento de la obligación contar con los comprobantes o facturas electrónicas de los gastos realizados para generar el ingreso relacionado.

Como se indica en el 115 y 118 del Capítulo III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta:

II. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento. No quedan comprendidos en lo dispuesto en esta fracción quienes opten por la deducción del 35% a que se refiere el artículo 115 de esta Ley.

No obstante, la Ley no exime al contribuyente de presentar la declaración Informativa con Terceros que se envía al SAT mensualmente a través del aplicativo DEM.

Descubre cómo emitir una factura electrónica por arrendamiento desde una herramienta digital completamente en línea.


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Publicadas por Facturación Electrónica

¿Qué es la deducción ciega?

¿Cómo se cancela una factura relacionada?


Las facturas relacionadas siguen
un procedimiento diferente para cancelarse.
Para establecer un mayor control sobre las facturas que son canceladas, el próximo 1 de septiembre, el SAT estableció la entrada en vigencia de nuevas reglas.

El caso de las facturas relacionadas es excepcional, ya que la autoridad fiscal tuvo que diseñar un servicio de cancelación diferente al que se aplicará al resto de los comprobantes fiscales.


Uno de los aspectos característicos de las facturas electrónicas relacionadas, es que éstas no pueden ser canceladas indiscriminadamente, de hecho se clasifican como No cancelables.

En realidad no hay mucha ciencia en un comprobante fiscal relacionado, se trata de una factura que es dependiente de una o más facturas, como pueden ser los siguientes casos:

a) Facturas de pago
b) Facturas de egreso, conocidas como notas de crédito
c) Factura de ingreso relacionada

Estas facturas se relacionan con otras de su mismo tipo cuando se captura información en el campo Tipo de relación, el cual señala las siguientes claves:

Tipo de relación
01
Notas de crédito de documentos relacionados
02
Nota de débito de los documentos relacionados
03
Devolución de mercancía sobre facturas o traslados previos
04
Sustitución de los CFDI previos
05
Traslados de mercancías facturados previamente
06
Factura generada por los traslados previos
07
CFDI por aplicación de anticipo
08
Facturas generadas por pagos en parcialidades
09
Factura generada por pagos diferidos
Fuente: Formato de Factura. Anexo 20. Disponible en: sat.gob.mx

Este tipo de facturas electrónicas solo pueden ser canceladas si el contribuyente emisor, cometió un error de captura, entonces se procederá a:

1.  Cancelar los CFDI relacionados o comprobantes hijos
2.  Posteriormente el CFDI con el total o comprobante padre, es decir, aquel que da origen a otros comprobantes.

El SAT tiene un buen punto cuando afirma que se necesita un esquema en el que las facturas dependientes de otras tengan un tratamiento especial y con ello evitar que muchas facturas queden desamparadas sin saber cuál el CFDI que le dio origen.

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¿Cómo se cancela una factura relacionada?