Nuevas actualizaciones
Menú
Publicaciones recientes

Crean nuevo complemento para factura electrónica

Un nuevo complemento se añade al
proceso de facturación electrónica.

Con la finalidad de permitir a los contribuyentes describir ampliamente las transacciones en el mercado relacionados con combustibles, el SAT dio a conocer la creación del Complemento de Hidrocarburos.

El nuevo complemento, de acuerdo con la autoridad fiscal, facilitará el registro en comprobantes fiscales de la información referente a las exploraciones o extracción de hidrocarburos.

A partir del 1° de noviembre del 2018, podrás añadir el nuevo complemento a las facturas electrónicas que emitas, luego de la publicación oficial el portal oficial del SAT, donde se especificaron las siguientes funcionalidades:

·        Registro de gastos del consorcio derivados de la ejecución de un contrato de exploración o extracción de hidrocarburos.

·        Registro de ingresos atribuibles a los Integrantes de un consorcio derivados de la contraprestación de un contrato de exploración o extracción de hidrocarburos.

Para la implementación de estos cambios en los sistemas de facturación electrónica que utilizas, consulta la información técnica publicada el pasado 27 de septiembre del 2018 por el Servicio de Administración Tributaria en el micrositio Factura Electrónica, donde encontrarás:

·         Esquema gastos hidrocarburos
·         Estándar gastos hidrocarburos
·         Secuencias de cadena original
·         Matriz errores gastos hidrocarburos

Si eres usuario activo del servicio de Facturaxion en la Nube para emitir comprobantes fiscales por internet, te recomendamos estar en contacto con un ejecutivo comercial y de las notificaciones que estaremos haciendo llegar a tu correo electrónico con la información necesaria para hacer uso del nuevo complemento.

Suscríbete a nuestro newsletter y recibe más información al momento.

Publicadas por Facturación Electrónica

Crean nuevo complemento para factura electrónica

Calendario fiscal 2018: octubre


Nuevamente comienza el periodo para presentar las declaraciones y pagos que conforman las obligaciones fiscales del 2018.

Durante el mes de octubre, se realizará el pago de los siguientes impuestos:

·         ISR
·         IVA
·         IEPS

Da clic en las fechas de tu interés:

Octubre
L
M
M
J
V
S
D
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
20
21
24
25
26
27
28
29
30




* Fuente: Calendario fiscal. Octubre 2018. Disponible en: sat.gob.mx

Fechas importantes:
Anota estas fechas en tu calendario.

17

Presentar los siguientes pagos o declaraciones:

·         Pagos provisionales del ISR
·         Pagos definitivos de IVA
·         Pagos definitivos de IEPS
·         Enterar los pagos definitivos por dividendos o utilidades
·         Enterar los impuestos retenidos a terceros
·         Declaración informativa del IEPS
·         Pagos provisionales, definitivos y retenciones

19

Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 3 o 4, hoy es el último día para presentar tus declaraciones de pago.

22

Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 5 o 6, hoy es el último día para presentar tus declaraciones de pago.

23

Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 7 u 8, hoy es el último día para presentar tus declaraciones de pago.

31

Hoy último día para informar sobre las operaciones con terceros para efectos de Impuesto al Valor Agregado del mes de septiembre.


Suscríbete a nuestro newsletter y recibe más información al momento.

Publicadas por Facturación Electrónica

Calendario fiscal 2018: octubre

Agiliza trámites fiscales con herramientas digitales


Ahorra tiempo y dinero en trámites fiscales
Actualmente los usuarios de servicios bancarios o de pago de impuestos buscan la manera de agilizar estos procesos de una manera fácil y segura en todo momento. Por este motivo las instituciones han buscado la manera de brindar un buen servicio  a través de aplicaciones móviles o mejorando su sitio web con ayuda más detallada para el usuario.


Sabiendo la importancia de los trámites legales y la pronta solución a éstos, desde el 2017, el SAT puso a disposición de Personas Morales una aplicación llamada Mi Contabilidad, con la cual se tiene el control de las facturas de ingresos y gastos; con lo que se obtiene un cálculo del ISR e IVA a pagar.
Después de tiempo, el SAT anunció que a partir del 1 de octubre de este año estará disponible una nueva aplicación de Mi Contabilidad en el portal del SAT, la cual podrá ser utilizada por personas físicas que tributen en los regímenes de actividades empresariales, servicios profesionales y arrendamiento.

Las personas físicas que decidan usar dicha herramienta, presentarán sus pagos provisionales y cumplir con el envío de su contabilidad electrónica al elegir la opción “clasificar facturas”.

Por último, la autoridad fiscal afirmó que una de las ventajas de la aplicación son que ya no presentarán la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) ni ingresar mensualmente su información contable.

Toma en consideración todas las ventajas digitales que actualmente existen para tramitar, agilizar y optimizar trámites fiscales, tales como lo es la factura electrónica que Facturaxion en la Nube tiene para ti. Ponemos a tu alcance diversos servicios personalizados para cualquier negocio.  

Publicadas por Facturación Electrónica

Agiliza trámites fiscales con herramientas digitales

Cambian catálogos para CFDI de nómina


Vienen más cambios a la factura electrónica y sus complementos.
En una nueva publicación, el Servicio de Administración Tributaria anunció nuevas modificaciones a tres de los catálogos que se ocupan para la emisión del complemento de Nómina.

Dichos cambios entrarán en vigor para uso obligatorio de todos los contribuyentes a partir de la primera semana de octubre, un mes antes de los cambios en el proceso para la cancelación de la factura electrónica.

Te compartimos los cambios aplicados a cada catálogo.

·         c_TipoPercepcion

Se agregan las claves:

051 Pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades
052 Pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de resoluciones judicial o de un laudo
053 Pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de resoluciones judicial o de un laudo

·         c_TipoDeduccion

Se agregan las claves:

102 Ajuste a pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a ex trabajadores derivados de jubilación en parcialidades, gravados
103 Ajuste a pagos que se realicen a ex trabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados
104  Ajuste a pagos que se realicen a ex trabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos.
105    Ajuste a pagos que se realicen a ex trabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados
106    Ajuste a pagos que se realicen a ex trabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos.

Por otra parte, se modifica la descripción de las mismas.

Donde dice:
Debe decir:
065 Ajuste en Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro Exento

065    Ajuste en Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en una sola exhibición Exento.
066 Ajuste en Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro Gravado

066    Ajuste en Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en una sola exhibición Gravado.
069    Ajuste en Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro Acumulable

069    Ajuste en Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en parcialidades Exento.
070    Ajuste en Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro No acumulable

070   Ajuste en Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en parcialidades Gravado.

Entre otros de los cambios, a partir del 1 de enero de 2019 ya no podrás utilizar la clave:

072    Ajuste en Ingresos en acciones o títulos valor que representan bienes Exento.

De acuerdo con el SAT, las actualizaciones que se llevarán a cabo tienen el objetivo de de homologar a lo que se describe en la guía para la emisión de este comprobante, publicada en el Portal del SAT el viernes 31 de agosto del 2018.

Si eres usuario de los servicios de facturación electrónica que Facturaxion en la Nube te ofrece, ten por seguro que cuentas con las nuevas actualizaciones del SAT conforme a la fecha estipulada por la disposición oficial.

Suscríbete a nuestro newsletter y recibe más información al momento.


Publicadas por Facturación Electrónica

Cambian catálogos para CFDI de nómina

¿Cómo hago mi declaración bimestral?


Si eres del Régimen de Incorporación Fiscal, esto es para ti.

Las facilidades se extienden únicamente para
quienes están registrados en el RIF.
El procedimiento para llevar a cabo la presentación del régimen de incorporación fiscal, es un trámite obligatorio para:

·         Quienes realizan actividades empresariales.
·         Presten servicios que no requieran un título profesional para su realización.

Adicionalmente, pueden obtener ingresos por:

·         Sueldos
·         Intereses
·         Arrendamiento
·         Comisión, cuando no exceda del 30% de los ingresos totales
·         En copropiedad

Antes de comenzar con el procedimiento, ten a la mano la información de tus ingresos y gastos, así como los comprobantes o facturas electrónicas que los amparen, esto te facilitará mucho lo que viene.

La presentación de la declaración bimestral para el RIF se hace llegar a través del portal oficial del Servicio de Administración Tributaria de la siguiente forma:

1.      En el menú principal, dirígete a la sección Declaraciones y selecciona la opción Declaración del Régimen de Incorporación Fiscal.
2.      Ingresarás al aplicativo Mis Cuentas donde deberás registrar tu RFC, Contraseña y el código captcha que se muestra en la pantalla.
3.      Si es la primera vez que ingresas, configura tu perfil en el menú Mis declaraciones, Perfil.
a)      Selecciona el año del que presentarás tus declaraciones.
b)     Indica tu régimen y selecciona SI o No en caso de contar con los beneficios de reducción en el pago del IVA y IEPS.
c)      Identifica las actividades por las que obtienes tus ingresos.
4.      Una vez configurado tu perfil, en el menú principal del aplicativo, selecciona Mis declaraciones, en la opción Incorporación Fiscal, Declaración.
5.      Selecciona el periodo al que corresponde la declaración, en este caso, Bimestral y haz clic en Declarar.
6.      Podrás visualizar las obligaciones de los pagos que debes realizar, para continuar da clic en Normal.
7.      La herramienta te mostrará los datos precargados de la declaración por cada una de tus obligaciones, si estás conforme, marca el recuadro y da clic en Presentar.
8.      Al enviar tu declaración, se mostrará la vista previa de los datos capturados.

Cuando finalices, podrás descargar la el acuse de tu declaración, donde se encontrará el detalle del cálculo realizado, así como el monto a pagar.

Suscríbete a nuestro newsletter y recibe más información al momento.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cómo hago mi declaración bimestral?