Nuevas actualizaciones
Menú
Publicaciones recientes

Régimen de Incorporación Fiscal ¿Qué les espera para el 2014?

De acuerdo a lo establecido en la pasada Reforma Fiscal, a partir del 2014, los pequeños contribuyentes también llamados Repecos, formarán parte del Régimen de Incorporación Fiscal, el cual ofrece múltiples beneficios para todos los emprendedores.

La declaración del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal seguirá siendo bimestral y podrán gozar de un sistema electrónico gratuito que les servirá para llevar el control de ingresos y gastos.  Además que podrán emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas para gozar de los beneficios que la misma otorga, así como obtener otros beneficios fiscales.

El cambio de los Repecos al Régimen de Incorporación Fiscal será automático a partir del 1 de enero de 2014, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha enviado 3.2 millones de cartas informativas. Sin embargo, para aquellos contribuyentes que se encuentren en el Régimen Intermedio, pueden optar por integrarse al Régimen de Incorporación Fiscal únicamente si los ingresos que perciben no superan los 2 millones de pesos.

El nuevo Régimen de Incorporación Fiscal contará con muchos beneficios, entre los que incluyen:
  • No pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) el primer año, pagarán el 10%  el segundo año, el 20% el tercero y así sucesivamente cada año hasta llegar al 100% para el decimo año.
  • Podrán emitir facturas electrónicas.
  • Cobrar con terminales bancarias.
  • Podrán hacer deducibles sus gastos y pagar lo justo.
  • Gozarán de créditos con condiciones especiales.
  • Tendrán la oportunidad de ser proveedores de empresas más grandes y ofrecer servicios adicionales en el negocio.

Y también se benefician los empleados del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal ya que podrán acceder al servicio médico, solicitar créditos a la vivienda y contar con un sistema de ahorro para el retiro.

Publicadas por Facturación Electrónica

Régimen de Incorporación Fiscal ¿Qué les espera para el 2014?

Prórroga para factura electrónica

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, en la cual se especifica que habrá prórroga para factura electrónica únicamente a aquellas personas físicas que perciban ingresos anuales de hasta 500 mil pesos tendrán tres meses para migrar a la factura electrónica, esto incluye al Régimen de Incorporación Fiscal (anteriormente conocido como Repecos).

La Resolución Miscelánea Fiscal 2014 establece las reglas para la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), entre las que se incluye la prórroga para factura electrónica, en la cual se expresa lo siguiente:

“Para los efectos del artículo 29, primer párrafo del CFF, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hubieran obtenido para efectos del ISR, ingresos acumulables superiores a $500,000.00, así como las personas morales del Título II y III de la Ley del ISR podrán optar por diferir la expedición de CFDI por concepto de las remuneraciones a que se refiere el Capítulo I del Titulo IV de la ley del ISR, así como por las retenciones de contribuciones que efectúen durante el período comprendido del 1 de enero de 2014 l 31 de marzo del mismo año, siempre que el 1 de abril de 2014 hayan migrado totalmente al esquema de CFDI y emitido todos los CFDI de cada uno de los pagos o de las retenciones efectuadas por las que hayan tomado la opción de diferimiento señalada”.

De acuerdo con ello, las personas físicas que facturen máximo 500 mil pesos anuales, podrán hasta el 31 de marzo de 2014 seguir usando Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) o Comprobantes impresos con Código de Barras Bidimensional (CBB), pero a partir del 1 de abril de 2014 deberán migrar a facturación electrónica o CFDI.

La prórroga para factura electrónica busca apoyar a todos los contribuyentes a migrar a la factura electrónica de forma proporcional, justo como se ha venido dando desde sus inicios en México, esto con el fin de sistematizar los procesos fiscales para el contribuyente.

Sin embargo, todos aquellos contribuyentes que perciban más de 500 mil pesos al año y/o sean personas morales tendrán que cumplir con la migración a CFDI a más tardar el 1 de enero del 2014 ya que esta prórroga para factura electrónica está condicionada únicamente para personas físicas obligadas a emitir CFDI con ingresos anuales de máximo 500 mil pesos.   

Es importante mencionar que el SAT señalo que el plazo que se otorgará no es como tal una prórroga para factura electrónica, ya que la disposición de facturar electrónicamente entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014, es más bien una etapa de transición que incluye únicamente a personas físicas con ingresos anuales de máximo 500 mil pesos.

El proceso que una persona física debe cumplir para migrar a la factura electrónica es muy sencillo, lo único que se necesita es contar con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) y el Registro Federal del Contribuyente (RFC), ya que las personas físicas no necesitan tramitar el Certificado de Sello Digital, aunado a eso, se debe acudir con un Auxiliar de Comprobación Autorizado y se puede facturar al instante.


Cambiar a este sistema trae inmensos beneficios, comenzando por la tranquilidad de deducir sus gastos, haciendo más rápidas las devoluciones de impuestos con saldos a favor, también el proceso de cobro a clientes se optimizará y el ahorro en gastos será considerable. 

Publicadas por Facturación Electrónica

Prórroga para factura electrónica

Requisitos que debe contener un CFDI

Recientemente se publicó en el Diario Oficial de a Federación la segunda resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2013 y su anexo 3, en donde se puede observar el reciente cambio referido al tema de comprobación fiscal, el cual entrará en vigencia a partir del 2014, por lo que desaparece el actual esquema con el que se venia trabajando, en dicha publicación se establecen los requisitos que debe contener un CFDI para 2014.

Cabe aclarar que a partir del 2014, todos aquellos contribuyentes que comiencen a operar, de forma directa entrarán a facturación electrónica CFDI y todas aquellas personas físicas o morales que ya se encuentran en operación, tienen como obligación migrar a esta modalidad de facturación y cumplir con los requisitos que debe contener un CFDI para el 2014, independientemente del nivel de ingresos que perciban, por lo que queda derogado el uso de cualquier otro comprobante.

Requisitos que debe contener un CFDI para personas físicas.
Las personas físicas requieren únicamente para facturar electrónicamente, su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Firma Electrónica Avanzada (Fiel), a diferencia de las personas morales, no es necesario que tramiten su Certificado de Sello Digital.

Requisitos que debe contener un CFDIpara 2014 (Factura Electrónica)
Los CFDI deben contener lo siguiente:

-RFC del contribuyente.
-Régimen fiscal con que tributen.
-Domicilio del local o establecimiento.
-Número de folio.
-Sello Digital.
-Lugar y fecha de expedición.
-Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del uso o servicio y goce que amparen.
-Valor unitario consignado en número.
-Importe total.
-Indicar si son parcialidades.
-Impuestos trasladados.
-Forma de pago.
-Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

Adicional a ello, se debe cumplir con la resolución miscelánea fiscal vigente, la cual estipula los requisitos que debe contener un CFDI para 2014:

*Código de barras generado conforme al anexo 20.
*Número de serie del Certificado de Sello Digital (CSD) del emisor y del SAT.
*Las leyendas: “Este documento es una representación impresa de un CFDI” o “Este documento es una representación impresa de un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet”.
*Referencia bancaria o número de cheque.
*Fecha y hora de emisión y de certificación de la factura electrónica (CFDI).
*Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.

Plazo de entrega del CFDI

A partir del 2014 todos los contribuyentes que expidan comprobantes fiscales deberán entregar o hacer llegar a sus clientes en forma inmediata el archivo electrónico del CFDI. Una vez que el cliente solicite el CFDI, se le deberá entregar la representación impresa de dicho comprobante que únicamente presume la existencia del XML original, esto como parte de los requisitos que debe contener un CFDI.

Características del CFDI

Los contribuyentes deben señalar en los CFDI que emitan la unidad de medida que utilicen para efectos mercantiles, en caso de ser una prestación de servicios o del goce temporal de bienes, el CDI deberá contener la expresión NA o algún sinónimo.

Respecto a la forma de pago, si esta se realiza en una sola exhibición al momento que se expida el CFDI se señalará la situación y se indicará el importe total de la operación y los impuestos desglosados. En caso que el pago se realice en dos o más exhibiciones, se debe emitir un CFDI por el valor total de la operación en el momento que se realice y se expedirá un CFDI adicional por cada uno de los pagos que se reciban, los cuales deberán señalar el folio del CFDI emitido por el total de la operación y el monto tanto de los impuestos retenidos, como el de los impuestos trasladados, esto como parte de los requisitos que debe contener un CFDI para 2014.

Cuando se trate de mercancías de importación, se debe incluir el número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano; en cuanto a las importaciones efectuadas a favor de un tercero, el número y fecha de documento aduanero, los conceptos y montos pagados por el contribuyente al proveedor extranjero y los importes de las contribuciones pagadas por la importación.


Todo aquel CFDI que no cumpla con los requisitos establecidos que emanan del artículo 29 del Diario Oficial de la Federación, o cuando los datos se plasmen de forma distinta a la misma, no podrán deducirse o acreditarse fiscalmente.

Publicadas por Facturación Electrónica

Requisitos que debe contener un CFDI

SAT presenta en Bruselas evolución de Factura Electrónica

Mediante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) presento en Bélgica la evolución del modelo mexicano de Facturación electrónica.

Durante el encuentro que se llevó a cabo el pasado día de diciembre con autoridades de la Comisión Europea y directivos de la European E-invoice Service Providers Association (EESPA), asociación no lucrativa que representa a los proveedores de factura electrónica en Europa, se hizo hincapié en que la factura electrónica permite a los contribuyentes a cumplir de una mejor forma con sus obligaciones fiscales, haciendo más fácil y confiables sus declaraciones, ya que reducen la probabilidad de fraudes, disminuyen costos de operación y se cuenta con una contabilidad confiable.

A través de un comunicado de prensa se dio a conocer que las autoridades de la Comisión Europea elogiaron el modelo mexicano de factura electrónica, también se señalo que el país que cuenta con un modelo muy parecido al aplicado en México es Portugal, país que ha tenido mucho éxito con la misma.

Guillermo Valls Esponda, Administrador General de Servicios al Contribuyente del SAT destacó que desde que este esquema existe en México se han expedido casi 9,000 millones de facturas electrónicas. La comprobación fiscal a través de medios digitales se realiza en un ambiente confiable para los contribuyentes, esto es posible gracias a la Firma Electrónica que ofrece el SAT, misma que permite realizar cualquier trámite u operación fiscal por internet en cualquier lugar y a cualquier hora sin tener que acudir a una oficina del SAT.


Durante la reunión se valoró el desempeño que han tenido los Auxiliares de Comprobación Autorizados (anteriormenteconocidos como PAC´s) ya que han contribuido al fortalecimiento y éxito de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en México.

Publicadas por Facturación Electrónica

SAT presenta en Bruselas evolución de Factura Electrónica

El ABC de la Nómina Electrónica

La obligación de timbrar sobre recibos de nómina está expresada en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y 99, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

El Artículo 99 menciona que quienes realicen pagos por conceptos a que se refiere el capitulo (Salarios y Asimilables a salarios), tendrán las obligaciones de expedir y entregar comprobantes fiscales a personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere el capitulo, en la fecha en que realicen la erogación correspondiente, los cuales podrán ser utilizados como constancia o recibos de pago para efectos legales.

Los primeros pasos a seguir para cambiar a la nómina electrónica son los mismos que se necesitan para migrar a facturación electrónica, los cuales son: obtener en el SAT la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), después tramitar un Certificado de Sello Digital y acudir con un Auxiliar de Comprobación Autorizado (anteriormente llamado PAC) que mas se adapte a las necesidades de la organización.

El Auxiliar de Comprobación Autorizado esta obligado a validar los requisitos del Comprobante FiscalDigital por Internet (CFDI) o nómina electrónica, así como asignar el folio fiscal e incorporar el sello digital del SAT para darle la validez oficial.

La nómina electrónica ya no requiere una solicitud de folios del SAT, ni un envío de reporte al SAT, tampoco existe ningún riesgo de comprobantes apócrifos y cuenta con normas de tratamiento de la información confidencial, por lo que ofrece máxima seguridad en la custodia y almacenamiento de la nómina electrónica.

Estos son los campos obligatorios en un recibo de nómina CFDI:
  • Información del encabezado:

  1.     Versión
  2.     Registro patronal
  3.     Numero de empleado
  4.     CURP
  5.     Tipo de Régimen
  6.     Numero de Seguridad Social
  7.     Fecha de pago
  8.     Fecha inicial de pago
  9.     Fecha final de pago
  10.     Numero de días pagados
  11.     Fecha de inicio de la Relación Laboral
  12.     Antigüedad
  13.     Puesto
  14.     Tipo de Contrato
  15.     Tipo de Jornada
  16.     Periodicidad de Pago
  17.     Salario Base de Cotización Aportado
  18.     Riesgo de Puesto
  19.     Salario Diario Integrado
  •      Información de las percepciones
  1.     Total Gravado
  2.     Total exente
  •     Información del detalle de percepciones.
  1.     Tipo de Percepción
  2.     Clave
  3.     Concepto
  4.     Importe gravado
  5.     Importe exento
  •     Información de las deducciones 
  1.     Total Gravado
  2.     Total exento
  •     Información del detalle de las deducciones
  1.     Tipo de deducción
  2.     Clave de deducción
  3.     Concepto
  4.     Importe gravado
  5.     Importe exente
  •     Información de incapacidades
  1.     Días de incapacidad
  2.     Descuento
  •     Información de horas extra
  1.     Días
  2.     Tipo de horas
  3.     Horas extra
  4.     Importe pagado.

Publicadas por Facturación Electrónica

El ABC de la Nómina Electrónica

Modificaciones en el Código Fiscal de la Federación para CFDI

El día lunes 9  de diciembre (2013) se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se realizan diferentes modificaciones en el Código Fiscal de la Federación (CFF).  En el artículo 29-A se mencionan las modificaciones en el Código Fiscal de la Federación para un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

En e artículo 29 del Código Fiscal de la Federación establece la obligación de expedir Comprobantes Fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que perciban o por las retenciones de contribuciones deberán emitirlos mediante documentos digitales. Todos los contribuyentes que adquieran un bien o servicio, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar un CFDI.

Para poder cumplir con las modificaciones en el Código Fiscal de la Federación para CFDI, los contribuyentes deberán cumplir con diversos requisitos como los son:
  • Contar con la Firma Electrónica Avanzada vigente (Fiel).
  • Tramitar el Certificado de Sello Digital.- El contribuyente puede optar por usar uno o más certificados de sellos digitales que se utilizan únicamente para expedir los CFDI. El sello digital permitirá acreditar la auditoria de los CFDI que expidan las personas físicas y morales.
  • El contribuyente tiene la libertad de decidir si obtiene un Certificado de Sello Digital para administrar todos sus establecimientos o locales, o bien, tramitar únicamente un certificado de sello digital para cada uno de los mismos.
  • Enviar al Servicio de Administración Tributaria (SAT), el CFDI a través de mecanismos digitales que determine el mismo, los cuales incluyen a la herramienta de apoyo del SAT o las soluciones que un Auxiliar de Comprobación Autorizado (anteriormente nombrado PAC) brinda, las cuales incluyen:

  1.     Validación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley.
  2.     Asignar un folio del CFDI.
  3.     Incorporar el Sello Digital del SAT.

  •     Una vez que el CFDI cuente con el sello digital, se debe proceder a enviar el CFDI al cliente a través de medios electrónicos que disponga el SAT, cabe aclarar que la representación impresa únicamente presume la existencia del CFDI.
  •     Es importante realizar una verificación de comprobantes  que el CFDI recibido por parte de los proveedores es legal y cuenta con todas las disposiciones oficiales requeridas para dar validez al mismo, por eso es importante apoyarse de un Auxiliar de Comprobación Autorizada o de las herramientas que ofrece el SAT para validar el comprobante.
Los CFDI cuentan con varios requisitos que establece el SAT, mediante las modificaciones en el código fiscal de la federación para CFDI en el artículo 29-A, entre los requisitos que un CFDI debe contener, se encuentran:
  • La clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de quien expida el comprobante.
  • Número de folio y sello digital del SAT, así como el sello digital del contribuyente que expide el comprobante.
  • Lugar y fecha de expedición.
  • Clave del RFC de la persona a quien se expida el comprobante, en caso de que la persona no cuente con RFC, se señalará la clave genérica que establezca el SAT.
  • La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
  • El valor consignado en número.
  • El importe total consignado en número o letra.
  • Tratándose de mercancías de importación, se debe incluir el número y fecha del documento aduanero, esto tratándose de ventas de primera mano. En importaciones efectuadas a favor de un tercero, se debe incluir el número y fecha del documento aduanero, los conceptos y montos pagados por el contribuyente directamente al proveedor extranjero y los importes de las contribuciones pagadas por la importación.
  • Además de todos los contenidos en las disposiciones fiscales que sean requeridos y dé a conocer el SAT mediante reglas de carácter general.
Es importante mencionar que entre las modificaciones en el Código Fiscal de la Federación para CFDI, se encuentra estipulado que todos los CFDI deberán conservarse durante un periodo de 5 años, contando la fecha en la que se presentaron.

Entre las modificaciones en el Código Fiscal de la Federación para CFDI se encuentra la derogación de los artículos 29-B y 29-C del anterior ordenamiento, por lo que todos los contribuyentes, independientemente de su nivel de ingresos, deberán emitir facturas electrónicas. De igual manera, y con el objetivo de eliminar el uso de comprobantes apócrifos, las modificaciones en el Código Fiscal de la Federación establece un mecanismo para dejar sin efectos los comprobantes fiscales por actos o actividades inexistentes.

Las notificaciones de requerimientos y multas, entre otros, se realizarán de manera electrónica a través del buzón fiscal, entrando en vigor el 30 de junio de 2014 para personas morales, y el 1 de enero de 2015 para las personas físicas.

La obligación de llevar la contabilidad de manera electrónica y de enviarla cada mes al SAT, entrará en vigor de manera escalonada, según se establezca en las reglas de la miscelánea, que deben publicarse próximamente

Publicadas por Facturación Electrónica

Modificaciones en el Código Fiscal de la Federación para CFDI

Todas las Empresas Deben migrar a Factura Electrónica




Todas las empresas deben migrar a la factura electrónica.
A sólo unos días para que se cumpla el plazo de migrar a factura electrónica, cerca de 5.2 millones de contribuyentes aun no han migrado a este nuevo esquema de facturación. Todas aquellas personas físicas o morales que no expidan los comprobantes fiscales a partir de enero del 2014, no podrán emitir deducciones para los efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), así mismo no serán acreditables para el Impuesto al Valor Agregado (IVA).


El jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) Aristóteles Núñez mencionó que todas las empresas deben migrar a factura electrónica, actualmente existen poco más de 750 mil empresas que ya se encuentran trabajando bajo un esquema de factura electrónica.


Todas las empresas que aun no han migrado a la factura electrónica deben acudir con un Auxiliar de Comprobación Autorizado (anteriormente llamado Proveedor Autorizado de Certificación PAC) y así comenzar una relación comercial que facilite cumplir con esta disposición oficial.


Todas las empresas deben migrar a factura electrónica sin excepción, la migración a este nuevo esquema ha sido muy positiva, durante los primeros meses de la misma el promedio de facturas emitidas era de 3 millones al día pero a partir del segundo bimestre del 2013, la emisión fue de 15 millones diarios y se espera que en 2014 llegue a ser de 50 millones al día.


Esta disposición surgió con el propósito de combatir el uso de los comprobantes apócrifos ya que una vez que todas las empresas migren a facturación electrónica, todos los elementos de seguridad de la factura se verifican de forma inmediata con el SAT, una vez que este sea verificado, el Auxiliar de Comprobación Autorizada envía la factura electrónica al destinatario y así, además de sistematizar el proceso de facturación, procede a un proceso de cobro más rápido y ágil.


A la fecha el uso de factura electrónica es obligatorio para contribuyentes que facturan de 4 millones de pesos en adelante, durante el pasado mes de mayo, el SAT emitió una disposición donde se explicaba que a partir del 2014 el uso de facturas electrónicas también sería para aquellas personas físicas y morales que percibieran ingresos de más de 250 mil pesos al año; sin embargo durante las pasadas reformas, los legisladores modificaron el artículo 29-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), el cual permitía que los contribuyentes con ingresos menores a 250 mil pesos anuales, siguieran emitiendo comprobantes impresos con un Código de Barras Bidimensional (CBB). A partir del primer momento del 2014, LA ÚNICA FORMA PERMITIDA DE EMISIÓN DE COMPROBANTES SERÁ EL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDIindependientemente del nivel de ingresos que perciba un contribuyente, esto contempla también a la aún figura de pequeños contribuyentes, mejor conocidos como Repecos, por lo que ahora todas las empresas deben migrar a factura electrónica.


Todas las empresas que deben migrar a factura electrónica deben pasar por un proceso muy fácil, el cual consiste en:
  • Tramitar la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) ante el SAT.
  • Tramitar el Certificado de Sello Digital en la página del SAT.
  • Contratar con los servicios de un Auxiliar de Comprobación Autorizado para adquirir un servicio de factura electrónica en la nube.




Publicadas por Facturación Electrónica

Todas las Empresas Deben migrar a Factura Electrónica

Los Repecos también facturan electrónicamente

La reforma fiscal, plantea entre otras cosas, la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), la cual plantea que el Régimen de pequeños contribuyentes (Repecos) y del régimen de intermediarios desaparezcan, en su lugar, se crea el nuevo régimen denominado “Régimen de Incorporación”, en el cual pueden acceder personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos sean menores a 2 millones de pesos.

La transición de Repeco al régimen de incorporación se dará de forma automática, por lo cual no se tiene que realizar ningún otro trámite, sólo deben cumplir con las siguientes obligaciones:
  • Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales, únicamente cuando no se haya emitido un comprobante fiscal por la operación.
  • Registrar en medios electrónicos a que se refiere el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación todas las operaciones fiscales que correspondan al ejercicio.
  • Entregar a los clientes Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), lo que significa que los repecos también facturan electrónicamente.
  • Efectuar el pago de las erogaciones relativas a sus compras o inversiones, cuyo importe sea igual o superior a $2,000.00 mediante cheque, tarjetas de crédito o débito.
  • Presentar a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, las declaraciones bimestrales en las cuales se definirá y pagará el impuesto.
  • Pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente, además de presentar en forma bimestral ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la debida declaración sobre los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones.

Durante esta reforma fiscal y su aprobación, los legisladores derogaron el artículo 29B del Código Fiscal de la Federación, el cual le daba la facilidad de continuar usando el Código de Barras Bidimensional (CBB) a quienes tuvieran ingresos menores a 250 mil pesos anuales, los que eran en su mayoría Repecos o Pequeños contribuyentes, pero pese a que esta figura ahora será llamado Régimen de Incorporación, entonces los Repecos también facturan electrónicamente en 2014.

A partir del 2014, el SAT establecerá como la única forma de facturación valida el CFDI o factura electrónica, por lo que el Comprobante Fiscal Digital (CFD) y la factura impresa con Código de Barras Bidimensional (CBB) perderán validez, por consiguiente, los repecos también facturan electrónicamente. No importa el monto de ingresos, para el primer minuto de 2014, sin excepción, todos los contribuyentes deberán emitir facturas electrónicas, esto con el fin de evitar el uso de comprobantes apócrifos, por ello los repecos también facturan electrónicamente.

De acuerdo con el artículo 112 de la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR 2014), los contribuyentes sujetos al régimen de incorporación tendrán las obligaciones de entregar a los clientes Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.

Para facturar electrónicamente, los repecos deben:
  1. Tramitar la Firma Electrónica (Fiel) directamente en el SAT.
  2. Descargar el Certificado de Sello Digital de la página del SAT. (Para las personas físicas no es necesario este trámite).
  3. Una vez que se tengan estas dos herramientas, se debe contactar a un Auxiliar deComprobación Autorizado (Anteriormente llamado PAC), el cual brinda el servicio a un costo accesible.


Queda poco tiempo para que los repecos también facturen electrónicamente, sin embargo es importante establecer que al momento de contratar con un Auxiliar de Comprobación Autorizado, se revisen los beneficios que este otorga, ya que es información confidencial y muy delicada la que se trata. El hecho que los repecos también facturan electrónicamente debe ser visto como una ventaja para optimizar los procesos contables y mejorar los procesos de facturación. 


Publicadas por Facturación Electrónica

Los Repecos también facturan electrónicamente

Las Nóminas se vuelven CFDI

A partir de 2014 habrá grandes cambios en cuanto al Comprobante Fiscal Digital por Internet, sabemos que todas las facturas serán electrónicas pero no será lo único electrónico para el 2014. Ahora los recibos de nómina se vuelven CFDI ya que tendrán que ser emitidos con un formato similar a una factura electrónica.

De acuerdo con la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta capitulo I, los patrones deberán emitir nóminas en CFDI a nombre de sus trabajadores en la fecha que realice la erogación correspondiente, los elementos que deben formar parte de la cadena original para que las nóminas se vuelvan CFDI es una secuencia de datos conformada con información del CFDI.

Si bien es cierto que cuando las nóminas se vuelven CFDI constituirá una carga administrativa para los patrones, al paso del tiempo se verá reflejado en optimización de procesos y ahorro de costos.

¿Qué hacer para que las nóminas se vuelvan CFDI?

El primer paso para que las nóminas se vuelvan CFDI es obtener directamente en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), posteriormente es importante tramitar en la pagina de internet del SAT el Certificado de Sello Digital para una vez obtenidas estas dos herramientas, acudir con un Auxiliarde Comprobación Autorizado como lo es Facturaxion porque las nóminas se vuelven CFDI.

La solución que hace que las nóminas se vuelvan CFDI se llama Nominaxion, la cual valida los requisitos del comprobante, asigna un folio fiscal e incorpora el sello digital del SAT. Dicha solución es la más rápida del mercado ya que permite timbrar en segundos, cuenta además con soporte técnico las 24 horas para aclarar cualquier intermitencia y brinda un servicio en la nube que permite eficientar procesos administrativos, así como resguardar información confidencial por hasta 5 años, esta solución cuenta con toda la información requerida por el SAT para tener validez.

Próximamente estará disponible al mercado Nominaxion, la solución que permite que las nóminas se vuelven CFDI, con un precio accesible y una calidad difícil de comparar.



El proceso que cualquier persona física o moral debe seguir para emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), es el siguiente:

  • Contar con un Certificado de Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente.
  • Tramitar ante el SAT el Certificado para el uso de los sellos digitales.
  • Contactar con un Auxiliar de Comprobación Autorizado que brinde un servicio en la nube, dicho Auxiliar de Comprobación Autorizado se encargará de emitir el CFDI y enviar una copia del mismo directo al SAT.
  • Un vez realizado el CFDI, se debe entregar un archivo electrónico del CFDI al trabajador su recibo de nómina como comprobante.


Todo esto resulta un proceso dinámico, ágil y automatizado, sin embargo es indispensable acudir con un proveedor que pueda cumplir con las disposiciones oficiales, de lo contrario, se pueden suscitar problemas que en lugar de hacer dinámicos los procesos, traiga fuertes dolores de cabeza al patrón.

Publicadas por Facturación Electrónica

Las Nóminas se vuelven CFDI

SAT advierte no habrá prorroga para factura electrónica

El pasado lunes 19 de noviembre del presente año (2013), mediante un comunicado de prensa en su página de internet, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que no habrá prorroga para factura electrónica.

Advirtió que a partir del primero de enero de 2014, únicamente las facturas electrónicas tipo Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) serán deducibles de impuestos, para poder migrar al esquema de factura electrónica CFDI, como primer paso se requiere la Firma Electrónica (Fiel) la cual se tramita directamente en el SAT, el certificad de sello digital y adquirir los servicios únicamente de un Auxiliar de ComprobaciónAutorizado (antes llamado Proveedor Autorizado de Certificación PAC).

Contar con la factura electrónica tipo CFDI facilita realizar declaraciones prellenadas, simplificar la contabilidad, automatizar los procesos administrativos, reducir costos, tener un impacto ambiental positivo, agilizar el proceso de cobro y cumplir con las obligaciones fiscales.

El SAT advierte no habrá prorroga para factura electrónica ya que todos los gastos que no estén documentados bajo CFDI, no podrán ser deducibles de impuestos. El no cumplir con esta disposición oficial será considerado como desacato y es considerado como defraudación fiscal, la cual lleva consigo sanciones que van desde:
  • Prisión de 3 meses a 2 años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de 1.22 millones de pesos.
  • Prisión de 2 a 5 años,  cuando el monto de lo defraudado exceda de 1.22 millones de pesos pero no de 1.83 millones de pesos.
  • Prisión de 3 a 9 años, cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de 1.83 millones de pesos.
  • Cuando no se pueda determinar la cuantía de lo que se defraudó, la pena será de 3 meses a 6 años de prisión.
  • Si el monto de lo defraudado es restituido de manera inmediata en una solo exhibición, la pena aplicable podrá atenuarse hasta un 50%.

Para tomar en cuenta

Es importante comentar que a partir de enero,  desaparece la figura del Pequeño Contribuyente mejor conocido como Repeco, ahora el Régimen de Incorporación que sustituye al de los Repecos deberán entregar un CFDI a quienes se los soliciten, se encuentran obligados a declarar sus ingresos electrónicamente en periodos bimestrales ante el SAT.

Desaparece el uso de boletos de avión o de autobús como comprobante fiscal, asimismo, todos los gobiernos que emitan comprobantes deducibles de impuestos, deberán emitirlos en formato CFDI.
Desaparece la factura impresa con Código de Barras Bidimensional ya que a partir del 2014 las autoridades fiscales pretenden toda la información sea electrónica.


El tiempo se acaba

Resta únicamente poco más de un mes para que todos los contribuyentes cambien a CFDI o facturación electrónica, es importante mencionar que debido a esta disposición oficial, resulta necesario comprobar que el Auxiliar de Comprobación Autorizado con el que se vaya a contratar brinde un servicio en la nube de calidad, con la capacitad necesaria para soportar información hasta por cinco años y cuente con el respaldo de una empresa internacional.


Si bien es cierto que queda muy poco tiempo para migrar a esta nueva modalidad y ya que el SAT advierte no habrá prorroga para factura electrónica, es necesario ser cautelosos al momento de contratar factura electrónica ya que son datos e información muy sensible la que se maneja.

Publicadas por Facturación Electrónica

SAT advierte no habrá prorroga para factura electrónica

PYMES presionadas por la facturación electrónica

Muchos de los micro, pequeños y medianos empresarios (PYMES) del país se encuentran presionados ya que sólo tienen hasta el mes de diciembre del presente año (2013) para migrar a la facturación electrónica. De acuerdo con la autoridad fiscal, a partir del próximo año todo aquel contribuyente, ya sea persona física o moral que obtenga ingresos superiores a los 250 mil pesos al año deberá cambiarse a la facturación electrónica para con ello lograr simplificar los procesos de recaudación fiscal y evitar la evasión fiscal y eliminar los comprobantes fiscales apócrifos.

Para poder cambiar a este moderno e innovador método de facturación electrónica, es necesario contar como primer requisito con la Firma Electrónica o mejor conocida como Fiel, la cual es necesario ir directamente a las oficinas de Servicio de Administración Tributaria (SAT) a tramitarla, en segunda instancia, es necesario contar con el Certificado de Sello Digital, el cual se obtiene descargando un programa en la pagina del SAT llamado SOLCEDI. Una vez que se tengan estas dos herramientas, se debe contactar a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) el cual brinda el servicio a un costo accesible.

Algo que resulta importante mencionar es que si bien es cierto que ya falta muy poco tiempo para que las PYMES se cambien a factura electrónica, también es verdad que deben tener cuidado a la hora de elegir el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) ya que no todos brindan los mismos servicios y con la calidad necesaria para confiar información tan importante.

Las PYMES presionadas por la facturación electrónica deben ver a la misma no sólo como una obligación fiscal, sino como una forma de hacer negocios con grandes compañías y optimizar sus procesos comerciales, contables, administrativos y fiscales.

Los contribuyentes que aún no migran a la facturación electrónica porque creen que habrá una prorroga, están en un error, en cuestiones fiscales es muy difícil por no decir que imposible que existan prórrogas por parte de las autoridades.


Sin embargo para todas esas PYMES presionadas por la facturación electrónica, existen buenas noticias y es que hay PAC´s que conscientes y comprometidos con el bienestar del país, están ayudando a todos aquellos emprendedores o PYMES que se ven presionadas por la facturación electrónica con descuentos y precios muy accesibles, en casos muy especiales, ayudando mediante un financiamiento variable.

Publicadas por Facturación Electrónica

PYMES presionadas por la facturación electrónica

Facturación electrónica gratis para asociaciones sin fines de lucro.

Hoy en día el tema de Responsabilidad Social es un término muy común entre las empresas, lo primero que se nos viene a la mente al escuchar estas palabras es la ecología, la sustentabilidad, el desarrollo comunitario y la filantropía. No obstante, la Responsabilidad Social no está limitada a realizar acciones en pro del medio ambiente.

Existen otros campos y otras maneras en las que se puede retribuir a la sociedad, con acciones que impacten positivamente a una organización.

De acuerdo con el Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), todos los contribuyentes con ingresos anuales mayores a 250 mil pesos y las personas morales sin fines de lucro como lo son partidos y asociaciones políticos, patronales y civiles deberán facturar a través del Comprobante Fiscal por Internet (CFDI). Esta nueva disposición resulta muy eficaz e innovadora, sin embargo hay organizaciones que no se encuentran en condiciones de invertir dinero debido a su giro y objetivos institucionales, como lo son las asociaciones no lucrativas.

Es entonces, cuando las empresas como Facturaxion sacrifican sus ganancias y deciden apoyar a la sociedad de manera desinteresada brindando un servicio de facturación electrónica gratis para asociaciones sin fines de lucro, esto con el fin de ayudarlas a que continúen brindando un servicio positivo en nuestro país.

Para comenzar con el proceso de facturación electrónica gratis para asociaciones sin fines de lucro, la organización deberá contar con una Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente. Posteriormente, deberán ingresar a la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y descargar el programa para obtener su Sello Digital (SOLCEDI).

Una vez que la organización no lucrativa tenga su Fiel y su Certificado de Sello Digital, es necesario contactar a Facturaxion y comentar que requieren la facturación electrónica gratis para asociaciones sin fines de lucro y podrán disfrutar de todos los beneficios que conlleva tener una facturación electrónica gratis para asociaciones sin fines de lucro.

El portal de Facturaxion permite emitir, recibir y timbrar la facturación electrónica gratis para asociaciones sin fines de lucro en el esquema establecido por el SAT, generar reportes de desempeño en la facturación electrónica gratis para asociaciones sin fines de lucro mediante gráficas en tiempo real, permite una personalización de la factura electrónica, además de elaboración de catálogos, impuestos y el envío directo al SAT de cada factura electrónica realizada.


En la búsqueda de un país equilibrado y altamente competitivo empresas como Facturaxion apoyan a la sociedad retribuyéndole con un servicio de calidad para el cumplimiento fiscal y la simplificación de procesos administrativos y contables.

Publicadas por Facturación Electrónica

Facturación electrónica gratis para asociaciones sin fines de lucro.

Consejos para El Buen Fin Empresarial

Se aproximan fechas en las que realizamos compras decembrinas, para regalos, intercambios o simplemente porque queremos hacernos de algún bien, por lo regular, el gasto que realizamos en estas fechas es excesivo, por ello el gobierno impulso una iniciativa llamada “El Buen Fin”, el cual busca reactivar la economía fomentando el consumo, pero sobre todo mejorar la calidad de vida de todas las familias mexicanas.

Sin embargo, estos descuentos espectaculares no sólo son aprovechados por personas para su uso personal, la tendencia ha marcado que las empresas también están aprovechando estas promociones. El Buen Fin esta organizado del 15 al 18 de noviembre del 2013, sin embargo, algunas empresas que manejan Business to Business (B2B), están ampliando esta fecha, algo nunca antes visto, ahora El Buen Fin Empresarial será, en algunas empresas del 11 al 18 de Noviembre de 2013 con las promociones más bajas de todo el año.

Pese a que estas promociones resultan muy atractivas, surge escepticismo por saber si en verdad son buenas promociones que no podemos desaprovechar, pues bien a continuación te damos algunos consejos para El Buen Fin Empresarial:

  • Adquiere servicios que en verdad necesites.- A veces nos podemos topar con promociones muy buenas de servicios que tal vez necesitamos pero no inmediatamente, se debe priorizar los servicios que la organización en verdad requiere y son importantes para las actividades comerciales y fiscales de la empresa.
  • Compara ofertas.- Es muy tedioso ir comparando oferta por oferta de a cuerdo al servicio que se desea contratar pero es importante hacerlo, sobre todo ahora que predominan los descuentos, es importante verificar el precio del servicio antes de la promoción y ya con la promoción para saber si el precio del servicio que se desea adquirir en realidad fue rebajado.
  • Arma un presupuesto.- Es necesario hacer un presupuesto antes de contratar cualquier servicio, en base a él determina el tope máximo que puedes gastar, es importante considerar las deudas o pagos que se tienen programados.
  • Meses sin intereses no es una promoción.- Uno de los consejos para El Buen Fin Empresarial es que no te dejes engañar, no es lo mismo un descuento, que aplazar el pago, verifica que en realidad sea conveniente para la organización la promoción que adquirirás.
  • Redes Sociales.- Monitorea todas las promociones que las empresas ofertan a través de sus cuentas de Twitter y Facebook o bien a través de su página de internet para que tengas acceso a promociones exclusivas.


El Buen Fin Empresarial debe ser utilizado como un beneficio, por eso es importante saberlo capitalizar, NO te dejes engañar y aprovecha las promociones que empresas ofertan.

Publicadas por Facturación Electrónica

Consejos para El Buen Fin Empresarial

México Líder en Facturación Electrónica

México resalta entre los cinco líderes en facturación electrónica, de los que intervienen Brasil, Turquía, Finlandia y Argentina, las prácticas que se llevan a cabo en el país sirven como base para toda América Latina, incluso para países como España.

Este señalamiento se hizo desde el año 2011 dentro del marco del 7° Congreso Mundial EXPP Summit de Factura Electrónica llevado a cabo en septiembre de 2011, el cual fue organizado por consultores europeos especialistas en factura electrónica. Desde entonces, México ha desarrollado prácticas que lo posicionan como Líder en Facturación Electrónica en el mundo, los más de 67 Proveedores Autorizados de Certificación(PAC) día a día desarrollan y ofrecen servicios más competitivos que cumplen con las especificaciones establecidas por las autoridades fiscales.

A partir de enero de 2014, todos aquellos contribuyentes que perciban ingresos iguales o mayores a 250 mil pesos anuales, tienen la obligación sin importar sin son personas físicas o morales, de cambiar a facturación electrónica, ya que será el único medio de comprobación fiscal; sin embargo aquellos contribuyentes que perciban ingresos menores, podrán también cambiar a este método de facturación electrónica para hacer más eficientes sus procesos comerciales y gozar de los beneficios que este sistema ofrece.

Resulta necesario un cambio de paradigma con los nuevos estándares definidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya que existen beneficios comerciales en el ahorro de costos y simplificación administrativa, agilización de devoluciones, la detección de facturas apócrifas y la optimización en cuanto al cobro de las mismas.

Para comenzar a facturar electrónicamente, los contribuyentes deben acudir con un PAC para solicitar sus servicios, deben analizar las ventajas y beneficios del servicio que ofrece el PAC y basarse en estos al momento de realizar la elección ya que se esta tratando información confidencial y delicada que puede ser muy riesgoso ponerla en manos equivocadas.

Países como Alemania tienen graves problemas de evasión fiscal y siguen asesorías de México para implementar la factura electrónica, nuestro país ha marcado el ejemplo para la implementación de factura electrónica. La factura electrónica fue creada en un principio para contar con un mejor sistema de control de la fiscalización que permitieran contabilizar las declaraciones de todos los contribuyentes, ahora la factura electrónica sirve también como apoyo en los negocios.

Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) permiten detectar las alteraciones realizadas en un documento enviado, por lo que elimina los riesgos de clonar información o falsificarla para generar un documento ilegítimo.


La decisión de implementar la modalidad de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) ya se decidió y su uso es obligatorio desde el primer minuto del 2014 debido a que México es un país donde el acceso a internet es muy accesible, prácticamente  en todo el país se cuenta con el servicio de internet.

Publicadas por Facturación Electrónica

México Líder en Facturación Electrónica

Consejos de valor para optimizar tu negocio con el Cloud Computing

Existen tantas innovaciones en el ámbito de los negocios que simplifican y revolucionan la forma de realizar actividades comerciales, dichas innovaciones permiten hacer más eficientes los  procesos y aumentar la productividad en la empresa. Sin embargo, aun existen personas que desconfían de estas innovaciones, considerándolas riesgosas, costosas e incluso dependientes.

Innovaciones como el Cloud Computing o la tecnología en la nube permiten para quienes los utilizan disfrutar de beneficios palpables a un costo accesible; a diferencia de lo que muchos piensan, la tecnología en la nube es muy convencional para pequeñas y medianas empresas.

A continuación mencionamos los beneficios de contar con una tecnología como esta: 
  • Dinámica, fácil de usar.- Pese a que muchas personas consideran que el cloud computing es una herramienta complicada y difícil de usar, creen que se necesita adaptar sistemas y software complicados, pero lo que varios ignoran es, que únicamente se necesita contar con acceso a internet para poder utilizar la tecnología en la nube, y en un mundo tan globalizado y a la vanguardia, es muy raro o casi inexistente el caso de una organización que no cuente con internet para realizar las actividades inherentes del negocio.
  • Datos accesibles y seguros.- Una de las ventajas de la tecnología en la nube es, que no hay forma en que la información se pierda o quede expuesta a malintencionados, además que es muy fácil acceder a ella, sin importar el lugar en que se encuentre debido a que siempre estará lista en un disco duro virtual que se sincronice con la nube. Esto no significa que cada persona de la organización tenga un disco duro virtual, sino que tiene un espacio de almacenamiento en red administrado por la empresa.
  • Mayor seguridad de información.- Toda la información que se encuentra resguardada en la nube, esta en un centro de datos donde hay muchos servidores y por lo regular esta replicado en otro centro independiente, por lo que si ocurriera algún siniestro, la información esta segura. Mucha gente piensa que es más seguro tener los datos en el propio servidor pero esa sensación es equivocada, puesto que estamos propensos a sufrir un robo e incluso a perder la información por algún siniestro, es entonces cuando resulta más seguro resguardar la información en la nube.
  • Modelo adaptable.- Es un modelo que puede ir creciendo poco a poco de forma en la que se requiera el servicio, la ventaja del cloud computing o tecnología en la nube se puede contratar y pagar en función del uso de recursos. Esto permite que las empresas puedan experimentar crecimientos de acuerdo a los planes de la empresa.
  • Facilidad de exportación de información.-  La gran mayoría de los servicio en la nube o cloud computing nos permiten migar la información si es que no estamos a gusto con el proveedor que se tenga, ya que la información y los datos que ella contenga son propiedad de la empresa, por lo que no se necesita cambiar de ERP o algún software.


Es lógico presentar temores frente a una nueva tecnología por todos los tabúes que trae consigo, pero también es cierto que entre más se conozca este modelo, más se despejarán las dudas sobre él, es importante recalcar que no es una tecnología exclusiva para grandes empresas; también puede ser usada por pequeñas y medianas empresas (Pymes) ya que es de gran ayuda para optimizar sus procesos de negocio y hacer más competitivas a las empresas.

Publicadas por Facturación Electrónica

Consejos de valor para optimizar tu negocio con el Cloud Computing

Recibos de nómina digitales para 2014

En los pasados días, se aprobó la Reforma Fiscal, en la que se incluye en la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Código Fiscal de la Federación (CFF), a partir de 2014 las empresas tendrán que emitir nóminas como Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), por lo que ahora se esperan recibos de nómina digitales para 2014.

Los únicos autorizados para realizar el timbrado de validación son los Proveedores Autorizados deCertificación (PAC´s) ya que son los únicos facultados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para dar validez fiscal a los CFDI.

El artículo 99 de la nueva Ley del ISR en su versión tercera menciona que será una obligación de los patrones expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal y subordinado, por salarios y demás prestaciones, en la fecha en que se realice la erogación.
De acuerdo con datos del SAT, existen 39,478,000 de asalariados en México, a los cuales mes a mes se les tendrá que emitir un recibo de nómina digital a partir del 2014, por lo que los patrones tendrán que acudir con un PAC para solicitar su servicio.

Los CFDI´s a partir del 2014 podrán ser usados como constancia o recibo de pago en instancias laborales para beneficio del patrón o del trabajador ya que tendrán validez fiscal.

Los requisitos necesarios para emitir un CFDI son:
  • Contar con Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
  • Tramitar el Certificado de Sello Digital.
  • Contactar con un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
  • Realizar el pago correspondiente y emite CFDI al instante.

¿CFDI para qué?


El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es un documento electrónico validado por la autoridad fiscal y con efectos legales el cual garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido. El CFDI permite automatizar procesos y reducir gastos de papelería, mayor dinamismo para procesos de auditoría, seguridad en la información y mayor agilidad en la toma de decisiones, entre otros beneficios adicionales que sin duda alguna mejoran los procesos comerciales.

Empresas como Facturaxion ofrecen servicios para ayudar al contribuyente a cumplir con las obligaciones que la autoridad fiscal establece, contando con una alianza con Telmex y superando siempre las expectativas del contribuyente, agilizando su sistema contable-administrativo.

Publicadas por Facturación Electrónica

Recibos de nómina digitales para 2014

Senado realiza cambios a reforma fiscal

Con ausencia de los senadores del Partido Acción Nacional (PAN) y con la mitad del Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Senado de la República aprobó en las primeras horas de este jueves la miscelánea fiscal para 2014.

El presidente del Senado Raúl Cervantes (PRI) dio por avalada la reforma hacendaría a las 3:32 de la mañana y la regresó a San Lázaro.

Los cambios negociados son los siguientes:
  • Subir a 8% el impuesto a la comida chatarra, a partir de enero próximo.
  • Regresar a tasa de 30% a quienes ganan hasta medio millón de pesos anuales. Incluye además la aplicación de tasas de Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 32% a quienes obtengan 750,000 pesos anuales en salarios y 34% a los que tienen ingresos superiores al millón de pesos al año.
  • Queda en 50% las deducciones a las prestaciones laborales de los trabajadores y la creación del instrumento de control para evitar que el patrón transfiera al trabajador el costo del impuesto.
  • Pasar de 6 a 10 años el periodo para el cobro de la nueva tasa impositiva para los pequeños contribuyentes (Repecos).
  • Construcción de mecanismos para el fondeo de transición tecnológica para pequeños contribuyentes.
  • Nuevo seguro de desempleo donde no será fondeado con el ahorro de vivienda de los trabajadores, sino por el presupuesto federal de manera directa.
  • Redistribución de ingresos por derechos de minería a una tasa de 7.5% para que 50% vaya a municipios mineros, 20% a la federación y 30% a los estados.
  • Cobro en derechos de la banda de 700 megahertz y 2.5 gigahertz con un transitorio para que una vez que se establezca el modelo de operación, el Congreso de la Unión garantice los pagos definidos.
  • Mecanismo de apoyo a la Cooperativa Pascual, a la que apoyarán en su conversión tecnológica.
  • Incluir a los polisacáridos en la categoría de azúcares, para evitar que las refresqueras evadan el impuesto de un peso, vigente a partir del primero de enero del próximo año.

Con estas modificaciones a las leyes del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), ISR y Ley Federal de Derechos, las cuales fueron avaladas en el pleno del senado en sesión nocturna por el bloque del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y 15 senadores del PRD, tanto la ley de ingresos como el presupuesto de egresos tendrán reajustes a la baja.


Debido a los cambios que se realizaron en la miscelánea fiscal, el documento avalado con anterioridad por la cámara de diputados ya fue revisado nuevamente y aprobado en San Lázaro este mismo jueves.

Publicadas por Facturación Electrónica

Senado realiza cambios a reforma fiscal

Senado aprueba en lo general Reforma Fiscal 2014

El día de ayer, martes 29 de Octubre a las 23:30 horas inició el análisis de la propuesta de reforma fiscal, que aprobó la cámara de diputados en semanas pasadas. Por mayoría cerrada y con serios enfrentamientos entre legisladores de distintos partidos políticos, el Senado de la República aprobó en lo general con 73 votos a favor y 50 en contra, el proyecto de reforma fiscal 2014.

La mayoría de los artículos reservados se centraron en temas controvertidos como los son la homologación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las zonas fronterizas, IVA en alimentos chatarra, en chicles, refrescos y alimentos para mascota, impuestos en el sector transporte, en minería e importaciones.

En donde también hubo controversias son el las reservas al régimen de los pequeños contribuyentes (repecos); al de deducciones de las prestaciones de los trabajadores; al fondo de pensiones y jubilaciones; al de la deducibilidad para inversionistas y al régimen fiscal opcional.

La miscelánea fiscal constituye una progresividad del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para las personas físicas, con una tasa inicial de 30% a quienes ganen hasta 500 mil pesos y hasta 35% a quienes tengan percepciones anuales arriba de 3 millones de pesos.

Los puntos controvertidos fueron:
  • Homologación del IVA en la frontera norte del 11 al 16%.
  • IVA en transporte foráneo.
  • IVA en alimento para mascotas.
  • Deducción a prestaciones sociales a trabajadores.
  • IVA a importaciones temporales.
  • Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) a alimentos “chatarra” de 5%.
  • IEPS a bebidad azucaradas de 1 peso por litro.
  • Ley Minera (pago de 7.5% anual a ganancias de mineras).
  • IVA a tiempos compartidos.
  • Gravamen a las convenciones.

Ajustes realizados en la Cámara de Diputados:
  • No se aprobó el IVA en colegiaturas.
  • No se aprobó el IVA en hipotecas.
  • No se aprobó el IVA en venta y renta de vivienda.
  • La mayor progresividad del ISR para personas físicas.
  • Se gravan en 10% las ganancias de las empresas que cotizan en la bolsa.
  • Eliminación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto en Depósitos en Efectivo (IDE)

El punto más controvertido de la reforma, la llamada miscelánea fiscal, del gobierno de Enrique Peña Nieto quedó aprobado en lo general por 73 votos a favor y 50 en contra. Los senadores registraron 195 reservas, al discutir el segundo tema, relacionado con el impuesto al alimento para mascotas, el Partido Acción Nacional (PAN) decidió suspender su participación.

Publicadas por Facturación Electrónica

Senado aprueba en lo general Reforma Fiscal 2014