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Presentan RMF para 2018

Estos son los reglamentos y procedimientos fiscales
que serán utilizados en 2018.
Esta semana se publicó en la página oficial del SAT el Anteproyecto de Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 publicado.

Es importante recordar a los contribuyentes que este documento contiene las obligaciones, los procedimientos, procesos, metodología, multas, medios, formas, formatos, entre muchos otros mecanismos relacionados con el sistema de fiscalización mexicano.

A continuación, te mencionamos las reglas que entran para esta primera resolución de modificaciones 2018:

2.1.28.  Procedimiento para aclarar la presentación de pagos provisionales mensuales del ISR en cero.
2.1.39.  Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
2.3.2.   Saldos a favor del ISR de personas físicas.
2.7.5.7.  Emisión de CFDI por concepto nómina del ejercicio fiscal 2017.
2.8.3.2.  Medios electrónicos (e.firma y Contraseña) que sustituyen a la firma autógrafa.
3.3.1.29. Procedimiento para cuantificar la proporción de los ingresos exentos respecto del total de las remuneraciones.
3.3.1.44. Cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral.
3.3.1.45. Cumplimiento de obligaciones en prestación de servicios diversos a la subcontratación.
3.3.1.49. Procedimiento para que los contratistas con actividades de subcontratación laboral autoricen a sus contratantes.
3.3.1.50. Procedimiento por el cual el contratante realiza la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral.
3.3.1.51. Procedimiento que debe observar el contratante para solicitar aclaraciones en materia de subcontratación laboral sobre la funcionalidad del aplicativo.
3.9.18. Plazo para presentar información de partes relacionadas residentes en el extranjero por contribuyentes que no opten por dictaminar sus estados financieros.
3.13.26. Tarifa para el cálculo de pagos bimestrales definitivos del RIF.
3.16.11.  Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero.
3.21.6.7. Procedimiento para la presentación de la declaración del ejercicio opción de acumulación de ingresos por personas morales.
3.21.6.8. Presentación de declaraciones complementarias del ejercicio, opción de acumulación de ingresos personas morales.
3.23.18. Opción del pago del ISR diferido por concepto de pérdidas por enajenación de acciones, señaladas en el Artículo Segundo, fracción IX de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR para 2016.
10.30. Pago en efectivo contenido en la propuesta económica de las bases de licitación emitidas por la Comisión Nacional de Hidrocarburos.

Aún le queda mucho trabajo al SAT y sus funcionarios para hacer que el sistema fiscal sea mucho más entendible y simple, por el momento, solo nos queda esperar más información y estar receptivos de los cambios que puedan generarse.

Publicadas por Facturación Electrónica

Presentan RMF para 2018

Uso de los formatos y formas fiscales

Conoce las solicitudes y procedimientos aceptados
por el SAT.

Al realizar un trámite ante la autoridad fiscal, la normatividad señala que los contribuyentes deben utilizar los formatos y solicitudes autorizados, así como, los procesos establecidos en las diferentes disposiciones legales.

En una parte muy importante del contenido de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, es el Anexo 1, el cual contiene las formas y formatos disponibles para que los contribuyentes realicen trámites y gestiones ante la autoridad fiscal.

En su última actualización publicada el 29 de diciembre del 2017 en el Diario Oficial de la Federación, el SAT reconoce las siguientes disposiciones legales, cada una con sus formatos como se señala a continuación:  

·         Código Fiscal de la Federación
Solicitud de marbetes o precintos para bebidas alcohólicas nacionales
Declaración informativa del IEPS de gasolina y diésel

·         Ley del Impuesto sobre la Renta
Constancia de pagos y retenciones a residentes en el extranjero
Constancia de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo.

·         Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Solicitud de marbetes o precintos para bebidas alcohólicas nacionales
Lista de precios de venta de cigarros

·         Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos
Pago provisional del impuesto sobre automóviles nuevos
Declaración del ejercicio del impuesto sobre automóviles nuevos

·         Ley del Impuesto al Valor Agregado
Aviso del destino de los saldos a favor del IVA
Solicitud del reintegro al concesionario de cantidades derivadas del programa de devoluciones de IVA a turistas extranjeros

·         Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos
Información sobre el precio de enajenación al consumidor de cada unidad vendida en territorio nacional proporcionadas

·         Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
Declaración informativa de operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del consorcio petrolero

·         Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
Listado de conceptos de la constancia de recaudación mensual por depósitos en efectivo

·         Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios
Declaración del Pago del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Enajenación de Gasolinas y Diésel

·         Hojas de ayuda
Pago electrónico de derechos, productos y aprovechamiento

Para estar al corriente con el SAT, debes hablar su idioma y esto significa conocer los procesos y documentos necesarios para llevar a cabo los trámites que necesitas.

Publicadas por Facturación Electrónica

Uso de los formatos y formas fiscales

Aprueban nueva ley para el sector Turístico

Empresas del sector turístico cambiarán
para combatir el hambre.
Hoteles y restaurantes tendrán que evitar el desperdicio de alimentos luego de que el Senado de la República aprobara una reforma a la Ley General de Turismo como apoyo a combate contra el hambre a nivel global.

Con esta aprobación, la Secretaría de Turismo, tendrá la facultad para impulsar acciones y reglamentos que fomenten el aprovechamiento de los comestibles dentro del sector turístico.

Entre las nuevas medidas que podrían ser incluidas, es la donación de aquellos alimentos que no sean utilizados, una de las propuestas incluidas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible reconocidos mundialmente.

Aunque esto significa un avance en la proliferación y evolución del sector turístico, se deja claro que el trabajo debe continuar ya que el artículo 58 de la Ley considera como una obligación el manejo adecuado de alimenos, sin embargo, no todos los negocios turísticos manejo de alimentos.

Mantenerte informado sobre las nuevas disposiciones fiscales y legales del sector empresarial al que perteneces, por ello, si tienes alguna pregunta, no dudes en dejarnos tus comentarios.

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Aprueban nueva ley para el sector Turístico

¿Qué hago si no recibí la devolución del saldo a favor?

Recupera el saldo a favor que generaste
en el ejercicio 2017.
Si ya presentaste tu declaración anual y solicitaste a tu cuenta el saldo a favor que generaste a lo largo del 2017, pero ya pasaron los 5 días y no has recibido la devolución, te compartimos el proceso que debes seguir para obtenerla.

En casos de inconsistencias presentadas en la devolución automática, el Servicio de Administración Tributaria, recomienda:

• Si tu devolución no es autorizada, o se autoriza parcialmente, la aplicación de consulta muestra los motivos y menciona las acciones que debes llevar a cabo para solventarla.

• El monto del saldo autorizado puede ser parcial si existe diferencia en la información correspondiente a tus operaciones con retenedores, erogaciones deducibles o estímulos.

• Cuando no se autoriza tu saldo a favor o se autoriza parcialmente puedes hacer lo siguiente:
1) Presentar una declaración complementaria con las inconsistencias corregidas.
2) Solicitar la devolución a través del Formato Electrónico de Devoluciones, disponible en la sección de Trámites de este Portal.

• Las declaraciones con saldo a favor autorizadas están sujetas a:
1) La compensación de oficio de los créditos fiscales firmes que tengas a cargo.
2) Inconsistencias en tu cuenta bancaria Clabe.

​No se considera una devolución automática cuando:
1) La solicitud de devolución es a través del Formato Electrónico de Devoluciones.
2) Si marcas la opción de compensación en la Declaración Anual.
3) Si te encuentras en el catálogo de incumplidos publicado en este portal. ​

Aunque puedes recurrir a estas medidas, no olvides que cuentas con el apoyo de Facturaxion en la Nube para mejorar los conceptos fiscales utilizados por la autoridad. Escríbenos tus comentarios.

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¿Qué hago si no recibí la devolución del saldo a favor?

¿Cuáles fueron los errores que el SAT detectó en el CFDI de Nómina?

Estos son los errores cometidos
en el llenado de las facturas de nómina.

Después de años de seguir un estricto calendario en materia de declaraciones, el Servicio de Administración Tributaria concedió una prórroga de 15 días adicionales para que las personas físicas presentaran la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta.

En el comunicado publicado en su página oficial, la autoridad fiscal señaló que las inconsistencias presentadas de la información prellenada en la declaración anual, se debieron a los errores cometidos en el llenado de los comprobantes de nómina.

Los cuales consistían principalmente en:

·         Captura errónea de conceptos como primas vacacionales
·         Primas de antigüedad
·         Ingresos por jubilación
·         Separación e indemnización
·         Diferencias entre lo reflejado en comprobantes y lo pagado
·         Incongruencia entre los totales de los comprobantes y sus subtotales

En el mismo documento, el SAT se deslindó completamente de estos errores, indicando que desde junio del año pasado ha trabajado con los patrones de distintas instituciones para erradicar los problemas.

El SAT también indicó que, a pesar de los esfuerzos, existen patrones que continúan realizando ajustes a los comprobantes de nómina, por lo que sus trabajadores han sido quienes han presentado dificultades con la declaración anual.

Si tú eres uno de ellos, te recomendamos estar en constante comunicación con el área encargada de emitir tus recibos de nómina, recuerda que a partir de éste lunes solo faltan 15 días para que el tiempo de prórroga concluya.

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¿Cuáles fueron los errores que el SAT detectó en el CFDI de Nómina?

Amplía SAT plazo para presentar la Declaración Anual

Contribuyentes tendrán dos semanas más
para presentar la declaración anual.

En su cuenta de Twitter, Osvaldo Santín, Jefe del Servicio de Administración Tributaria, dio a conocer este miércoles, una prórroga para que las personas físicas presenten la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta.

Aunque la fecha límite era este lunes 30 de abril, el portal del SAT se mantendrá abierto hasta el próximo 15 de mayo, para que los contribuyentes interesados concluyan el trámite.

Para ratificar la información, el SAT emitió un comunicado en el que afirmó que la aplicación del plazo se dio en atención a los contribuyentes por las inconsistencias presentadas en el llenado de las facturas electrónicas del tipo nómina.

Cabe recordar que el SAT recolecta la información de las facturas emitidas por el contribuyente para realizar la Declaración Anual, por ello, al haber errores u omisiones en los comprobantes, estos se verán reflejados al realizar el prellenado del formato en la herramienta DeclaraSAT.

El SAT también recordó a los contribuyentes, en específico a las personas físicas, que de enero a diciembre del 2017 recibieron ingresos de un solo patrón, no están obligados a presentar la declaración anual.

Así que leíste bien, tienes dos semanas más para poner en orden tu contabilidad, facturas electrónicas de ingresos y gastos, no olvides que el SAT ha devuelto poco más de 4 mil 716 millones de pesos a los contribuyentes que generaron saldo a favor del impuesto ISR.

Publicadas por Facturación Electrónica

Amplía SAT plazo para presentar la Declaración Anual

¿Cómo calcular la devolución de impuestos?


¿Cuánto es el máximo de deducciones que puedes hacer?
En esta declaración anual, obtén saldo a favor y la devolución de impuestos, conociendo el procedimiento que realiza la autoridad tributaria cuando recibe ola información de tus gastos e ingresos.

De acuerdo con un comunicado publicado en el portal oficial del Servicio de Administración Tributaria, hasta el 16 de abril se hizo la devolución de 3,998 millones de pesos, a los contribuyentes que presentaron su declaración anual.

Para el SAT, más del 88% de las declaraciones presentadas han obtenido saldo a favor, ya que gracias a la información obtenida de las facturas electrónicas, el aplicativo realiza el prellenado de los ingresos, gastos y deducciones.

Por ello, es importante que tengas en orden los comprobantes fiscales que amparan el ingreso que obtuviste y aquellas inversiones que fueron indispensables para llevar a cabo las actividades que tu régimen te permite.

Una vez que cuentes con todos los documentos, lo primero es hacer la suma de los ingresos y gastos, tomando en cuenta los impuestos pagados en cada caso, posteriormente consulta el porcentaje de la deducción conforme al tipo de inversión.

Si al realizar la sumatoria y aplicar la tasa de ISR, obtienes un resultado negativo, le corresponde al SAT realizar la devolución del impuesto una vez concluido el trámite de la declaración anual.

Recuerda que algunos de los gastos personales son deducibles hasta por el 100%, te invitamos a revisar la información con el monto máximo de deducciones que puedes realizar en cada concepto.

Entre otras consideraciones, toma en cuenta que solo aquellos gastos que son estrictamente necesarios para llevar a cabo las actividades de acuerdo con tu régimen.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cómo calcular la devolución de impuestos?

Anuncian nueva actualización en Complementos de CFDI 3.3

Estos cambios entrarán en vigor el próximo
12 de junio del 2018.

Sumado a los cambios recientemente anunciados por el SAT, nuevamente la autoridad fiscal publicó en su portal de internet más actualizaciones para los complementos fiscales que conforman del CFDI versión 3.3

El próximo martes 12 de junio del 2018 entrarán en vigencia nuevos atributos y claves en los catálogos de los complementos Estado de Cuenta de Combustibles versión 1.2 y Consumo de Combustibles versión 1.1

En el complemento Consumo de Combustibles 1.1 se anunciaron los siguientes cambios:

1. Cambio de versión “1.0” a “1.1”.
2. Se agrega Tipo Base xs:string  y espacio en blanco colapsar en el atributo “versión”.
3. Cambio en el atributo “Fecha” para usar el tipo de dato simple de CFDI “tdCFDI:FechaH”.
4. Se agrega el atributo “tipoCombustible”.
5. Se agrega valor mínimo incluyente, posiciones decimales y patrón al atributo “cantidad”.
6. Se agrega longitud máxima “300” al atributo “nombreCombustible”.
7. Se modifica el nombre del atributo “tasa” a “TasaOCuota”.
8. Se modifican las posiciones decimales del atributo “TasaOCuota”  de “2” a “6”.
9. Se agrega el tipo simple Tipo Simple Global: c_ClaveTipoCombustible”.

Mientras que para el complemento Estado de Cuenta de Combustibles se anunciaron los siguientes cambios:

1. Cambio de versión “1.1” a “1.2”.
2. Cambio en el atributo “Fecha” para usar el tipo de dato simple de CFDI “tdCFDI:FechaH”.
3. Se elimina el atributo “TAR”.
4.  Se modifica el nombre del atributo “NoIdentificacion” a “TipoCombustible”.
5. Se modifica la descripción del atributo “TipoCombustible” de “Atributo requerido para indicar la clave del producto del combustible.” a “Atributo requerido para indicar la clave del tipo de combustible.”
6. Se modifica el nombre del atributo “TasaoCuota” a “TasaOCuota”.
7. Se elimina el tipo simple global “c_TAR y c_ClaveProducto”.
8. Se incorpora el uso del catálogo “cat_Combustible”.

Es importante recordar que estas modificaciones se suman a la ya programada entrada en vigor del uso obligatorio del complemento para pagos, el próximo 1 de septiembre del 2018.

Así como, el nuevo esquema de cancelación de la factura electrónica y el término del periodo de tolerancia para el uso correcto del catálogo de productos y servicios el próximo 1 de julio.

Estas actualizaciones tienen un impacto en el programa de facturación electrónica que utilices para emitir el CFDI con alguno de los complementos mencionados, por ello te recomendamos solicitar a tu proveedor de certificación realizar las actualizaciones correspondientes.

Publicadas por Facturación Electrónica

Anuncian nueva actualización en Complementos de CFDI 3.3

¿Cuánto debes pagar de ISR si eres asalariado?

Conoce la tasa de ISR que corresponde al
régimen de asalariados.
Mientras que el patrón es el encargado de realizar el cálculo, el trabajador debe realizar el pago del Impuesto Sobre la Renta, que va desde un 1.92% hasta el 35% de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Lo anterior se aplica para aquellos trabajadores que obtienen ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, a quienes se conoce como personas físicas del régimen de asalariados.

En ese sentido, para realizar el cálculo, los patrones deben retener del salario del trabajador el impuesto causado, tomando como base el monto total de salarios pagados a sus trabajadores en el mes, incluyendo las primas, vacaciones, gratificaciones y demás prestaciones.

A continuación te compartimos la fórmula para calcular el Impuesto Sobre la Renta:

Ingreso del periodo
-
Límite inferior
=
Excedente del límite inferior
X
% sobre excedente del límite interior
=
Impuesto marginal
+
Cuota fija de impuesto
=
ISR determinado
-
Subsidio para el empleo
=
ISR a retener

Monto de los conceptos utilizados en el cálculo:

Tarifa mensual de ISR para pagos provisionales
Límite inferior
Límite superior
Cuota fija
% sobre el excedente del límite inferior
$0.01
$496.08
$4,210.42
$7,399.43
$8,601.51
$10, 298.36
$20,770.30
$32,736.84
$62,500.01
$83,333.34
$250,000.01
$496.07
$4,210.41
$7,399.42
$8,601.50
$10, 298.35
$20,770.29
$32,736.83
$62,500.00
$83,333.33
$250,000.00
En adelante
$0.00
$9.52
$247.24
$594.21
$786.54
$1,090.61
$3,327.42
$6,141.95
$15,070.90
$21,737.57
$78,404.23
1.92
6.40
10.88
16.00
17.92
21.36
23.52
30.00
32.00
34.00
35.00
Fuente: Lo que todo contribuyente debe saber. Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Disponible en: bit.ly/2JeaWVV

Si te sentiste identificado, recuerda que el ISR se presenta en los pagos provisionales de la declaración mensual a más tardar el día 17 de cada mes a través de la aplicación del SAT.

Además, el ISR es un impuesto anual que debe pagarse al término del ejercicio fiscal a través de la declaración anual para personas físicas, que se presenta a más tardar el 30 de abril de cada año.

Por otra parte, si eres trabajador debes vigilar el cálculo y realizar el pago del impuesto, a través de los recibos de nómina que tu patrón te entrega en cada periodo.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cuánto debes pagar de ISR si eres asalariado?