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ABC de la declaración anual para personas físicas



¿Sabes si debes presentar la declaración anual?
A continuación te presentamos todos los detalles sobre cómo, dónde y los documentos que debes tener a la mano si eres persona física y en abril te toca presentar tu declaración anual.

Recuerda que la declaración anual, es la información y documentos que se envían al Servicio de Administración Tributaria, para informar sobre los ingresos obtenidos y gastos realizados en el ejercicio 2017.

A. ¿Quiénes deben presentar la declaración anual?

Deben presentar declaración anual, las personas físicas que hayan obtenido ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:
  • Por prestar servicios profesionales (honorarios) 
  • Por rentar bienes inmuebles 
  • Por realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte) excepto los que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal. 
  • Por enajenar bienes 
  • Por adquirir bienes 
  • Por percibir salarios
  • Por intereses 

Otros ingresos, por ejemplo: las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios, y/o por penas convencionales, etc.

Además en caso de ser necesario, debes informar al SAT sobre los ingresos que se hayan percibido en el año por los conceptos y en los montos que se mencionan a continuación: 
  • Los ingresos por: préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de 600,000 pesos.
  • Los ingresos exentos del pago del impuesto sobre la renta por herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de los ingresos totales, contenidos en la declaración, es mayor a 500,000 pesos.

Es importante mencionar que, aun cuando ya se haya pagado el o los impuestos correspondientes, la autoridad fiscal te requerirá esta información.

B. ¿Cómo se presenta la declaración anual?
  1. Entra a la página del SAT a través de www.sat.gob.mx
  2. En el menú información, da clic en Declaración Anual
  3. Selecciona, Personas físicas
  4. Da clic en Ingresa a la aplicación
  5. Registra tu RFC y contraseña o e.firma portable

Recuerda que también puedes cumplir con esta obligación vía telefónica

C. ¿Qué debes tener a la mano para elaborar y presentar tu Declaración Anual? 
  • Las constancias de percepciones y retenciones. 
  • Los recibos de honorarios o facturas electrónicas de los gastos relacionados con la actividad que hayas realizado en el año.
  • Los recibos de honorarios o facturas electrónicas de los pagos por servicios educativos (colegiaturas) y de tus deducciones personales, en su caso. 
Para que sea más sencillo, te recomendamos revisar que tus declaraciones mensuales estén al corriente. Si omitiste presentar una o más de ellas preséntalas ahora, de esta forma te ahorrarás tiempo y evitarás sanciones.

Publicadas por Facturación Electrónica

ABC de la declaración anual para personas físicas

¿Ya conoces el buscador de claves de productos y servicios del SAT?


Probamos el buscador de claves de productos y servicios del SAT y estos fueron los pros y contras que encontramos al realizar la búsqueda de algunos conceptos y descripciones.

Función
Pros
Contras
Búsqueda por filtros
Puedes buscar las claves, ingresando por palabra o ingresando información en los filtros de búsqueda.
Si buscas por palabra es posible que la descripción sea confundida por otras similares.
Además, si no llenas todos los filtros, no puedes realizar la búsqueda.
Búsqueda por palabra
Es la manera más fácil de realizar una búsqueda.
Los resultados obtenidos son demasiados, es difícil leerlos todos antes de decidir si se trata del producto o servicio correcto.
Historial de búsquedas
La herramienta almacena información sobre tus búsquedas anteriores.
Los conceptos comienzan a mezclarse a menos que des clic en Limpiar Resultados después de cada búsqueda.
Claves localizadas
La herramienta te muestra diferentes posibles opciones para la clave del producto o servicio que deseas facturar.
Es difícil definir si los resultados arrojados pertenecen al producto o servicio que vas a facturar.



Encuentra las claves correctas para tus
productos y/o servicios.
De todas estas funcionalidades, tu decidirás si la herramienta de búsqueda de claves del SAT se adapta a no a tus necesidades, con base a nuestra experiencia podemos decir que esta aplicación es tan funcional como necesaria debido a la amplitud del catálogo de productos y servicios.

Por otra parte, te recomendamos que identifiques las claves que más se relacionan a los productos y/o servicios que ofreces y las clasifiques como de uso frecuente en el sistema de facturación electrónica que utilizas, recuerda que esta es una de las funcionalidades de nuestro nuevo Portal 3.0

Además, ten en mente que, en la emisión de una factura electrónica, el Servicio de Administración Tributaria considera correcto utilizar la clave de la Clase, sin necesidad de registrar la clave exacta del producto o servicio.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Ya conoces el buscador de claves de productos y servicios del SAT?

CFDI de Nómina vs Complemento de Nómina

No te confundas, conoce las características de ambas facturas.
¿Cuál es la diferencia entre el CFDI de Nómina y una factura con Complemento para Nómina? Incluso los mismos contadores han expresado estar confundidos cuando les
hicimos esta pregunta.


Si no eres contador y te hablan de un CFDI de Nómina y una factura con el complemento para nómina seguramente vas a terminar confundido, incluso algunos han afirmado que no existe tal diferencia, pero cuidado, estamos hablando de dos cosas completamente diferentes, lee con atención la comparativa que te compartimos a continuación.


CFDI de Nómina
Complemento de Nómina
Se refiere al tipo de factura electrónica o CFDI que se emite.
Se refiere a la información que ampara conceptos de ingresos por salarios, la prestación de un servicio personal.
Se utiliza para registrar los actos o actividades que se realicen por ingresos que perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen los contribuyentes.
Se utiliza para registrar las remuneraciones que los contribuyentes hacen a sus trabajadores.
Es obligación para los patrones que efectúen pagos a sus trabajadores por conceptos de salarios o subcontratación.
Es obligación para los patrones que efectúen pagos a sus trabajadores por conceptos de salarios o subcontratación.
Para determinar un CFDI como de tipo nómina, se debe utilizar el catálogo de Tipo de CFDI.
Para añadir el complemento de nómina a un CFDI debe seleccionarse la opción antes de generar la factura.



¿Quieres saber cómo se emite un CFDI y el complemento de nómina? Da clic aquí.

Publicadas por Facturación Electrónica

CFDI de Nómina vs Complemento de Nómina

¿Cuánto tiempo debo guardar mi contabilidad electrónica?


A pesar del tiempo, el SAT puede auditarte.
Pese a que la obligación establece que la documentación fiscal debe ser almacenada por un mínimo de 5 años, la recomendación al respecto de nuestros expertos fiscales puede dejarte sorprendido o sorprendida.

Ya que el Servicio de Administración Tributaria cuenta con atribuciones que le permiten solicitarte la comprobación, mediante documentos, de ciertas operaciones, en caso de encontrar alguna omisión, podría pedirte ingresar a tus archivos más antiguos.

Pese a ser documentación que se encuentre en el límite de los 5 años, el SAT considera que pudiste haber incurrido en más omisiones por lo que querrá revisar todo.

En ese sentido, los expertos fiscales recomiendan almacenar la mayor cantidad de tiempo posible, incluso afirmaron que un periodo de hasta por 10 años podría ser de gran utilidad.

Sabemos cómo va a sonar eso, probablemente pienses que es demasiada documentación almacenada, sin embargo, recuerda que existen herramientas, además del SAT que te permiten almacenar una gran parte de la documentación fiscal que generas por largos periodos de tiempo.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cuánto tiempo debo guardar mi contabilidad electrónica?

¿Para qué se puede usar el Buzón Tributario?


Te sorprenderá saber la cantidad de cosas que puedes hacer
sin salir de tu casa u oficina.
A diferencia de otros países, en México contamos con una vía de comunicación directa con la autoridad tributaria, misma que nos permite recibir otro tipo de información que no necesariamente está relacionada con nuestra contabilidad.

El buzón tributario, además de ser una dirección electrónica donde recibimos notificaciones del SAT, también es el canal por el que enviamos mucha de la información tan solo con tener nuestra e-firma.

Con base a la Resolución Miscelánea Fiscal 2018, el buzón tributario puede ser utilizado para todos los siguientes trámites, avisos, servicios, consultas aplicaciones, decretos y fiscalización electrónica:

​​​​Trámite
​Nombre del trámite en el
Buzón
Notificación electrónica​
​Notificaciones
​Mensajes de interés
​Mensajes
Trámites​
​Recurso de revocación en línea presentado a través de buzón tributario
​Interposición de recurso de revocación
​​Consultas y autorizaciones en línea
​​Registro de solicitud de autorizaciones y/o consultas
​Aviso de los residentes en el extranjero en el que manifiesten su voluntad de optar por la facilidad administrativa establecida en la regla 3.20.6.
​Aviso de extranjeros operando a través de maquiladoras de albergue
​Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles
​Autorización para ser Donataria
Solicitud de Devolución de saldos a favor
​​​Solicitud de devolución
Aviso de compensación de saldos a favor
​Aviso de compensación
​Solicitud de condonación de créditos fiscales a contribuyentes en concurso mercantil
Solicitud de condonación para contribuyentes en concurso mercantil​​​
​Aclaración cuando no es posible efectuar la transferencia electrónica y se advierta de la consulta a la solicitud de devolución a través de éste portal, que la misma tiene el estatus de abono no efectuado o solicitud de cuenta CLABE
​Sustitución de cuenta CLABE por devolución no pagada
​​Estímulo al buen contribuyente
​Aviso de crédito conforme a Decreto del 18 de noviembre de 2015​
​Demás trámites que establece el Anexo 1-A de la RMF que no se encuentran detallados en este listado.
​Demás trámites
​Avisos​ ​
​Aviso de la determinación del derecho extraordinario sobre minería
​Aviso de minería
​Aviso de destino de ingresos retornados al país conforme al Decreto del 18 de enero de 2017
​Aviso de destino de ingresos retornados al país
​Aviso para continuar emitiendo monederos electrónicos de combustibles
​Aviso para continuar emitiendo monederos electrónicos de combustibles
​Aviso para continuar emitiendo monederos electrónicos de vales de despensa
​Aviso para continuar emitiendo monederos electrónicos de vales de despensa
​Aviso del proveedor de servicio autorizado para juegos con apuestas y sorteos
​Aviso para juegos con apuestas y sorteos
​Solicitud de renovación de autorización para continuar fungiendo como Órgano Verificador (OV), para garantizar y verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del PSA
​Aviso de solicitud de renovación de OV para verificar a los PSA​
​Aviso de certificación de Proveedor de Servicio Autorizado
​Aviso de certificación de Proveedores de Servicio Autorizado​
​Aviso de actualización de datos de los emisores de monederos electrónicos de combustibles
​Aviso de actualización de datos de los emisores de monederos electrónicos de combustibles​
​Aviso de actualización de datos de los emisores de monederos electrónicos de vales de despensa
​Aviso de actualización de datos de los emisores de monederos electrónicos de vales de despensa​
​Aviso para la asignación de clave de marca de tabacos labrados
​Avisos AGJ
​Envío de garantía por autorización para ser emisor de monederos electrónicos de combustible
​Avisos AGJ
​Envío de garantía por autorización para ser emisor de monederos electrónicos de vales de despensa
​Avisos AGJ
​​Demás avisos que establece el Anexo 1-A de la RMF que no se encuentran detallados en este listado.
​​Demás avisos
Servicios
​​​Solicitud de acuerdo conclusivo (PRODECON)​
Solicitud de acuerdo conclusivo (PRODECON)​
Consultas
​Hechos u omisiones de revisiones de auditoría​
​Hechos u omisiones de revisiones de auditoría​​
​Devolución automática​
​Servicios de consulta sobre devolución automática
​​Aplicaciones
Contabilidad electrónica
​Contabilidad electrónica​
Subcontratación Laboral
​Subcontratación Laboral​
Decretos
​​Forma 61. Manifestación del prestatario para la aplicación del estímulo fiscal del IVA por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación
Decreto de apoyo a vivienda (forma 61)
​Forma 78. Información de ingresos exentos por servicios parciales de construcción de casa habitación
​Decreto de apoyo a vivienda (forma 78)
​​Forma 80. Información de los préstamos con partes relacionadas de las sociedades cooperativas de producción
​Decreto de sociedades cooperativas de producción (forma 80)​
​​Renovación del parque vehicular del autotransporte
​Consulta global de cumplimiento
​Aviso que deberán presentar los centros de destrucción autorizados por el SAT, a través del sistema de avisos de destrucción y donación de mercancías
​Aviso del estímulo
​Solicitud de series y números de folios para la destrucción de vehículos
​Solicitud de serie y folio
​Informe de series y números de folios cancelados
​Series y folios cancelados
​Declaración informativa sobre el estímulo fiscal aplicado por los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados. Sustitución
​Informativa sustitución
​Forma 60. Declaración informativa sobre el estímulo fiscal aplicado por los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados. Renovación
​Informativa renovación
Fiscalización electrónica​ ​
Revisiones electrónicas
​​Aportación de pruebas de fiscalización electrónica de impuestos internos
Mi repositorio​ ​
​​​Mi repositorio​
​Mi repositorio​​



No olvides, que recientemente se dieron a conocer dos nuevas funciones en materia de subcontratación del buzón tributario, además, se espera que muy pronto también se pueda realizar una solicitud de ofrecimiento de garantía a través de este mismo canal.

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¿Para qué se puede usar el Buzón Tributario?

SAT emite prórroga para uso del Complemento para Pagos

Tienes la opción de emitir el nuevo Complemento
para Pagos hasta el 1 de septiembre del 2018.

A través del portal de internet oficial del SAT, se dio a conocer una nueva prórroga para el uso del Complemento para Pagos, el cual será obligatorio a partir del próximo 1 de septiembre del 2018.

Esta prórroga se da a partir de la modificación de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, en la que se reformó el Artículo Séptimo Transitorio, donde se puede leer:

Para los efectos de la regla 2.7.1.35, los contribuyentes podrán optar por expedir CFDI usando la versión 3.3 del Anexo 20 sin incorporar el Complemento para Recepción de Pagos hasta el 31 de agosto de 2018.

Cabe recordar que la obligación de emitir el Complemento para Recepción de Pagos, estaba programada para el próximo 1 de abril, no obstante, con esta resolución, se sumaron poco más de cuatro meses para su implementación.

No cabe duda que el de Recepción de Pagos ha sido uno de los complementos fiscales con mayor dificultad para los contribuyentes por ello, queremos apoyarte en todo lo posible.

Suscríbete a nuestro newsletter para recibir más información sobre este complemento y todo lo relacionado con la actualización de la factura electrónica.

Además, a través de nuestro canal de YouTube, cuentas con videotutoriales sobre cómo utilizar todos los complementos a través de la plataforma de Facturaxion en la nube.

Publicadas por Facturación Electrónica

SAT emite prórroga para uso del Complemento para Pagos