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¿Por qué comprar en una E-commerce?


¿Te ha pasado que no logras decidir si comprar en línea

 o hacerlo de manera tradicional?


En ocasiones es difícil decidirse comprar en línea o hacerlo de la manera tradicional, sobre todo si podemos comprar el mismo producto de las dos formas, entonces solemos elegir el más económico pero esto no siempre es la mejor opción.
Por ejemplo, aunque en dinero el precio sea reducido, el costo puede incrementar cuando consideramos otros aspectos, como el tiempo y esfuerzo que nos va a llevar realizar dicha compra. Aunque estos dos factores no se traducen en efectivo si involucran un intercambio costoso a largo plazo.
Antes de tomar una decisión, te recomendamos considerar las siguientes ventajas de comprar en línea:

  • Variedad
    Recuerda que Internet te ofrece un sinfín de opciones sobre la misma cosa y eso incluye comprar. Uno de los beneficios de comprar en Internet es que puedes visitar varias tiendas y conocer su gama de productos sin necesidad de moverte de tu lugar.
     
    En cambio, para conocer la variedad que ofrecen las tiendas físicas, tendrías que trasladarte a diferentes destinos, lo que implica una seria inversión de tiempo.
     
  • Disponibilidad
    Mientras que en una tienda física estás limitado por el stock con el que cuenta la marca y el horario en el que abren y cierran sus sucursales, en Internet dispones de la cantidad de productos totales que la marca tiene en existencia y en tiempo real.
     
    Al hacer tu compra en línea, el objeto de tu interés puede llegar a tus manos en un corto plazo de espera aunque este se encuentre del otro lado del mundo.
     
  • Precio
    La mayoría de las tiendas en línea ofrecen un precio menor que las tiendas físicas, eso sin mencionar que en múltiples ocasiones obtienes muchas más ofertas que las de fin de temporada que comúnmente ofrece una sucursal.
Otro punto a considerar es que hay cosas que es mejor comprar vía E-commerce por ejemplo productos digitales como videojuegos, monedas electrónicas como Bitcoins, Litecoins o en el caso de la facturación electrónica, créditos y timbres.


Por último, no olvides verificar que el sitio en línea donde deseas realizar tu compra cuente con las características de seguridad y buena reputación suficientes para inspirar tu confianza.


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Publicadas por Facturación Electrónica

¿Por qué comprar en una E-commerce?

CFDI 3.2 VS 3.3


Como contribuyentes nos corresponde
estar atentos de los cambios en el CFDI en su versión 3.3
Desde que el Servicio de Administración Tributaria publicó las modificaciones al Anexo 20, lo que conocemos como el CFDI 3.3, se han ido revelando muchos detalles sobre lo que será la nueva factura electrónica y como contribuyentes nos corresponde estar atentos de dichas modificaciones.

Durante el proceso de cambio, lo más importante es tener en cuenta que la obligación entrará en vigencia para todos los contribuyentes a partir del 1 de diciembre del 2017 por lo que estamos a tiempo de informarnos y hacer un check list de la información que requeriremos para el llenado del nuevo CFDI.

En el mismo sentido nos gustaría compartir contigo la siguiente tabla comparativa entre la factura electrónica vigente hoy y la versión 3.3, en ella podrás visualizar los cambios más relevantes entre ambos CFDI:
Cambios
Versión 3.2
Versión 3.3
Folio
Máximo 20 caracteres
Máximo 40 caracteres
Fecha
aaaa-mm-ddThh:mm:ss
aaaa-mm-ddThh:mm:ss
Debe corresponder a la hora local donde se expide el comprobante.
Régimen fiscal
Podía no registrarse o utilizar la expresión N/A.
Se registra conforme al catálogo de régimen fiscal.
Forma de Pago
Expresa pago en una sola exhibición o el número de parcialidad con respecto a las totales para cubrir el monto.
Omitirá este atributo si no se conoce la forma de pago.
Expresará la forma de pago con las claves referidas en el Catálogo correspondiente.
Condiciones de Pago
Expresa las condiciones comerciales para el pago del CFDI
Condicionará este atributo a los campos informativos de cada complemento.
Descuento
Existía como dato sin identificar a que concepto aplicaba.
No permitirá el ingreso de valores negativos.
Debe aplicarse a cada concepto.
Moneda
Expresa el tipo de moneda.
Indicará el tipo de moneda de acuerdo al Catálogo de Monedas, que llevará el nombre c_Moneda. Por ejemplo: La clave para moneda nacional es MXN.
Tipo de Cambio
Indica el tipo de cambio con respecto a la moneda utilizada.
Mostrará el valor en pesos mexicanos para una unidad en las divisas distintas a las claves MXN y XXX.
En los casos donde el porcentaje aplicable a la moneda esté fuera del Catálogo c_Moneda, el emisor debe solicitar a su PAC una clave de confirmación e integrarla en el campo Confirmación.
Total
Representa la suma del subtotal, menos los descuentos aplicables, más los impuestos trasladados, menos los retenidos.
Solicitará confirmación del SAT si el monto del CFDI es superior a 20 millones de pesos.
No admitirá valores negativos.
Tipo de Comprobante
 Indica el efecto del CFDI. Por ejemplo: SI es de ingreso, egreso o traslado.
Implementará el Catálogo, al que se incorporan Nómina y Pagos como tipo de comprobante.
Método de Pago
Se podía registrar la expresión N/A haciendo referencia a la forma de pago.
Implementará el Catálogo de Método de Pago.
Lugar de Expedición
Este dato no se encontraba estandarizado.
Añadirá el código postal del lugar de la expedición del CFDI a través de la implementación del Catálogo de Código Postal.
Unidad
Representa la unidad de medida de la cantidad expresada en el concepto.
Corresponderá a la unidad que describa al concepto.
Impuestos
Captura los impuestos aplicables como impuesto, tasa, importe, impuesto retenido, entre otros.
Incluirá un nodo opcional para capturar los impuestos aplicables. Por ejemplo: Base, Impuesto, Tipo de Factor, Tasa Cuota, Importe, entre otros.
Información Aduanera
Introduce información de las partes o componentes importados vendidos de primera mano entre los cuales se encuentran: número de documento aduanero, fecha y aduana.
Se indicará a través del número de pedimento.
Uso del CFDI
No existía.
Se registra conforme al catálogo de uso de CFDI.
El receptor debe indicar esta información.
Tipo Relación
No existía.
Se registra la clave que identifica la relación que hay entre facturas.
CFDI Relacionado
No existía.
Se registran los UUIDD de las facturas relacionadas.
Clave de producto o servicio
No existía.
Se registra conforme al Catálogo de productos y servicios.
Clave de unidad de medida.
No existía.
Se registra conforme al Catálogo de unidad de medida.

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CFDI 3.2 VS 3.3

Estrena Infonavit reglas para otorgar créditos




Las nuevas reglas del INFONAVIT aplican para artesanos,
empleados domésticos, jornaleros o trabajadores bajo el
régimen del apartado A del articulo 123 de la Ley correspondiente.

Si recientemente obtuviste un crédito de vivienda a través de INFONAVIT y eres artesano, empleado doméstico, jornalero o tu régimen de trabajo corresponde a cualquiera de los mencionados en el apartado A del artículo 123 de la misma Ley, sigue leyendo.

Recientemente el Diario Oficial de la Federación, publicó los siguientes conjuntos de reglas para el otorgamiento de créditos INFONAVIT:
  • Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
  • Reglas para el Otorgamiento de Créditos al Amparo del Artículo 43-Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Esta modificación aplica en los casos en los que se otorga un crédito por los que se aplica el saldo de la subcuenta de vivienda como pago inicial o como garantía de crédito hacia alguna entidad financiera de donde provenga un cofinanciamiento.
Es importante mencionar que el nuevo esquema de pago es para aquellos trabajadores dentro de los siguientes casos:
  1. Terminar la relación laboral y no ejercer oportunamente el derecho a la Prórroga.
  2. Si al vencer la Prórroga no estás sujeto a alguna relación laboral similar a las antes citadas.
  3. Jubilados o pensionados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social aplicable.
  4. Si cambiaste de empleo y tu relación laboral no corresponde a ninguna de las mencionadas en el apartado A del artículo 123 de la Ley del INFONAVIT.
  5. Laborar para un patrón que no está obligado a realizar aportaciones al Instituto.
Además se actualizaron los siguientes acuerdos:
  • Crédito para Ecotecnologías
  • Caracterizas de la vivienda
  • Garantía
  • Asignación de primer crédito
  • Monto de crédito
  • Gastos
  • Crédito conyugal
  • Uso de subcuenta de vivienda
  • Monto máximo
  • Gastos y seguros
  • Descuentos
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Estrena Infonavit reglas para otorgar créditos

¿Cómo darte de alta como persona física?




Es importante poner en orden tu situación fiscal y
transparentarla al SAT.
Si ya te decidiste a ser emprendedor independiente, lo primero es poner todo tu situación fiscal en orden y transparentarla al SAT. Puede sonar tedioso y difícil de hacer, pero es todo lo opuesto.
Es por ello que te facilitamos los pasos para darte de alta ante la autoridad fiscal y seas un contribuyente reglamentado. Toma nota y haz tu trámite más sencillo y rápido:

  • Agenda tu cita desde el portal del SAT.
  1. Ten a la mano tu CURP.
  2. Ingresa al sitio oficial del SAT y elige la opción de inscripción en el RFC de personas físicas con actividad empresarial.
  3. Preinscríbete y solicita una cita en el módulo más cercano del SAT.

  • El día de la cita, no olvides llevar contigo:
  1. Acuse de preinscripción al RFC
  2. Comprobante de domicilio fiscal.
  3.  Identificación oficial con fotografía
  4. Acta de nacimiento en copia certificada
  5.  Si eres extranjero: tu forma migratoria múltiple (FMM) o carta de naturalización o documento migratorio vigente

  • Durante tu cita obtendrás:
  1. Hoja de Vista Previa con tus datos
  2. Cédula de Identificación Fiscal
  3. Acuse de Inscripción en el RFC

  • 30 días después deberás presentarte de nuevo en el módulo para obtener tu Firma Electrónica (FIEL) presentando:
  1. Identificación oficial
  2. CURP
  3. Comprobante de domicilio

Una vez que obtengas tu fiel deberás tramitar tu contraseña para acceder al portal del SAT. Tramítala en línea en: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/tramites/ciec/Paginas/requisitos_ciecf.aspx ¡Y listo! De esta forma estarás inscrito en el SAT como un contribuyente.

Con información del SAT.
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