Una de las modificaciones al anexo 20 es la inclusión de un complemento para la Recepción de Pagos |
Ya que se espera que este documento
entre en vigencia a partir del próximo 1 de julio de 2017, el SAT puso a disposición de
proveedores, contribuyentes y público en general a través de su portal eninternet, la versión técnica 1.0 para dar inicio a su desarrollo y
consecuentemente a las pruebas para su correcto funcionamiento.
Cabe mencionar que la nueva
información requerida por la autoridad debe incorporarse al CFDI que se expida
por cada forma de pago, así como, cuando se trate de operaciones a crédito y
estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión de la factura.
Se espera que una vez en
funciones, este complemento de pagos sirva como una notificación de recepción de
cualquier CFDI, con lo que se obligará a los contribuyentes a emitir Notas de
Crédito cuando se cancelen los comprobantes, es decir, no será necesario que se
cancele dicho documento cuando este no se ha pagado aún.
Por otra parte, la autoridad
tributaria no aclaró si los contribuyentes pueden hacer uso de esta versión
antes de la fecha indicada, asimismo, no especificó la posibilidad de extender
una prórroga a quienes no logren poner en marcha las modificaciones en la fecha
límite.
Por último vale la pena
aclarar que el complemento para la Recepción de Pagos corresponde a la regla
2.7.1.35 de la Tercera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal de 2016.
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