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Formas de pagar tus impuestos

Tu celular es una de las opciones

Ir al banco no es la única manera de cumplir
con tus obligaciones fiscales.
En esta edición queremos apoyarte con el pago de tus impuestos a través de diferentes herramientas, las cuales te facilitarán el proceso y te ayudarán a estar al día con tus obligaciones fiscales.

Le preguntamos al Servicio de Administración Tributaria cuáles son las alternativas con las que cuentan los contribuyentes para realizar el pago de  impuestos.

En respuesta, la autoridad fiscal señaló que lo primero es realizar el trámite electrónico correspondiente a cada obligación y con ello obtener la información como, el monto a pagar y la referencia a la que se debe hacer el depósito.

Posteriormente puedes recurrir a cualquiera de las siguientes opciones:

Transferencia electrónica
Esto ocurre a través de tu cuenta en línea o la Banca Móvil, en las que debes señalar el número de convenio, concepto, importe y la referencia, tal cual hicieras el pago un servicio desde tu teléfono móvil o equipo de cómputo.

Cheque
Si se te facilita emitir un cheque, el SAT solicita lo siguiente:
1.      Debe estar expedido a favor de la Tesorería de la Federación
2.      Anotar al reverso la leyenda: “Para abono en la cuenta bancaria de la Federación”.
3.      Y “Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente -nombre del contribuyente-, con Registro Federal de Contribuyentes -clave del RFC del contribuyente-, para abono en la cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación”.

Ir al banco
Otra opción es acudir directamente a la institución bancaria, con la misma información que obtuviste en la captura de tus declaraciones. Antes de ello, revisa la lista de bancos autorizados para recibir pagos de ingresos federales con línea de captura por internet y ventanilla bancaria:
  • HSBC
  • CitiBanamex
  • Banorte
  • Banca Mifel
  • Santander
  • BBVA Bancomer
  • Scotiabank
  • Banco Interacciones
  • MUFG
  • BanBajío
  • Afirme
  • Banjercito
  • Banco Multiva
  • CIBanco
  • Bansi
  • BanRegio
  • Inbursa
  • Monex

¿Cuáles son los impuestos que debo pagar?

Aunque dependerá del Régimen Fiscal al que pertenezcas y si eres persona física o moral, no obstante, a grandes rasgos se trata de los pagos provisionales y definitivos del IVA, ISR e IEPS de los ingresos que percibes.

Al igual que antes, te recomendamos revisar la lista de bancos autorizados que reciben pagos electrónicos con tarjetas de crédito o débito de la misma institución y los trámites que puedes realizar en ellos:

Institución de
crédito autorizada
Tipo de tarjeta
que acepta
Modalidades de pagos electrónicos
que se pueden efectuar:
·    Crédito
·    Provisionales y definitivos.
·    Del ejercicio de personas físicas.
·    Regularización del ISR.
·    Excedente de franquicia (Pasajeros).
·    Créditos fiscales.
·    Derechos productos y aprovechamientos.
Por ventanilla bancaria.

·    Crédito
·    Débito
·    Provisionales y definitivos.
·    Del ejercicio de personas físicas.
·    Regularización del ISR.
·    Excedente de franquicia (Pasajeros).
·    Créditos fiscales.
·    Derechos, productos y aprovechamientos.
Vía internet y por ventanilla bancaria.





·    Crédito
​·    Provisionales y definitivos.
·    Del ejercicio de personas físicas.
·    Regularización del ISR.
·    Excedente de franquicia (Pasajeros).
·    Créditos fiscales.
·    Derechos, productos y aprovechamientos con línea de captura.
Vía internet y por ventanilla bancaria.

·    Crédito
·    Débito
- ​Provisionales y definitivos.
- Del ejercicio de personas físicas.
- Regularización del ISR.
- Excedente de franquicia (Pasajeros).
- Créditos fiscales.
- Derechos, productos y aprovechamientos.
Vía internet y por ventanilla bancaria.

Puedes obtener más información al respecto consultando el portal oficial del SAT en www.sat.gob.mx en la sección información, obligaciones fiscales o escríbenos a contacto@facturaxion.com

Publicadas por Facturación Electrónica

Formas de pagar tus impuestos

Procedimiento para importar un vehículo


Para importar un vehículo debes
presentar estos documentos.
¿Realizaste la compra de un vehículo en el extranjero? Te invitamos a conocer los requerimientos en materia fiscal para poder ingresar con él al país.

Si eres mexicano con residencia en México o en el extranjero, puedes realizar la importación de un vehículo cubriendo el 10% de su valor total, más los impuestos que se generen al ingresar al país, entre otros requisitos.

Por parte del vehículo, debes acreditar:

  • Título de propiedad a nombre del importador o endosado a su favor
  • Certificado de emisiones de gases
  • Comprobar que puede circular en el país de procedencia
  • No está reportado como robado

Por su parte, la persona que deseé importar el vehículo, debe presentar su identificación oficial y Clave Única de Registro de Población, CURP.

Una vez teniendo la documentación, conoce el procedimiento:

  1. Acude con un agente aduanal, el cual llevará a cabo el proceso dela importación definitiva del vehículo.
  2. Verifica que el agente aduanal la reciba la documentación requerida.
  3. Presenta el vehículo junto con el pedimento de importación en el módulo de la aduana mexicana.
  4. Da de alta el vehículo ante el Registro Público Vehicular.

Para vehículos usados, debes contar con el número de identificación vehicular y serie de fabricación o ensamble, además el modelo debe ser de 8 a 9 años anteriores al año en el que se realizará la importación.

Finalmente, recuerda que cualquier trámite debe llevarse a cabo al interior de la dependencia correspondiente y no en la vía pública.

Publicadas por Facturación Electrónica

Procedimiento para importar un vehículo

Facturación de la distribución de dividendos


Debes utilizar el complemento Dividendos.
La distribución de dividendos consiste en la repartición del beneficio económico obtenido por una empresa, al tratarse de un egreso, las entidades deben informar a las autoridades fiscales sobre su destino.

Esta información debe ser comprobada a través de un sencillo procedimiento de facturación electrónica, el cual consiste en la emisión de un CFDI de retenciones e información de pago.

A dicho comprobante se debe añadir el complemento denominado como Dividendos, mismo que se utiliza para expresar el total de ganancias y utilidades generadas por rendimientos con base a inversiones en instrumentos de inversión.

A él se añade información como:

  • Versión del complemento
  • Utilidad distribuida
  • Importe del dividendo
  • Monto de la retención
  • Monto del ISR acreditable en México y el Extranjero
  • Tipo de sociedad

A este tipo de operación corresponde a la regla 2.7.5.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Con respecto a la clave de producto o servicio que se debe colocar por la distribución de dividendos, el Servicio de Administración Tributaria, aclaró que no reconoce una clave como tal en el Catálogo correspondiente, ya que la información se ampara en el tipo de CFDI emitido.

Publicadas por Facturación Electrónica

Facturación de la distribución de dividendos

¿Cómo se calcula el ISR?


El calculo del ISR cambia de acuerdo al 
tipo de persona, física o moral.
La tasa del Impuesto sobre la Renta es uno de los aspectos fiscales con mayor impacto para este 2018, cuyo valor se mantendrá en el 30% para las personas morales, de acuerdo con la Prodecon.

En cambio, las personas físicas deben ajustarse a las tarifas contenidas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Dichas tarifas pueden visualizarse en las tablas publicadas en los anexos 1, 3, 5, 6, 7, 8, 11, 17, 18, 23, 25, 25 Bis, 27, 28 y 29 actualizados el 22 de diciembre del 2017, las cuales describen una tasa variable entre el 1.92% y 35%.

Por ejemplo:

Calculo mensual para pagos provisionales

Límite Inferior
Límite superior
Cuota Fija
Porcentaje para el excedente del límite inferior
0.01
578.52
1.92
578.53
4,910.18
11.11
6.40
4,910.19
8,629.20
288.33
10.88
8,629.21
10,031.07
692.96
16.00
10,031.08
12,009.94
917.26
17.92
12,009.95
24,222.31
1,271.87
21.36
24,222.32
38,177.69
3,880.44
23.52
38,177.70
72,887.50
7,162.74
30.00
72,887.51
97,183.33
17,575.69
32.00
97,183.34
291,550.00
25,350.35
34.00
291,550.01
99,999,999.99
91,435.02
35.00



Calculo anual

Límite Inferior
Límite superior
Cuota Fija
Porcentaje para el excedente del límite inferior
0.01
6,942.20
1.92
6,942.21
58,922.16
133.28
6.40
58,922.17
103,550.44
3,460.01
10.88
103,550.45
120,372.83
8,315.57
16.00
120,372.84
144,119.23
11,007.14
17.92
144,119.24
290,667.75
15,262.49
21.36
290,667.76
458,132.29
46,565.26
23.52
458,132.30
874,650.00
85,952.92
30.00
874,650.01
1,166,200.00
210,908.23
32.00
1,166,200.01
3,498,600.00
304,204.21
34.00
3,498,600.01
99,999,999.9
1,097,220.21
35.00



De igual forma, el tipo y forma en la que se reciba el ingreso definirá el porcentaje de impuesto que debe ser cubierto. Por ejemplo:

  • Salarios
  • Honorarios
  • Arrendamiento
  • Intereses obtenidos
  • Premios obtenidos
  • Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
  • Enajenación de bienes

Para llevar a cabo un cálculo efectivo, te recomendamos revisar la información de la publicación en el DOF.

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¿Cómo se calcula el ISR?

¿Cómo identificar el complemento para pagos en el PDF y XML?


Así se ve el complemento para pagos en el XML de tus facturas.
Una vez puesto en marcha el CFDI 3.3, la migración al nuevo Anexo 20 continúa con la implementación y uso obligatorio del complemento para pagos, cuya vigencia inicia el próximo 1 de abril del 2018.
De ahí que saber cuándo y cómo utilizarlo se vuelve una necesidad para los contribuyentes, no obstante, también surge un requisito igual de importante para los profesionales en materia fiscal y contable.

Saber identificar el complemento para pagos en un archivo XML y PDF, es una habilidad que un contador debe adquirir, ya que en pocos meses podrían estar recibiendo comprobantes fiscales con este requerimiento.

En ese sentido, lo primero que se tiene que saber es que el archivo XML es la suma de los nodos que contienen la información que solicita el Anexo 20, es decir, la forma y método de pago, moneda, complementos, adenda, entre otros.

El archivo XML se caracteriza por ser un Lenguaje de Marcas Extensible y aunque es la forma en la que el SAT realiza la comprobación su lectura puede ser un poco complicado para los humanos.

Para identificar si una fractura cuenta con el Complemento para pagos a través de un XML, debes poder ver el nodo: CFDI Complemento, el cual se visualiza de la siguiente manera <cfdi:Complemento> y en la línea continua, el nombre del complemento y la información que lo describe.

Por otra parte, el PDF es la representación impresa de una comprobante fiscal o factura electrónica, el cual se distingue por ser una versión amigable para la su lectura que a menudo cuenta con la imagen de la empresa o proveedor que lo emite.

El PDF, te facilitará la lectura de la información como número de parcialidad, importe pagado y saldo insoluto, folio, moneda, tipo de cambio, método de pago y el resto de los datos que debe contener el CFDI con Complemento para pagos.

Por ello te sugerimos apoyarte de ambos archivos, el XML y PDF, para comprobar que una factura electrónica contiene los datos de la operación comercial realizada y los requeridos por el SAT.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cómo identificar el complemento para pagos en el PDF y XML?

Aspectos fiscales más importantes del 2018

Toma en cuenta los aspectos fiscales
que tendrán efecto este año.
Además de presentar nuestras obligaciones fiscales mensuales, este año tendrán lugar una serie de eventos importantes en materia fiscal, los cuales debemos anotar para que no pasen desapercibidos.

A través de su portal oficial de internet, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, informó sobre los aspectos fiscales más importantes del 2018, entre los cuales se encuentran los siguientes:

Renovación de la factura electrónica

Publicación de disposiciones fiscales como:


Aumento al salario mínimo, estableciendoce en $88.36

Tasas de recargos en:
Mora
Prórroga
1.47%
0.98%

Unidad de Medida y Actualización, UMA:

Diario
$80.60
Mensual
$2,450.24
Anual
$29,402.88

Impuesto sobre la Renta:
  • Personas morales: 30%
  • Personas físicas: De acuerdo a lo establecido en el Anexo 8 de la RMF


Aunque te hemos mantenido informado sobre todos los aspectos que acabamos de mencionar, si necesitas mayor información, te recomendamos revisar las publicaciones correspondientes en el Diario Oficial de la Federación.

Publicadas por Facturación Electrónica

Aspectos fiscales más importantes del 2018