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Si eres arrendador, conoce tus obligaciones fiscales




El ser arrendador conlleva no solo tener un inmueble y atender a los inquilinos, también quiere decir que tiene ciertas obligaciones y beneficios con la parte fiscal. 


Es por eso que vamos a decirte si tienes un negocio de este rubro cuales serían estas obligaciones  y los beneficios del mismo que conlleva con el SAT y puedas estar al pendiente si te falta alguna de ellas. 


Como bien saben al iniciar con un contrato de arrendamiento se debe expedir un CFDI al inquilino, esto con la finalidad de deducir  sus gastos al inquilino, con esto se genera un tipo de comprobante fiscal de manera digital el cual debe contener nombre, RFC del arrendador y arrendatario, el régimen fiscal (El cual debe ser de arrendamiento) el importe total, lugar y fecha de expedición. 


Si estás en el caso de que tus escrituras fueron sacadas como persona física y obtienes un ingreso por un arrendamiento, el CFDI se deberá expedir dicha persona física la cual está obteniendo ingresos como titular del contrato de arrendamiento.


Ya comentando estas dos vertientes podemos empezar con los beneficios que el SAT te brinda si haces estas declaraciones: 


El SAT otorga beneficios de forma fiscal los cuales parten de una deducción ciega, la cual ayuda al contribuyente reduciendo un 35% el valor que ingresa y que puede tener como arrendador 


Este beneficio es un gran apoyo principalmente si para personas que tienen y cuentan con la propiedad a su nombre y vive solamente de esta forma de ingresos. 



Ahora bien si tu brindas esta clase de servicios y no haces una declaración de los mismos las consecuencias pueden ser las siguientes: 


 

  • Realiza retenciones de ISR y entregadas al SAT mensualmente en las mismas fechas que declares tus impuestos.
  • En caso que les corresponda, deben entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de subsidio para el empleo.
  • Emite los comprobantes de nómina a tus trabajadores por los ingresos y retenciones efectuadas.
  • Si utilizaste la herramienta Mis cuentas para registrar las retenciones de tus empleados, obtén el reporte anual a través de dicho aplicativo.

Si aun no estas inscrito como puedo hacerlo para entrar y cumplir con mis obligaciones:

  1. Inscribirte en el RFC.
  2. Mantener actualizada tu información ante el RFC, en los casos:
  • Cambio de domicilio. Debes presentar tu aviso de cambio de domicilio por internet, donde actualizarán los datos de tu nueva dirección.
  • Aumento o disminución de obligaciones. Debes realizar este trámite cuando cambies de actividad económica o modifiquen una obligación como la presentación de declaraciones o cambio de periodicidad de cumplimiento diferente. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet.
  • Suspensión de actividades. Cuando interrumpas tus actividades económicas. El trámite inicia y concluye por internet.
  1. Llevar tu contabilidad, si optaste por deducciones propias de tu actividad.
  2. Expedir comprobantes electrónicos cuando recibas el importe de las rentas en las cuales debes anotar el número de cuenta predial del inmueble de que se trate. En el caso de juicios de arrendamiento inmobiliario en los que se obligue al arrendatario al pago de las rentas vencidas, el arrendador deberá acreditar haber emitido los CFDI correspondientes ante la autoridad judicial.
  3. Solicitar comprobantes fiscales
  4. Presentar declaraciones:
  • Provisionales de ISR y realizar el pago del impuesto de forma mensual o en su caso trimestral, si tus ingresos mensuales, no superan los $26,411.52.
  • Definitivas de IVA.

Publicadas por Facturación Electrónica

Si eres arrendador, conoce tus obligaciones fiscales

¿Qué puedes hacer en el Buzón tributario?

Lo primero que debemos entender es ¿qué es el buzón tributario?

Es un canal de comunicación el cual nos permite establecer de forma directa la información a las autoridades fiscales del contribuyente, a través de una bandeja personalizada y confidencial del propio soporte del Sistema de Administración Tributaria 


Para poder activarlo los contribuyentes deben registrar y señalar un solo medio de contacto, ya sea número telefónico o correo electrónico como mecanismo de comunicación.


Con esta explicación se abren dos preguntas importantes y la primera es ¿Cuál es el beneficio o los beneficios que obtengo al activarlo?


Bueno pues en primera podrás recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales, también tendrás un portal privado y personalizado del contribuyente, obtendrás una reducción de tiempo en los trámites y por último tendrás la certeza jurídica a los actos y resoluciones.


La segunda pregunta que viene es ¿Quienes deben habilitarlo?

Bueno en este caso deben ser todos los contribuyentes salvo: 


  • físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas. En este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.


  • Personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos, tendrán la opción de habilitar el Buzón Tributario.


  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados estarán relevados de habilitar el Buzón Tributario.


Al saber esto revisa tus documentos y si tienes que hacerlo factible mantén actualizado tus medios de contacto y si hace falta alguno adicional inmediatamente 

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Qué puedes hacer en el Buzón tributario?

5 puntos clave para cumplir con el SAT




Luego de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) generará frecuentemente nuevas políticas fiscales esto con la finalidad de tener un orden fiscal, tanto a personas con experiencia en la materia y también con las personas que apenas están entrando en la incursión de la misma.


Primero debemos quitarnos la incertidumbre y empezar a entender que el SAT hoy en día en México es el eje rector de nuestras vidas fiscales, y es responsabilidad de cada quien cumplir a carta cabal con lo establecido en sus códigos, leyes y procedimientos. 


Y si queremos cumplir con total responsabilidad nuestras obligaciones debemos primero saber cuales son.


  • Declarar anualmente el ISR de los integrantes.

La declaración anual es un documento presentado por el contribuyente ante el SAT, reportando los movimientos financieros y fiscales ocurridos en el año anterior

  • Declarar mensualmente el ISR propio.

Comúnmente llamada pago provisional, pues precisamente pretende declarar de manera provisional los ingresos, gastos y la utilidad o pérdida que el contribuyente lleva del 1º de enero (o la fecha de alta ante el SAT) a la fecha de la declaración.

  • Declarar anualmente el ISR propio.

Como ya hemos mencionado, se aplica a personas físicas y a personas morales, residentes en México o no, de acuerdo al artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta ISR:

1.-Toda persona física o moral residente en México, sin importar cuál sea el origen de su principal fuente de ingresos económicos o de donde procedan.

2.-Los ciudadanos mexicanos, ya sean por nacimiento o naturalización, con residencia en el extranjero, si perciben ingresos por un establecimiento permanente en México tendrán que pagar ISR por la cantidad de ingresos que se le pueda atribuir a su establecimiento en el país.

3.-Todos aquellos residentes en el extranjero que perciban ingresos de fuentes de riqueza en México, aunque no posean establecimientos permanentes.

 

  • Declarar mensualmente el IVA de los integrantes.

 

No, solo retienes y enteras cantidades a cargo de terceros, sin embargo, existen algunos casos en los que por las actividades adicionales que realices deberás pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

 

  • Declarar mensualmente él ISR por cuenta de los integrantes.

Debes presentar declaraciones, pagos mensuales, y declaración anuales de los impuestos sobre la renta, al valor agregado,  en su caso, especial sobre producción y servicios. 

Publicadas por Facturación Electrónica

5 puntos clave para cumplir con el SAT

¿Cómo resolver multas que impone el SAT en Prodecon?






La situación de las multas en el país con la nueva etapa que viene llevando el SAT puede aparentar ser complicada y engorrosa, pero aquí te brindamos una solución para poder resolver esta serie de problemas el cual podría facilitar estos trámites 


Si presentas discrepancias para actualizar los importes de los impuestos que adeudan, si reúnes los requisitos que se describen pueden originar que tu adeudo final disminuya de manera considerable, permitiendo que se corrija tu situación fiscal.


Puedes reducir tus multas hasta en un 100% y solicitar la aplicación de una tasa de recargos preferencial, ​​también podrás recibir asesoramiento gratuitamente respecto a cómo desahogar el requerimiento de información que realizó la autoridad.


Prodecon es un organismo público que ayuda a cualquier pagador de impuestos que se sienta afectado por algún acto de autoridades fiscales, como la negativa de devolución de impuestos; algún cobro o adeudo fiscal; multa; embargo o requerimiento en materia de ISR e IVA.


Con el Prodecon podrás tener una  resolución favorable ante el SAT cuando emite actos violatorios al pagar impuestos, ya sea en la aplicación de multas o créditos fiscales, facultades de comprobación o requerimientos en el cumplimiento de obligaciones fiscales.


¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales que tengan a su cargo adeudos y multas fiscales.

Costo

Trámite gratuito.


¿Cuándo se presenta?

A partir del día siguiente a aquel en que tengas conocimiento de los adeudos fiscales, si te están practicando una auditoría, o bien, a partir del día siguiente a aquel en el que te sea notificada la resolución que contenga dichos adeudos.


También, puedes comunicarte a Prodecon de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas al  correo atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx; vía telefónica al 55 12 05 9000 en la Ciudad de México, al 800 611 0190 lada sin costo en el interior del país y en el extranjero al (+52) 55 1205 9000. 

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¿Cómo resolver multas que impone el SAT en Prodecon?