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¿Cuáles son los cambios que trae este 2022 para el CFDI ?




La Reforma Fiscal para el año 2022 nos indica que a partir del 1 de enero, se actualizará el esquema de facturación electrónica con el fin de fortalecer las herramientas tecnológicas para simplificar el cumplimiento de las normas tributarias.

Dichas medidas buscar beneficiar a ambas partes, tanto al contribuyente como a la autoridad fiscal:

Contribuyente:

  • Reportar información más completa y correcta al SAT contenida en los CFDI que expidan, a efecto de recibir mejores servicios.
  • Facilitar la presentación de declaraciones con información pre-llenada derivado de la información contenida en los CFDI.

Autoridad:

  • Fortalecer la calidad de la información que recibe el SAT de los contribuyentes respecto de los CFDI emitidos.
  • Aumentar el grado de aprovechamiento de la información recibida para que las áreas fiscalizadoras puedan revisar y tomar acciones.


Con este cambio que propone el gobierno federal se brindará la creación de un régimen simplificado basado en confianza, esta medida pretende simplificar el pago de impuestos, ampliar la base de contribuyentes y con ello la recaudación tributaria. 


De acuerdo con la propuesta del SAT las características del régimen simplificado de confianza son:


  • Tributación ágil y pago de ISR más sencillo
  • Incorporación de contribuyentes que se encuentra en la informalidad 
  • Promueve la formalidad y la simplificación administrativa 
  • Durante el primer año, los pagos de impuestos se harán mensual o anualmente. Para 2023 será obligatorio el pago mensual y su declaración anual dónde podrá hacer los ajustes del año. 


Algunos de los cambios que tendrá la factura electrónica a partir del 1 de enero de 2022 son:

 

  • Existirá la versión 4.0.
  • Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
  • Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
  • Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.

Si deseas conocer las actualizaciones completas que tendrá el CFDI el próximo año consulta el siguiente enlace: 

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cuáles son los cambios que trae este 2022 para el CFDI ?

Sus principales cambios previstos por el SAT en el sistema CFDI 4.0 para este 2022.





La nueva versión del CFDI 4.0 sigue en la espera dado que se ha mantenido aplazada durante este mes de diciembre y la espera de su llegada este 2022 se ve inminente, junto con la entrada en vigor de sus adecuaciones y modificaciones en en materia del CFDI y su cancelación de comprobantes fiscales emitidas en el código fiscal de la federación.

 

Sus principales cambios previstos por el SAT en el sistema CFDI:


  • Se introduce un elemento nuevo que afectará a las facturas globales / recapitulativas (Esta medida afectará de forma directa en portales de tickets y soluciones de facturación en Punto de Venta).
  • Se incluye el Código Postal y régimen del receptor.
  • El nombre será obligatorio y se deberá validar.
  • Se añade un atributo para los casos de sector primario.
  • Se añade un nuevo atributo para indicar si el CFDI ampara exportaciones.
  • A nivel concepto, se añade un atributo para indicar si es objeto o no de impuesto.
  • Se sustituye el complemento a cuenta de terceros por un elemento nuevo a nivel de concepto.
  • Hay ajustes en las reglas de validación.


De igual forma se manejan cambios derivados de la reforma fiscal 2022 en materias de retenciones e información de pagos


  • Se añade un atributo para incluir el lugar de expedición como en el CFDI.
  • Se añade el nodo para incluir CFDI’s relacionados como en CFDI.
  • Se agregan atributos para el régimen del emisor, el Código Postal del
  • Receptor y el nombre se vuelve requerido para emisor y receptor.
  • Se añaden un par de atributos en los totales para utilidad e ISR que son condicionales.
  • Se añade un patrón para el FolioINT (referencia).
  • Hay ajustes en reglas de validación y catálogos..


Cómo lo antes mencionado continuamos a la liberación de esta nueva documentación técnica del CFDI 4.0 anexo 20 de la Resolución Miscelanea Fiscal, el conjunto de todos estos cambios supondrá un gran impacto en la dinámica actual de las empresas que deberán adaptarse a la mayor brevedad posible.

Publicadas por Facturación Electrónica

Sus principales cambios previstos por el SAT en el sistema CFDI 4.0 para este 2022.

SAT extiende la prórroga del Complemento Carta Porte hasta el 1 de enero del 2022




El día 24 de noviembre de 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado en su portal en Internet la “CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021 PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA”.

El Servicio Administrativo Tributario SAT expuso un comunicado en el cual hace denotar que por efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., de igual forma el articulo trigésimo sexto transitorio de la RMF 2021, será de forma obligatoria a partir del 1 de enero del 2022 el Complemento Carta Porte. 


Se extendió al 1 de enero del 2022 la obligación del Complemento Carta Porte, por tanto, queda anulado el periodo obligatorio de este del 1 al 31 de diciembre del 2021 


Estos aplazamientos a la entrada en vigor del complemento Carta Porte (donde se solicita más de 180 datos, la mayoría del propietario de la carga) lo que han buscado es alertar principalmente a las pequeñas y medianas empresas de su aplicación, ya que son las que presentan atrasos en el uso de herramientas tecnológicas que abonen en sus diversas obligaciones administrativas y fiscales con la autoridad. De no cumplirlas entrarían en un periodo de afectación a sus bienes o servicios y, por ende, esto tendría una implicación sobre la economía nacional.


Esta decisión Se tomó en cuenta para que empresas transportistas generadores de carga, intermediarios se preparen para su correcto cumplimiento. 


Dentro de este enlace puedes consultar la publicación antes mencionada: https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461175066203&ssbinary=true

Publicadas por Facturación Electrónica

SAT extiende la prórroga del Complemento Carta Porte hasta el 1 de enero del 2022

¿La migración de CFD a CFDI se encuentra en sus últimas fases en la mayoría de las empresas?

 



La facturación electrónica es ahora un requisito legal indispensable, la importancia que se debe atender sobre todo es que una vez que se ha cambiado a la modalidad CFDI ya no podrán emitir CFD. Muchas personas se han visto presionados ante dicho cambio que se debe adoptar al momento de realizar la facturación electrónica.


Es por esto que se incentiva a todas aquellas personas o empresas que superen los $250,000.00 pesos anuales a realizar la migración.


El proceso de migración no es complicado y traducido en el tiempo invertido en la facturación convencional y los costos implicados, hablamos de una inversión a largo plazo.



Entre las principales preguntas o inquietudes nos encontramos con lo siguiente:


¿Existe una nueva versión del estándar de Factura Electrónica (CFD) y

Factura electrónica a través de Internet (CFDI)?


Si, la versión más reciente del estándar de CFD es la  2.2. y del estándar de CFDI la 3.3


¿Cuándo se publicó el anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal?

El Anexo 20 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2011,

como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012.


¿Cuándo entró en vigor la versión 3.3 del Anexo 21?

La versión 3.3 del Anexo 20 entró en vigor a partir del 1 de Julio del 2017 .


¿Qué se debe hacer cuando se emiten Facturas Electrónicas utilizando un

sello caduco?


¿Es válido utilizar la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para la generación

del sello digital del Comprobante Fiscal Digital (CFD)?


No, para la generación del sello digital del Comprobante Fiscal Digital (CFD), se utiliza

única y exclusivamente el Certificado de Sello Digital (CSD).


 ¿Cuáles son los elementos necesarios para realizar el sellado de una

Factura electrónica?


1. Cadena Original, el elemento a sellar, en este caso de una factura electrónica.

2. Certificado de Sello Digital y su correspondiente clave privada. Es el único

certificado válido para sellar las facturas electrónicas


Facturaxion es un PAC certificado ante el SAT, por lo que podemos ayudarte a que tu camino por la Factura Electrónica sea eficiente, fácil, seguro y 100% en la nube, acércate a nosotros y deja tu contabilidad en manos de los expertos.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿La migración de CFD a CFDI se encuentra en sus últimas fases en la mayoría de las empresas?

La globalización del CFDI para la optimización del SAT en la parte tecnológica y de seguridad





El timbrado es una particularidad obligatoria en el CFDI  a partir del 2011 para los contribuyentes, desde el punto global, los objetivos del SAT eran optimizar la parte comercial, tecnológica, de seguridad y por último la de Control. Esto supone evitar las grandes pérdidas fiscales por facturas apócrifas y los enjuagues que hacían algunos contribuyentes con declaraciones parciales perfectas; con el modelo anterior del CFDI se validó la parte comercial, tecnológica y de seguridad. Sin embargo, aún faltaba afinar la parte del control.

Para poder llevar dicho control Se tuvieron que implementar diferentes formas de trabajo en el CFDI desde cuando debe relacionarse, en que momento poder emplear el CFDI, cual es el más conveniente y por último como poder cancelarlo y sustituirlo; Con estos apartados se facilita el entendimiento de los procesos que conlleva la estructura de tan importante gestión. 


Cuando debe relacionarse el CFDI

Distintos motivos pueden orillar a la creación de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) relacionado a otro previamente emitido. Entre los posibles escenarios puedes encontrarte con:

Descuento o bonificación a una operación previa.

Devolución de mercancía.

Sobrepago que requiera devolución parcial del monto.

Compensación por alguna deuda.

Error en el monto originalmente cobrado.  


¿Cuál CFDI relacionado es mejor emplear?

Eso dependerá del movimiento que necesites reportar. ¿Por qué es necesario conocer sus diferenciaciones? Simplemente porque de lo contrario podrías incurrir en errores.  

Además, su empleo es opcional y puedes elegir el que te convenga de acuerdo con la finalidad. Eso sí, la condición deja de ser posibilidad y se convierte en obligatoria si se trata de una nueva factura para sustituir una anterior.


¿Cómo puedo cancelar un CFDI para luego sustituirlo?

De acuerdo con el nuevo esquema de cancelación de CFDI, deberás enviar la solicitud de cancelación de la factura a través del Portal del SAT o de los servicios de un proveedor de certificación.

Puedes llegar a requerir que el receptor del comprobante acepte dicha cancelación; según lo estipulado, el emisor tiene que solicitar autorización del receptor cuando se trate de un CFDI por más de 5,000 pesos y si se solicitó la cancelación después de 72 horas de emitir el comprobante.

En caso de que la solicitud de cancelación no requiera aceptación por parte del receptor, la factura se cancelará de manera inmediata.


En conclusión, te recomendamos checar bien las claves de producto o servicio que hay en los sistemas de facturación y adaptarlos respecto a los CFDI. Recuerda que en Facturaxion ya contamos con estas actualizaciones en nuestro sistema. Asimismo, aún estás a tiempo de sustituir los comprobantes que cuentan con errores o emisiones correspondientes a 2021 con pagos asociados.

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La globalización del CFDI para la optimización del SAT en la parte tecnológica y de seguridad

Publicación Nueva Versión del Estándar Complemento Carta Porte (versión 2.0)



Ante la inminente entrada en vigor (1o. de diciembre de 2021) de la obligación de emitir el CFDI con complemento carta porte por el traslado de mercancías por territorio nacional –independientemente del medio de transporte–, el SAT sigue ajustando la normatividad para su debida observancia.

Se actualizaron los siguientes documentos:

· Catálogos del complemento


 Instructivos de llenado para cada medio de transporte:

o Autotransporte,

o Marítimo,

o Aéreo y,

o Ferroviario

· Preguntas frecuentes


 Se incorpora la documentación técnica de la versión 2.0:

· Estándar de Carta Porte

· Esquema de Carta Porte (xsd)

· Secuencia de cadena original Carta Porte (xslt)

Recuerda que el inicio de vigencia del complemento Carta Porte en su versión 2.0, será a partir del 1 de diciembre de 2021, de acuerdo a los establecido en el artículo segundo, publicado en la 2a. versión anticipada en relación con el Décimo Primero Transitorio publicado en la 1a. versión anticipada, ambas de la 3a. Resolución de Modificaciones a la RMF vigente.


Las consideraciones son las siguientes:

Requisitos de las representaciones impresas del CFDI (regla 2.7.1.7., fracc. IX, Adición)

Las representaciones impresas del CFDI al que se incorpore el complemento carta porte, también incluirán los datos establecidos en el "Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte" –instructivo de llenado–, que publique el SAT en su portal.

El archivo electrónico que, en su caso, genere la representación impresa del CFDI deberá estar en formato digital PDF o algún otro similar que permita su impresión


Toma en cuenta las siguientes reglas:


CFDI de tipo ingreso (CFDI de ingreso) con el que se acredita el transporte de mercancías (regla 2.7.1.9., Reforma)

El CFDI de ingreso con complemento carta porte será expedido por los contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga general y especializada, que circulen por vía terrestre, férrea, marítima o aérea, así como los que presten el servicio de paquetería y mensajería, de grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos, incluso de traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos, entre otros servicios que impliquen la transportación de bienes o mercancías


Traslado con medios propios (regla 2.7.1.51., Adición)

La legal estancia o tenencia de los bienes y mercancías de procedencia extranjera durante su traslado en territorio nacional podrá acreditarse con el CFDI de ingreso al que se le incorpore el complemento carta porte, si en dicho comprobante se registra el número del pedimento de importación


Traslado local de bienes o mercancías 2.7.1.52.

Los contribuyentes y transportistas que tengan la plena certeza de que no transitarán por algún tramo de jurisdicción federal –que los obligue a la expedición del CFDI con complemento carta porte–, podrán acreditar el transporte de los bienes o mercancías


Prestación de servicios de paquetería o mensajería (regla 2.7.1.53., Adición)

Quienes presten el servicio de paquetería o mensajería podrán emitir un CFDI de ingreso sin complemento carta porte, registrando los nodos "Concepto" necesarios para relacionar los números de guía de todos los paquetes amparados en el CFDI, por la totalidad del servicio 


Servicios de transporte consolidado de mercancías (regla 2.7.1.57., Adición)

Quienes presten el servicio de transporte de carga consolidada de bienes o mercancías, siempre que las cargas sean identificadas mediante una clave o número de identificación único y sean registrados en los nodos "Concepto" necesarios para relacionar cada una de las cargas amparadas en el comprobante, podrán emitir por cada cliente un CFDI de ingreso sin complemento carta porte, el cual deberá contener los requisitos, por la totalidad del servicio.




Publicadas por Facturación Electrónica

Publicación Nueva Versión del Estándar Complemento Carta Porte (versión 2.0)

CÓMO HACER EL CFDI CON COMPLEMENTO CARTA PORTE DEL TRANSPORTE FERROVIARIO

 




El transporte ferroviario sigue siendo vital para las empresas nacionales y extranjeras con operación en México. La infraestructura férrea y sus bien delimitadas vías permiten la comunicación por todos los puntos del país, facilitando las relaciones comerciales internas y el arribo de mercancías directamente desde Estados Unidos.


Por su importancia en la economía, el conocimiento de las normas fiscales con respecto al traslado de mercancías por vía ferroviaria resulta primordial para todo tipo de organizaciones, lo cual cobra mayor relevancia desde el anuncio del Complemento Carta Porte del SAT.


Conoce los pormenores del Complemento Carta Porte

El Complemento Carta Porte es un documento en formato XML que se genera de forma paralela al  CFDI 3.3 para incorporar los detalles de la movilización de bienes que originó la emisión de dicha factura. Algunos de los aspectos más relevantes del Complemento Carta Porte son:


1.Se caracteriza por especificar información relativa a la vía de comunicación por la cual se efectúa, los medios de transporte empleados la relación de productos que se trasladan, así como los lugares de origen y destino(s).

2.La instancia encargada de su regulación es el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y su emisión, puesta en marcha el 1º de junio de 2021, se convierte en obligatoria desde el 30 de septiembre.

3. El objetivo del Complemento Carta Porte es transparentar el transporte de productos para combatir el tráfico ilegal de mercancías al amparar la legal posesión de éstas durante su envío a los distintos puntos de venta o almacenes. 

Cuándo se debe emitir el CFDI con Complemento Carta Porte

El CFDI con Complemento Carta Porte debe emitirse de manera previa a que se brinde el servicio de traslado de bienes o mercancías o se haga el envío por medios propios.


Los tipos de CFDI emitidos para cada caso son:


CFDI tipo Traslado: cuando la propia empresa se encarga del envío de sus productos o contrata a un intermediario.

CFDI tipo Ingreso: cuando existe la figura de servicios profesionales de transportación.

Esto aplica para cualquier medio de transporte, ya sea por vía terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial.


Facturación por cada servicio

En la publicación de las nuevas normativas a través de su Portal, el SAT aclara que debe generar un CFDI con Complemento Carta Porte por cada servicio prestado; es decir, ya no se podrá facturar masivamente como ha sido hasta ahora la práctica, sino que cada traslado requiere facturación.


Cuando se utilicen diversos medios de transporte, éstos se deben registrar en el mismo comprobante, puesto que el Complemento Carta Porte está diseñado para registrar todos los medios de transporte se utilicen para el traslado de mercancías.


Qué hacer en caso de incidentes

Accidentes, desperfectos mecánicos y robos son algunas de las situaciones inesperadas de fuerza mayor que pueden ocurrirle a un transportista durante la realización de sus actividades y que conllevan a afectaciones totales o parciales del traslado de mercancías.


Ante éstos y otros escenarios fortuitos del día con día, persiste la duda: ¿es posible corregir la información del Complemento Carta Porte y seguir utilizándolo?


Lo que procede en este caso es la cancelación del CFDI con el complemento si es que la información capturada en la Carta Porte cambia, generando una nuevo con la información correcta. El nuevo CFDI deberá registrarse con el domicilio de origen de salida de las mercancías trasladadas y relacionar el nuevo comprobante al CFDI de origen.


Consideraciones del CFDI con Complemento Carta Porte para vía ferroviaria

El llenado del CFDI de Ingreso con Complemento Carta Porte para trasladar bienes y productos contempla situaciones específicas por cada vía de comunicación, y en cuanto al envío utilizando el servicio de ferrocarriles se pueden presentar dudas como las siguientes:


1) Registro del derecho de paso

Las empresas concesionarias que están autorizadas para la transportación de productos por la vía férrea, necesitan registrar los derechos de paso que serán pagados durante el traslado de las mercancías en el Comprobante Fiscal al que se incorpore el Complemento Carta Porte.


La clave del derecho de paso se encuentra en el catálogo c_DerechosDePaso del complemento Carta Porte, publicado en el portal del SAT.


Ejemplo: TipoDerechoDePaso= CDP001


Clave del derecho de paso Derecho de paso Entre Hasta Otorga / Recibe Concesionario

CDP001 D-1 Torreón (Km. DA251+000) Villa Juárez (Km. DA238+000) Recibe Vía férrea del Noroeste (Actualmente Kansas City Southern de México, S.A de C.V.)

 

2) Servicio de concesionarios

Si te preguntas quién es el responsable de emitir el CFDI con Complemento Carta Porte en el caso de que el traslado lo realice  una concesionaria o concesionario diferente al que inició dicho traslado, la respuesta es que el nuevo prestador del servicio debe emitir la factura con su Complemento Carta Porte por el tramo ferroviario correspondiente hasta su siguiente punto de interconexión.


3) Seguro de riesgos

Al generar el CFDI con Carta Porte añadido no es necesario proporcionar el dato del seguro que cubra los riesgos para el traslado de bienes, sino que se trata de un registro opcional. Por otro lado, existen otros trámites para los cuales sí será necesario incluir este dato.


Expide tu Complemento de Carta Porte en pocos clics para el transporte en Ferrocarril

¿Te parece complicado el llenado de tu factura para traslado de mercancías? Facturama te brinda un formato de prellenado que facilita la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).


Con un sistema automatizado y de uso apto para cualquier usuario sin ser experto en Contabilidad, nuestra plataforma cuenta con todos los complementos de factura que necesitas generar, incluido el Complemento de Carta Porte


Genera tu Complemento Carta Porte para transporte férreo:


En la sección «Factura», clic en la opción «Datos de la Factura».

Selecciona el Complemento Carta Porte y elige a tu cliente, llena los campos con sus datos.

Clic en «Complementos» y luego en «Tipo de Transporte» seleccionando Transporte Ferroviario.

Señala la dirección de origen y la de destino, junto con las fechas de salida y llegada.

Indica los datos particulares del traslado: Cantidad y Tipo de Bienes, el Peso y el Valor de las mercancías, así como la Clave de Unidad de Medida.

Selecciona la Clave de STCC, por ejemplo «01411-Vacas» o «01224-Uvas». 

Genera tu factura y agrega una Addenda si es necesario.

Guía para el llenado de CFDI de Transporte Ferroviario

El SAT, en su instructivo para el llenado del Complemento Carta Porte que se incorpora al CFDI, aporta indicaciones y comentarios significativos para todos los medios de transporte.


Con respecto a la Sección Transporte Ferroviario, indica cómo registrar la información que permita la identificación del carro o contenedor en el que se transportan los bienes o mercancías, vía férrea. Por ejemplo, todos los elementos de la «Sección Carro» son de llenado obligatorio.


Campos requeridos en el CFDI con Complemento Carta Porte

La información considerada como obligatoria para su llenado por parte de los contribuyentes es la siguiente:


Tipo de servicio.

Tipo de derecho de paso.

Kilometraje pagado.

Tipo de carro.

Matrícula del carro.

Guía del carro.

Toneladas netas del carro.

Tipo de contenedor.

Peso neto de la mercancía.

Clave del transporte.

Campos opcionales en el CFDI con Complemento Carta Porte

Los datos que no son obligatorios de registrar durante la generación del comprobante fiscal al cual se anexa el Complemento Carta Porte son:


  • Nombre de la aseguradora y Número de la póliza de seguro.
  • Concesionario.
  • Peso del contenedor vacío.
  • RFC del operador.
  • Número de licencia.
  • Nombre del operador.
  • Número de identificación o registro fiscal del operador.
  • Residencia fiscal del operador.
  • RFC del propietario.
  • Nombre del propietario.
  • Número de identificación o registro fiscal del propietario.
  • Residencia fiscal del propietario.
  • RFC del arrendatario.
  • Nombre del arrendatario.
  • Número de identificación o registro fiscal del arrendatario.
  • Residencia fiscal del arrendatario.
  • RFC del notificado.
  • Nombre del notificado.
  • Número de identificación o registro fiscal del notificado.
  • Residencia fiscal del notificado.

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CÓMO HACER EL CFDI CON COMPLEMENTO CARTA PORTE DEL TRANSPORTE FERROVIARIO