Es importante definir de manera breve qué es una persona asalariada; El Servicio de Administración Tributaria (SAT) nos menciona que son “Las personas físicas que perciben salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo.
En México la mayoría de los contribuyentes son personas físicas que se encuentran dados de alta en un régimen asalariado, es decir, dependen de ciertas prestaciones u obligaciones para poder fungir como tal.
En esta nota te compartiremos algunos de los beneficios más comunes sobre el régimen de asalariados para que tengas un conocimiento más amplio de los mismos.
Estos son los derechos que se pueden deducir de impuestos:
Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
Gastos funerarios.
Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para la casa habitación.
Donativos.
Transporte escolar obligatorio.
Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
Impuestos locales por salarios.
Colegiaturas (preescolar a preparatoria).
Toma en cuenta que si estás en este tipo de régimen debes presentar tu declaración anual antes del 30 de abril del siguiente año y así cumplir con tus obligaciones tributarias.
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Conoce más sobre estos beneficios aquí y si tienes duda de como registrarte te dejamos esta información http://omawww.sat.gob.mx/regimenesfiscales/Paginas/Asalariado/default.htm
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