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SAT intercambia información financiera con EU


Estados Unidos entregará datos sobre cuentas bancarias o inversiones de ciudadanos mexicanos en instituciones financieras norteamericanas y de la misma manera recibirá los balances de estadounidenses en nuestro país, dicho informe se espera a más tardar el próximo 30 de septiembre.

La idea es que ambos países estén vigilantes de las actividades económicas de sus ciudadanos en entidades financieras en el extranjero para identificar si cumplen con sus obligaciones fiscales o incurren en la evasión del pago de sus impuestos.

Según funcionarios del Servicio de Administración Tributaria, este intercambio de información financiera para efectos fiscales, responde al acuerdo gubernamental respecto a la Ley sobre el Cumplimiento Fiscal relativa a Cuentas en el Extranjero, Fatca por sus siglas en inglés.

Es importante recordar que 174,000 datos sobre contribuyentes mexicanos fueron entregados por el gobierno del país extranjero en el 2015, los cuales, derivaron en 61 auditorías que finalmente originaron 10 determinaciones de “falta de cumplimiento de obligaciones fiscales”, no obstante, el proceso de análisis no ha terminado.

Finalmente, se determinó que el saldo de la información que México recibió a finales del año pasado cifró entre 2,500 mdd y 2,700 mdd al cierre del 2014.


Con la mano en esta información, el SAT inició con las primeras auditorias desde el primer semestre de este año, no sin antes invitar a los contribuyentes señalados a regularizar su situación mediante cartas de invitación que se les hicieron llegar.

Publicadas por Facturación Electrónica

SAT intercambia información financiera con EU

Tarjetas de crédito ayudan a detectar discrepancia fiscal-SAT

Facturaxion, lunes 18 de abril, 2016.

Supongamos que tu declaración de ingresos es de 50,000 pesos al mes, pero tus estados de cuenta reportan pagos a tarjetas de crédito por 100,000 pesos al mes, la pregunta lógica es ¿De dónde obtuviste dinero para pagar una cantidad de 100,000 pesos si tus ingresos declarados son de 50,000? Esa diferencia de dinero es conocida como Discrepancia Fiscal.

La discrepancia fiscal ocurre cuando tus gastos anuales son mayores a tus ingresos declarados, motivo por el cual el SAT tiene la facultad de comprobar los ingresos declarados contra los depósitos a cuentas de débito, inversiones financieras y pagos a tarjetas de crédito, si los ingresos que se reportan son menores a lo que se deposita, el SAT solicitara que acredites la procedencia del dinero que resulta de esa diferencia, así que ten cuidado con lo que gastas o tendrás un lío con hacienda.

El artículo 91 de la nueva L-ISR (Ley de Impuestos Sobre la Renta) establece que las personas físicas podrán ser sujetas al procedimiento de discrepancia fiscal (Incluso cuando esta persona no esté inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes-RFC) se compruebe que el monto de las erogaciones en un año calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente, o bien a los que le hubiere correspondido declarar.

Derivado de esto, son muchos los contribuyentes que consideran que esta práctica es demasiado intrusiva, sin embargo resulta importante reflexionar que, dentro de las facultades del SAT ante la discrepancia fiscal se encuentra el hecho de que el SAT únicamente indagará los pagos que se realicen y no el uso de las tarjetas o los montos crediticios de las mismas, además de que, la autoridad no puede determinar que una persona física cae en discrepancia fiscal, primero debe de seguir un procedimiento, el cual te explicamos a continuación:

*Una vez que el SAT ha detectado que existe una diferencia entre los ingresos y egresos personales, será su obligación comprobar la supuesta diferencia y precisar al contribuyente la información base y el medio por el que se obtuvo.

*El contribuyente recibirá una notificación y tendrá 20 días para acreditar la procedencia de los recursos con los que realizó el pago.

*El SAT determinará si la declaración procede o si se determinará un crédito fiscal por el excedente, que se determinará como ingreso gravable de Impuestos Sobre la Renta (ISR).

Publicadas por Facturación Electrónica

Tarjetas de crédito ayudan a detectar discrepancia fiscal-SAT

¿Cómo presentar mi Declaración Anual de Impuestos?

Facturaxion, miércoles 06 de abril, 2016.

Sabemos que la fecha límite para presentar tu Declaración Anual de Impuestos ante el SAT está cerca, por lo que aquí encontrarás la información necesaria para cumplir con tus obligaciones fiscales a tiempo.

Primero que nada, es necesario que consideres que en El 2016 se implementará nuevoe squema para declaración anual el cual aplica a las personas físicas que tengan ingresos por salarios con un solo patrón y que no tengan más de dos tipos de deducciones. Se trata de una declaración prellenada en donde lo único que deberás hacer es revisarla y si estás de acuerdo enviarla.  Sin embargo es necesario que consideres las Modalidades de la aplicación para presentar la Declaración Anual.

Para presentar tu Declaración Anual de impuestos será necesario lo siguiente:

1.- Revisa cómo estás dado de alta ante el SAT.

Estas obligado a presentar tu Declaración Anual si recibes ingresos por concepto de arrendamiento, por actividades empresariales, si eres asalariado y obtuviste ingresos por más de 400 mil pesos, si tienes ingresos adicionales a tu sueldo, o con dos o más patrones simultáneos o si recibes ingresos por enajenación y adquisición de bienes, dividendos, premios y otros ingresos o por honorarios.

2.- Prepara tus documentos.

Los documentos que necesitaras tener listos y a la mano son tu RFC, tu contraseña o firma electrónica (Considera que el SAT saca nueva app, la e.firma portable) , necesitaras las constancias de percepciones y retenciones (formato 37-A) y tus recibos de honorarios, facturas, y las declaraciones mensuales presentadas.

3.- Infórmate y declara

Ya que sabes cómo estás dado de alta ante el SAT y has reunido tus papeles, antes de presentar tu Declaración Anual-2016 Facturaxion te recomienda que te informes. Infórmate sobre los Gastos deducibles de impuestos-SAT  y los montos máximos a deducir, de esta manera sabrás si necesitas o no presentar un Amparo por límite de deducciones personales.

Como contribuyente es tu obligación presentar tu Declaración Anual de Impuestos, de caso contrario podrás hacerte acreedor de sanciones que van:

-De 1,240 a 15,430 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
-De 1,240 a 30,850 pesos por cada obligación a que estés obligado, al presentar una declaración, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.
-de 13,640 a 25,300 pesos por no presentar las declaraciones por Internet estando obligado a ellos, presentarlas fuera de plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cómo presentar mi Declaración Anual de Impuestos?

Inicia investigación sobre caso “Papeles de Panamá” -SAT

Facturaxion, lunes 04 de abril, 2016.

El día de ayer, el Servicio de Administración Tributaria-SAT dio a conocer a través de un comunicado de prensa en su página web oficial que procederá conforme a derecho respecto a contribuyentes señalados de contratar empresas offshore, por lo que el día de hoy se dará inicio a las revisiones de empresas y personas involucradas en el escándalo de corrupción de evasión fiscal conocido como Papeles de Panamá (Panama Papers).

La información pública será revisada, en los casos que sea procedente a los contribuyentes referidos, tratándose de ciudadanos o empresas con obligaciones fiscales en México ante la evidencia de la información institucional existente, con el objetivo de valorar si hay elementos que configuren la comisión de actos de evasión fiscal. Aristóteles Núñez, Jefe de Administración Tributaria (SAT) asegura que tener recursos en países considerados como paraísos fiscales no es ilegal, lo que es ilegal es no pagar impuestos, por lo que la autoridad fiscal involucrará acuerdos de intercambio de información que se tiene con distintos países, para hacerse llegar de más elementos, de ser necesario.

Así como lo menciona el comunicado de prensa del SAT, es importante destacar que el 29 de Octubre de 2014, México firmó un acuerdo Multilateral de Autoridad Competente en la Cuidad de Berlín, Alemania en conjunto con otros 50 países, que permitirá el intercambio automático de información, mediante reportes estandarizados de las inversiones, transferencias y cuentas financieras que tengan los mexicanos y sus empresas en más de 80 países, entre lo que hoy se citan como paraísos fiscales. Dicho acuerdo entrará en vigor a partir del 2017, por lo que invariablemente el SAT actuará conforme a las facultades y obligaciones que las leyes mexicanas le otorgan para combatir la evasión fiscal en el país.

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Inicia investigación sobre caso “Papeles de Panamá” -SAT

Amparo por límite de deducciones personales

Facturaxion, miércoles 30 de marzo, 2016.

Una de las facilidades al presentar nuestra Declaración anual-2016  es la posibilidad de deducir nuestros gastos, aunque no todos, para lo cual te recomendamos revisar los gastos deducibles de impuestos-SAT.
Sin embargo, se ha detectado una afectación desigual por el límite de deducciones personales como puede verse en el gráfico siguiente:

La diferencia es notable, en el caso A no se podrá recuperar los $30,000 mientras que en el caso B (el que gana más) además de cubrir el gasto aún pude deducir $48,000 pesos más, lo que señala una afectación desigual, perjudicando a quienes menos ingresos perciben, razón por la cual la Prodecon invita a aquellas personas físicas que se encuentren bajo esta situación a presentar el amparo respectivo.

Sin embargo, es importante señalar que de los amparos que se han presentado 607 han sido negados y tan solo 97 se aceptaron, además de que, la Prodecon no priorizará las peticiones de aquellos contribuyentes cuyos ingresos anuales sean iguales o superiores a los $982,243.00 o los $931,042.99 según corresponda, ya que este ingreso supone una mayor capacidad económica.

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Amparo por límite de deducciones personales

Modalidades de la aplicación para presentar la Declaración Anual

Facturaxion, lunes 28 de marzo, 2016.

El día de hoy, La Secretaria de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer mediante un comunicado de prensa la disponibilidad de la aplicación para que todas las personas físicas puedan presentar su Declaración Anual de 2015.

Como ya se sabe, El 2016 se implementara nuevo esquema para declaración anual así que esta será la primera vez que el SAT ofrecerá una declaración prellenada.

La herramienta para declarar es sencilla, intuitiva y fácil de usar, identifica al contribuyente de acuerdo con el tipo de ingresos y en el caso de los asalariados les presenta una opción prellenada, que solo tienen que revisar y si están de acuerdo enviar.

La aplicación tiene tres modalidades para quienes solo tienen ingresos por salarios y una para las demás personas físicas.

1.- Modalidad con declaración propuesta, disponible también en dispositivo móvil:
-Ingresos por salarios o bien, con intereses, cuando estos son inferiores a mil pesos.
-Tienen un solo empleados
-Tengan deducciones personales amparadas con factura electrónica que corresponda a :
**Gastos médicos
**Gastos funerarios
**Primas por seguros de gastos médicos mayores
**Donativos
**Colegiaturas
-Tengan sueldo a favor inferior a 10 mil pesos
-Hayan presentado declaración por el ejercicio de 2013 0 2014.

2.- Modalidad con precarga de ingresos y gastos.
-Esta modalidad aplica para el contribuyente que no recibió propuesta o no la acepto.
-Permite que el contribuyente clasifique, del total de las erogaciones amparadas en una factura electrónica, las que son deducciones personales o bien, agregar aquellas que no localiza, o que, por su naturaleza, no están amparadas en una factura.
-La declaración se llena en automático. La clasificación se hace desde el propio aplicativo. En los casos de erogaciones amparadas en una factura no es necesario que el contribuyente recurra a sus documentos impresos.
-Es necesario que haya presentado declaración por el ejercicio de 2013 o 2014.

3.- Modalidad declaración solo con precarga de ingresos.
-Prellenada solo los ingresos.
-La captura de las deducciones es libre. Es una versión ya conocida; fácil de llenar.
-Está disponible es dispositivo móvil

4.- DeclaraSAT
a) Aplica para las personas que tienen ingresos distintos de salarios o salarios combinados con otra actividad.
b) Se precargan los ingresos por salarios o asimilables, pagos por separación, servicios profesionales y arrendamiento e intereses.
c) La captura de las deducciones personales es libre.

Las personas físicas pueden obtener una devolución de impuestos al presentar deducciones personales en su Declaración Anual-2016, para lo que es importante que sepas cuales son los Gastos deducibles de impuestos-SAT. 

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Modalidades de la aplicación para presentar la Declaración Anual

Complemento INE para CFDI’s

Facturaxion, lunes 14 de marzo, 2016.

Dentro de los complementos que se agregaron al CFDI este año 2016 se encuentra el complemento INE (Instituto Nacional Electoral), el cual será necesario incluir en los comprobantes fiscales de aquellas personas que ofrezcan algún tipo de producto o servicio a aspirantes políticos, partidos políticos, precandidatos, candidatos, coalición o asociación civil, con vigencia a partir del 1 primero de marzo del 2016.

La integración de este complemento al CFDI tiene la finalidad de identificar el proceso, validar la entidad federativa y dar certeza al beneficiario fiscal, así como identificar el tipo de proceso al que corresponde el gasto y el beneficiario final del mismo, esto con el objetivo de tener una mayor transparencia en las operaciones relacionadas con los partidos políticos.

Dentro de los requisitos que debe de contener el complemento INE para la expedición de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) se encuentran:

En Facturaxion contamos con el complemento INE para incorporarlo a tus CFDI’s a través de Web Service, no dudes solicitarlo con nuestros ejecutivos de ventas (55) 12 07 07 08.


Consulta aquí la estructura completa del complemento INE para CFDI’s.

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Complemento INE para CFDI’s

Nuevas facilidades de cumplimiento fiscal para artesanos.

Facturaxion, miércoles 09 de marzo, 2016.

El Servicio de Administración Tributaria-SAT publico el día de ayer en su página web un comunicado donde informa que, a partir de ahora las personas físicas que elaboren artesanías podrán elegir cómo cumplir con sus obligaciones fiscales.

Con el objetivo de que los artesanos puedan decidir qué forma de cumplimiento fiscal se adapta de una mejor manera a sus actividades, se han establecido las siguientes opciones:

Que el artesano opte por el RIF con los beneficios de disminuir sus impuestos (ISR e IVA) hasta en un 100% siempre y cuando sus ventas anuales no rebasen los dos millones de pesos.

Que el artesano cumpla sus obligaciones fiscales a través de adquirentes de sus artesanías. En este caso el artesano no tiene que hacer tramites fiscales sino que deberá proporcionar únicamente los datos generales de quien adquiera sus artesanías para que esta persona cumpla con las obligaciones fiscales del artesano, es decir, lo inscriba, facture por cuenta de él y le retenga el 5% de ISR y el 16% de IVA. Esto siempre y cuando sus ventas anuales no rebasen los 250 mil pesos.

Para apoyar a los artesanos en el proceso del cumplimiento de sus obligaciones fiscales se ha inaugurado un Núcleo de Apoyo Fiscal en la Universidad Mesoamericana en donde se ofrece de manera gratuita:

• Inscripción al RFC
• Reimpresión de constancias de inscripción
• Obtención y recuperación de contraseña
• Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales
• Atención a contribuyentes del RIF

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Nuevas facilidades de cumplimiento fiscal para artesanos.

Las personas físicas tendrán la posibilidad de NO enviar su contabilidad electrónica.

Facturaxion, lunes 07 de marzo, 2016.

La contabilidad electrónica ha sido por algún tiempo el dolor de cabeza de muchos contribuyentes y si bien es cierto que poco más del 90% ya cumple con esta obligación, también son varios los amparos promovidos contra él envió de la contabilidad electrónica, ya que para muchos esta nueva disposición fiscal es violatoria a sus garantías.
Hasta ahora, cumplir con el envió de la contabilidad electrónica o ampararse contra este eran las únicas maneras de afrontar esta obligación, sin embargo, según lo publicado en la regla 2.8.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2016 las personas físicas tendrán la posibilidad de no enviar su contabilidad electrónica.

Contabilidad en medios electrónicos

2.8.1.6.Para los efectos de los artículos 28, fracción III del CFF y 33, apartado B, fracciones I, III, IV y V y 34 de su Reglamento, los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su información contable a través del Portal del SAT, excepto los contribuyentes que tributen en el RIF, las personas físicas que tributen conforme al artículo 100, fracción II de la Ley del ISR, siempre que sus ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de $2´000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.), las sociedades, asociaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, a que se refiere la regla 2.8.1.2., así como las demás personas físicas y las Asociaciones Religiosas que hayan optado por utilizar la herramienta electrónica “Mis cuentas” de conformidad con lo previsto en la regla 2.8.1.5., deberán llevarla en sistemas electrónicos con la capacidad de generar archivos en formato XML que contenga lo siguiente:
Si analizamos lo citado en dicha regla, encontraremos que, existe la posibilidad de quedar eximido de enviar la contabilidad electrónica en los siguientes casos:

Para quedar relevado del envío de las balanzas mensuales será necesario presentar el Aviso como contribuyente al SAT en donde se informe la decisión de utilizar “Mis cuentas” en lugar de enviar tu contabilidad vía electrónica, sin embargo, al no existir una respuesta clara a las interrogantes de cómo y dónde se puede enviar dicho aviso el día viernes 04 de marzo del 2016, se publicó en la página del SAT el proyecto de Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2016 que resuelve dichas interrogantes en su regla 2.8.1.19 que dice:

Opción para utilizar “Mis Cuentas

2.8.1.19. Para efectos de los artículos 28, fracción III y IV del CFF, los contribuyentes personas físicas que opten por utilizar la herramienta “Mis Cuentas”, conforme a la regla 2.8.1.5 para estar exceptuados de llevar e ingresar de forma mensual su contabilidad electrónica a través del portal del SAT, en términos de las reglas 2.8.1.6. y 2.8.1.7., deberán ejercer dicha opción a través de la presentación de un caso de aclaración en el Portal del SAT.

Lo dispuesto en esta regla será aplicable siempre y cuando los contribuyentes mencionados en el párrafo anterior no se hubieran encontrado obligados a llevar e ingresar su contabilidad electrónica en el portal del SAT a partir del 1 de enero de 2015, por haber obtenido ingresos acumulables superiores a $ 4, 000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.), durante el ejercicio 2013, o bien, que en el 2014 o 2015 hayan excedido el citado monto.

Las Asociaciones Religiosas podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla, sin importar el monto de los ingresos que perciban.
CFF 6, RMF 2016 2.8.1.5., 2.8.1.6., 2.8.1.7.

Esta regla precisa la obligación de presentar dicho Aviso como una Aclaración dentro del portal del SAT, con el objetivo de esperar una respuesta de la autoridad.

Recuerda que la única limitante para optar por “Mis cuentas” en lugar del envió de tu contabilidad electrónica son los ingresos durante el ejercicio 2013.


Publicadas por Facturación Electrónica

Las personas físicas tendrán la posibilidad de NO enviar su contabilidad electrónica.

Mejora tus finanzas personales

Facturaxion, miércoles 02 de marzo, 2016.

Muchas veces, creemos que administramos nuestro dinero de la manera más efectiva, sin embargo, cuando nos damos cuenta de que nuestros ingresos no nos rinden de la manera que quisiéramos es el momento indicado de hacer algunos cambios.

Mejorar nuestras finanzas no es una tarea sencilla, sin embargo existen una serie de acciones que en definitiva mejorarán tu situación si las llevas a cabo de forma constante.

Elaborar un presupuesto de tus gastos mensuales te permitirá identificar las fugas de dinero y mejorar la administración de tus recursos, de tal forma que estés seguro de que no gastarás más de los ingresos reales que tienes. Recuerda que la importancia de elaborar un presupuesto radica en tu habilidad de seguirlo al pie de la letra.

No dejes que los intereses te consuman y trata de pagar tus deudas lo antes posible, enlista todas las que tengas y con ayuda de tu presupuesto mensual determina cuando dinero puedes aportar para su pronta liquidación.

Suena muy trivial, pero ahorrar dinero es de las cosas más difíciles, se necesita de un plan de acción basado en nuestro presupuesto y dependiendo de nuestras deudas. Se recomienda ahorrar del 20% al 30% de nuestros ingresos y NO utilizar ese dinero dentro de los tiempos que establezcas o únicamente para los fines que se le destine a ese ahorro.

Otra buena opción podría ser invertir en nuestros ahorros a plazos fijos con el objetivo de obtener ganancias de él, si bien no serían muchos los ingresos adicionales a nuestros ahorros, sería una buena ayuda a no gastar nuestro dinero en un determinado tiempo con algunas “beneficios extras”.

¿Has notado cuánto dinero gastas en asuntos triviales? Piensa cuando dinero ahorrarías si dejaras de comprar el café en la calle y te prepararas uno por tu cuenta, si llevaras lunch a la oficina y no compraras en la fondita de la esquina, si evitaras todas esas compras “mínimas” en la tienda y en cualquier lugar tus ingresos no se verían tan afectados, ¿no me crees? Has la cuenta.

Otra recomendación es unificar tus deudas concentrándolas en la misma institución bancaria, lo que ayudaría a reducir los porcentajes de interés que pagas por separado.


Por ultimo te aconsejamos revisar tu historial crediticio por lo menos una vez al año con el objetivo de tener una mayor administración sobre tus deudas y su estado, además esto puede ser de gran ayuda para ti al momento de querer adquirir un préstamo para una casa o un coche.

Publicadas por Facturación Electrónica

Mejora tus finanzas personales

Uso de software sin licencia, delito clasificado como evasión fiscal


Facturaxion, lunes 29 de febrero, 2016.

El Servicio de Administración Tributaria-SAT dio a conocer a través de un comunicado de prensa en su página web los resultados del estudio Impacto fiscal por el uso y comercialización de software ilegal realizado por la Universidad de las Américas Puebla (UDLAP).

Con el propósito de conocer con mayor detalle los niveles de evasión fiscal por el uso de software sin licencia y tomar acciones y medidas para combatirlo el Servicio de Administración Tributaria solicito la realización de dicho estudio.

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es la única autoridad con las facultades para realizar inspecciones a las empresas con el objetivo de promover el uso de software de manera legal, sin embargo, el SAT continua en coordinación con esta y otras dependencias del sector público y privado para seguir avanzando en el combate a las conductas ilegales.

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Uso de software sin licencia, delito clasificado como evasión fiscal

Facultades del SAT ante la discrepancia fiscal


Facturaxion, lunes 22 de febrero, 2016.

El SAT tiene la facultad de indagar las discrepancias fiscales de los contribuyentes, es decir, aquella diferencia existente entre los ingresos declarados en la declaración de impuestos y los egresos reales que se realicen en dicho periodo y desde el 2014 se reforzó esta facultad por lo que la autoridad fiscal puede monitorear las cuentas bancarias, las inversiones, tiendas departamentales y cualquier otro mecanismo financiero en el que el contribuyente maneje fondos.

Recordemos que cuando no existe una justificación concluyente sobre esta diferencia, el SAT podrá enviarnos una carta invitación de hacienda para que se liquiden los ingresos no declaradas en conjunto con la aplicación de sanciones penales o multas correspondientes.


¿Cómo calcular la discrepancia fiscal?


Es importante considerar que:

**Son consideradas erogaciones los gastos, las adquisiciones de bienes, los depósitos en cuentas bancarias, las inversiones financieras y tarjetas de crédito.

**La autoridad fiscal no juzga la capacidad de adeudo del contribuyente, es decir, cuando se adquiere algún tipo de crédito o similar, el SAT únicamente indagará los pagos que se realicen y no el monto crediticio.

**En caso de prestar a terceros el uso de una tarjeta de crédito con el objetivo de hacer goce de alguna promoción u oferta es importante respaldarse con las pruebas de que los pagos que desbordan de los ingresos propios corresponden a un tercero, de caso contrario ante los ojos de la autoridad fiscal se pudiera estar gastando más lo que se declara.

Es importante que conozcas el procedimiento y la notificación que se hace en caso de ser objeto de una discrepancia fiscal, así como algunos consejos para tener cuidado con lo que gastas o tendrás un lio con hacienda

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Facultades del SAT ante la discrepancia fiscal

Se elimina la declaración Anual de Clientes y Proveedores-SAT

Facturaxion, lunes 08 de febrero, 2016.

El día de ayer, el Servicio de Administración Tributaria-SAT dio a conocer a través de un comunicado de prensa en su página web oficial y en sus redes sociales, la eximición de la presentación de la Declaración Anual de Clientes y Proveedores correspondientes al ejercicio 2015.
Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con tal de no requerir al contribuyente información o documentos que ya se encuentren en la base de datos del SAT, se ha decidido eliminar a partir de este año la Declaración Anual de Clientes y Proveedores (Forma Oficial 42). Esto gracias a la información que se contiene dentro de las facturas electrónicas la Contabilidad Electrónica, presentada por los contribuyentes.

Esta medida representa un ahorro significativo en tiempo y costos para los contribuyentes y es posible gracias a la implementación de las nuevas herramientas tecnológicas del SAT.

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Se elimina la declaración Anual de Clientes y Proveedores-SAT

Nuevas regulaciones y obligaciones para el 2016.

Facturaxion, miércoles 06 de enero, 2016.

En materia de precios, este año, los ciudadanos tendrán que habituarse a algunos cambios correspondientes al gas, gasolina y luz eléctrica:

*Respecto a los cambios al precio del gas LP dejaron su precio más alto de 16.65 pesos por kilogramo en regiones como Baja california sur y Quintana Roo, mientras que el precio más bajo será de 14.34 pesos en regiones como Tamaulipas.

El precio para el gas LP para el Distrito federal y algunos municipios del Estado de México e Hidalgo es de 14.53 pesos por Kilogramo.

*De esta manera el precio de la gasolina reporta bajas, dejando como resultado el precio máximo de la Magna 13.16, para la Premium 13.98 y para el Diésel de 13.77 pesos.

*Por otro lado, las tarifas de luz disminuyeron en un 2% a partir de enero de este año comparado contra lo cobrado en diciembre del 2015.


Respecto a la recaudación fiscal de este año, el 2016 representa un cambio en la manera de hacer las cosas de la autoridad fiscal, debido a que este año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) adoptará un nuevo esquema de herramientas digitales, empezando con las primeras auditorias electrónicas a partir del mes de abril.

Además, es importante que tomes en cuenta que este año 2016:

*Podrás deducir el valor del 15% de tus ingresos anuales si eres persona física. (Conoce los Gastos deducibles de impuestos-SAT )
*Recuerda que El 2016 se implementará nuevo esquema para declaración anual.
*Si tienes una empresa con ingresos anuales de 100 millones de pesos, será posible que deduzcas de manera inmediata tus activos fijos.
*En el caso de los RIFs, si la compra de tus clientes es menor a los 250 pesos no te encuentras obligado a emitir comprobantes fiscales.
*Este año también se deberá de terminar de cumplir con la obligación fiscal de llevar tus registros contables de manera electrónica.

Fuente: El financiero

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Nuevas regulaciones y obligaciones para el 2016.

La importancia de la información contable en la toma de decisiones.

Facturaxion, miércoles 30 de diciembre, 2015.

En el mundo de los negocios, la información financiera es de vital importancia al momento de tomar decisiones.

Las decisiones que toman los acreedores y accionistas están estrictamente relacionadas con cómo se obtienen los recursos y como son y serán utilizados, razón por la cual, contar con la información financiera en tiempo real es de vital importancia en la toma de decisiones de cualquier organización, sin importar su tamaño o giro.

Contar con la información contable permite tomar decisiones correspondientes al financiamiento de la empresa, inversión y operación de la misma.

Para tomar decisiones de financiamiento es necesario contar con la información necesaria que nos permita identificar el monto necesario a invertir, de donde serán obtenidos los recursos, si será necesario pedir un préstamo y decidir cuál es el plan de financiamiento que más le conviene a tu empresa.

Para tomar decisiones de inversión para la adquisición de nuevos bienes como podrían ser terrenos, maquinaria o equipo de transporte entre otros será necesario decidir qué tipo de adquisición es la que más le conviene a la empresa, por lo que necesitaras contar con información contable de calidad y oportuna.

Para tomar decisiones respecto a la operación de tu negocio será necesario contar con la información contable que nos permita determinar las posibilidades y condiciones en las que la empresa se encuentra actualmente de tal forma que sea posible visualizar la probabilidad de abrir un nuevo punto de venta, contratar más personal, el precio de los productos, entre otros aspectos.

En toda entidad económica, día con día, se toman decisiones de operación, de financiamiento y de inversión. Sim embargo, esto no sería posible si no se contara con la información financiera necesaria.


Para que la información financiera pueda ser útil al usuario debe emitirse a tiempo y debe de cumplir con ciertas características, así ésta no pierde su influencia y efectividad en la toma de decisiones.

Publicadas por Facturación Electrónica

La importancia de la información contable en la toma de decisiones.

Conoce tus derechos como contribuyente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

Facturaxion, viernes 11 de diciembre, 2015.

Para cumplir fácilmente con tus obligaciones, como la presentación de declaraciones, el cálculo y pago de impuestos, entre otras, tienes derecho a:

*Que te brinden la asistencia e información necesaria acerca de tus derechos y obligaciones en materia fiscal, así como para cumplir con ellas. 

*Que las autoridades publiquen los textos actualizados de las normas tributarias en sus sitios de internet.

*Que las autoridades fiscales realicen campañas de difusión, a través de medios de comunicación masiva, para fomentar y generar la cultura contributiva y divulgar tus derechos como contribuyente.

*Que existan oficinas en diversos lugares del país para orientarte y auxiliarte en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

*Que te faciliten la consulta de información en sus sitios de internet.

*A que las autoridades fiscales publiquen instructivos de fácil comprensión, donde te den a conocer de manera clara y explicativa las formas de pago de las contribuciones. 

*A formular consultas sobre el tratamiento fiscal aplicable a situaciones reales y concretas y que las autoridades te contesten por escrito en un plazo máximo de tres meses.

Fuente: SAT.

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Conoce tus derechos como contribuyente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

Gastos deducibles de impuestos-SAT

Facturaxion, viernes 04 de diciembre, 2015.

De acuerdo con Ernest Haiat Khabie, vicepresidente de la Comisión de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, “la deducción se puede definir como la concesión que dan las autoridades para restar de los ingresos ciertos gastos, de tal forma que la base de tributación neta es menor”.
A continuación encontraras una lista con los gastos deducibles de impuestos y los montos máximos de los mismos:

Administración de fondos para el retiro

De aportaciones complementarias de retiro (Afore) o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias. El monto máximo es de 10%.

Colegiaturas

Son deducibles los pagos hechos con medios electrónicos bajo el concepto de servicios educativos con los siguientes topes:
*Preescolar: $14,200
*Primaria: $12,900
*Secundaria: $19,900
*Profesional técnico: $17,100
*Bachillerato o su equivalente: $24,500

Créditos hipotecarios

Intereses reales por créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.

Donatarias autorizadas

Donativos no onerosos ni remunerativos cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos. Por ejemplo a la Cruz Roja. El monto de los donativos no debe exceder de 7% de los ingresos.

Gastos funerarios

Solamente la cantidad que no exceda del salario mínimo, elevado al año, efectuados por el contribuyente para su cónyuge o concubino/a, así como para padres, abuelos, hijos y nietos.
Los gastos para cubrir funerales a futuro serán deducibles en el año de calendario en que se utilicen los servicios funerales.

Gastos médicos

*Dentista, tratamientos y consultas
*Gastos hospitalarios
*Medicinas incluidas en facturas de hospitales (no comprobantes de farmacias)
*Análisis clínicos, estudios de laboratorio
*Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación
*Honorarios a enfermeras
*Compra de prótesis

Compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto de $2,500.00 siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista

Impuestos locales

Que establezca un estado o el DF, pagados sobre ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%.

Monto de las deducciones

El monto total de las deducciones personales (excepto donativos y estímulos fiscales) no puede exceder de cuatro salarios mínimos generales anuales o de 10% del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
El monto de cuatro salarios mínimos anuales es de 102,346.00 pesos.

Primas por seguros

De gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el contribuyente, cónyuge o concubino/a, ascendientes o descendientes en línea recta.

Transporte escolar

De hijos o nietos siempre que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante correspondiente.
Recuerda que para que tus deducciones personales sean válidas en tu Declaración Anual debes pedir factura y pagar con medios electrónicos, ya sea transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito o cheques nominativos del contribuyente.

Fuente: SAT

Publicadas por Facturación Electrónica

Gastos deducibles de impuestos-SAT