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Nuevas modificaciones del SAT en materia de facturación electrónica

El 1 de Julio pasado, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informó a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) las modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, la cual ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Entre los cambios que se marcan en dicha resolución, destacan las reglas relativas a la contabilidad electrónica y las fechas en las que las personas morales deberán hacer sus entregas:


Comprobación del mes de:Mes de entrega
JulioEnero 2015
AgostoEnero 2015
Septiembre y OctubreEnero 2015
Noviembre y DiciembreEnero 2015

Asimismo se determinó que el nuevo horario del Buzón Tributario comprende de las 9:30 a las 18 horas de la Zona Centro de la Ciudad de México, pero "Tratándose de promociones, solicitudes, avisos o cumplimiento a requerimientos, así como de la práctica de notificaciones electrónicas, aun cuando el acuse de recibo correspondiente señale la fecha y hora relativa a la Zona Cento de México, se considerará para efectos legales el uso horario del domicilio fiscal del contribuyente".

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Nuevas modificaciones del SAT en materia de facturación electrónica

La facturación electrónica a nivel global: en busca del estándar

Son muchas las ventajas de las facturas electrónicas frente a las facturas en papel, como la velocidad del manejo de la información, los procesos administrativos y de auditoría, sin mencionar los ahorros en el gasto de papelería y un menor índice de evasión de impuestos por facturación apócrifa.

Dadas estas ventajas y al crecimiento desbordante de los medios digitales en el mundo, no solamente en México se ha contemplado hacerla obligatoria sino en muchos otros países en los que aunque ya se emiten facturas digitales su uso no es obligatorio.

A pesar de que se dedican muchos esfuerzos para unificar los formatos de factura electrónica, cada país tiene sus normativas y diferencias legales en las exigencias tributarias, por lo que no siempre es posible el uso de la factura electrónica, especialmente en las relaciones con empresas extranjeras que tienen normativas distintas a las del propio país.

El procedimiento de la facturación electrónica a nivel global, con sus matices y diferencias, involucra necesariamente dos pasos:

1. Creación y almacenamiento en un fichero de datos de la factura tal cual se ha hecho tradicionalmente.

2. Firma con un certificado digital o electrónico propiedad del emisor que cifra el contenido de factura y añade el sello digital a la misma.

La gran diferencia con respecto a la facturación tradicional es que el soporte en el que se maneja y guarda esta información es digital, por lo que se involucra también la protección de los datos en este ámbito. 

Ante este contexto, la Organización de las Naciones Unidas ha propuesto a través de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) y de la UN/CEFACT, una estandarización sobre el manejo de datos para el comercio electrónico en general, particularmente el que está escrito en lenguaje XML. El estándar es llamado UNeDocs.

Este estándar de manejo de información es indispensable, ya que en la economía global contemporánea el comercio depende del rápido intercambio de bienes, dinero y servicios, que a su vez dependen de manejo de información.

Los bienes no se pueden mover tan rápido como los documentos que los describen. Cada año son vendidos en el mercado internacional bienes con un valor de más de 5,500 billones de dólares.

Asimismo, la organización GS1 ha organizado comités internacionales de usuarios de 108 países miembro, para conformar las guías de facturación electrónica estándar a nivel mundial.

Estas soluciones se están implementando ante un hecho irreversible: la migración de la factura al mundo digital en su contexto global.

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La facturación electrónica a nivel global: en busca del estándar

Las colegiaturas universitarias podrían ser deducibles de impuestos

Se presentó una iniciativa ante la Comisión Permanente para que el pago de colegiaturas a nivel superior también pueda deducirse de impuestos. La propuesta fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

En México, la deducibilidad no es fija pues no está establecida en la Ley del Impuesto Sobre la RentaSe da a conocer de manera anual mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Actualmente, las personas físicas pueden deducir los pagos de colegiaturas desde el nivel preescolar hasta bachillerato, pero no el de la educación superior.

Con esta reforma se pretende apoyar la economía de las familias que pagan colegiaturas en instituciones privadas.

En caso de ser aprobada, se añadiría una fracción IX al Artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en el que se establecen las deducciones personales que pueden hacer las personas físicas, entre las que también se encuentran:

I. Pagos por honorarios médicos, dentales y hospitalarios del contribuyente, su cónyuge o hijos.
II. Gastos funerarios que no excedan el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente.
III. Donativos a la Federación, diversas entidades, asociaciones y y sociedades civiles que otorguen becas, dados a conocer en el Diario Oficial de la Federación.
IV. Intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios.
V. Aportaciones complementarias de retiro
VI. Primas por seguros de gastos médicos independientes o complementarios a la seguridad social.
VII. Transportación escolar de los descendientes en línea recta del cotribuyente.
VIII. Pagos efectuados por concepto del impuesto local sobre ingresos por salarios y prestación de servicio personal subordinado.

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Las colegiaturas universitarias podrían ser deducibles de impuestos

El verdadero precio de la factura electrónica


La facturación electrónica ha supuesto algunos costos para los contribuyentes, pues aunque en teoría en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se pueden generar facturas electrónicas gratuitas, muchos usuarios reportan dificultades técnicas.

Una de las dificultades más frecuentes es que cada vez que el usuario intenta acceder, se le pide actualizar el java; al hacerlo, las computadoras se bloquean, no permiten la actualización y por lo tanto no se pueden hacer las dichosas facturas gratuitas.

Precio de la factura electrónicaPor ley, es obligación de los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) que brinden al menos una solución GRATIS para emitir facturación electrónica, sin embargo, algunas de ellas resultan demasiado carentes precisamente por ser gratuitas y muchos de ellos no administran catálogos de clientes o productos, ni integra otros complementos, los contribuyentes que emiten un gran volumen de operaciones requieren por fuerza de los servicios prestados por los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) para la certificación de sus comprobantes ya que son los únicos capaces de ofrecer el mejor timbrado en segundos. Los servicios tampoco realizan cálculos de impuestos ni certifican Facturas Electrónicas (CFDI) generadas por otros sistemas.

Por otra parte, las facturas electrónicas han bajado de precio, antes con 400 pesos encargabas 100 facturas en papel, a eso le tenías que sumar gastos derivados a la mensajería, impresión y el almacenaje, sumando todos estos gastos, en promedio cada factura llego a costar hasta 120 pesos pero ahora por comprobante las empresas se están gastando en promedio 12 pesos". Así que si estas dispuesto a invertir por obtener calidad y sobre todo la confianza de cumplir con tus obligaciones fiscales, te recomendamos contemples los siguientes requisitos antes de contratar un PAC:

  • • El PAC debe estar registrado en la lista de proveedores autorizados que se encuentra en el portal del SAT.
  • • Que contemple emisión, recepción y timbrado de Factura Electrónica en la modalidad de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
  • • Te permita generar reportes de desempeño.
  • • Cuente con un almacenaje de por lo menos 5 años que es lo que exige la ley.
  • • Sea una herramienta web ya que con ello, podrás ingresar sin limites de tiempo ni zona geográfica, además que tu información estará segura.
  • • Calculo de impuestos.
  • • Elaboración de catálogos para que así tengas un mayor orden con los comprobantes que emites.
  • • Portal de consulta y descarga.
  • • Que cuente con soporte técnico integrado. 

Debemos dejar de ver a la factura electrónica como una imposición fiscal y mejor enfoquemonos en sacar el máximo provecho posible, por ejemplo, ahora podremos estar 100% seguros si una factura es apócrifa o no, el costo como también ya nos dimos cuenta es menor y además estamos siendo empáticos con nuestro medio ambiente, ese es el verdadero precio de la factura electrónica.

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El verdadero precio de la factura electrónica

Dificultades para pymes por facturación electrónica

Mientras que la facturación electrónica pretende reconfigurar y facilitar la manera de hacer negocios en México disminuyendo las actividades ilícitas, muchos de los contribuyentes reportan dificultades para declarar sus impuestos por medios electrónicos.

Hay mucha gente que todavía no tiene conocimientos de computación suficientes para efectuar este trámite de manera eficaz. Recientemente en Monterrey se dieron a conocer casos de pequeños empresarios que por no poder implementar su firma electrónica han pensado en cerrar su negocio.

Los datos sobre el porcentaje de Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) que están en riesgo es alarmante. Tan solo el mes pasado José Luis Reyes, Director de Safe Data México, dio a conocer que al menos el 20% de las PYMES han tenido problemas con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), y los encabezados de algunos medios alertaban que el 70% de las PYMES, que representan la mayor fuente de trabajo en el país, podría desaparecer por esta situación.

Otra de las dificultades a las que se están enfrentando las PYMES es que no recuerdan que además de validar las propias facturas también deben validar las facturas de sus proveedores, pues si no lo hacen la deducción de impuestos no es aceptada por el SAT. Según el estudio de Safe Data "Hábitos de resguardo y administración de las facturas electrónicas e información" el 83% de las pymes incurren en este error.

Sin embargo, no hay que entrar en pánico al respecto, pues las empresas que ya están acostumbradas al uso de software contable o de ERP, en realidad tienen esta situación más controlada, pues hay plataformas amigables que automatizan este trámite, y que incluso son visualmente amigables.

Las pymes deben ser conscientes del nuevo panorama, aceptar el rol de las nuevas tecnologías en los procesos sociales y reeducarse en materia fiscal y tecnológica para que la reforma del SAT en materia de facturación dé los resultados esperados, más allá de ser un dolor de cabeza.  

Poco a poco los contribuyentes están conociendo las ventajas que ofrece facturar en la nube, muchos de ellos hacen su propia facturación. Quienes no estén listos para hacerlo por sí mismos, pueden contratar a terceros para que les brinden este servicio, pero siempre teniendo el debido cuidado de no caer en manos de oportunistas que quieran aprovecharse de su inexperiencia.

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Dificultades para pymes por facturación electrónica

Promueve el SAT Contabilidad Electrónica

En todos lados escuchamos hablar de la contabilidad electrónica, pero en realidad ¿Cuánto sabemos de ella?, muchas son especulaciones o conjeturas, nos dicen que tenemos que adoptar ese nuevo esquema y lo tenemos que hacer a más tardar en octubre pero ¿Qué es la contabilidad electrónica?, pues bien, a continuación les explicaremos un poco más a cerca de la misma.


¿Qué es la contabilidad electrónica?

La nueva Contabilidad Electrónica del Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca mejorar los procesos fiscales al estar al tanto de todos los movimientos comerciales de fiscalización de los contribuyentes, la única realidad es que se trata de la misma contabilidad fiscal que se ha venido trabajando desde hace varios años pero únicamente deberá ser enviada de manera electrónica y mensual al SAT. 

Lo que será enviado al SAT será la balanza de comprobación timbrada y toda aquella contabilidad del mes de julio se podrá entregar en agosto, septiembre o máximo octubre, en el caso de la balanza de agosto, podrá ser entregada en noviembre.

Las reglas para la contabilidad electrónica ya han sido publicadas por el SAT y a más tardar el día viernes, se prevé sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación, para con ello darle un soporte oficial.

Por el momento, los únicos contribuyentes que deberán realizar la contabilidad electrónica son las personas morales ya que será hasta enero del 2015 cuando las personas físicas se incorporen a esta nueva modalidad, a través del buzón tributario.

Se estima que únicamente un 5% de empresas se encuentran listas para implementar este esquema de contabilidad electrónica, sin embargo uno de los pasos más importantes para la adopción de este método de fiscalización es la recepción y emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), a pesar de que actualmente todos los contribuyentes se encuentran o deberían encontrarse facturando electrónicamente, muchos de ellos no se cercioran de que las facturas que reciben por parte de sus proveedores sean auténticas y validas, lo mejor es usar un sistema de verificación de comprobantes fiscales que ofrecen los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC). Sin embargo la tendencia que se muestra es que en cuestión de meses, la mayoría de las empresas deban cambiarse al esquema de verificación de comprobantes fiscales. 

La información contenida en la contabilidad electrónica le servirá al SAT para monitorear de una mejor manera todas las actividades comerciales de los contribuyentes, y en el supuesto de que no concuerde con la información proporcionada, deben reportar el origen de los ingresos extras o de la discrepancia fiscal ocurrida.

Lo que se pretende con ello es cambiar la manera de auditar los procesos contables y pasar de una auditoria por documento a estadísticas y reportes para conocer la tendencia del comportamiento fiscal de los contribuyentes. Una de las ventajas de este nuevo método de declaración fiscal es que reduce la cantidad de papel y elimina los espacios desperdiciados a causa del mismo, además que permite hacer más eficiente el proceso fiscal. 


¿Qué pasa si el SAT detecta movimientos irregulares?

En caso de detectar movimientos irregulares en la balanza de comprobación recibida mensualmente a través de la contabilidad electrónica, la autoridad fiscal solicitará al contribuyente la póliza contable en la cual se registran las operaciones diarias de los contribuyentes para cuadrar la información.


De la misma forma, el contribuyente deberá entregar las pólizas contables en caso de solicitar una devolución o compensación, esto con el fin de aclarar si procede o no dicha devolución. Los elementos que deberá contener la balanza de comprobación enviada al SAT de manera mensual, son el saldo inicial, movimientos del periodo y saldos finales.

¿Habrá multas para quienes incumplan con la contabilidad electrónica?

Así es, está plasmado en el artículo 84 del Código Fiscal de la Federación (CFF) ciertas multas para aquellos contribuyentes que no cumplan con la disposición de llevar una contabilidad electrónica en el plazo establecido por la autoridad o que no emitan CFDI´s de manera adecuada. Las multas oscilan en:
  •  • Entre 1,200 y 11,960 pesos a quienes no lleven contabilidad.
  •  • Entre 260 y 5,980 pesos a los que no cuenten con libro o registro especial de ingresos y gastos a que obligue la Ley, esta pena también aplica para quienes lleven su contabilidad en otros sitios a los que se establecidos por la ley.
  •  • Entre 260 y 4,790 pesos si no se realizan los asientos contables correspondientes a las operaciones efectuadas, de la misma manera aplica si se realizan incompletos, inexactos o fuera de los plazos respectivos.
  •  • Entre 730 y 9,560 pesos por no conservar la contabilidad a disposición de las autoridades.
  •  • Entre 12,070 a 69,000 pesos a quienes no expidan o entreguen CFDI´s o lo hagan sin cumplir con los requisitos oficiales que marca la ley y a quien no proporcione el XML.
  •  • De 13,570 a 77,600 pesos a quien expida CFDI asentando el Registro Federal de Contribuyentes de persona distinta a la que adquiere el bien o el servicio o a la que contrate el uso o goce temporal de bienes.
  •  • En caso de reincidir, la autoridad cuenta con las facultades para clausurar el establecimiento del contribuyente por un periodo de 3 a 15 días.

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Promueve el SAT Contabilidad Electrónica