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¿Qué documentos debo presentar para mi devolución?

Normalmente una devolución deberá efectuarse dentro del plazo de 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal, cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te corresponden, es un derecho fundamentado en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.


Si todavía no haces tu declaración aquí te decimos como hacerla y os documentos que tienes que tener:


  • Tengas firma electrónica vigente o e-firma portable.

 

  • Prepara la información que vas a anexar a tu solicitud de devolución en formato .zip y cuida que cada uno de los archivos no sean mayores a 4 MB.

 

  • Tengas presentada la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) del periodo que se trate, cuando solicites devoluciones de IVA.

 

  • Prepares el archivo generado con el programa electrónico F3241, disponible en el portal del SAT, llenando los anexos correspondientes de conformidad al impuesto que solicitas; siempre y cuando seas contribuyente competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General de Hidrocarburos o dictámenes de tus estados financieros.

 

  • Proporciones estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no exceda de 2 meses de antigüedad, que contenga el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).

 

Al final de todo este proceso tendrán que brindarte el acuse de recibo electrónico de la solicitud de la devolución.


Ver más:

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Qué documentos debo presentar para mi devolución?

¿Por qué el SAT rechazó mi declaración?


¿Presentaste tu declaración pero el SAT la rechazó?

No entres en pánico, es cierto que el Servicio de Administración Tributaria tiene la facultad para rechazar los datos que presentaste en tu declaración anual, sin embargo, aún puedes corregirlos y finalizar el trámite.

El rechazo de tu declaración anual podría
ser por motivos injustificados.
A continuación, te decimos cuales podrían ser las razones por las cuales el SAT rechazo tu declaración y la manera en la que puedes rectificar la situación.

Estas son las 2 razones de rechazo:

1. Ingresos: no se consideran el total de ingresos.

Si obtuviste ingresos por arrendamiento y/o por intereses pero solamente declaras los obtenidos por salarios; el SAT te dirá que la operación aritmética que utilizaste para obtener salarios no fue la correcta porque faltó acumular algunos ingresos.

2. Deducciones: deducciones personales improcedentes.

Sobre las deducciones personales, es decir, aquellos gastos por conceptos de honorarios médicos, dentales u hospitalarios, solo son reconocidas si el servicio se pagó a través del sistema financiero.

Recuerda que la Ley de ISR establece que si vas a pagar uno de estos servicios, debes hacerlo con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cheque, y muchos contribuyentes pagaron en efectivo.

Por otra parte, existen 2 razones de rechazo que se consideran como injustificadas.

1. Cuenta CLABE: error del sistema del SAT.

Para que proceda la devolución automática del saldo a favor, es necesario que registres la Clabe interbancaria en la que deseas recibir la transferencia.

En ocasiones cuando la Clabe iniciaba con el digito cero, la plataforma que empleó el SAT rechazaba dichas cuentas que pues lo identificaba como la letra 'O'.

Fue hasta después que el SAT modificó su sistema para erradicar el error.

2. Atribución de más de un patrón.

Otro error que se detectó en el sistema del SAT, es la atribución al contribuyente de más de un empleador, es decir, lo está vinculando sin haber tenido ninguna relación laboral.

El sistema les decía a los contribuyentes que tuvo dos patrones, por lo que se debía informar al SAT y presentar una constancia de percepciones.

Si te encuentras en alguna de estas situaciones, te recomendamos solicitar al SAT el detalle del rechazo. Recuerda que cuentas con el apoyo de nuestros especialistas en materia fiscal para resolver tus dudas.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Por qué el SAT rechazó mi declaración?