Nuevas actualizaciones
Menú
Publicaciones recientes
Mostrando las entradas con la etiqueta resolución miscelánea fiscal para 2017. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta resolución miscelánea fiscal para 2017. Mostrar todas las entradas

Publican versión anticipada de la 5° RMF para 2017

En la versión  anticipada del a 5° RMF para 2017, el SAT
modificó principalmente aquellos asuntos relacionados con
donatarias autorizadas.
Este martes, el Servicio de Administración Tributaria, dio a conocer la versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017.

En el documento se especifican los cambios que se darán al Anexo 1-A, el cual hace referencia a los trámites fiscales que se llevan a cabo en la dependencia.

Aunque no se implementaron nuevas reglas, vale la pena dar una breve revisión a las modificaciones y adiciones:

Se reforman:
  • Información de la Declaración Anual informativa País por País del grupo empresarial multinacional
  • Autorización a las organizaciones civiles y fideicomisos para recibir donativos deducibles
  • Publicación de directorios de las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles revocados y no renovados.
  • Información relativa a la transparencia y al uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación.
  • Definición de transporte privado de personas o de carga.

Se adicionan:
  • Expedición de CFDI y registros en Mis Cuentas, facilidad para los contribuyentes con domicilio fiscal o establecimientos en las entidades declaradas como zonas de desastre natural.
  • Pago en parcialidades del IVA e IEPS y las retenciones del ISR por salarios y por la prestación de un servicio personal subordinado, excepto asimilados a salarios de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017.
  • Diferimiento del pago a plazos, autorizado con anterioridad al mes de septiembre de 2017.
  • Devolución del IVA para los contribuyentes con domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las entidades declaradas como zonas de desastre natural.
  • Devolución del IVA por gastos e inversiones en el reacondicionamiento, reparación o reconstrucción en las entidades declaradas como zonas de desastre natural.

Publicadas por Facturación Electrónica

Publican versión anticipada de la 5° RMF para 2017

Implementan Contabilidad Electrónica 1.3

La contabilidad electrónica 1.3 modifica la
estructura de los XML de tus documentos fiscales.
Adicional a los cambios a la facturación electrónica, este año los contribuyentes debemos atender las modificaciones establecidas por el Servicio de Administración Tributaria para presentar nuestra contabilidad electrónica en la versión 1.3

Pese a que no se ha dado a conocer oficialmente la fecha de entrada en vigor de esta obligación fiscal, la publicación del Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 se dio a principios del año.

En el documento, el SAT transmitió nuevas indicaciones para la elaboración de los archivos XML que se entregan como parte de la contabilidad electrónica, entre ellos:

Auxiliares y Pólizas
  • Se modifica el patrón del número de orden de 0 a 9, quedando en 13 caracteres.
  • Permite ingresar un número de trámite con longitud de 14 caracteres.

Balanza de comprobación
  • No podrán enviarse balanzas con fecha anterior al 2015.
  • El importe del documento puede alcanzar un límite de 22 dígitos.

Catálogo de cuentas
  • Las Activos, Pasivos y Capitales se consideran parte de la naturaleza de la cuentas por lo tanto se incluyen en el catálogo y pueden clasificadas como Deudoras o Acreedoras.

Además, el método de cobro de la póliza debe ser especificado si se paga o cobra con transferencia electrónica, cheque u otro, cada uno de los cuales cuenta con un nodo para registrar la información

En ese sentido, a diferencia de la versión 1.1, la versión 1.3:

Nodo opcional para relacionar el detalle de las transferencias bancarias que integran la póliza, se convierte en requerido cuando exista una SALIDA O ENTRADA de recursos que involucre este método de pago o cobro por parte del contribuyente que envía los datos. Además se convierte en requerido cuando se realicen transacciones entre las cuentas propias del contribuyente.


Si estás registrado como persona moral o física con actividades empresariales con un ingreso superior a 2 millones de pesos presentar tu contabilidad electrónica en la versión 1.3 es una de tus obligaciones fiscales con mayor importancia.

Publicadas por Facturación Electrónica

Implementan Contabilidad Electrónica 1.3