Practicas fiscales indebidas por esquema de subcontratación-SAT

Facturaxion, miércoles 27 de abril, 2016.

Con el objetivo de disminuir y aclarar las practicas fiscales indebidas cometidas por empresas que utilizan esquemas de subcontratación el Servicio de Administración Tributaria-SAT dio a conocer el día de hoy mediante un comunicado de prensa en su página web oficial el criterio para evitar prácticas fiscales indebidas a través de sindicatos.

Dicho criterio se encuentra en el Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 y está dirigido principalmente a empleadores que utilizan sindicatos para dispersar el pago de sueldos y salarios o asimilados a estos, con el propósito de evitar la dispersión del pago de sueldos a los trabajadores a través de presuntas cuotas sindicales, gastos por servicios o de previsión social o apoyos previstos de manera general en el contrato colectivo de trabajo.

Los siguientes supuestos se consideran prácticas fiscales indebidas:

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