De acuerdo con la pasada Reforma
Fiscal 2014 aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación, se
estableció la obligación para todos los contribuyentes de emitir Nómina vía
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o Nómina Electrónica a partir
del 1 de enero del presente año (2014). De acuerdo con lo anterior, surgieron dudas de
si existiría prórroga para la nómina electrónica o no.
La Resolución Miscelánea Fiscal
para 2014 estableció en el artículo 45 transitorio que los contribuyentes que
se encuentren imposibilitados para cumplir con lo dispuesto en el artículo 29 del Código Fiscal de la
Federación (CFF) y el artículo 99, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la
Renta (ISR) de expedir un CFDI por concepto de pago de salarios o nóminaelectrónica, así como por las retenciones de contribuciones que efectúen
durante el periodo que abarca al 1 de enero de 2014 al 31 de marzo de 2014,
siempre y cuando el 1 de abril de 2014 se haya finalizado la migración al
esquema de CFDI o nómina electrónica de cada pago o retención efectuadas por
las que hayan tomado la opción de diferimiento señalada.
En cuanto al Régimen de
Incorporación Fiscal, anteriormente llamado Repecos no están obligados hasta el
31 de marzo de 2014 a expedir nómina electrónica por las remuneraciones que
efectúen por concepto de salarios y en general, por la prestación de un
servicio personal subordinado, ni por las retenciones de contribuciones que
efectúen.
El SAT dio a conocer que la
prórroga para la nómina electrónica que se otorgó de tres meses será un apoyo
para quienes se incorporen al programa durante el lapso de prórroga, así que
invito a todos los contribuyentes que no lo han hecho a darse de alta en el
servicio de manera pronta para así evitar incurrir en alguna falta ante las autoridades
fiscales.
La nómina electrónica pretende
ser un medio de información para la correcta fiscalización de empresas y
representan un avance importante para sistematizar el proceso contributivo y de
desarrollo para la recaudación fiscal en el país, lo recomendable es no dejar la migración a ultimo momento ya que no habrá otra prórroga para cambiar a este nuevo esquema de emitir nómina.
Lo que debes hacer para comenzar a emitir nómina es necesario contar con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), el Certificado de Sello Digital y acudir con un Auxiliar de Comprobación Autorizado (anteriormente nombrado Proveedor Autorizado de Certificación PAC) y podrás emitir nómina electrónica al instante.
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