CONSEJOS FISCALES PARA 2014


El 2014 está considerado como un año lleno de enormes cambios en materia fiscal, incluso por algunos expertos está considerado como el año de la facturacion electrónica. En este año se adicionan nuevas reglas en el ámbito de recaudación y con el firme propósito de tener un mejor control tributario, a continuación enlistamos una serie de consejos fiscalesa tomar en cuenta para este 2014.


1. La migración a la facturacion electronica.- A partir del primero de abril de 2014 absolutamente todas las personas físicas o morales tendrán que emitir únicamente Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturacion electronica, independientemente del monto de sus ingresos, esto para poder deducir los gastos realizados. Por lo que se encuentran eliminados o sin validez oficial los Estados de Cuenta, comprobantes impresos con código de barras bidimensional y Comprobantes Fiscales Digitales (CFD).  Así mismo, los recibos de nómina por concepto de salarios y asimilados tendrán que emitir CFDI.

2. Nomina.- En cuanto al tema d la nómina, habrá varios cambios, entre ellos se encuentra que los pagos a trabajadores por concepto de sueldos o salarios deberán ser timbrados, esto es, a partir del 1 de abril del año en curso, serán CFDI. Aunado a esto, sólo se permitirá deducir el 47% de los pagos que resulten de ingresos exentos para los trabajadores, el importe puede incrementar hasta 53% máximo siempre y cuando las prestaciones exentas brindadas a los colaboradores de la organización no disminuya en comparación de las realizadas durante el ejercicio anterior.

Los pagos cuyos montos excedan los $2,000.00 pesos serán únicamente deducibles si se realiza el pago con cheque nominativo, incluyendo una leyenda especial (“para abono en cuenta”), transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o servicios, así como por los monederos electrónicos autorizados del SAT.

Otro cambio impacta a los llamados vales de despensa, ya que dichos vales sólo podrán ser deducibles si se brindan a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT.

3. Discrepancia fiscal.- A partir del 2014 el proceso para fijar el monto de los ingresos que fueron omitidos por las personas físicas cuyas erogaciones superen los ingresos declarados será modificado, aunado a esto, se adiciona al concepto de erogaciones los depósitos efectuados en tarjetas de crédito. Debemos recordar que son consideradas como erogaciones los gastos, adquisición de bienes, depósitos en cuentas bancarias, inversiones financieras y tarjetas de crédito.

4. Adiós REPECOS.- El régimen de Pequeños Contribuyentes mejor conocido como REPECOS, así como el régimen de intermediarios desaparecen para darle paso al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) el cual se aplica a todos aquellos que enajenen productos o presten servicios (a excepción de aquellos que requieran título profesional) cuyos ingresos anuales sean como máximo $2, 000,000.00 de pesos, en el que podrán permanecer como máximo 10 ejercicios consecutivos.

5. Sistematización Contable.- Con todas las medidas que se están tomando como la adopción de la facturacion electronica y la nómina en el esquema CFDI, lo que se busca es romper con la burocratización que existía en temas fiscales y sistematizar los procesos de declaraciones, el objetivo de estos cambios fiscales es llegar a obtener una contabilidad electrónica, de manera en que la información contable del contribuyente se aloje mes a mes en la página de internet del SAT mediante un portal exclusivo y seguro.

6. Buzón tributario.- El buzón tributario entrará en vigor para personas morales a partir del 30 de junio del 2014 y a partir del 1 de enero del 2015 para personas físicas, dicho buzón se estableció con el firme propósito de establecer un correcto sistema de comunicación entre el contribuyente y la autoridad para presentar promociones, solicitudes, avisos, requerimientos, consultas, entre otros muchos más. Es importante mencionar que es importante que el contribuyente consulte con regularidad dicho buzón para mantenerse al día con la autoridad fiscal.

7. Dividendos.- Queda establecido a partir de este año (2014) un ISR adicional de 10% al reparto de dividendos, dicho porcentaje queda a cargo de la persona física y tendrá el carácter de pago definitivo, dicho impuesto será retenido por la persona moral que lo reparta.

8. Deducciones en inversiones.- Las inversiones ya no contarán con la deducción inmediata ya que esta queda eliminada, a partir de este año (2014) sólo podrán deducirse aplicando los porcentajes establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Aunado a esto, tratándose de inversiones en automóviles cuyo valor oscile entre los $175,000.00 y los $130,000.00, disminuirá el importe de la deducción, también se ajustará la deducción por concepto de renta de autos a $200.00 diarios.

9. Limitación de deducciones personales.- Queda limitado el importe de las deducciones personales por una cantidad equivalente a 4 SMG elevados al año o al 10% de los ingresos en el año, la que resulte más baja. Para proceder con la deducción es importante que los gastos sean pagados a través del sistema financiero mexicano (tarjetas, transferencia bancaria o cheques).

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2 comentarios:
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  1. Hola tengo una duda, las personas físicas que presentaron sus declaraciones del 2014 en el esquema anterior, ¿deben hacer complementaria en el servicio de Declaraciones y pagos?

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    Respuestas
    1. Estimada Jennifer Selter:

      No es necesario, ya que se registraron como fueron presentadas.

      Saludos.

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