PRIMA DE RIESGOS 2015.

Cada año, durante el mes de Febrero, es obligación de los patrones presentar la Declaración de la Prima de Riesgos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), esta prima es una cuota que debe ser pagada por el patrón, con el fin de cubrir aquellos riesgos a los que sus trabajadores se exponen por laborar en dicha organización.
La fecha máxima para presentar el resultado obtenido del cálculo de siniestralidad ocurrida a lo largo de los últimos 365 días dentro de su organización será el 2 de Marzo del presente año.
La prima de Riesgos es de carácter obligatorio y en caso de no presentarla las multas a las que podrá hacerse acreedor podrán llegar a sumar hasta los $14, 721 pesos, lo que equivale a 210 veces el salario mínimo, sin embargo, no todos los patrones están obligados a presentar dicha prima, por lo que estarán exentos:

-Aquellos patrones que se hayan inscrito por primera vez al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
-Cuando el número de trabajadores con los que se cuenta no supera los 10, siempre y cuando se cumpla con el pago de prima media que corresponda.
-Cuando no se hayan reportado algún siniestros durante el periodo anterior.
-Cuando la prima vigente sea igual que la prima anterior.
-Cuando se haya cambiado la clase de riesgo, resultado de una alteración en sus actividades empresariales.
Es importante destacar, que dentro del cálculo de la prima de Riesgos no se consideran las incapacidades derivadas de accidentes causados fuera del área de trabajo, por ejemplo, el traslado de un trabajador de su domicilio al trabajo.
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1 comentario:
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