ATENCIÓN a todos los abogados, asesores,
dentistas, contadores, médicos, consultores, diseñadores, y cualquier profesionista
independiente, que son las personas que trabajan por su cuenta, sin estar en la
nómina de ninguna empresa. Como probablemente ya saben, todas las empresas,
negocios y trabajadores independientes que tengan ingresos por arriba de
$250,000 anuales, lo que equivale a alrededor de $21,000 al mes, a partir del siguiente año
tendrán que dejar de emitir recibos de honorarios en papel. Además, es
aconsejable para todos los contribuyentes, sin importar el monto de sus
ingresos, el cambiar para generar facturas electronicas, por motivos que hemos
publicado en algunos artículos pasados.
Aunque sabemos que el proceso de
facturacion electronica no es para nada complicado, también estamos consientes
de que este asunto de dejar de facturar en papel podría llegar ser confuso para
los que no están familiarizados con el tema. Por tal motivo nos hemos dado a la
tarea de servir a ustedes como asesores para guiarlos a realizar la transición
de emitir recibos de honorarios u otros comprobantes fiscales en papel a
facturar electronicamente. Por consiguiente, estamos abiertos a cualquier
pregunta, comentario y opinión acerca de este tema. Así que deja cualquier duda
en la sección de ‘comentarios’ y nosotros la atenderemos.
Para empezar, lo que tienes que
saber es que ya no necesitarás imprimir
tus recibos de honorarios para entregarlos a tus clientes. El proveedor de
facturas electronicas que elijas, te proveerá de algún software o portal en
internet que te permitirá capturar los datos necesarios para generar tus
recibos de honorarios y bastará con
enviarlas vía correo electrónico a tus clientes.
Ahora sí, para hacer el cambio ante
el SAT de facturacion en papel a facturacion electronica, lo que tienes que
hacer es lo siguiente:
Primero, es necesario que con tu
FIEL tramites tu Certificado de Sello Digital (CSD), procedimiento que
detallamos en un artículo anterior que trata del cambio de CBB a CFDI. Para
verlo, haz click aquí.
Después, ya que tienes tu CSD,
acude con algún proveedor de facturas electronicas, que oficialmente se llaman ‘Proveedor
Autorizado de Certificación’ (PAC). Haz click aquí para ver algunos consejos para elegir adecuadamente
un PAC. También haz click aquí
para ver los mitos y realidades acerca de la facturacion electronica, para que
no te dejes sorprender.
Listo, ya podrás emitir facturas
electronicas en cuanto te registres con algún PAC.
Aquí podrás encontrar las soluciones que FACTURAXION
te ofrece como PAC autorizado, ¡incluyendo nuestra solución gratuita!
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Dudota: Los últimos años mis ingresos ante hacienda han sido de $0 mes con mes, sin embargo no dejo de declarar cada mes esa cantidad, ¿es necesario cambiarme para generar facturas electrónicas? nota: nunca he expedido facturas ni en papel ni de ningun tipo, no ha sido necesario. Les agradeceria su atenta respuesta
ResponderBorrarEstimado Ivan:
BorrarEs necesario conocer el tipo de régimen fiscal que manejas, te aconsejamos acudas con un contador o abogado para que te indique el tipo de régimen fiscal que tienes y a partir de ello, si necesitas emitir factura electrónica te podemos ayudar.
Hola que tal?, mi empleador me esta pidiendo recibo de honorario electrónico, ¿requiero contratar algún servicio? o ¿puedo hacerlo desde el portal de SAT? y ¿Tienen ustedes alguna guía para dicha cuestión? de antemano gracias y saludos!
ResponderBorrarKocheua Yolixtli:
BorrarPara emitir recibos de honorarios electrónicos o en versión CFDI, puedes contratar el servicio de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) o si así lo prefieres, desde el portal del SAT, te compartimos un video tutorial para emitir recibos honorarios, si bien los prefieres realizar con un PAC te comentamos que contamos con la solución MicroPYMES, mediante la cual podrás emitir cualquier tipo de comprobante fiscal (incluido el recibo de honorario) desde un portal web. Para más informes puedes comunicarte al (55) 12 07 07 08 donde con gusto un experto te asesorará de manera GRATUITA.
https://www.youtube.com/watch?v=kUlfWu3b3mw
Saludos.
Saludos, mi nombre es Israel Arias, desde hace años vengo expidiendo recibos de honorarios por estar dado de alta ante el SAT como prestador de servicios, ahora mi empleador me solicita facturas he escuchado que ya no es necesario hacer algún cambio ante ante el SAT y ahora puedo expedir; recibos de honorarios con retenciones o Facturas. Muchas gracias por todo.
ResponderBorrarEstimado Israel, así es, no es necesario modificar nada, lo que tienes que tramitar en caso de no contar con ello es, tu Firma Electrónica Avanzada (Fiel) en las oficinas del SAT y una vez que la obtengas, tramitar su Certificado de Sello Digital y entonces puedes proceder a emitir cualquier Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) incluyendo los recibos de honorarios, recuerda acudir únicamente con un Proveedor Autorizado de Certificación como Facturaxion para que te brinde el servicio.
BorrarSaludos.
Hola, yo tengo una duda estoy dada de alta como Servicios Profesionales y doy recibos, para poder dar facturas en lugar de recibos tengo que cambiar de obligación fiscal? y si es así tengo que tener cierta cantidad de ingreso para hacer el cambio?
ResponderBorrarEstimada Maleny:
BorrarSi deseas continuar realizando las actividades que venias haciendo, no es necesario que cambies tu obligación fiscal, lo único que debes hacer es emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) ya rea recibo de honorario o factura electrónica (esto depende de tu actividad) y no debes percibir cierta cantidad mínima.
Saludos y excelente día.
Hola, mi duda es la siguiente: estoy contratada como proovedor externo de una empresa y me piden factura electrónica. Mi contador dice que por ser factura no aplican las retenciones, pero la empresa dice que sí por mi régimen fiscal de persona con actividades profesionales y empresariales. ¿Podrían ayudarme? Muchas gracias.
ResponderBorrarGabriela,
BorrarTodo depende del bien o el servicio que le haya prestado a su proveedor, depende del concepto que este facturando, por eso tal vez el contador dice que no lleva retenciones a pesar de estar con su régimen de actividades profesionales.
Saludos.
Cuando se emiten recibos de honorarios y cuando facturas son trabajador independiente. Gracias
ResponderBorrarEstimada Lic. Carmen Hernandez,
BorrarDepende mucho del tipo de régimen en el que estén dados de alta ante el SAT, para emitir recibos de honorarios se debe de estar como servicios profesionales.
Saludos.
¿Cuando se emiten los recibos de honorarios y cuando las facturas? Gracias
ResponderBorrarEstimado Pc Servicios esto depende mucho del tipo de régimen en el que estén dados de alta ante el SAT, para emitir recibos de honorarios se debe de estar como servicios profesionales.
BorrarSaludos.
Disculpen, si presto un servicio de seguridad privada en un edificio y me piden que extienda un recibo de honorarios o factura por lo que me dan de sueldo, debo darme de alta en hacienda, es esto correcto y legal. Gracias.
ResponderBorrarEstimado PKTORH, efectivamente debes de registrarte ante el SAT, en donde podrás elegir el régimen que mejor te convenga, para poder emitir un recibo de honorarios por el monto de sueldo que recibes a cambio de tus servicios de seguridad.
BorrarPara poder darte de alta ante el SAT usted puede realizar una cita en las oficinas más cercanas a su domicilio a través de una cita por medio de teléfono 01 800 46 36 728 o bien, realizar el tramite en la siguiente liga https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/
Saludos
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ResponderBorrarBuenas tardes: Trabajamos para el ayuntamiento de la ciudad y nos cambiaron el contrato como prestadores de servicios profesionales anteriormente estábamos por salarios asimilables, tenemos muchas dudas, pero ahorita la principal es si como prestadores de servicios debemos de emitir factura o recibo de honorarios. Aquí en el trabajo nos piden factura, pero una amiga me comento que no debo emitir factura sino recibo de honorarios ya que no tengo fines empresariales solo ofrezco mis servicios profesionales. Que si continuo emitiendo facturas esto me traera problemas a futuro en una auditoria debido a que los impuestos son mayores, qué es lo correcto de hacer?. Estoy bajo el regimen de las personas fisicas con actividades empresariales y profesionales.
ResponderBorrarHola Cristina, Buen día, permítenos ayudarte un poco. Primero que nada, te comento que todo dependerá del régimen en que tributes, ya que el denominado Actividad Empresarial y Profesional permite dos actividades, la empresarial y la profesional, aquellos que se dediquen a ofrecer servicios profesionales expiden recibos de honorarios y solo los que realicen actividades empresariales expiden facturas. De cualquier forma, tanto los recibos de honorarios como las facturas son Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Saludos!
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