Nuevas actualizaciones
Menú
Publicaciones recientes
Mostrando las entradas con la etiqueta cfdi pagos. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta cfdi pagos. Mostrar todas las entradas

¿Cuándo NO emitir el complemento para pagos?


Falta menos de un mes para la entrada en vigor del uso obligatorio de la factura electrónica con complemento para pagos, sin embargo, no en todos los casos se debe emitir dicho CFDI.

A partir del  1° de septiembre del 2018, se comenzará a utilizar la factura de tipo pago y el complemento para pagos para registrar los pagos en parcialidades y diferidos, así como, aquellos que se realizaron posterior a la emisión del CFDI.

Te invitamos a conocer 3 supuestos en los que NO será requerido por la autoridad fiscal, la emisión del recibo electrónico de pagos:

a)   Pago para liquidar varias facturas.
Emite una sola factura con el complemento para recepción de pagos en el que se incluya el campo UUID y registra el folio fiscal de todos los comprobantes que se liquidan. NO emitas un recibo electrónico de pagos por cada comprobante que se liquida.

b)    Pago al momento de realizar la operación.
Cuando el pago se realiza al momento de emitir la factura electrónica por una operación, NO existe la obligación de expedir el recibo electrónico de pagos, ya que en ese momento se puede indicar en el CFDI la forma en la que se efectuó el pago.

c)    Antes del 1° de septiembre del 2018.
Podrá NO emitirse el CFDI con complemento para recepción de pagos también denominado recibo electrónico de pago, en el periodo previo al 1° de septiembre del 2018, no obstante, sí se debe expedir la factura por las transacciones realizadas.


En Facturaxion en la Nube nos encontramos trabajando en la implementación en nuestro Portal y Web Service el nuevo esquema para la emisión la factura electrónica con complemento para pagos. Regístrate gratis en www.facturaxion.com y realiza tus pruebas antes del 1° de septiembre del 2018.

Suscríbete a nuestro newsletter y recibe más información como esta, al instante.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cuándo NO emitir el complemento para pagos?

Prácticas indebidas en el CFDI de pagos


Conoce los cuidados especiales al emitir
el complemento para pagos.
A raíz de que se estableció el 1 de septiembre del 2018 como fecha inicial para emitir el complemento para pagos, el SAT se ha dado a la tarea de informar a los contribuyentes acerca del debido uso de este tipo de factura.

Con ello, también se busca evitar que los usuarios cometan errores al capturar, emitir o recibir el CFDI de pagos, lo que se podría traducir en prácticas indebidas y a la larga en multas o sanciones.

Cancelaciones
Recuerda que los CFDI de pagos están relacionadas con los comprobantes que se emiten por cada una de las parcialidades, por lo que esta factura no puede ser cancelada.

Te puede interesar: ¿Cómo se cancela un CFDI relacionado?

Errores de captura
Identifica el catálogo de forma de pago y utiliza la clave PUE, así como la clave PPD en el campo método de pago a la hora de emitir el CFDI de tipo pago.

Es importante señalar que, en este momento no es necesario expedir la factura con el complemento para recepción de pagos, sino hasta el momento de recibir el pago.

No emitir el CFDI con el complemento
Existen tres motivos diferentes en los que el complemento para pagos debe ser añadido a una factura electrónica:

·         Pago en una sola exhibición previo a emitir el CFDI
·         Pago diferido
·         Pago en parcialidades

En caso de identificarse la omisión de alguna de las anteriores, el SAT podría emitir una sanción al contribuyente hasta por 14 mil pesos.

Apóyate en el equipo Facturaxion en la Nube para cumplir con la disposición fiscal del complemento para pagos, recuerda que nuestros servicios cuentan con todos los complementos fiscales.

Escríbenos tus dudas en la sección de comentarios o suscríbete a nuestro newsletter para recibir más información.

Publicadas por Facturación Electrónica

Prácticas indebidas en el CFDI de pagos

Expedición del CFDI de pagos


¿Has recibido el pago de tus servicios o productos en parcialidades?

Representa en tus facturas los pagos en parcialidades
con el complemento para pagos.
Unos meses atrás, se dio a conocer un modelo de factura electrónica que permite a los contribuyentes comprobar cada uno de los pagos realizados a un total, estamos hablando del complemento para pagos.

La emisión de un comprobante fiscal con complemento de recepción de pagos se debe usar de manera obligatoria a partir del 1 de septiembre.

De acuerdo los artículos 29, párrafos primero, segundo, fracción VI y último párrafo y 29-A, primer párrafo, fracción VII, inciso b) del CFF, se establece:

Cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición, se emitirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y posteriormente se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se reciban…

De la misma forma, se deberá señalar "cero" en el campo "Total", sin registrar dato alguno en los campos "método de pago" y "forma de pago", debiendo incorporar al mismo el "Complemento para recepción de pagos" que al efecto se publique en el Portal del SAT.

El monto del pago se aplicará proporcionalmente a los conceptos integrados en el comprobante emitido por el valor total de la operación a que se refiere el primer párrafo de la presente regla.

Los contribuyentes que al momento de expedir el CFDI no reciban el pago de la contraprestación, deberán utilizar el mecanismo contenido en la presente regla para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación.

Para efectos de la emisión del CFDI con "Complemento para recepción de pagos", podrá emitirse uno sólo por cada pago recibido o uno por todos los pagos recibidos en un período de un mes, siempre que estos correspondan a un mismo receptor del comprobante.

El CFDI con "Complemento para recepción de pagos" deberá emitirse a más tardar al décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos.

¿Por qué utilizar el complemento para pagos?

·         Evita cancelaciones indebidas de facturas.
·         Evita falsas duplicidades de ingresos en facturación de parcialidades.​
·         Sabrás si una factura ha sido o no pagada.

Además, añadir a tus facturas el nuevo complemento para pagos es una buena idea si recibes el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero ésta no es cubierta al momento de la expedición de la misma.

Incluso cuando se trate de operaciones a crédito y éstas se paguen totalmente en una fecha posterior a la emisión de la factura correspondiente.​​ 

Descubre quiénes deben utilizar el complemento para pagos, aquí.

Suscríbete a nuestro newsletter y recibe más información al momento sobre cambios fiscales.

Publicadas por Facturación Electrónica

Expedición del CFDI de pagos