PRÁCTICAS FISCALES INDEBIDAS.

El servicio de Administración Tributario (SAT) ha dado a conocer 4 prácticas fiscales indebidas.
La Práctica Fiscal Indebida es identificada cuando los intermediarios financieros no actúen conforme a los sanos usos y prácticas bursátiles y evadan cargas y obligaciones impositivas.
A continuación se enlistas las prácticas fiscales indebidas publicadas por el SAT en el Diario Oficial de la Federación.

1.- Falta de cobro del 8% de IEPS a productos como polvo de chocolate, alimento en polvo para preparar una bebida sabor chocolate, extractos, modificadores, entre otros.
Se deben de considerar como gravados los productos derivados del cacao, que contengan más de 275 kilocalorías.
2.-  Es considerada una práctica fiscal indebida, la deducción de comprobantes fiscales relacionados con el ISR o acreditación de IVA, otorgados por un sindicato.
3.- Existen prácticas fiscales indebidas relacionadas a la importación de mercancías y el pago de las contribuciones, consecuencia del no cumplimiento de las restricciones no arancelarias e incluso normas oficiales.
4.- Es considerada una práctica fiscal indebida que en lugar de emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) se ponga a disposición de los usuarios una plataforma electrónica o página web para realizar el procedimiento él mismo. Entrada más reciente Entrada antigua

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