Entre los
diversos cambios que sufrirán los CFDI, se encuentran los recibos de Nómina y
es que los cargos efectuados por concepto de salarios y prestación de servicio
personal tendrán que avalarse bajo un formato de Comprobante Fiscal Digital por
Internet o de lo contrario no podrán ser deducibles, esto con base en las
reglas de comprobantes fiscales del SAT.
Desde el
2014 las Nóminas deben de emitirse a través de Factura electrónica y hasta el
momento, la fecha máxima para emitir CFDI de nóminas es el 31 de enero del 2015.
Es
obligación de los patrones emitir CFDI por pago de nómina y de igual manera,
hacerles llegar a sus trabajadores el archivo XML junto con su representación
impresa (PDF), la cual debe contener el folio fiscal, el RFC del empleador y el
RFC del empleado.
Es
importante que sepas que como patrón se tiene la obligación de expedir CFDI de
nómina y debe hacerse dentro de los primeros tres días hábiles posteriores al
pago, dicho documento se encuentra dividido en elementos como lo son:
atributos; requeridos y opcionales. A continuación se muestra una tabla con el
contenido de los atributos para la expedición del CFDI de nóminas.
A continuación se muestran los atributos requeridos
para las percepciones, las deducciones, las incapacidades y las horas extras.
Los empleados tienen que emitir CFDI nómina, sin
embargo es obligación de los empleadores emitir dicho CFDI a nombre de sus
trabajadores, por lo que es necesario conocer la parte técnica del CFDI lo que
permitirá hacer valer dicha obligación.
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