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SAT denuncia abuso en los derechos de los contribuyentes


El SAT considera que obligar a las empresas a reportar ingresos relevantes
es una violación a sus derechos
A raíz de la resolución emitida por la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, el Servicio de Administración Tributaria, emitió un comunicado mediante el cual anunció que propondrá reformar el Código Fiscal de la Federación.

La autoridad recaudadora dijo respetar a las instituciones y el cabal cumplimiento de la Ley, por lo que consideró que obligar a los contribuyentes a presentar la información de operaciones relevantes, “es violatoria de las garantías de legalidad y seguridad jurídica”.

Fue el pasado 16 de noviembre cuando en su calidad de máxima autoridad judicial, la SCJN resolvió que la disposición contenida en el Código Fiscal de la Federación está por encima de los derechos de los contribuyentes por lo que pone en peligro su integridad fiscal. 

Con lo anterior se refieren a las disposiciones del artículo 31 del Código Fiscal, la cuales obligan, desde 2014, a las empresas a reportar a las autoridades, los ingresos superiores a 100 millones de pesos.

Ante esta situación el caso llegó a la Corte, donde diversas empresas solicitaron un amparo, en caso de ganarlo, las compañías no deberán presentar la información requerida hasta que se modifique mencionado artículo.

Es por todo lo anterior que el SAT solicitará a la Subsecretaria de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público “la elaboración de una propuesta de reforma al CFF, a fin de que sea sometida al proceso legislativo correspondiente y en la que se subsanen los vicios de inconstitucionalidad señalados por el Máximo Tribunal al otorgar el amparo”.

Finalmente, el órgano señaló que continuará velando por los intereses de los contribuyentes y la población en general para brindar certeza jurídica a las disposiciones fiscales que combatan frontalmente conductas tendientes a realizar prácticas fiscales ilegales.

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SAT denuncia abuso en los derechos de los contribuyentes

¿Son justos los honorarios que cobras por “llevar una contabilidad”?



Toma en cuenta el tipo de cliente y valora tu experiencia profesional
Dado que no existe un parámetro para calcular cuánto cobrar por el servicio de un contador, el monto del mismo se establece con base a un libre acuerdo entre cada despacho y cliente.
Sin embargo, al trabajar de manera independiente esto podría resultar más difícil de lo que se piensa. La Casa del Contador recomienda que para tomar confianza y no dudar de si estamos pidiendo más dinero de lo que debemos es basarte en los fundamentos legales correspondientes.
Por ejemplo, la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, la cual se refiere al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México, en ella, el artículo 24, establece que “cualquier servicio propio de cada profesión” aunque se trate de una consulta corta.
Por otra parte el artículo 25, explica que para ejercer una profesión se requiere:
  • Estar en pleno goce y ejercicio de los derechos civiles
  • Poseer título legalmente expedido y debidamente registrado
  • Obtener de la Dirección General de Profesores patente de ejercicio
Cabe mencionar que el artículo 250, en el capítulo VII, señala que se sancionará a quienes practiquen una profesión sin tener un título profesional y/o se atribuya las capacidades de un profesionista.
Para los Contadores Públicos, o cualquier otro nombre de acuerdo al título que cada universidad expida, instituye las siguientes obligaciones:
  • Cumplir con las leyes y reglamentos relevantes
  • Evitar acciones que puedan desacreditar a la profesión
Una vez que se cumpla con todo lo anterior, el consultor que se pregunta ¿Cuánto debo cobrar por esto o por aquello? Puede estar seguro de que sus actividades serán remuneradas de acuerdo a lo establecido conforme a derecho.
Para ser más específicos:
En el Código de Ética Profesional, Sección 240.1, se lee que “el Contador Público en la práctica independiente puede cotizar cualquier honorario que considere apropiado. El hecho de que el Contador Público en la práctica independiente pueda cotizar un honorario menor que otro, no es en sí mismo no ético”.
Por otra parte, el Código Civil, en el titulo decimo, capítulo II, artículo 2606 y 2607, dicta que “el que presta y el que recibe los servicios profesionales, pueden fijar, de común acuerdo, retribución debida por ellos”.
Pero si no se llega a tal convenio, “los honorarios se regularán atendiendo juntamente a las costumbres del lugar, importancia de los trabajos prestados, asunto o caso en que se presten”, entre otras.
Ya que no existe una forma establecida para determinar el cobro del trabajo contable, te sugerimos tomar en cuenta, el tipo de cliente, empresa o localidad y los procesos que llevarás a cabo, asimismo valora tu experiencia profesional.
Finalmente, no olvides el contrato por tus servicios.

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¿Son justos los honorarios que cobras por “llevar una contabilidad”?

Expoferia de Nómina Digital


Al no poder deducir este gasto, los empleadores se verían
en problemas financieros
Los cambios a la Nómina Digital representan un nuevo reto para contribuyentes patrones por lo que, a un mes de entrar en funciones, actualizar la información del documento se ha vuelto de vital importancia.

Aunque el Servicio de Administración Tributaria no contempla sanciones por el incumplimiento de esta obligación, lo cierto es que evadirla, infringe los derechos de los contribuyentes, incluso, al no poder deducir este gasto, los empleadores se verían en problemas financieros.

Por ello, el SAT invita a los interesados a actualizar sus conocimientos sobre las novedades en la nómina digital para el 2017, con la finalidad de que los contribuyentes puedan cumplir fácilmente con sus obligaciones fiscales a través de la presentación en vivo de la misma.

El próximo 29 de noviembre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del SAT realizará la Expoferia Nómina Digital en el World Trade Center, en la que ya se contemplan la participación de especialistas de la autoridad fiscal y Proveedores Autorizados de Certificación, entre los cuales orgullosamente se encuentra FACTURAXION.

Además, desarrolladores de soluciones y expertos en materia contable, tomarán turno para explicar de qué manera se llevará acabo la transición, así como los beneficios y dificultades que pudieran presentarse durante el cambio.

De esta forma, la autoridad espera que a partir del primero de enero de 2017, este sector de la sociedad se incorpore satisfactoriamente a la nueva norma pues afirman, en esta ocasión, no habrá prórroga.

No te dejes engañar, participa en la exposición y conoce a los PAC certificados por el SAT, recuerda que con ello puedes estar completamente seguro de que tus documentos fiscales son válidos.
Asiste a la feria Nómina Digital, el acceso es completamente gratuito, el registro previo puede hacerse en sat.gob.mx, en donde se encuentra también toda la información disponible sobre el tema, te invitamos conocer en persona a FACTURAXION, equipo de trabajo más comprometido en ofrecerte las mejores y más actualizadas soluciones en facturación electrónica.

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Expoferia de Nómina Digital

Calcula el aguinaldo tú mismo


El aguinaldo es un derecho al que tienen acceso los trabajadores
Se acerca el fin de año y pese a que las dependencias de gubernamentales ya hicieron la aportación correspondiente a la gratificación anual, la mayoría de los trabajadores asalariados del país deberá esperar unos días más para recibirlo.

El cálculo de esta bonificación es uno de los mayores retos para la consultoría, así como emprendedores, quienes en muchos casos deben hacerlo ellos mismos. Por eso te recomendamos, conocerlo a fondo y ahorrarte mucho tiempo de trabajo o futuras complicaciones legales.

El aguinaldo, como es conocido comúnmente, es un derecho al que tienen acceso los trabajadores, otorgado por la Ley Federal del Trabajo, en el que se retribuyen 15 días de salarios, los cuales deben ser entregados antes del 20 de diciembre de cada año, pese haber laborado una hora o un par de meses.

Siendo de tanta importancia para miles de trabajadores a lo largo del país, El Universal Edomex, presentó una breve guía con las características más importantes y la manera más sencilla de calcular esta prestación.  

¿Cómo se calcula?

Existen muchas otras herramientas digitales en línea, de las cuales puedes echar mano para hacer el cálculo, sin embargo, es importante que como líder de una organización o encargado de la contabilidad de la misma conozcas el proceso, reconocido por el portal  gob.mx .
Para trabajadores que finalizaron la relación laboral antes del pago del aguinaldo (20 de diciembre)
  • Por ejemplo: Un trabajador que laboró 270 días del año, percibiendo un salario de 95 pesos diarios
     

  • Divide el número de días del aguinaldo anual, que otorga la empresa entre los 365 días del año 
     
    15 / 365 = 0.041

  • Multiplica el resultado por el número de días que laboró el trabajador en el año, incluyendo los días de descansos semanales      
     
0.041 X 270 = 11.07

  • Debe ser pagada la parte proporcional que le corresponde de acuerdo al tiempo que haya laborado
    11.07 X 95 = 1051.65
     
    Parte proporcional de aguinaldo = $1051.65 pesos

Trabajadores del estado:

  • El monto mínimo establecido es de 40 días de salario sin restársele deducción alguna, después de un año laborado
     
  • Con el afán de fomentar una mayor participación en las ofertas y promociones de consumo del cierre de año durante El Buen Fin, las entidades de gobierno entregar a los trabajadores la mitad de la gratificación anual anticipadamente.
     
    50% antes del 15 de diciembre y el resto a más tardar
     el 15 de enero del siguiente año

En caso de no ser entregado, el trabajador puede presentar una demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, quien se encarga de hacer cumplir la ley y sancionar al patrón u organización hasta con 365 días de salario general vigente, en cuyo caso, la multa puede alcanzar de tres a 315 veces el salario mínimo si el patrón no pagua oportunamente o lo hace con un valor menor a 15 días.

Por otra parte, los trabajadores que no reciban su aguinaldo, pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, PROFEDET, para recibir asesoría al respecto.

Las claves

  • Si tuviste alguna incapacidad por embarazo o accidente de trabajo, se cuentan como días trabajados
     
  • Al aguinaldo se le gravan impuestos, excepto cuando la cantidad recibida es menor a 30 días de salario mínimo

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Calcula el aguinaldo tú mismo

Repercusiones de no actualizar la Nómina Digital

En la nueva Nómina Digital,
se requerirá más información sobre el trabajador
A partir del próximo primero de enero de 2017, la nómina digital tal como la conocemos dejará de existir para dar lugar a un nuevo documento con distintos requerimientos, sin embargo, de no hacer los ajustes necesarios las consecuencias podrían ser significativamente dañinas.

Aunque el Servicio de Administración Tributaria no ha informado sobre posibles sanciones a quienes no realicen la actualización a la Nómina Digital, los patrones no podrán considerarla como un gasto deducible, lo que les podría costar cerca del 30 por ciento del monto de los sueldos que generan, asegura la Agencia Reforma.
La nómina digital es el documento mediante el cual se establecen las bases para la contratación de un trabajador, el cual fue requerido con carácter de obligatorio por la autoridad fiscal desde el primero de abril del 2014 y tres años después, es el mismo órgano el que solicita su modificación.
Debido a que los recibos de nómina utilizados actualmente no incluyen información sobre los gastos de separación como jubilación, indemnización y haberes de retiro, los contribuyentes presentan una Declaración Informativa Múltiple o DIM, cuya derogación está planeada para el próximo 2018.
Con la actualización al anexo 20, también se anunciaron distintos cambios a los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet, entre ellos el CFDI de nómina, cuya versión 1.2 contempla la implementación de nuevos campos, nodos y atributos, los cuales ampliaran la información del trabajador.
Cabe mencionar que las mismas validaciones aplicadas a un CFDI de otro rubro, serán aplicadas también a la Nómina Digital.
Para conocer el detalle el CFDI de Nómina 1.2, te invitamos a seguir leyendo en https://goo.gl/ZGFwHM

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Repercusiones de no actualizar la Nómina Digital

Incremento en recaudaciones


Las cifras revelan un mayor cumplimiento voluntario

Gracias a distintos recursos que el Servicio de Administración Tributaria ha implementado para establecer un mejor control de las obligaciones fiscales la recaudación de impuestos se beneficia notablemente.

A raíz del uso de la factura electrónica la autoridad fiscal se mantiene más pendiente de los movimientos de los contribuyentes, enviando correos electrónicos, cartas invitación, entrevistas u otros para notificar al tributante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Debido a ello, al tercer trimestre del 2016 se llevó a cabo 27.1 por ciento menos de estas operaciones que en el año pasado, no obstante, se reflejó un aumento en la recaudación.

Un claro ejemplo de ello es que de enero a octubre de este año, se logró recaudar 24,762.3 millones de pesos provenientes del control de obligaciones, lo que de acuerdo con el periódico El Economista, implica un aumento del 11.4 por ciento comparado con el mismo periodo del 2015.

Por otra parte los actos de fiscalización como, las auditorías, revisiones de gabinete, entre otras, de recaudaron 91,757.8 millones pesos al tercer trimestre de este año, 4.5 por ciento por arriba de lo recaudado en el mismo periodo del 2015.
Asimismo, el correo electrónico encabezó la lista de los controles que generaron mayores recursos, seguido por las entrevistas, mediante las cuales se recaudaron 6,000.2 millones de pesos.

La información basada en el Tercer Informe Tributario y de Gestión 2016, arrojó que en promedio, la recaudación por estos medios, es de 1.4 millones de pesos en cada uno.

En conclusión, con las auditorias electrónicas, el SAT parece estar logrando el objetivo de disminuir la lista de contribuyentes incumplidos, así como la emisión de documentos apócrifos, de la misma forma las cifras anteriores revelan un mayor cumplimiento voluntario.

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Incremento en recaudaciones

Representación impresa de un CFDI

El archivo PDF de un CFDI es la versión impresa del comprobante
El archivo PDF del documento XML constituye la representación imprimible de un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet, el cual no es como tal un comprobante pero debe cumplir con las validaciones y requisitos que la autoridad fiscal requiere.



De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria, las impresiones de las facturas electrónicas o CFDI deben cumplir con los siguientes requisitos:


I. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien lo expida

II. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.

III. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas

IV. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT

V. Sello digital del contribuyente que lo expide

VI. Lugar y fecha de expedición

VII. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida

VIII. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso y goce que amparen

IX. Valor unitario consignado en número

X. Importe total señalado en número o en letra

XI. Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades

XII. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos

XIII. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria).  

XIV. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

Además de los requisitos contenidos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente:

a) Código de barras generado conforme al rubro I.E del Anexo 20.

b) Número de serie del CSD del emisor y del SAT.

c) La leyenda “Este documento es una representación impresa de un CFDI”.

d) Fecha y hora de emisión y de certificación de la Factura Electrónica (CFDI) en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción III del CFF.

e) Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.

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Representación impresa de un CFDI

Bienes que la autoridad no podrá embargarte


Pese a incumplir con el pago de un crédito fiscal,
el deudor tiene derecho a decidir
qué bienes entregar a la autoridad a cuenta del pago 

Cuando se incumple con el pago de una obligación, la autoridad puede ejercer acciones sobre de los bienes de un sujeto o compañía para asegurar el pago de un crédito fiscal, no obstante, el deudor cuenta con distintas alternativas.

Si bien el Código Fiscal, establece que el Estado tiene derecho a exigir de sus funcionarios, empleados, particulares o a los que las leyes les den ese carácter, los créditos fiscales que tiene por derecho a percibir, es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien se encarga de la recaudación de los ingresos a la Federación.

Dado el caso de que el deudor no pruebe haber efectuado el pago de un crédito fiscal, ya sea la SHCP o la oficina que la misma autorice, procederá de inmediato a satisfacer la deuda y sus accesorios legales, a través del remate, enajenación, o adjudicación, de los bienes suficientes; lo que conocemos como, embargo.

Empero, la persona con quien se entienda el embargo, tendrá derecho a señalar los bienes que la autoridad pueda tomar a cuenta, siempre y cuando sean de fácil venta, por ejemplo:

  • Dinero
  • Metales preciosos
  • Depósitos bancarios
  • Componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida
  • Acciones
  • Bonos
  • Valores mobiliarios
  • Bienes muebles
  • Bienes inmuebles

Entre otros que indica el artículo 155 del Código Fiscal de la Federación.

De la misma forma, quedan exentos de embargo, los bienes personales necesarios para llevar a cabo actividades profesionales, asimismo, los de las personas físicas que están en sociedad conyugal y todos los que enlista el artículo 157, por ejemplo:

  • El lecho cotidiano y los vestidos del deudor y de sus familiares
  • Los muebles de uso indispensable, tanto del deudor como de sus familiares
  • Los libros, instrumentos, útiles y mobiliario indispensable para el ejercicio de la profesión, arte y oficio a que se dedique el deudor
  • La maquinaria, enseres y semovientes de las negociaciones
  • Las armas, vehículos y caballos que los militares en servicio deban usar conforme a las leyes
  • Los granos, mientras éstos  no hayan sido cosechados, pero no los sobre las siembras
  • Los derechos de uso o de habitación
  • Los sueldos y salarios
  • Las pensiones de cualquier tipo
  • Los ejidos
  • Los depósitos que una persona tenga en su cuenta individual de ahorro para el retiro, incluidas las aportaciones voluntarias y complementarias.

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Bienes que la autoridad no podrá embargarte

Repunte en factura electrónica


En lo que va del 2016 se han emitido
4,546.9 facturas electronicas
Repunte en factura electrónica 192 facturas por segundo fueron emitidas durante los primeros nueve meses del año, lo que representa un incremento de más del seis por ciento comparado con el mismo periodo del 2015, informó recientemente El Financiero.

Ya que de los cuatro millones 600 mil contribuyentes registrados, 54.7 millones recién se inscribieron al Régimen de Incorporación Fiscal, comunicó el Servicio de Administración tributaria.

De acuerdo con las mismas cifras, proporcionadas por el SAT, durante el periodo enero-septiembre del 2016 se emitió un total de 4,546.9 millones de facturas, asimismo, la autoridad asegura que el incremento en facturación electrónica se debe a que en el 2014 se volvió obligatorio el uso de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, lo que conocemos como CFDI.

A decir de la firma electrónica, son alrededor de nueve millones 981,937 contribuyentes los que han realizado el trámite de la misma, cifra registrada del 2004 al mes de septiembre del 2016.

Sin embargo, la e.firmapodría convertirse en algo más que una herramienta de identificación de personas en procedimientos relacionados con la contabilidad electrónica debido a que el próximo año el SAT planea liberarla de esta función y expandir su uso a otros casos, cabe mencionar que para entonces, serán más de nueve millones quienes tendrían acceso a una mayor seguridad en sus operaciones.
 



 



 






 






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Repunte en factura electrónica

Todo listo para el arranque del Buen Fin


Del 18 al 21 de noviembre, disfruta del
Buen Fin y los descuentos del año.
Faltan menos de dos semanas para que “el fin de semana más barato” tome su curso y ya son más de 35 mil empresas inscritas en la página web del Buen Fin, informó para Forbes, Enrique Solana, presidente de la Concanaco-Servytur.

Asimismo, la Asociación Mexicana de Internet o AMIPCI, quien participará por primera vez, reporto que ocho de cada diez comercios esperan un incremento en sus ventas durante dicho programa, de acuerdo con su Estudio de Comercio Electrónico en México.

Por otra parte, en una conferencia de prensa conjunta, los secretarios de Economía, Ildefonso Guajardo, y de Turismo, Enrique de la Madrid, dieron a conocer que para la campaña de este mes, los descuentos podrían alcanzar hasta el 80 por ciento.

De igual forma, anunciaron que se mantendrá el sorteo fiscal por 500 millones de pesos realizado por el Servicio de Administración Tributaria, para quienes paguen con tarjeta de crédito o débito y a los afortunados ganadores se les restituirán desde 250 mil pesos hasta 10 mil pesos de las compras que se realicen durante el fin de semana del 18 al 21 de noviembre.

Pese a la crítica de los expertos por el bajo crecimiento de la economía nacional, Enrique Solana, dirigente de los comerciantes sostuvo que se espera un crecimiento del cinco por ciento debido a la adquisición de productos de mayor valor por parte de las familias mexicanas, lo que se verá reflejado en el volumen de ventas.

Finalmente la subsecretaria de Economía, Rocía Ruiz, añadió que durante el Buen Fin del año pasado, el 62 por ciento de las compras se realizaron en efectivo o con tarjeta de débito, igualmente, la mayor parte de los bienes adquiridos fueron ropa y calzado, superando a los aparatos electrónicos, los cuales ocuparon el primer lugar en el programa del 2011.

Cabe mencionar que la Procuraduría Federal del Consumidor, vigilará a todos los comercios que participen en esta campaña con la finalidad de corroborar que efectivamente se apliquen descuentos que favorezcan a los consumidores.

Recuerda que…

En Facturaxion nos preocupamos por formar parte de las mejores campañas de descuento, por ello, ya estamos listos para ofrecerte las ofertas del año en servicios de facturación electrónica, timbrado y muchos más, próximamente las daremos a conocer y créenos ¡Te sorprenderán!

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Todo listo para el arranque del Buen Fin

Calendario fiscal noviembre 2016



Cumplir a tiempo con tus obligaciones fiscales puede evitarte
futuras complicaciones con las autoridades
Te compartimos las fechas de vencimientos de impuestos del mes de noviembre:

Noviembre 2017
 
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  • Antes del 10 de noviembre debes enviar los datos relacionados con:
    - Depósitos en efectivo
    - Cuentas, depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos otorgados tanto a personas físicas como a personas morales
  • A más tardar el 17 de noviembre presenta los siguientes:
    -Pagos provisionales del ISR
    -Pagos definitivos de IVA, abono del mes de octubre del 2016
    -Pago mensual de IEPS
    -Entero los pagos definitivos por dividendos o utilidades
    -Entero los impuestos retenidos a terceros
    -Entero de la retención por ingresos devengados que obtengan las personas físicas propietarias de los certificados de fideicomisos accionarios
    
    - Contraprestaciones o donativos recibidos en el mes inmediato anterior, en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos
    - Precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos, así como el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, total de cigarros enajenados
    - Información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes en el mes inmediato anterior

De igual forma el 17 de noviembre, se debe presentar el aviso sobre las actividades vulnerables realizadas en octubre del 2016.

El 30 de noviembre es la fecha límite para las siguientes declaraciones:
-Información de operaciones con terceros (proveedores)

-Presentación de la Forma Fiscal 76, la cual se refiere a la Información sobre Operaciones Relevantes

-Pago bimestral del RIF, correspondiente al bimestre septiembre-octubre

Esta información te mantendrá al corriente con tus obligaciones fiscales, asimismo evitará un atraso con el fisco.

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Calendario fiscal noviembre 2016