Facturación de operaciones sin retención de impuestos


¿Sabías que lo obligación de emitir este CFDI es quien emite el pago?
Con respecto al CFDI de retenciones e información de pagos, el Servicio de Administración Tributaria, aclaró la forma de emitir dicho comprobante en el caso de las operaciones en las que no se realiza la retención de impuestos.

En ese sentido, los especialistas fiscales dijeron que, el hecho de llevar ese nombre, no significa que los CFDI de retenciones e información de pagos deban contener la información mencionada en un mismo comprobante.

Sin embargo, si se debe realizar el desglose del pago, con lo que el contribuyente puede amparar la información de los montos abonados a una operación comercial de bienes y/o servicios.

A través de un video chat en vivo, los especialistas del SAT también aclararon que la responsabilidad de emitir la factura electrónica de retenciones por operaciones de este tipo, es de quien realiza el pago y no del contribuyente que lo recibe.

La aclaración surgió ya que por las características de dicho CFDI, quien emite el pago debe registrar en una factura la operación que dio origen a dicho pago y poder utilizar el documento con fines de comprobación fiscal.

En el caso de los pagos por sueldos, salarios y/o conceptos asimilados, este tipo de comprobante no es aplicable, ya que, en ese caso, se debe emitir una factura de nómina con la clave N conforme al catálogo Tipo de Comprobante.

¿Cuáles son las operaciones en las que no se retienen impuestos?

Entre los ejemplos mencionados por el SAT, se encuentran los conceptos de intereses, el sector financiero, planes de retiro o los intereses hipotecarios.

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