Eliminan constancia de retenciones y declaraciones informativas


Este es el motivo por el que no deben emitirse las 
constancias de retenciones y declaraciones informativas del 2017.
Con las reformas en materia fiscal emitidas en 2012, se eliminaron algunas obligaciones acerca de las declaraciones informativas, conocidas por los contribuyentes.

No obstante, por una disposición transitoria se siguieron presentando hasta el ejercicio 2016, tal como se estableció en el artículo noveno transitorio fracción X de las disposiciones del ejercicio 2014.

Nos referimos a la constancia de retenciones, un documento que se emite para amparar los pagos e impuestos retenidos a un trabajador, mismo que forma parte de las declaraciones informativas del ejercicio 2017.

Estas disposiciones transitorias, se puede leer:

ARTÍCULO NOVENO. En relación con la Ley del Impuesto sobre la Renta a que se refiere el Artículo Séptimo de este Decreto, se estará a lo siguiente:

X. Para los efectos de la obligación de presentar las declaraciones informativas y constancias establecidas en los artículos 86, fracciones III, IV, VIII, IX, X, XIV, 101, VI, 118, III, V, 143, último párrafo, 144 y 164 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se abroga.

De acuerdo con lo esta resolución, se deberá cumplir con dicha obligación en los términos de esa Ley, a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016.

Es por ello que en las declaraciones acerca del 2017 que presentes este 2018, debes omitir la constancia de retenciones.
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