Nuevas actualizaciones
Menú
Publicaciones recientes
Mostrando las entradas con la etiqueta automovil. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta automovil. Mostrar todas las entradas

¿Qué impuestos debo pagar por vender mi auto?



Si cuentas con un auto usado el cual ya quieres vender, tienes que saber qué pagos debes realizar al SAT por esta transacción.


Avisar sobre los movimientos es de carácter forzoso si eres una persona física que no realizan actividades empresariales y/o profesionales, si este es tu caso podrías estar sujeto al pago de este impuesto cuando realicen la venta de un vehículo usado.


Este pago depende del valor de cada unidad, por lo tanto también tiene un límite  este impuesto, ya que no puede pasar del 35 por ciento.


Cabe recalcar que no en todos los casos se debe pagar este impuesto, dependerá siempre de la ley de impuesto sobre la renta, no se pagará ISR de viene o inmuebles ya sea en este caso vehículos cuando el ingreso por la venta y el costo de adquisición no sea mayor a tres unidades de medida y actualización (UMA) anualizadas, es decir, 105 mil 303 pesos.


De igual forma no se  debe pagar este impuesto entre una persona física y una empresa cuando realicen esta operación y no exceda los 175 pesos.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Qué impuestos debo pagar por vender mi auto?

¿En qué casos es posible deducir la compra de auto?

¿Bajo qué fundamentos de la ley se puede deducir un automóvil?

La naturaleza contable de un automóvil, dentro de cualquier entidad económica,  representa un artículo a su servicio  el cual se utiliza para el giro o actividad del cual se obtiene un ingreso. Dada esta situación, un automóvil se clasificará como un activo fijo.

Según la ley de impuesto sobre la renta el articulo 3 estipula:

Artículo 3o.-A. Para los efectos de la Ley y de este Reglamento, se entenderá por automóvil aquel vehículo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros, incluido el conductor. No se considerarán comprendidas en la definición anterior las motocicletas, ya sea de dos a cuatro ruedas.

Si el automóvil se adquirirá como activo fijo, nos dirigimos al artículo 31 de la misma ley que establece:

Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión (MOI), con las limitaciones en deducciones que, en su caso, establezca esta Ley. Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el por ciento que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado por el contribuyente, respecto de doce meses. Cuando el bien se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio y en el que se termine su deducción, ésta se efectuará con las mismas reglas que se aplican para los ejercicios irregulares.

La propia ley define el monto original de la inversión como:
El monto original comprende, además del precio del bien, los impuestos efectivamente pagados con motivo de la adquisición o importación del mismo a excepción del impuesto al valor agregado, así como las erogaciones por concepto de derechos, cuotas compensatorias, fletes, transportes, acarreos, seguros contra riesgos en la transportación, manejo, comisiones sobre compras y honorarios a agentes aduanales. Tratándose de las inversiones en automóviles el monto original de la inversión también incluye el monto de las inversiones en equipo de blindaje.
Es necesario que el automóvil sea  para uso o para los fines de la actividad del contribuyente.

Si llega a ser en caso contrario se considera una práctica fiscal indebida la deducción de automóviles, así como de los gastos de mantenimiento, pagos de seguros o la acreditación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado por dicha adquisición.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿En qué casos es posible deducir la compra de auto?