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Qué sí y qué no puedo deducir



Sin más ni menos, llegó el momento para las personas físicas de presentar la declaración anual y con ello la duda de saber si se generará saldo a favor por aquellas deducciones personales de gastos que se realizaron a lo largo del año. ¡Resuelve tus dudas ahora!

Concepto
Lo que si puedes deducir
No puedes deducir
Honorarios médicos

Esto incluye gastos de dentista, psicólogo, nutriólogo y gastos hospitalarios tuyos o de un cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos.
Gastos que se generaron en ejercicios anteriores al que se está declarando o que superaron el valor anual del UMA.
Gastos funerarios
Mismas condiciones que en honorarios médicos.
Gastos que superaron el valor anual del UMA.
Aportaciones complementarias de retiro
Monto máximo del 10% de tus ingresos acumulables.
Gastos que exceden 5 veces el valor anual del UMA.
Transporte escolar
Cuando sea obligatorio para todos los alumnos.
Cuando no se cuente con la factura electrónica como gasto por separado.
Donativos no onerosos ni remunerativos

Cuando se den a instituciones autorizadas
Cuando excede el 7% de los gastos acumulables que sirvieron de base para calcular el ISR del año anterior.

No todos los gastos personales son deducibles.
Como persona física con actividad empresarial, entre otros conceptos que puedes deducir son todos aquellos gastos relacionados con la actividad empresarial o profesional que llevas a cabo.

Considera que el valor anual de la Unidad de Medida de Actualización, conocida como UMA, es de 30,822.00 en ese sentido, solo tienes que hacer las cuentas y ya está, presenta tu comprobante a la autoridad.

Otro punto que debes tomar en cuenta es que el pago de estos gastos debe hacerse mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito.

Al momento de hacer la compra de algún producto o servicio que deseas deducir, no olvides solicitar la factura y especificar al proveedor que sea especifico en tus datos.

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Publicadas por Facturación Electrónica

Qué sí y qué no puedo deducir

¿Qué hace segura tu firma electrónica?


Aprovecha los beneficios de
tu firma electrónica.
De FIEL pasó a Firma Electrónica y ahora se le conoce como e.firma, este documento no solo ha cambiado de nombre, con el tiempo se ha convertido en una de las formas más seguras para identificarse.

La e.firma es un archivo digital que te identifica que sella tus datos o los de una empresa con el cifrado, por lo que se considera un documento personal y que no debe ser compartido con nadie, pues son muchos los casos de fraude que se han detectado por este motivo.

El cifrado que se aplica a una firma electrónica es similar al que se utiliza en otros documentos digitales como la firma electrónica, el cual puede ser leído únicamente por una computadora u ordenador especifico.

La firma electrónica se ha hecho popular entre las personas físicas por la gran difusión y uso que le dan los contribuyentes ante el Servicio de Administración Tributaria, aunque ya son varias otras dependencias de gobierno federal quienes también la solicitan.

Entre sus usos más populares, tu e.firma es necesaria para emitir facturas electrónicas con tan solo un registrarla en el Portal Facturaxion en la Nube puedes expedir tu primer comprobante fiscal hoy mismo.

Con ella también se pueden realizar trámites en línea, pues cuenta con los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, para gozar de sus beneficios, te compartimos cómo tramitar tu firma electrónica.

¿Cómo tramitarla?

A pesar de ser un trámite completamente presencial, lo primero que debes hacer es calendarizar una cita a través del portal de internet del SAT, asegúrate de elegir una oficina cercana a tu domicilio. Acude a tu cita con los siguientes documentos: 
  • CURP
  • Original y copia de tu acta de nacimiento
  • Comprobante de domicilio
  • Identificación oficial

 Ten en mente tu dirección de correo electrónico personal, además, necesitarás llevar contigo una memoria USB, te recomendamos que sea nueva.

Primero el agente del SAT que te sea asignado te solicitará registrar tus datos biométricos y a cambio te entregará tu certificado de e.firma y su comprobante de generación, así como, los archivos .REQ y Clave Privada .KEY.

Para hacer uso de tu nueva firma electrónica cuentas hasta con 4 años, posterior a este periodo deberás solicitar su renovación.

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¿Qué hace segura tu firma electrónica?

Prepárate para tu declaración anual

En abril 2019 se presenta la Declaración Anual 
Se acerca  fecha en la cual las personas físicas realizan su declaración anual ante el SAT. ésta es un documento en el que las persona físicas presentan un reporte o informe con todas los ingresos y deducciones que realizó durante el año por el concepto de ISR.

De acuerdo al portal del SAT, deben presentar su declaración las personas físicas que hayan obtenido ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:

  • Prestar servicios profesionales (honorarios) 
  • Rentar bienes inmuebles
  • Realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal 
  • Enajenar bienes 
  • Adquirir bienes 
  • Otros ingresos, por ejemplo: las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios o por penas convencionales.


¿Cuándo se presenta?


En abril del año siguiente al que declaras

En Facturaxion en la Nube tenemos un servicio que provee a personas físicas la emisión de comprobantes de sus operaciones, a través de diferentes soluciones.



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Prepárate para tu declaración anual

¿Cómo detener una auditoría?

Reúne todos los documentos necesarios para ampararte
Las revisiones electrónicas o auditorías fiscales, no tienen que ser la señal que anuncia multas y recargos por venir, aquí te diremos a quién recurrir y los medios de apoyo y asesoría con los que cuentas.

Cuando el Servicio de Administración Tributaria detecta inconsistencias en los movimientos de las empresas o personas físicas, comienza el análisis y evaluación de registros contables, esto se puede llevar a cabo de tres formas: visita domiciliaria, revisión electrónica o presentación de información.

Para hacer frente a esta situación, lo primero es contar con los comprobantes fiscales o facturas electrónicas con los que puedas amparar las operaciones que realizas, si son de fechas recientes es todavía mejor.

Durante este proceso, la autoridad fiscal, solicitará la información y recursos con los que cuente para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, no obstante, el contribuyente tiene derecho a conocer el periodo que será revisado de forma anticipada.

Aunque no es obligatorio, contar con un respaldo digital con más de 5 años atrás, almacenar los comprobantes te facilitará poneros a la disposición de la autoridad fiscal lo antes posible.

Posteriormente puedes solicitar un acuerdo conclusivo como una herramienta de defensa que te permite frenar cualquier tipo de auditoría y presentar a la autoridad fiscal argumentos en tu defensa.

Por otra parte, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente es una de las instituciones que te ofrecen asesoría profesional para saber cómo actuar ante cualquiera de las situaciones anteriores.
Además recuerda que, de acuerdo a la legislación vigente en materia fiscal, tienes derechos

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¿Cómo detener una auditoría?

Agiliza trámites fiscales con herramientas digitales


Ahorra tiempo y dinero en trámites fiscales
Actualmente los usuarios de servicios bancarios o de pago de impuestos buscan la manera de agilizar estos procesos de una manera fácil y segura en todo momento. Por este motivo las instituciones han buscado la manera de brindar un buen servicio  a través de aplicaciones móviles o mejorando su sitio web con ayuda más detallada para el usuario.


Sabiendo la importancia de los trámites legales y la pronta solución a éstos, desde el 2017, el SAT puso a disposición de Personas Morales una aplicación llamada Mi Contabilidad, con la cual se tiene el control de las facturas de ingresos y gastos; con lo que se obtiene un cálculo del ISR e IVA a pagar.
Después de tiempo, el SAT anunció que a partir del 1 de octubre de este año estará disponible una nueva aplicación de Mi Contabilidad en el portal del SAT, la cual podrá ser utilizada por personas físicas que tributen en los regímenes de actividades empresariales, servicios profesionales y arrendamiento.

Las personas físicas que decidan usar dicha herramienta, presentarán sus pagos provisionales y cumplir con el envío de su contabilidad electrónica al elegir la opción “clasificar facturas”.

Por último, la autoridad fiscal afirmó que una de las ventajas de la aplicación son que ya no presentarán la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) ni ingresar mensualmente su información contable.

Toma en consideración todas las ventajas digitales que actualmente existen para tramitar, agilizar y optimizar trámites fiscales, tales como lo es la factura electrónica que Facturaxion en la Nube tiene para ti. Ponemos a tu alcance diversos servicios personalizados para cualquier negocio.  

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Agiliza trámites fiscales con herramientas digitales

¿Cómo saber cuánto le debo al SAT?

Verifica tus adeudos fiscales y evita multas o recargos.

Hablar de un adeudo con el SAT es cosa seria por ello es mejor estar informados que desconocer y generar una multa o sanción económica por no realizar el pago.

Los adeudos se generan cuando un contribuyente dado de alta ante el SAT, deja de pagar sus obligaciones fiscales como, el pago de impuestos o multas, éstos pueden emitirse a personas físicas y morales.

Si cumples con tus obligaciones puntualmente, no tienes de que preocuparte, aunque es mejor estar seguro ¿No crees?

Consultar un adeudo fiscal es un trámite gratuito que se realiza en línea o personalmente en cuestión de minutos en el momento en el que el contribuyente así lo desee, solo tienes que seguir estos pasos:

En línea
Presencial
1.  Ingresa al portal de internet del SAT.
2.  Registra tu RFC y contraseña.
3.  Dirígete el apartado de Créditos fiscales.
4.  Selecciona la opción Formato para pago en el campo total.
5.  Genera la línea de captura de los adeudos que deseas pagar.
6.  Ingresa a tu portal bancario o acude a la ventanilla de la institución bancaria para realizar el pago.
1.   Presenta la documentación a la autoridad que te orientará en el trámite
2.   Genera la línea de captura en la sala de internet con apoyo del personal del módulo o
3.   Solicita la línea de captura en la ventanilla asignada
4.   Recibe impreso el formato con línea de captura
5.   Ingresa a tu portal bancario o acude a la ventanilla  de la institución bancaria para realizar el pago correspondiente

Te puede interesar: ¿En qué bancos puedo pagar?

Consultar tu estatus ante el SAT es un derecho de los contribuyentes fundamentado en el Código Fiscal de la Federación, Artículo 31, párrafo primero y segundo y la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 Anexo 1-B.

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¿Cómo saber cuánto le debo al SAT?

¿Que es el Ombudsman fiscal y cómo puede ayudarte?


¿Sabías que existe un defensor del contribuyente?

Conoce tus derechos como contribuyente.
En materia de impuestos, tanto personas físicas como morales pueden protegerse ante cualquier circunstancia donde se considere que la autoridad fiscal está incurriendo en un error, omisión o abuso.

Ante las situaciones anteriores, el contribuyente cuenta con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, la cual se centra en proporcionar servicios de orientación, consulta, representación legal, investigación, recepción y trámite de quejas y reclamaciones.

Esta figura, novedosa en el mundo, ha marcado historia en México pues hemos sido el primer país en constituir un medio de defensa judicial de los contribuyentes ante las autoridades hacendarias.

Incluso, ha sido un ejemplo para ciudades como Nueva York y Ginebra, donde se han presentado foros para compartir la experiencia y resolución de disputas fiscales y de los medios utilizados para lograr un acuerdo.

¿Cómo me ayuda la Prodecon?

Un buen ejemplo es el denominado Acuerdo Conclusivo, creado en 2014, fecha en la que también se echó a andar, la figura electrónica como la conocemos.

A través de este modelo de defensoría, los contribuyentes pueden llegar a un acuerdo con la autoridad fiscal donde se da por terminada una auditoría o revisión fiscal en corto tiempo.

¿Cuáles son los derechos del contribuyente?

A través de recursos como el Acuerdo Conclusivo, se busca la protección de los derechos de quienes pagan impuestos, quienes de acuerdo con la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente gozan de:

I. Recibir de la autoridad fiscal orientación y asistencia gratuitas, para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
II. Recibir de la autoridad fiscal, en los términos del Código Financiero del Estado de México y Municipios, la respuesta que proceda, respecto de las solicitudes presentadas para:
-          La exención o la bonificación de contribuciones y sus accesorios.
-          La devolución o compensación de contribuciones y sus accesorios.
-          La prescripción y la cancelación de contribuciones y sus accesorios.
-          La declaración de caducidad de las facultades de la autoridad.
-          La autorización del pago mediante prórroga o parcialidades para regularizar su situación fiscal.
III. Presentar declaraciones complementarias.
IV. Recibir de la autoridad fiscal el comprobante del pago de sus contribuciones.
V. Corregir su situación fiscal con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación que lleven a cabo las autoridades.
VI. Conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte.
VII. Recibir de las autoridades fiscales estatales en el inicio del ejercicio de sus facultades de comprobación, la Carta de Garantías del Contribuyente Auditado Estatal.
VIII. Los demás que Código Financiero del Estado de México y Municipios y otros ordenamientos señalen.

¿Quién es el defensor del contribuyente en México?

Actualmente el puesto es ocupado por Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara quien funge como titular de la Prodecon.

Con ayuda del Ombudsman fiscal, reduces el tiempo, regularizas tu situación y evitas la imposición de multas o juicios largos y costosos.

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