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Validaciones para la factura electrónica


Es necesario que los proveedores autorizados de
certificación, mejor conocidos como PAC,
 verifiquen cada RFC,

Las actualizaciones de la factura electrónica contemplan la comprobación de la información requerida en algunos de los 14 campos indispensables con los que debe contar un CFDI.

El primero de ellos es el campo de régimen fiscal del contribuyente:

En él, se solicita información del tributante al que se le hace la aportación. Para las personas físicas que forman parte de sólo un régimen, es opcional especificarlo.

Sin embargo, una persona que esté registrado en varios regímenes, debe aclarar bajo cuál de los dos se realizó la actividad, caso contrario, la factura no será certificada.

Es importante mencionar que el régimen al que pertenece cada persona, debe estar registrado ante el Servicio de Administración Tributaria, en caso de anotar un régimen en el que no se esté inscrito, la factura será rechazada.

Para conocer el régimen fiscal al que tributa un contribuyente:

  1. Ten a la mano su RFC y contraseña
  2. Ingresar a la sección de Mi Portal
  3. Elegir del Menú la opción servicios por internet
  4. Ir a la opción guía de obligaciones

Al finalizar, se desplegará la información correspondiente a sus obligaciones fiscales, así como, el régimen en el cual se encuentra inscrito, mismo que debe asentar en la factura electrónica que se desea emitir.

Asimismo, la autoridad ha solicitado que la clave del RFC de un contribuyente receptor, sea validada:

Primeramente, el SAT pide que dicha información exista en la base de datos del Servicio, de esa forma la factura digital será considerada como válida.

Para que lo anterior se lleve a cabo, es necesario que los proveedores autorizados de certificación, mejor conocidos como PAC, verifiquen cada RFC, quienes, además, están encargados de asignar el folio y sello digital del SAT.

¿Cómo validar un RFC?

Cabe señalar que para realizar esta verificación, no es necesario contar con la contraseña, ni firma electrónica, ya que la consulta se realiza directamente en el portal del SAT.

  1. Da click en trámites y servicios, consultas, verificación de autenticidad, RFC, donde se ubica la herramienta validador de la clave de RFC
  2. Escribe el código de la imagen considerando números, letras mayúsculas y minúsculas, de esa forma tendrás acceso al validador



  3. Posteriormente, captura la clave del RFC y da un clic sobre la lupa con la opción consultar RFC.

         Si la clave es válida se mostrará la siguiente leyenda:
Clave de RFC valida


 
         En caso de ser inválida, leerás:
Clave de RFC invalida


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Publicadas por Facturación Electrónica

Validaciones para la factura electrónica

Comprobante de Pagos



El Comprobante de Pagos
permitirá a las empresas realizar una conciliación automática
Con el objetivo de simplificar la documentación del pago en parcialidades, en la actualización de la Factura Electrónica, se contempla un documento independiente para cada aportación, mismo que promete facilitar su procesamiento.


Este instrumento, contiene la información de los importes pagados, cuentas, origen y destino, información de utilidad para que las empresas lleven a cabo conciliaciones, no obstante, el actual mecanismo de pago en parcialidades conlleva mucho tiempo e incluso trabajo manual.

Actualmente, los contribuyentes generan una factura para la cantidad total a pagar y posteriormente se emite un certificado por cada monto aportado a la primera, sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria ha encontrado una dificultad en este proceso.
Al generar una factura por cada pago, al final, los documentos no expresan el monto total que ha sido cubierto, además, cabe la posibilidad de que cuando sean procesadas juntas, se acumulen todos los ingresos y finalmente se encuentren incorporaciones adicionales, lo que se traduce en errores cuando se registra la información.


En consecuencia, se generará un nuevo documento denominado Comprobante de Pagos, el cual tiene cualidades para clarificar la relación de cada aportación con la factura original, igualmente, la suma de los pagos identificará plenamente la operación, además permitirá a las empresas realizar una conciliación automática con un margen de error mínimo, aseguró el SAT.

El Comprobante de Pagos es uno de los cuatro documentos que se suman, a las actualizaciones de la Factura Electrónica, el primero es la modificación al Comprobante Fiscal Digital por Internet, le sigue el Recibo de Nómina y por último, el documento de Retenciones, el cual no sufrirá mayores modificaciones, indicó el Servicio.


Publicadas por Facturación Electrónica

Comprobante de Pagos

Requisitos mínimos de una factura



El nuevo anexo 20, garantiza mayor calidad en la información
A diferencia de la Factura anterior, en la que se requerían 17 campos, el nuevo CFDI acoge 14 campos necesarios, lo que implica una reducción en la información requerida.

Asimismo, el Servicio de Administración Tributaria, afirma que una de las cualidades del nuevo anexo 20, es garantizar mayor calidad en la información, sin ser algo con lo que actualmente, no cuenten las empresas en operación.

Para su análisis y verificación de cumplimiento, te enlistamos los 14 requisitos mínimos de una factura:

  1. RFC del emisor
  2. Lugar de expedición,
  3. Tipo de comprobante
  4. Fecha y hora
  5. RFC Receptor
  6. Cantidad
  7. Unidad de medida
  8. Descripción
  9. Valor unitario
  10. Importe
  11. Subtotal
  12. Total
  13. Método de pago
  14. Moneda

En relación con el primer punto, es importante mencionar que en este campo no es necesario el nombre o domicilios del mismo.


¿Tienes dudas?

Pese a que eles  listado de información requerida menor, el Servicio de Administración Tributaria, contempla posibles confusiones, por ello profundizó en determinados puntos:

  • El régimen del emisor del contribuyente es obligatorio y se generará a través de un catálogo, sin embargo, más adelante se aclarará cuando será necesario
  • La zona horaria debe incluir la fecha y hora de acuerdo al punto donde se emitió esa factura. Para este campo, el SAT recomienda, ligar la información requerida con el sistema que provee el servicio que cada contribuyente contrata para generar sus CFDI, de esta manera se generará automáticamente.
  • Para el lugar de expedición, únicamente se anotará el código postal, incluso no es necesario incluir el domicilio de la matriz, sin embargo, se añadirá el mismo dato con respecto a la sucursal, con lo que se dará por cumplido el requisito.
    En el caso de que, el domicilio sea solicitado por motivos comerciales, se implementará un complemento para especificar esta información, por lo que se este campo no será visible en la Factura Básica.
  • En la parte de las cantidades e importes se llegará a un consenso para realizar el cálculo del redondeo, debido a que la cantidad por el precio unitario puede generar una diferencia adicional a la cantidad de centavos que tiene cada tipo de moneda.
    Por ejemplo, aun cuando en el cálculo de un importe se hayan obtenido cinco o seis decimales, cuando se paga, esa cantidad debe ser recortada como lo establece la Ley Monetaria.


Publicadas por Facturación Electrónica

Requisitos mínimos de una factura

Cambian normas para el Comercio Exterior

A las nuevas reglas se someterán las contribuciones, aprovechamientos
federales, infracciones y sanciones

Tal como lo anunció la semana pasada, el Servicio de Administración Tributaria, dio a conocer el compendio de documentos que conforman la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales para el Comercio Exterior para 2016.

En ella se dan a conocer los cambios, adiciones y derogaciones en las normas para el Comercio Exterior de este año, las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016.

El objetivo de la Resolución es agrupar y facilitar el conocimiento de las disposiciones de carácter general, en materia de comercio exterior, mediante una publicación anual, informó la autoridad.

Es aplicable a las contribuciones, aprovechamientos federales, infracciones y sanciones, que se deban pagar con motivo de las operaciones de comercio exterior.

Cambios en los CFDI

Con respecto a la mercancía bajo trato arancelario preferencial de conformidad con el PAAP, no perderían su condición originaria, aun y cuando sean facturadas por operadores comerciales de un país ajeno, por lo tanto, el certificado de origen se considerará válido para amparar dichas mercancías, siempre y cuando se indique el nombre y domicilio legal completos del operador comercial.

No obstante, lo anterior no exime al portador que emite los certificados o documentos de origen, de la obligación de conservar en su territorio copia de todos los registros relativos a cualquier enajenación de la mercancía amparada con el documento que lo certifique.

Las claves

Si tienes un cliente o un negocio con este giro, el documento descargable se encuentra disponible en la página web del SAT, sin embargo, para una lectura rápida, te compartimos el listado de reglas que se mencionan en él, las cuales puedes revisar con calma en caso de que alguna sea de tu interés.

En cuanto a las modificaciones, las reglas incluidas son:

  •          Obtención de la e.firma para la elaboración de pedimentos (1.1.7)
  •               Obtención y empleo del certificado de Sello Digital (1.1.8. Primer párrafo)
  •          Consulta de información y solicitud de copias certificadas de pedimentos (1.1.10. Tercer párrafo) 
  •           Promociones, solicitudes o avisos mediante escrito libre (1.2.2. Tercer párrafo)
  •           Registro y revocación del encargo conferido (1.2.4.Primer, cuarto y sexto párrafo)
  •           Obligaciones de los autorizados para presentar los servicios de pre validación electrónica (1.8.2. Fracción III, primer párrafo) 
  •          Concesión, autorización y prórroga de recintos fiscalizados (2.3.1. Segundo párrafo)
  •           Habilitación y prórroga de Recintos Fiscalizados Estratégicos (2.3.3. Primer párrafo)
  •           Autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado (2.4.1. Quinto párrafo, fracción II)
  •           Facturación en terceros países cuando se aplique trato arancelario preferencial (3.1.8. Segundo párrafo)


Se adicionan:
  •       Importación y exportación de hidrocarburos y petrolíferos (3.7.33. Inciso E, segundo párrafo)
  •        Importación temporal de vehículos de visitantes y paisanos (4.2.7. Cuarto párrafo)
  •        Procedimiento para las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad de Operador Económico Autorizado, que efectúen tránsitos internos (4.6.23.)
  •         Enajenación de mercancías que se consideran exportadas (5.2.6. Fracción III)
  •         Requisitos que deberán acreditar los interesados en obtener la modalidad de IVA e IEPS, rubro A (7.1.2. Fracción VI, tercer párrafo)
  •         Causales de cancelación de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en las modalidades de IVA e IEPS y Socio Comercial Certificado (7.2.4. Inciso C, fracción II, apartado C)
  •         Causales de cancelación del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado (7.2.5. Fraccionamiento XIII)
  •         Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de IVA e IEPS (7.3.1. Segundo párrafo, fracción III, apartado A)
  •        Beneficios de las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado (7.3.3. Fracción XXI)


De igual forma se añadió el capítulo 6.3 Procedimientos de verificación de origen. El cual especifica una nueva regulación sobre el origen de las mercancías y el trato arancelario preferencial


Por último, se deroga, el valor provisional en la aduana, la regularización de vehículos usados para aplicación del Decreto de sustitución de vehículos de autotransporte de pasaje y carga, finalmente, de enajenación de mercancías que se consideran exportadas, únicamente se pagará el IVA que corresponda las importaciones hechas por la empresa Programa IMMEX.

Publicadas por Facturación Electrónica

Cambian normas para el Comercio Exterior

Participarán contribuyentes en la elaboración de Reglas Administrativas

Los contribuyentes interesados podrán aportar ideas y propuestas
Previo a su emisión oficial, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente dio a conocer el Proyecto de Reglas Administrativas elaborado por el Servicio de Administración Tributaria.

Con la finalidad de establecer las bases para la presentación de las Declaraciones Anuales Informativas de Partes Relacionadas a las que hace referencia la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente, el SAT busca escuchar a los contribuyentes.

La propuesta es que, cualquier persona o grupo de personas interesadas, puedan involucrarse directamente, a través de propuestas, opiniones o comentarios, los cuales podrán ser enviados a la dirección de correo electrónico consultapublica@prodecon.gob.mx  del 17 de octubre al 18 de noviembre del presente año.

Una vez concluido el plazo, la Prodecon, concentrará la información y celebrará sesiones técnicas con el SAT a fin de que se analicen las propuestas que se consideren idóneas para contribuir a un mejor diseño normativo de las reglas en cuestión.

Posteriormente el SAT, publicará la versión definitiva de las reglas misceláneas correspondientes, cuyo resultado será un ejercicio de transparencia y colaboración institucional, comunicó la autoridad.

Por ahora los interesados pueden consultar el documento descargable en la página digital de la Prodecon, en el cual se puede leer:
  •     Los contribuyentes obligados a presentar las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas, normal y complementarias, deberán realizar su envío a través del Portal del SAT, por medio de la herramienta denominada DAIPR (76-A LISR), para lo cual deberán contar con e.firma o e.firma portable, vigentes. El envío se realizará a más tardar el 31 de diciembre del año inmediato posterior del ejercicio fiscal al que corresponda la información
  •      Los contribuyentes que hubieran presentado aviso de suspensión de actividades en el RFC y no cuenten con e.firma o e.firma portable, vigentes, podrán solicitarla si comprueban que las DAIPR que presentan corresponden a un ejercicio en el cual el estado de su clave en RFC se encontraba activo
  •     En el caso de que alguna de las DAIPR no sea aceptada, por no cumplir con alguno de los requisitos, se podrá enviar nuevamente, tantas veces como sea necesario
  •      Las DAIPR deberán contener la información que corresponde a las declaraciones de tipo Maestra de Partes Relacionadas del grupo empresarial multinacional, Local de Partes Relacionadas y lo correspondiente al ejercicio fiscal declarado de la entidad controladora multinacional, tanto de forma agregada y por cada país o jurisdicción.


Estos son algunos de los puntos a considerar, sin embargo, la información continua, puedes profundizar en ella a través del sitio web de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente dio a conocer el Proyecto de Reglas Administrativas.


Toma en cuenta que el proyecto aún no ha sido aprobado, tú puedes colaborar con la elaboración, recuerda enviar tus sugerencias.

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Participarán contribuyentes en la elaboración de Reglas Administrativas

México y EU, acuerdan valorar ISR

Ambas naciones contribuirán para determinar el ISR
en las operaciones del sector maquila
Para mejorar la competencia en el comercio exterior mexicano y evitar la doble tributación, el Servicio de Administración Tributaria y el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos de América, acordaron una estrategia para consolidar procesos fiscales equitativos.

Al unificar opiniones sobre la metodología de resolución en materia de precios en transferencia, ambas autoridades aceptarán los resultados sobre la determinación del Impuesto sobre la Renta en operaciones del sector maquila.

Dichos procedimientos, efectuados entre las filiales de las empresas en México, podrían verse beneficiados por resolver una porción relevante de las más de 700 solicitudes de confirmación de acuerdos anticipados de precios de transparencia.

Las claves:
  •      Se dará certeza jurídica a empresas filiales en México que realicen operaciones en el sector de la maquila

  •       Queda aprobada la metodología para una adecuada valoración del Impuesto Sobre la Renta

De esta manera, la metodología toma como base la normatividad correspondiente en materia de precios de transferencia en ambos países; será una opción para el procesamiento y la resolución expedita de solicitudes que sólo se aplicará cuando las compañías lo manifiesten mediante escrito.

A la postre, el SAT notificará, a través de un anuncio, a los contribuyentes que califiquen para este acuerdo alcanzado con el ISR, además, detallará el procedimiento y todas las especificaciones pertinentes respecto a las consideraciones y los pasos que deben seguir para poder apegarse a los términos del acuerdo.


Para la autoridad, el acuerdo alcanzado entre la autoridad mexicana, fortalece los lazos entre los dos gobiernos en materia de tributación de empresas multinacionales, igualmente, mejora los lazos en materia de tributación de empresas multinacionales y del compromiso en brindar certeza jurídica a los contribuyentes.

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México y EU, acuerdan valorar ISR