¿Cómo inscribirse al Padrón de General de Importadores?

Para realizar importaciones o exportaciones
ten en cuenta los siguientes requisitos.

El Padrón General de Importadores es un registro y obligación en el que deben inscribirse todas aquellas personas que deseen introducir mercancías al territorio nacional.

Dichas mercancías podrán ser distribuidas comercialmente siempre y cuando el importador esté inscrito al registro de la autoridad.

De acuerdo con la información publicada del Servicio de Administración Tributaria, a través de su portal oficial de internet, quienes deseen brindar este servicio deben, cumplir con los siguientes requisitos:
  • Estar inscrito y activo en el RFC.
  • Contar con e.firma vigente.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
a. Para efecto de lo anterior, se validará entre otros:
i. La constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código, debe estar en sentido positivo.
ii. No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
  • El domicilio fiscal debe encontrarse como localizado en el RFC o en proceso de verificación por parte de la ADSC.
  • El estatus del Buzón Tributario, debe encontrarse como “Validado”.
  • Contar con un agente aduanal, apoderado aduanal y/o representante legal, que realizará sus operaciones de comercio exterior, en cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley.

Para inscribirte, debes presentar una solicitud a través del Portal del SAT, en el apartado Trámites, RFC, Importadores y Sectores Específicos, Inscripción e ingresar con tu e.firma y contraseña.

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