Facturaxion, jueves 03 de diciembre, 2015.
Ahora que se acercan días no laborales es muy importante
tener en cuanto los días inhábiles del SAT al igual que el calendario de
impuestos que a continuación te presentamos:
**Días inhábiles
Para efectos del artículo 12, primer y segundo párrafos
y 13 del Código Fiscal de la Federación (CFF), son periodos de
vacaciones para el Servicio de Administración Tributaria:
Segundo periodo del 2015:
Los días 21 al 31 de diciembre del 2015
Para el periodo vacacional de fin de año, el SAT no atenderá
al público general (aunque sí para ciertos trámites); así como tampoco estarán
disponibles los teléfonos de consulta o consultas on line.
**Obligaciones
decembrinas
A más tardar el 10 de diciembre: Declaraciones
informativas.
- Presentar información de las cuentas, los depósitos, servicios,
fideicomisos, créditos o préstamos otorgados a personas físicas y morales, o
cualquier tipo de operaciones, para efectos del cobro de créditos fiscales
firmes o del procedimiento administrativo de ejecución.
- Presentar información mensual al SAT de depósitos en
efectivo.
A más tardar el 17 de diciembre: pagos o declaraciones
-Pagos provisionales del ISR
-Pagos definitivos de IVA
-Pagos definitivos de IEPS
-Enterar los pagos definitivos por dividendos o utilidades
-Enterar los impuestos retenidos a terceros
-Declaración informativa del IEPS
-Pagos provisionales, definitivos y retenciones
A más tardar el 31 de diciembre: pagos o declaraciones
informativas
-Declaración informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)
-Relación de enajenaciones realizadas por productores
de Asociaciones Ganaderas
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