La convivencia del CFDI 3.3 Y 4.0 se extiende

 


Con la finalidad de adaptarse a los requerimientos de la nueva versión 4.0 del CFDI indicados por el SAT y ante el cambio que implica en manejo de datos y el uso de nuevo software, muchos contribuyentes no están listos para comenzar a facturar a partir del primero de mayo con la versión 4.0 del CFDI. por lo que se da a conocer el Primer Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 especialmente sobre nueva versión de Factura Electrónica 4.0.


Se extiende el período en que se puede utilizar el Comprobante Fiscal Digital por Internet, en su versión 3.3 hasta el 30 de junio de 2022, dando así dos meses mas para el inicio de la obligatoriedad del CFDI en su versión 4.0.


  • A partir del 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
  • Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
  • Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.


Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios


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