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Evita dificultades para obtener una cita en el SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno mexicano; que tiene como funciones gestionar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC); actualizar la base de datos de los mismos, servicios fiscales y aduaneros, además de trámites en línea de las facturas o comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI). Entre otros procesos administrativos. 



Obtener una cita en el SAT siempre ha sido algo complicado por la gran demanda de usuarios que hacen uso del portal. Sin embargo, la entidad fiscal ha recurrido a ciertas mejoras para gestionar de una manera más eficiente este proceso. 


Al ser una institución de gran importancia para los contribuyentes, es normal que se sature el sistema y provoque retrasos en la distribución de citas. Además que debido a la pandemia no se cuenta con todo el personal activo para atender las necesidades de los usuarios. 


Pero no te preocupes, pese a las dificultades que esto ocasiona, el SAT ha abierto salas de llamadas de nombre “Mi espacio” en todo el territorio mexicano por lo que han manejado mayor rango de citas para así darle solución a la alta demanda.

Además es necesario mencionar que no es de vital importancia obtener una cita para todos los trámites. 


Los trámites para los que si se requiere una cita son: 


  • Inscripción para el RFC

  • Obtener una E-firma

  • Tramitar facturas y monederos electrónicos 


Para solicitar tu cita en línea, solo debes entrar a este sitio web https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx y registrarte para consultar el calendario de citas que maneja la plataforma, ahí se desplegará el mismo y podrás revisar los días en los que tienen disponibilidad. Es importante agregar en qué estado de la República te encuentras, ya que puede variar el número de citas y horarios disponibles. 


Recuerda que para cualquier trámite necesitas nombre completo, RFC con tu homoclave, correo electrónico y número de teléfono. 


Si necesitas más información sobre este proceso, consulta este link https://www.sat.gob.mx/home 


Publicadas por Facturación Electrónica

Evita dificultades para obtener una cita en el SAT

¿Qué necesitas para presentar tu declaración anual?

Ten a la mano la información que necesitarás.

Si le preguntamos al SAT, la respuesta a esta pregunta parece sencilla pues para la autoridad basta con tu contraseña para presentar tu declaración anual, sin embargo, para cumplir con esta obligación se necesitan algunas cosas más.

Para empezar, si no cuentas con una contraseña debes obtenerla a través de portal de internet del SAT ingresando la información que te solicita la aplicación, para ello, ten cerca tu e.firma y la dirección de correo electrónico donde deseas recibir información relacionada.

A diferencia de años anteriores, no deberás solicitar los comprobantes por tus ingresos o egresos, pero si debes tener a la mano contar con el dato y montos de las operaciones realizadas.

Ya que el SAT cuenta con toda esta información, una vez que ingreses a la aplicación, verás que la mayoría de tus datos están registrados, nuestra recomendación está enfocada a que corrobores dichos datos y cuando des clic en enviar te sientas tranquilo.

Enviar al SAT información equivocada o con errores ameritará que la autoridad realice una inspección de tus operaciones o en el mejor de los casos, deberás presentar una declaración complementaria sobre la información que registraste u olvidaste registrar.

Para evitarlo, ten presente los pagos por servicios educativos, deducciones personales, gastos relacionados con la actividad que realizas e ingresos que obtuviste a lo largo del año.

Adicionalmente necesitas estar al corriente con tus obligaciones fiscales pasadas como, declaraciones, pago de impuestos, emisión de comprobantes, etcétera.

Si ya tienes todo lo anterior, en definitiva estás listo para presentar tu declaración anual y realizarla vía telefónica o a través de la aplicación DeclaraSAT será muy sencillo.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Qué necesitas para presentar tu declaración anual?

¿Qué pasa si mi cliente aún no utiliza el CFDI 3.3?

Valida los comprobantes que recibas y la información que
debe ir registrada en ellos.
 
Pese a que el cambio a la facturación electrónica se anunció al comienzo del año, la fecha límite llegó sorprendiendo a muchos contribuyentes, algunos de los cuales, no lograron realizar su migración a tiempo.

En caso de no haber realizado el cambio de la versión 3.2 a la 3.3 los contribuyentes podrían enfrentar algunas dificultades al querer comprobar sus operaciones a través de un comprobante fiscal.

Es probable que alguno de tus clientes o proveedores se encuentre en esta situación, por lo que es importante que estés preparado y sepas qué hacer para conservar la relación.

Lo primero es verificar la información antes de recibir cualquier documento y si tienes un sistema de validación, esto te será mucho más sencillo, ya que el proceso se realizará de manera automatizada y de forma masiva.

En caso de recibir un documento que a la vista y en la validación no cumple con las propiedades de la versión 3.3, debes comentarlo con el emisor y proponerle un plazo para emitir el comprobante conforme a las nuevas disposiciones.


Es importante que tengas siempre en mente que un comprobante emitido con la versión anterior, la 3.2, carece de validez fiscal para el SAT, el cual no podrás utilizar en el futuro, lo que implica una demora en el proceso de cualquier operación.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Qué pasa si mi cliente aún no utiliza el CFDI 3.3?

Versión del CFDI relacionado a una factura 3.2 

Conoce la versión de las facturas relacionadas a un CFDI 3.2 que se emitan en 2018

Una vez que entre en vigor el uso obligatorio del CFDI 3.3
las reglas deben ser adoptadas para todos los tipos de facturas.
En el caso de las transacciones de tipo ingreso amparadas en un CFDI versión 3.2, cuyos pagos se realizan en parcialidades, ha surgido entre los contribuyentes la duda: ¿Qué versión se debe utilizar en los comprobantes de las parcialidades, cuando el pago se recibe el 1 de enero del 2018 o después?

Es decir, si durante 2017 realizaste una transacción por la que emitiste una factura de tipo Ingreso en la versión 3.2 y especificaste Pago en parcialidades como Método de Pago, quiere decir que probablemente tu cliente te pague una de esas parcialidades el siguiente año y como sabes, para entonces el CFDI 3.3 será obligatorio.

Esta situación se vio reflejada en la modificación de la Guía de llenado del CFDI con complemento para recepción de pagos también conocido como Recibo electrónico de pago, donde se describe lo siguiente como respuesta a la interrogante mencionada:

Se puede optar por emitir por el pago parcial una factura en términos de lo dispuesto en el Artículo 29-A fracción VII, inciso b) del CFF, por lo que, al estar solo vigente la versión 3.3 del Anexo 20 a partir del 1 de enero del 2018, al emir el CFDI por la parcialidad recibida conforme al fundamento antes citado, en dicho comprobante se registrar la clave 02 en el campo TipoRelacion del nodo CfdiRelacionados y el folio fiscal del CFDI de ingresos emitido por el valor total en el campo UUID del nodo CfdiRelacionado.

Conforme a lo especificado:

1.     Se debe emitir un CFDI versión 3.3 por la parcialidad recibida.
2.    Registrar en el campo TipoRelacion la clave 02 –
3.     Incluye el folio fiscal del CFDI de Ingresos emitido en la versión 3.2 en el campo CfdiRelacionado


Si deseas revisar más información al respecto, te recomendamos consultar el Artículo Cuarto Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal, publicada en el Portal oficial del SAT en www.sat.gob.mx  

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Versión del CFDI relacionado a una factura 3.2 

¿Qué es una factura simulada y cómo puedes detectarla?


Las facturas falsas son imperceptibles a primera vista, sin embargo, el SAT las detecta fácilmente.

Tú puede comprobar que la factura que recibes es
completamente legal y ampara tus operaciones.
También conocidas como facturas falsas, amparan operaciones que no se realizaron, en la mayoría de los casos corresponden a empresas inexistentes.

En este contexto, también se puede mencionar que quienes venden o compran facturas también incurren en facturación simulada ya que los comprobantes carecen de una parte importante de la información que se considera como real.

¿Cómo detectarlas?

Por su parte, el Servicio de Administración Tributaria, compara la información de una factura con las bases de datos a las que tiene acceso, declaraciones, registros ante el IMSS, las DIOT, verificaciones de domicilio, entre muchas otras instancias.

No obstante, tú también puedes confirmar que los documentos fiscales que recibes, cuentan con información verídica, lo que te garantiza poder hacer uso de ellos para amparar las operaciones que realizas.

Por ejemplo, puedes validar la existencia y registro de una sociedad a través de su RFC. Recuerda que el SAT tiene una herramienta en línea para realizar dicha confirmación.

Otra estrategia es verificar el domicilio y nombre de la sociedad con la que estás efectuando la transacción, a veces con el simple hecho de hacer una búsqueda en el mapa de la ciudad puedes corroborar que existen dichas instalaciones.

Incluso el SAT cuenta con una lista de contribuyentes que simulan o han simulado operaciones, consulta el registro si deseas saber si la persona u organización con la que estas a punto de establecer una relación comercial se encuentra en este registro.

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¿Qué es una factura simulada y cómo puedes detectarla?

¿Debo cancelar los CFDI de nómina 1.1?






Infórmate y evita cancelaciones innecesarias.




Pese a que el pasado 1 de enero entró en marcha la nueva versión de nómina 1.2, ha surgido la duda de qué ocurrirá con los comprobantes que fueron generadas con la versión anterior.

Lo primero es aclarar que no será necesario cancelar los CFDI de nómina 1.1 una vez que sean sustituidos por su igual con la versión 1.2, no obstante, existen otras restricciones.
De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, los CFDI de nómina emitidos con la versión 1.1 deberán ser reexpedidos a más tardar el 1 de abril de 2017 conforme a los campos informativos requeridos en el complemento de nómina 1.2.
Por ello te aclaramos que no será necesario cancelar los CFDI de nómina 1.1 una vez que sean sustituidos por su igual con la versión 1.2, sin embargo, recuerda que deberás timbrar con la misma el mes completo.
Por ejemplo, si timbras del 1 al 15 de enero con la nómina 1.1, deberás hacerlo con la misma versión del 16 al 31 y llevar a cabo la transición a la nómina 1.2 el 1 de febrero.
Da el paso a la nómina 1.2 con Facturaxion, en donde ya estamos timbrando este CFDI con los nuevos requerimientos.  
 
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