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¿Qué necesito para facturar?

Las personas físicas y morales deben emitir facturas electrónicas
por los ingresos recibidos.

Seguro pensarás que emitir facturas electrónicas es complicado, por lo que te gustará leer que es mucho más fácil de lo que normalmente se piensa ya que todo depende el giro de tu empresa y el volumen de los CFDI a emitir.

Como profesional o empresario que recibe un ingreso, debes emitir un comprobante por el servicio prestado o el producto vendido, de acuerdo a lo establecido por el Servicio de Administración Tributaria en las disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Para comenzar debes estar dado de alta ante hacienda, como persona física o moral y realizar el trámite del Certificado de Sello Digital, conocido como CSD y la Firma Electrónica Avanzada o FIEL.

Ésta última puede ser utilizado por las personas físicas para sellar las facturas electrónicas que emitan, siempre y cuando no cuenten con un CSD vigente.

Para solicitar la firma electrónica, se debe estar inscrito al Registro Federal de Contribuyentes, RFC, y CURP en el caso de las personas físicas. Por último, agendar una cita en la Administración Local de Servicios al Contribuyente y presentar los documentos de acuerdo al régimen inscrito.

Por otra parte, el CSD se obtiene a través de internet en el portal de internet del SAT con lo que se relacionará la identidad del contribuyente con su clave pública.

Facturar en línea es un proceso que puedes realizar a través del portal del SAT o del sistema de facturación electrónica de un proveedor autorizado de certificación como Facturaxion en la Nube.

Para recibir más información, suscríbete a nuestro newsletter.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Qué necesito para facturar?

¿Por qué no puedo facturar?

Averigua la razón por la que no has
podido emitir facturas electrónicas.

Puedes tener el RFC, la firma electrónica, contar con un sistema de facturación electrónica, pero presentar dificultades para emitir facturas electrónicas.

A continuación, te presentamos los motivos por los que pudieras estar presentando esta dificultad:

·         Certificado de sello digital sin efectos
El CSD tiene vigencia de cuatro años, una vez transcurrido este plazo ya no podrás emitir facturas, el tramite para recuperarlo se realiza directamente en el portal de internet del SAT.

·         Omitir obligaciones fiscales
Al no presentar más de una declaración, el SAT podría deshabilitar tu CSD y con ello tu capacidad para emitir facturas electrónicas.

·         Información no comprobable
Desde que la facturación electrónica es un proceso completamente digital, tanto el SAT como los proveedores de certificación como Facturaxion, tienen forma de validar la información que registras en los comprobantes fiscales al momento de emitirlos.

·         Donativos deducibles sin autorización
Para hacer de una donación deducible de impuestos, es necesario que la organización que lo reciba esté autorizada para ello y emita la factura electrónica correspondiente, de lo contrario el SAT no considerará la deducción y podría retirar la facultad para emitir el CFDI.

·         Domicilio fiscal falso
Registrar un RFC o domicilio que no corresponda a los datos con los que el SAT cuenta acerca de ti es otro de los motivos para deshabilitar a un contribuyente para emitir la factura electrónica.

Recuerda que el Servicio de Administración Tributaria se encuentra verificando que la información con la que cuenta es verídica y que puede ser utilizada con fines de comprobación.

Te recomendamos buscar el apoyo de un proveedor de certificación como Facturaxion en la Nube para realizar la validación de la información que registras en las facturas electrónicas que emites.

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¿Por qué no puedo facturar?

¿Qué son EFOS y EDOS?


Cuidado con la compra y venta de facturas electrónicas.
Según la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, las EFOS son las organizaciones conocidas coloquialmente como empresas fantasma, aquellas que se dedican emitir facturas electrónicas por operaciones, compras o servicios que en realidad nunca se llevaron a cabo.


Adicionalmente, la Procuraduría tipifica como EDOS a las personas o empresas que simulan un aumento en sus gastos de operación para pagar menos impuestos.

Es decir, las EFOS son quienes emiten facturas por falsas operaciones y las EDOS son quienes las compran y las utilizan con fines de comprobación fiscal.

En ambos casos, la PRODECON advierte que dichas acciones son consideradas ante la Ley como actos de defraudación fiscal y cuyas sanciones van de 3 meses a 9 años de cárcel para quienes incurran en ellos.

Además, el Servicio de Administración Tributaria cuenta con la facultad para publicar un listado con los nombres de las EDOS y EFOS, de acuerdo a lo establecido en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Para hacer del conocimiento de esta situación, el SAT utiliza el Buzón Tributario como medio de contacto con las empresas, a través del cual, solicita la información que ampare las operaciones registradas en las facturas.

En el caso de las EDOS, la autoridad fiscal solicitará que la empresa compruebe contar con los medios y el personal para brindar el servicio o producto registrados en las facturas electrónicas.

Por su parte, las EFOS tendrán que corregir la información enviada al SAT y pagar los impuestos que corresponden.

Si necesitas mayor información y/o apoyo para resolver una situación como las anteriores, te recomendamos visitar el sitio oficial de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Qué son EFOS y EDOS?

3 tipos de fraude con e.firma

Evita ser víctima de estafadores o incurrir en una mala práctica fiscal.

Tu e.firma tiene el mismo valor que tu firma autógrafa.
En los últimos años el fraude con la firma electrónica pasó de la compra y venta ilegal del documento, al engaño y endeudamiento con varios miles de pesos que tomó por sorpresa a miles de contribuyentes.

Tan solo en el periodo de 2011 a 2016 10 millones 250 mil 907 contribuyentes contaban con firma electrónica, cifra que año con año aumenta entre un 10% y 20%.

Con más de 4 años en operación, la firma electrónica es el medio de autenticidad personal con el que más trámites fiscales se pueden realizar, por ejemplo:

  •  Presentación de declaraciones.
  •  Cambios de situación fiscal.
  •  Devolución de impuestos.
  •  Emitir facturas electrónicas.

Y no solo eso, hay que recordar que la e.firma o firma electrónica tiene las mismas funciones que tu firma autógrafa. ¿Te imaginas los efectos que esto tendría de estar en las manos equivocadas?

Con la finalidad de apoyarte en la protección de tus datos personales, te compartimos tres de los fraudes con e.firma más frecuentes:

1.     Invitación en redes sociales

En este tipo de fraude, el usuario recibe una invitación o mensaje a través de redes sociales, en el que se le invita a acudir a las oficinas del SAT con documentos personales y tramitar su firma electrónica a cambio de dinero.

2.     A cambio de un buen negocio

Recientemente se hizo popular el caso de varias mujeres que se dieron cita en una de las oficinas del SAT al interior de la República para solicitar su firma electrónica y después entregarla a un sujeto, quien les ofreció un jugoso negocio por el documento.

Sin embargo, el grupo de mujeres se sorprendió cuando no vieron pista del hombre y mucho menos la existencia de dicho negocio.

3.     Compra y venta

La estafa de la compra y venta de la firma electrónica incluye también la renta de la misma, en la que se emiten facturas electrónicas a cambio de una cantidad de dinero o se suplanta la identidad de una persona con la finalidad de defraudar a sistema fiscal.


En cualquiera de los tres anteriores, el contribuyente puede resultar sumamente afectado, tanto en sus finanzas como en su historial fiscal, por ello es importante que no entregues, ni prestes este tipo de información a ninguna persona.

Publicadas por Facturación Electrónica

3 tipos de fraude con e.firma