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¿Cuáles son las prácticas indebidas en la emisión de facturas de acuerdo al SAT?

Con la finalidad de proteger el derecho de los contribuyentes a deducir y acreditar impuestos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las prácticas indebidas detectadas en la emisión de facturas, que servirán de guía para evitar sanciones:
  1. Exigir cualquier dato distinto al RFC.
  2. Obligar a proporcionar un correo electrónico, esto es opcional.
  3. Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura.
  4. Obligar al receptor a generar la factura en un portal.
  5. Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción.
  6. Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada.
  7. Solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura.
  8. Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo.
  9. No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos.
  10. No emitir factura.


La autoridad añadió que si se detecta alguna de estas prácticas es necesario que el contribuyente lo denuncie en el portal del SAT. Cabe destacar que también son objeto de denuncia casos en los que no se emitió la factura o ésta se emitió con errores pues la autoridad apoya al contribuyente en la obtención del documento de manera correcta.Hay que recordar que a partir de agosto el fisco irá contra los contribuyentes que compraron alguna factura para reducir el pago de sus impuestos, los denominados EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas) que al comprar facturas o comprobantes fiscales digitales pretenden simular un aumento en sus gastos.


Publicadas por Facturación Electrónica

¿Cuáles son las prácticas indebidas en la emisión de facturas de acuerdo al SAT?

¿Operaciones simuladas? Un esquema de evasión fiscal que está persiguiendo el SAT

En días recientes el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que realizó un operativo en el que detectó 150 empresas que facturan operaciones simuladas, de éstas, hay algunas que se identificaron con desvíos de recursos públicos; sin embargo, la dependencia afirma que ya existen denuncias penales ante la Fiscalía General de la República para perseguir este modo de evasión fiscal.

Pero ¿qué son las operaciones simuladas? De acuerdo al SAT, existen empresas que venden facturas para ser deducidas por otras que si tienen operaciones reales; a las primeras les llaman EDOS, mientras que las segundas han sido denominadas como EFOS.  


Cabe aclarar que las facturas que emiten son válidas, pues cuentan con los elementos formales y autorizados por el SAT, la falsedad de éstas radica en que la operación amparada es simulada, es decir, no existe.

¿Cuáles son sus características? 

Las EFOS no cuentan con activos, personal ni infraestructura física, además, tampoco se localizan en el domicilio fiscal proporcionado a la autoridad o lo cambian sin notificar, generalmente en zonas marginales, virtuales o ficticias. Aunado a ello, los socios no cuentan con recursos económicos, ni declaran, son ilocalizables o fueron empleados. Respecto del ámbito financiero, abren cuentas bancarias y las cancelan en un corto tiempo, presentan altos montos de facturación, mismos que contrastan con pocos o nulos gastos. En tanto que su objeto social es muy amplio con énfasis en intangibles.

Por su parte las EDOS por lo general cumplen con las obligaciones fiscales, sí están localizadas en el domicilio fiscal registrado ante el SAT, tienen una actividad en donde la materialidad es visible; los socios están en la nómina y muestran cumplimiento. Este tipo de empresas suelen reportar pérdidas fiscales y generar, por tanto, mínimos impuestos, así como documentación falsa para acreditar materialidad de la operación como manuales, asesorías, capacitación, etc.

¿Cómo evitar que una empresa sea considerada con operaciones simuladas o inexistentes?

Para evitar que el SAT determine un producto o servicio como operación inexistente es necesario contar con la documentación que ampare las operaciones, por ejemplo, el acta constitutiva, actas de asamblea y contratos de arrendamiento en donde se realiza la actividad, así como los comprobantes que se expiden a sus clientes. Aunado a ello, es necesario contar con facturas, contratos y formas de pago que les permitan ampararse.

Respecto de comprobar servicios intangibles es importante no sólo estar comprobados por el CFDI, sino justificar por qué se adquirieron con pruebas como, el medio en que se contactó al proveedor, en qué consistió el servicio y cuándo se proporcionó; cuándo y dónde se llevó a cabo, así como el nombre y RFC de quiénes prestaron el servicio y su perfil profesional.

Mientras que, para servicios tangibles, son necesarias pruebas como tener un almacén donde se recoge y entrega la mercancía, contar con transportista (interno o externo), el pago de seguro por la mercancía, pago de salarios y maniobras y en su caso, que se cuente con los pedimentos correspondientes, así como el registro de los pedidos y la relación adecuada de sus activos (propios o rentados).

Por lo tanto, es de suma importancia recabar y tener en orden la documentación necesaria, pues si en determinado momento el SAT emite la lista de contribuyentes presuntamente EFOS, estos puedan demostrar debidamente sus operaciones.

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¿Operaciones simuladas? Un esquema de evasión fiscal que está persiguiendo el SAT

¡Prepárate! El SAT podría auditarte electrónicamente

Nos encontramos frente a la Era Digital regida por el uso de las Tecnologías de la Información (TI´s), en ella, cada vez más el flujo de información y el intercambio de datos es una práctica común. El Servicio de Atención Tributaria (SAT) no es la excepción, prueba de ello es su portal que se ha convertido en el principal medio de comunicación con los contribuyentes. 



Sin embargo, desde la Reforma Fiscal de 2014 el organismo cuenta con la posibilidad de hacer revisiones electrónicas de la información que entregan los contribuyentes, aunque fue hasta el ejercicio fiscal 2016 que comenzó a realizarlas. Así, el SAT ejerce sus facultades de comprobación mediante visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y auditorías electrónicas, aunque en el caso de estas últimas no llevan consigo un requerimiento de la autoridad para su cumplimiento.

Por lo anterior, es de suma importancia que los contribuyentes cotejen sus operaciones y documenten la información proporcionada mediante la contabilidad electrónica, pues debe coincidir con la documentación soporte. Lo anterior debido a que la autoridad realizará un cruce de información, también de manera digital, donde podrá encontrar omisión de pagos, ingresos omitidos, determinación incorrecta, cálculo de retenciones y proveedores de riesgo, además de diferencias con el Registro Patronal del IMSS, deducciones o acreditamientos indebidos y operaciones atípicas.

En días recientes, el SAT dio a conocer que recaudó 44 mil 543.4 millones de pesos por auditorías durante el primer trimestre de 2019, 33% más en el 2018, cifra récord para el gobierno federal. Parte de esta recaudación proviene de 10 mil 485 actos terminados por revisión que podrían emanar de auditorías electrónicas.

Por lo tanto, es recomendable que el contribuyente esté pendiente de las notificaciones en el correo electrónico que validó ante la autoridad, a fin de que pueda revisar el Buzón Tributario y enterarse en tiempo y forma de cualquier observación que emane de una auditoría electrónica.

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¡Prepárate! El SAT podría auditarte electrónicamente

¿Cómo recuperar el saldo a favor?

Solicita la devolución del saldo de ISR al
presentar la Declaración Anual.

Las personas físicas y morales, tienen la oportunidad de generar y recibir saldo a favor del Impuesto sobre la Renta al momento de presentar la declaración anual. Te compartimos los siguientes tips para solicitar la devolución.

Luego de revisar y confirmar que la información presentada en la versión prellenada de la declaración anual, es correcta, selecciona la opción Devolución, para indicar al SAT que deseas recibir el depósito a tu cuenta equivalente.

Esta opción se mostrará disponible al momento de dar clic en Enviar Declaración, no obstante, si al momento de presentar la declaración anual, no solicitaste la devolución, se puede disponer de él dentro de los cinco años siguientes a la fecha en la que se determinó el saldo a favor.

El portal del SAT te solicitará los datos de la cuenta a la que se realizará el depósito, recuerda que debe estar a nombre del contribuyente que recibirá el beneficio.

En 2019, cerca de dos millones de contribuyentes recibirán saldo a favor por presentar la Declaración Anual, afirmó Katya Elizabeth Arroyo Arriola, titular de la Administración General de Servicios al Contribuyente.

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¿Cómo recuperar el saldo a favor?

Posibles errores al presentar Declaración Anual

Antes de enviar la Declaración Anual, revisa
y confirma que la información registrada es correcta.

Por segundo año, los contribuyentes visualizarán la versión prellenada de la Declaración Anual lo que les facilitará completar el trámite sin que ello signifique evitar su revisión detallada.

A través de la factura electrónica, el Servicio de Administración Tributaria recibe la información de los ingresos y clasifica deducciones personales de los contribuyentes para generar la versión anticipada de la Declaración Anual, por ello, ésta debe ser revisada y confirmada, afirmó Héctor Vázquez Luna, titular de la Administración General de Recaudación.

Por ejemplo, al modificar los datos ya registrados por el SAT, el contribuyente debe asegurarse de ingresar correctamente la nueva información ya que la autoridad fiscal lo consultará antes de autorizar, señaló Katya Elizabeth Arroyo Arriola, titular de la Administración General de Servicios al Contribuyente.

Los comprobantes fiscales no timbrados o con errores de registro, derivan en errores en la Declaración Prellenada, así como los recibos electrónicos de nómina.

Este 2019 se espera que 970 millones de facturas de nómina sean procesadas y se presenten 238 millones de facturas por deducciones personales, afirmó Margarita Ríoas Farjat, jefa del Servicio de Administración Tributaria.

Alrededor de 6.9 millones de declaraciones serán presentadas en abril de este año, 92% de ellas con saldo a favor.

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Posibles errores al presentar Declaración Anual

3 Requisitos para digitalizar documentos

Para digitalizar un documento no solo es necesario
generar una versión en la nube.

En México la legislación permite llevar a cabo procedimientos jurídicos utilizando comunicaciones electrónicas, lo que abre la posibilidad de llevar a cabo el intercambio de mensajes de datos y archivos adjuntos con otros fines.

Para que esto suceda, se deben seguir prácticas especificas en la digitalización e intercambio de documentos, afirma Gil Ramírez en el Boletín de marzo – abril de la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación.

Integridad, confidencialidad y disponibilidad

En estas tres características se engloban una de las mayores preocupaciones de las que se ocupan las Tecnologías de la Información, cuidar del mensaje de datos.

Seguridad

Los medios que se utilicen para este fin, deben garantizar la plena identificación de la persona a quien va dirigido el mensaje enviado y de quien debe recibirlo.

Mecanismos o dispositivos

La suma de los dos requisitos anteriores da como resultado una herramienta tecnológica conocida como sistema de Comunicaciones Electrónicas Certificadas, éstos utilizan la firma electrónica para asegurar la información que se intercambia por medios digitales.

El futuro las comunicaciones electrónicas certificadas promete aportar valor a la relación de las empresas con autoridades e instituciones para mejorar distintas prácticas en la vida cotidiana y profesional, señala Gil Ramírez.

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3 Requisitos para digitalizar documentos