Nuevas y mejoradas NIF

El Consejo Mexicano de Normas de la Información,
promulgó dos nuevas NIF y modificó seis de las existentes.
Antes de que terminara el 2016, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera emitió dos nuevas NIF y promulgó el documento de mejoras para 2017, algunas de las cuales pueden aplicarse para el cierre del ejercicio del pasado año.

Entre las recién emitidas encontrarás:
NIF B-17 Determinación del valor razonable.
NIF C-10 Instrumentos financieros derivados y relaciones de cobertura.
En cuanto aquellas que generarán cambios contables hallarás:
NIF B-13 Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros
Ahora podrás conservar la clasificación del pasivo como partida de largo plazo a la fecha de los estados financieros en aquellos casos cuando se genera en el periodo posterior por un convenio para mantener los pagos a largo plazo con una entidad deudora y en el que ha caído en incumplimiento.
Vigencia: Ejercicios que inicien el 1 de enero de 2016, así como en 2017.
NIF D-3 Beneficios a los empleados
Para determinar el valor presente en los pasivos a largo plazo se debe utilizar una tasa de mercado libre, o con muy bajo, riesgo crediticio, el cual represente el valor del dinero en el tiempo.
Además se estableció la opción para reconocer las remediciones del pasivo laboral que se llevan a cabo al final del periodo anual, por ejemplo:
  1. En el otro resultado integral, reciclándolas posteriormente a la utilidad o pérdida neta con base en la vida laboral remanente promedio.
  2. Directamente en la utilidad o pérdida neta en la fecha de su devengación.
Vigencia: Ejercicios que se inicien el 1 de enero de 2016, así como en 2017.
NIF C-4 Inventarios y NIF C-6 Propiedades, planta y equipo
Con el cambio en la C-4 y la C-6 se requerirá la revelación de los compromisos contraídos en inventarios, maquinaria y equipo recibidos en consignación, administración o para maquila.
Vigencia: Ejercicios que inicien el 1 de enero de 2017.
NIF C-11 Capital contable
Se establecerá que los gastos de registro en una bolsa de valores de acciones de una entidad, sean reconocidos por una entidad en su utilidad y pérdida neta en el momento de su devengación, al considerar que no hubo una transacción de capital.
Incluso, cualquier gasto incurrido en la recolocación de acciones recompradas debe reconocerse como una disminución del capital emitido y colocado, a diferencia de los anteriores en los que debía reconocerse en la utilidad o pérdida neta.
Vigencia: Ejercicios que inicien el 1 de enero de 2016
Con información del Colegio de Contadores Públicos de México.
 
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