El Consejo Mexicano de Normas de la Información, promulgó dos nuevas NIF y modificó seis de las existentes. |
Antes de que terminara el
2016, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera emitió dos nuevas
NIF y promulgó el documento de mejoras para 2017, algunas de las cuales pueden
aplicarse para el cierre del ejercicio del pasado año.
Entre las recién emitidas
encontrarás:
NIF
B-17 Determinación del valor razonable.
NIF
C-10
Instrumentos financieros derivados y relaciones de cobertura.
En cuanto aquellas que generarán cambios contables
hallarás:
NIF
B-13 Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros
Ahora podrás conservar la
clasificación del pasivo como partida de largo plazo a la fecha de los estados
financieros en aquellos casos cuando se genera en el periodo posterior por un
convenio para mantener los pagos a largo plazo con una entidad deudora y en el
que ha caído en incumplimiento.
Vigencia: Ejercicios que
inicien el 1 de enero de 2016, así como en 2017.
NIF
D-3 Beneficios a los empleados
Para determinar el valor
presente en los pasivos a largo plazo se debe utilizar una tasa de mercado
libre, o con muy bajo, riesgo crediticio, el cual represente el valor del
dinero en el tiempo.
Además se estableció la
opción para reconocer las remediciones del pasivo laboral que se llevan a cabo
al final del periodo anual, por ejemplo:
- En el otro resultado integral, reciclándolas posteriormente a la utilidad o pérdida neta con base en la vida laboral remanente promedio.
- Directamente en la utilidad o pérdida neta en la fecha de su devengación.
Vigencia: Ejercicios que se
inicien el 1 de enero de 2016, así como en 2017.
NIF
C-4 Inventarios y NIF C-6 Propiedades, planta y equipo
Con el cambio en la C-4 y la
C-6 se requerirá la revelación de los compromisos contraídos en inventarios,
maquinaria y equipo recibidos en consignación, administración o para maquila.
Vigencia: Ejercicios que
inicien el 1 de enero de 2017.
NIF
C-11 Capital contable
Se establecerá que los
gastos de registro en una bolsa de valores de acciones de una entidad, sean
reconocidos por una entidad en su utilidad y pérdida neta en el momento de su
devengación, al considerar que no hubo una transacción de capital.
Incluso, cualquier gasto
incurrido en la recolocación de acciones recompradas debe reconocerse como una
disminución del capital emitido y colocado, a diferencia de los anteriores en
los que debía reconocerse en la utilidad o pérdida neta.
Vigencia: Ejercicios que
inicien el 1 de enero de 2016
Con información del Colegio de Contadores Públicos de
México.
Síguenos
en nuestras redes sociales:
0 comentarios:
Publicar un comentario