Te compartimos las claves para conocer el nuevo complemento 1.1 para Comercio Exterior. |
Una vez que el Servicio
de Administración Tributaria comunicó las modificaciones a las Reglas Generales
de Comercio Exterior, han estado circulando los detalles sobre la entrada en
vigencia de la nueva versión 1.1.
Sabemos que esto puede
generar algunas confusiones por ello te compartimos las claves para conocer el
nuevo complemento:
- Será obligatorio a partir del 1 de enero del 2018Sin embargo, puedes hacer uso de la versión 1.0 y la más actualizada 1.1 al mismo tiempo durante todo 2017, por lo tanto los CFDI de ambas versiones serán recibidos por quien corresponda.
- Autoridades aduaneras extranjeras podrán usarloYa que el SAT está buscando la manera de obtener un mejor control en la mercancía extranjera y reforzar la seguridad en las exportaciones, ha firmado acuerdos con Estados Unidos y Canadá.
- Fácil identificación y acreditación de importadores y exportadoresCon la inclusión de datos informativos sobre ambos agentes, se evitarán las simulaciones de exportaciones con efectos en IVA, además de la manipulación de precios de transferencia, evasión de impuestos internos, entre otros.
- Uso sólo para exportaciones tipo A1En el caso de las operaciones de exportación de mercancías en definitiva se incluirá un campo informativo para identificarlas, es decir, actualizará la validación referente a la identificación de productos con varias facciones arancelarias.
- Es innecesario declarar el CFDI con clave A1Esto es en el caso de que no se dé el supuesto de enajenación, en cambio, se deberá efectuar la operación de exportación como se realiza hasta la fecha, declarando el folio de acuse de valor en el campo correspondiente.Síguenos en nuestras redes sociales:
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