Facturaxion, Jueves 04 Junio, 2015
El día de hoy, la secretaria del
trabajo y previsión social, dio a conocer a través del Diario Oficial de la
Federación el reglamento de la Ley de Ayuda Alimentaria para los
Trabajadores, el cual tiene por objeto establecer las normas reglamentarias para instrumentar
los esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los Trabajadores en el Ámbito
Ocupacional.
Dentro de las disposiciones
presentadas en dicho reglamento se establece que, para aquellas empresas que
decidan implementar esquemas de ayuda complementaria a sus trabajadores, deberán
contratar los servicios por escrito de algún proveedor de servicios de comedor,
algún restaurante o establecimiento de consumo de alimentos, se podrá también
contratar el servicio de una emisora de vales o de un proveedor de despensa.
Asimismo, se deberá de contar con un
comprobante físico o digital que avale la prestación de dicho servicio por
trabajador, que incluya su nombre, su RFC, CURP, y el monto entregable o el
servicio prestado por concepto de ayuda alimentaria, comprobable bajo un acuse
de recibido por cada trabajador.
Es importante señalar que, dentro de
la ayuda alimentaria se considera como apoyo aquella alimentación que cumpla
las características de una dieta correcta y para aquellos que opten por los
vales de despensa, serán otorgados en función a los días laborados por el
trabajador.
Este reglamento entrará en vigor el
día siguiente a su publicación en el DOF y para el caso particular a la
fracción I del artículo 7 del presente reglamento respecto a los vales de
comida, entrará en vigor a los 180 días
naturales siguientes a su publicación.
Para consultar el archivo original
con el reglamento de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, da clic
en el siguiente enlace.
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