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El secreto fiscal del SAT


El SAT tiene como objetivo tener una recaudación fiscal de tus impuestos, para ello te pide una serie de datos los cuales son importantes y relevantes para dicha declaración, no obstante el mismo sistema tiene como obligación a cargo de las autoridades fiscales de resguardar, controlar y hacer valer la relación jurídica que tenga con dicha información de los contribuyentes.


Para entender mejor este tema debemos saber que es el secreto fiscal y para qué sirve, bueno pues relativamente sirve para la protección que da la legislación a los datos de un contribuyente, dicha información es toda aquella que recolecta el Servicio de Administración Tributaria (SAT).


Esta información se queda al resguardo total del SAT y solamente pueden hacer uso y la conocen tanto el contribuyente como la autoridad fiscal, la cual puede usar estos datos solamente para efectos fiscales. 


El artículo 69 del código fiscal nos habla de todo lo ya mencionado, sin embargo también señala algunas excepciones donde el SAT puede compartir información, pero debe de ser a solicitud, conforme a lo marque el CFF y no se comparte toda la información del contribuyente. En caso de que sucediera hipotéticamente este caso el contribuyente puede acudir a los tribunales para exigir que dicha información no sea compartida.


Se pueden apoyar del numeral 2 fracción VII de la ley federal de los derechos del contribuyente, el cual nos habla que es un derecho el mantener en reserva datos, informes, o antecedentes de los contribuyentes.


Al final tenemos que entender que dicho término no es un secreto en materia fiscal, más bien es una obligación a cargo de los funcionarios hacendarios, con este término se entiende que se debe tener extremado cuidado ante la información que pueden revelar o la que no.

Publicadas por Facturación Electrónica

El secreto fiscal del SAT

¿Conoces las nuevas Reglas para el Buzón Tributario?

 

El Buzón Tributario es un canal de comunicación permanente y oficial entre la Autoridad Fiscal y el contribuyente, éste se localiza en el portal de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y para su uso, el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que los contribuyentes deben habilitarlo, registrarse y mantener actualizados sus medios de contacto (CFF 17-K).

Desde el 2020, habilitar el Buzón Tributario es obligatorio, tanto para personas morales como físicas, exceptuando a: personas físicas que tributen en el régimen de incorporación fiscal; personas físicas con ingresos por salarios o asimilados a salarios menores a los 3 millones de pesos anuales; y personas físicas con ingresos por plataformas tecnológicas.

Durante este año, 2020, la autoridad fiscal otorgó diversos plazos para esta actualización, para ello estableció el trámite “245/CFF Habilitación del Buzón Tributario y registro de mecanismos de comunicación como medios de contacto”, contenida en el Anexo 1-A.

A través del buzón tributario la Autoridad los contribuyentes podrán recibir mensajes como: 

·       Beneficios fiscales

·       Facilidades administrativas 

·       Invitaciones a programas 

·       Información relacionada con la situación fiscal del contribuyente  

·       Información útil para el cumplimiento de obligaciones fiscales

Pero ¿cuáles son los medios de contacto a registrar?

De acuerdo a la regla 2.2.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, los contribuyentes deben registrar su dirección de correo electrónico y número telefónico móvil.

Actualización de datos 2021

Esta obligación, de acuerdo con la RMF 2021, establece que los contribuyentes que sólo señalaron un solo medio de contacto, ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico como mecanismo de contacto, deberán actualizar sus medios de contacto adicionando el que les haga falta, a más tardar el 30 de abril de 2021.(Artículo Transitorio Cuadragésimo Sexto de la RMF para 2021).

Por otra parte, tendrán la opción de no habilitar el buzón tributario las personas físicas que cuenten ante el RFC con alguna de las siguientes situaciones (Artículo Transitorio Cuadragésimo Octavo de la RMF para 2021): 

·       Sin obligaciones fiscales

·       Sin actividad económica

·       Suspendidos

Además, las personas morales que cuenten con situación fiscal de suspendidos tendrán la opción de habilitar el buzón tributario, y las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados quedan relevados de habilitar el Buzón Tributario.

¿Cuál será el horario del buzón?

El buzón se regirá con la Zona Centro de México, considerando cuando se establezca el Horario Estacional.

Ahora sí ya tienes todos los detalles para un manejo adecuado de tu Buzón tributario este 2021. Mantén actualizados tus datos y disfruta de un 2021 con operaciones fiscales sanas.





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¿Conoces las nuevas Reglas para el Buzón Tributario?

Aviso de compensación para empresas


Realiza el pago de impuestos generados,
con el saldo a favor obtenido al presentar tu Declaración Anual..
Si al presentar tu declaración anual obtuviste saldo a favor, el Aviso de Compensación te permite pagar con éste otros impuestos a los que estás obligado, no obstante, tendrá que ser bajo las nuevas condiciones del SAT.

Hasta hace poco, la autoridad fiscal permitía realizar dicha compensación por cualquiera de los impuestos, es decir, el contribuyente decidía que impuestos pagar con el saldo a favor obtenido durante un ejercicio fiscal.

En cambio al finalizar el ejercicio 2018, solo se puede realizar el pago del impuesto que haya generado el saldo a favor, por ejemplo, si se obtuvo en IVA, se debe pagar el adeudo del mismo gravamen.

Como muchos trámites presentar el aviso de compensación para tu empresa es un trámite que se puede hacer en línea siguiendo estos pasos:

Personas físicas
Personas morales
1.       Da clic en el botón iniciar.
2.       Ingresa con e-firma portable, RFC y contraseña.
3.       Valida tus datos y confirma.
4.       Selecciona el tipo de aviso.
5.       Aporta la información y archivos en el aviso.
6.       Envía tu aviso al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico con el número de folio asignado.
1.       Da clic en el botón iniciar.
2.       Ingresa con  e-firma portable, RFC y contraseña.
3.       Valida tus datos y confirma.
4.       Selecciona el tipo de aviso.
5.       Aporta la información y archivos en el aviso.
6.       Envía tu aviso al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico con el número de folio asignado.
*FUENTE: Portal oficial de internet del Servicio de Administración Tributaria.

Además de ser una obligación, presentar el aviso de compensación es la mejor manera de dar a tu empresa una oportunidad frente a los impuestos a pagar por los ingresos recibidos.

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Aviso de compensación para empresas

¿Cómo detener una auditoría?

Reúne todos los documentos necesarios para ampararte
Las revisiones electrónicas o auditorías fiscales, no tienen que ser la señal que anuncia multas y recargos por venir, aquí te diremos a quién recurrir y los medios de apoyo y asesoría con los que cuentas.

Cuando el Servicio de Administración Tributaria detecta inconsistencias en los movimientos de las empresas o personas físicas, comienza el análisis y evaluación de registros contables, esto se puede llevar a cabo de tres formas: visita domiciliaria, revisión electrónica o presentación de información.

Para hacer frente a esta situación, lo primero es contar con los comprobantes fiscales o facturas electrónicas con los que puedas amparar las operaciones que realizas, si son de fechas recientes es todavía mejor.

Durante este proceso, la autoridad fiscal, solicitará la información y recursos con los que cuente para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, no obstante, el contribuyente tiene derecho a conocer el periodo que será revisado de forma anticipada.

Aunque no es obligatorio, contar con un respaldo digital con más de 5 años atrás, almacenar los comprobantes te facilitará poneros a la disposición de la autoridad fiscal lo antes posible.

Posteriormente puedes solicitar un acuerdo conclusivo como una herramienta de defensa que te permite frenar cualquier tipo de auditoría y presentar a la autoridad fiscal argumentos en tu defensa.

Por otra parte, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente es una de las instituciones que te ofrecen asesoría profesional para saber cómo actuar ante cualquiera de las situaciones anteriores.
Además recuerda que, de acuerdo a la legislación vigente en materia fiscal, tienes derechos

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¿Cómo detener una auditoría?

Nuevo servicio de cancelación y más cambios

Nuevos cambios fiscales vienen para los contribuyentes.

Además de adoptar el nuevo proceso de cancelación, a partir del 1° de septiembre del 2018, los contribuyentes deberán asimilar otros servicios agregados para controlar el proceso de emisión y administración de facturas electrónicas.

Estos servicios son proporcionados de manera automática por el Servicio de Administración Tributaria y aquellos proveedores de certificación que cuenten con el visto bueno de la autoridad fiscal.

Aquí te explicamos, cómo utilizarlos y porque son útiles para ti:

·         Estados del comprobante
Valido y cancelado, ya no serán los únicos estatus con los que se puede clasificar una factura electrónica, del 1° de septiembre en adelante, se deberán considerar también No cancelable y Cancelable.

Dichos estados, deben aparecer siempre visibles al contribuyente a través de cualquier medio, el portal del SAT o el servicio proporcionado por el proveedor de certificación.

También te puede interesar: Estados de la factura electrónica

·         Consulta de comprobantes relacionados
Este servicio muestra aquellas facturas electrónicas que se encuentren relacionadas con otros comprobantes, indicando a los contribuyentes que la factura no puede ser cancelada.

·         Peticiones de cancelación
A través de este servicio, el contribuyente emisor puede realizar la búsqueda y filtrado de aquellas facturas electrónicas que requieren la aceptación del receptor para ser canceladas.

·         Aceptación o rechazo
Permite al contribuyente receptor contestar la solicitud el emisor, aceptando o rechazando la cancelación de una factura electrónica.

Estos dos últimos servicios, facilitan los contribuyentes emisor y receptor, consultar el estado una o más facturas electrónicas, desde el servicio del PAC que contraten, sin tener que ingresar al Buzón Tributario.

Dichos servicios conforman los medios tecnológicos probados y certificados por el Servicio de Administración Tributaria con los que obligatoriamente deben contar los proveedores de certificación que implementen a sus servicios el nuevo esquema de cancelación de factura electrónica.

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Nuevo servicio de cancelación y más cambios

Obligaciones de los arrendadores con empleados



¿Conoces tus obligaciones como arrendador?

Cumple con el SAT y con tus trabajadores.
Si te dedicas a la renta de bienes inmuebles, como un departamento o casa habitación, es importante estar al día no solo con la autoridad fiscal, sino también con quienes laboran para ti.

Al dar de alta tu negocio, debes enterar al SAT sobre los ingresos que recibes de estas actividades, no obstante, tener trabajadores a tu cargo trae consigo tareas que terminan por completar el esquema fiscal al que perteneces.

Si te encuentras inscrito en el Régimen de Arrendamiento y tienes trabajadores a tu servicio, cumple con lo siguiente:

·         Realiza la retención del ISR y entéralas al SAT mensualmente en las mismas fechas que declares tus impuestos.

·    En caso que les corresponda, debes entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de subsidio para el empleo.

·         Emite los comprobantes de nómina a tus trabajadores por los ingresos y retenciones efectuadas.

·       Si utilizaste la herramienta Mis cuentas para registrar las retenciones de tus empleados, obtén el reporte anual a través de dicho aplicativo.

Todas las anteriores, se aplican tanto para personas físicas como morales, quienes además deben presentar la declaración anual de impuestos a través de la plataforma DeclaraSAT.

Recuerda que con la emisión de la factura electrónica y presentando tus declaraciones mensuales y anuales, notificas al SAT sobre el cumplimiento de estas obligaciones.

Para ello, te recomendamos contactar un proveedor autorizado de certificación como, Facturaxion en la Nube, el cual te brinda un servicio de facturación electrónica fácil y seguro de usar.


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Obligaciones de los arrendadores con empleados

Entra en vigor nuevo esquema de cancelación del CFDI 3.3

Notifica al receptor sobre la cancelación de
una factura electrónica.

A partir de este 1 de julio, los contribuyentes deben confirmar la cancelación de una factura electrónica antes de llevar a cabo el procedimiento, además, los errores de captura podrían ocasionarles sanciones.

Hay que recordar que el anuncio de estos cambios se dio a inicios del 2017, cuando, junto con la renovación del CFDI, se anunciaron cambios a la cancelación y llenado del comprobante fiscal.

El nuevo esquema de cancelación establece que el emisor debe solicitar al receptor su autorización, con lo que ambas partes estarán de acuerdo en que dicho comprobante dejará de ser válido ante la autoridad fiscal.

Existen algunas excepciones en donde el emisor podrá cancelar el comprobante fiscal sin requerir la manifestación del receptor, por ejemplo:

·        Que amparen ingresos por un monto de hasta $5,000
·        Por concepto de nómina, egresos y traslado
·        Por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del RIF
·        Que amparen retenciones e información de pagos
·        Expedidos en operaciones realizadas con el público en general de conformidad con la regla 2.7.1.24.
·        Emitidos a residentes en el extranjero para efectos fiscales conforme a la regla 2.7.1.26.
·        Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas siguientes a su expedición.

La comunicación entre emisor y receptor, ha indicado el Servicio de Administración Tributaria, debe darse a través del Buzón Tributario, en el que cualquier contribuyente puede darse de alta.

En cuanto al llenado de la nueva factura electrónica, se establece como uso obligatorio el uso del catálogo de productos y servicios, así como, el de unidad de medida.

Omitir uno u ambos esquemas puede hacer al contribuyente acreedor a una multa económica de hasta 14 mil pesos e incluso a ser sancionado con la cancelación de su sello digital para emitir facturas electrónicas.

Seguir correctamente lo establecido por la autoridad fiscal no es labor exclusiva de los contribuyentes, los Proveedores de Certificación, como Facturaxion en la Nube, también nos hemos adaptado a estas medidas.

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Entra en vigor nuevo esquema de cancelación del CFDI 3.3