Nuevos cambios fiscales vienen para los contribuyentes. |
Además de adoptar el nuevo proceso de cancelación, a
partir del 1° de septiembre del 2018, los contribuyentes deberán asimilar otros
servicios agregados para controlar el proceso de emisión y administración de
facturas electrónicas.
Estos servicios son proporcionados de manera automática
por el Servicio de Administración Tributaria y aquellos proveedores de
certificación que cuenten con el visto bueno de la autoridad fiscal.
Aquí te explicamos, cómo utilizarlos y porque son útiles
para ti:
·
Estados del comprobante
Valido y cancelado, ya no serán los únicos
estatus con los que se puede clasificar una factura electrónica, del 1° de
septiembre en adelante, se deberán considerar también No cancelable y Cancelable.
Dichos estados, deben aparecer siempre
visibles al contribuyente a través de cualquier medio, el portal del SAT o el
servicio proporcionado por el proveedor
de certificación.
·
Consulta de comprobantes relacionados
Este servicio muestra aquellas facturas
electrónicas que se encuentren relacionadas con otros comprobantes, indicando a
los contribuyentes que la factura no puede ser cancelada.
·
Peticiones de cancelación
A través de este servicio, el
contribuyente emisor puede realizar la búsqueda y filtrado de aquellas facturas
electrónicas que requieren la aceptación del receptor para ser canceladas.
·
Aceptación o rechazo
Permite al contribuyente receptor
contestar la solicitud el emisor, aceptando o rechazando la cancelación de una
factura electrónica.
Estos dos últimos servicios, facilitan los
contribuyentes emisor y receptor, consultar el estado una o más facturas
electrónicas, desde el servicio del PAC
que contraten, sin tener que ingresar al Buzón Tributario.
Dichos servicios conforman los medios tecnológicos probados
y certificados por el Servicio de Administración Tributaria con los que obligatoriamente
deben contar los proveedores de
certificación que implementen a sus servicios el nuevo esquema de
cancelación de factura electrónica.
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