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¿Conoces los cambios en el CFDI para 2021?

Desde 2014 en México toda facturación se realiza vía electrónica, así, un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica es un archivo escrito en formato XML y para ser válido debe ser timbrado a través de la aplicación del SAT o por un proveedor autorizado de certificación (PAC) como Facturaxion, pues debe cumplir con los requisitos establecidos en el art 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) para que sea un comprobante válido. 


El pasado 8 de diciembre del 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación algunos cambios en la fracción V del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

A continuación, te mencionaremos algunos para que estés atento y tomes tus precauciones este año que comienza:

La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso que amparen.

Estos datos se asentarán en los Comprobantes Fiscales Digitales por internet usando catálogos incluidos en las especificaciones tecnológicas a que se refiere la fracción VI del CFF.

Por lo que en la descripción del producto y/o servicio, uso o goce temporal de bienes, se deben asentar conforme al catálogo que maneja el SAT. Es decir, si un CFDI se emite en 2021 y no contiene la descripción detallada del servicio, no deberá haber algún problema con su deducción. Pero por el lado contrario si no se utiliza la clave correcta, la autoridad podría determinar que ese CFDI no corresponde al campo de descripción con las claves del catálogo, pudiendo así, rechazar la deducción y acreditamiento.

Corrección de un CFDI de nómina correspondiente al 2020

Por otra parte, algunos contribuyentes que cuentan con trabajadores a su servicio detecten errores en los CFDI de nóminas que emitieron en 2020, así que de acuerdo a la regla 2.7.5.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021 del 29 de diciembre de 2021 se establece que los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2020 emitieron un CFDI de nómina con errores u omisiones en el llenado, por única ocasión podrán corregirlos, siempre y cuando el nuevo comprobante se emita a más tardar el 28 de febrero de 2021, y se cancele el comprobante que sustituye.

Se considerará expedido en el ejercicio fiscal 2020 un CFDI de nómina si refleja en “fecha de pago” el día correspondiente a 2020 en que se realizó el pago asociado a ese comprobante. Así, es posible sustituir los CFDI con errores u omisiones hasta el 28 de febrero, pero no se permite realizar comprobantes que no fueron emitidos durante el 2020. Por lo tanto, si en 2021 se emite un CFDI de nómina con pagos de 2020 esa erogación se considera no deducible.

En conclusión, te recomendamos checar bien las claves de producto o servicio que hay en los sistemas de facturación y adaptarlos respecto a los CFDI. Recuerda que en Facturaxion ya contamos con estas actualizaciones en nuestro sistema. Asimismo, aún estás a tiempo de sustituir los comprobantes que cuentan con errores o emisiones correspondientes a 2020 con pagos asociados.

 

 

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¿Conoces los cambios en el CFDI para 2021?

¿Cuándo cancelar un CFDI sin autorización del receptor?



Para realizar la cancelación de un CFDI debes contar
con una cuenta de Buzón Tributario del SAT.
Pese a que próximamente entrará en funciones una nueva forma de cancelación del CFDI en la que se debe solicitar la previa autorización del receptor, existen distintas situaciones por las que podremos seguir utilizando el proceso de cancelación actual.
Con respecto a ellas, es importante contextualizarlas en el ambiente propicio y estar completamente seguros de que es un caso en el que podemos cancelar sin el consentimiento del receptor y al mismo tiempo no recibir ninguna repercusión por prácticas fiscales indebidas.

Estos son los supuestos:
  • Que amparen ingresos de hasta 5,000 pesos
  • Por conceptos de:
    - Nómina
    - Egresos
    - Traslado
    - Ingresos expedidos a contribuyentes del RIF
  • Emitidos a través de la herramienta Mis Cuentas en el aplicativo Factura Fácil.
  • Que amparen retenciones e información de pagos.
  • Expedidos en operaciones realizadas con el público en general de conformidad con la regla 2.7.1.24
  • Emitidos a residentes en el extranjero para efectos fiscales conforme a la regla 2.7.1.26
  • Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas siguientes a su expedición.

Estas situaciones se fundamentan en el artículo 29-A, cuarto y quinto párrafo del CFF y sexto, fracción I de las Disposiciones Transitorias del CFF, previsto en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del ISR, IVA, el Código Fiscal de la Federación y la Ley del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.

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¿Cuándo cancelar un CFDI sin autorización del receptor?

Guía rápida para cancelar un CFDI


El nuevo esquema de cancelación será aplicable de manera
obligatoria a partir del próximo 1 de julio del 2017.
Luego de la publicación del anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público destacó la nueva forma de cancelación para una factura electrónica.
Este esquema será aplicable de manera obligatoria a partir del próximo 1 de julio del 2017, fecha que está muy próxima y por lo que es mejor tener claro lo que hay que hacer.
  • Contar con Buzón Tributario
    Sólo a través de esta vía, debes ponerte en contacto con el receptor del CFDI para notificarle tu deseo y motivo para cancelarlo.
     
  • Consentimiento del receptor
    Por su parte, el receptor deberá manifestar por la misma vía, la aceptación o negativa en la cancelación de dicho CFDI a más tardar en las próximas 72 horas a partir de la recepción de la solicitud.
     
  • Aprobación
    Después de ese lapso, el SAT considerará que el receptor acepta la cancelación aunque no se haya hecho manifestación alguna.
     
  • Excepciones
    El emisor puede cancelar un CFDI si el monto de la factura no supera ingresos de 5,000 pesos, por conceptos de nómina, egresos, traslado, o bien por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal.
Con información del Economista.
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Guía rápida para cancelar un CFDI

SAT desde la perspectiva del Paquete Económico 2017

Luego de que el Senado ratificara su nombramiento como Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Santín Quiroz, afirmó que las propuestas incluidas en el Paquete Económico 2017 tienen la intención de “aprovechar las herramientas que ha desarrollado el SAT”.
En entrevista para Noticias MVS, dijo que de hacerse realidad algunas de las ideas dentro del Paquete Económico, la Factura Electrónica Avanzada podría ser utilizada por los particulares para transacciones entre ellos, resaltó esta tecnología como una fortaleza con la que cuenta el SAT.
Recordó que en la actualidad, este tipo de Factura es un medio de identificación digital más amplio y una de las herramientas más seguras con la que cuenta el país hoy en día.
En un futuro no muy lejano, el Buzón Tributario podría ser utilizado para “enviar información no fiscal entre el sector Gobierno y privado” en consecuencia se aprovecharía este mecanismo para acortar el proceso de comunicación entre la autoridad y el más de un millón y medio de contribuyentes que ya cuentan con él.
Sobre la cancelación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, dijo que no es una facultad de la autoridad, “sino una condición para que los proveedores que hayan emitido una factura y deseen cancelarla, se les pide que cuenten con el consentimiento de la persona a la cual se le fue emitida tal factura”.
Ejemplificó, en el caso de existir una persona que contrató un servicio que es susceptible de una deducción y desea que se cancele el efecto fiscal derivado de ese acto, por seguridad jurídica y protección a los ciudadanos, el ciudadano debe tener conocimiento y dar su consentimiento.
En cuanto a   la devolución de impuestos, indicó que se trata de un proceso crítico, sin embargo, se ha reducido en tiempo de manera considerable, incluso se han dado casos donde se realizan de manera automática, por lo que es una de las ambiciones próximas.
El entrevistado, no profundizó en demás cambios para el Servicio que dirige, no obstante, resaltó que, a su llegada al SAT encontró una institución transparente, consolidada y moderna, que utiliza la tecnología para lograr sus objetivos con lo que se construye “el camino hacia la digitalización económica” mexicana.
Finalmente, indicó que se coordinará con otras instancias para asegurarse que la legislación en materia tributaria y aduanal se cumpla de manera estricta.
Con información de Noticias MVS Radio

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SAT desde la perspectiva del Paquete Económico 2017