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Regalías y su calidad



 Pagos recibidos por un Derecho.

Las regalías son todos los pagos recibidos por una patente, un derecho de autor o cualquier recurso natural que posea una persona física o moral.

¿Es una inversión?

En atención al párrafo primero y séptimo del artículo 37 de la Ley del ISR, este es un concepto deducible al 100% en el ejercicio en que se incurre, por derivarse de un beneficio que se concreta en el mismo periodo.

¿Constituyen una inversión como un gasto diferido o un activo intangible o un gasto?

Es necesario atender al Artículo 39 de la ley del ISR y a la naturaleza de la operación para entender el concepto que constituirá el pago de regalías.

Lo anterior puede o no producir o generar beneficios durante el ejercicio o periodo en que se realiza el pago. Por tanto, cuando la operación de referencia no produzca o genere efectivamente beneficios por un tiempo mayor al del mismo periodo al que corresponde la erogación por concepto de regalías, esa erogación no podría considerarse un gasto diferido o activo intangible amortizable, sino una partida o “deducción fiscal”, señalada literalmente como “inversión para efectos del ISR”, pero que se realiza efectivamente en el mismo ejercicio en que se concretan o materializan los beneficios económicos del bien de que se trate.

Para efectos contables la erogación correspondiente a la contraprestación por regalías devengadas corresponde a un gasto del ejercicio que se refleja en el estado de resultados.

Aunque gasto es un concepto regulado en el apartado 29 facción III de la ley del ISR.

Recuerda que con Facturaxion en la Nube aseguras a tu empresa, ya que se alinea a los requerimientos de las autoridades fiscales, como el SAT.

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Publicadas por Facturación Electrónica

Regalías y su calidad

¿A qué edad sacar tu RFC?


Aunque seas menor de edad, puedes registrarte
en el RFC.
Al comenzar a trabajar y generar ingresos, inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes es uno de los pasos más importantes a dar per ¿Sabías que puedes hacer este trámite desde mucho antes?

Si tienes 16 años y ya te encuentras prestando un servicio personal subordinado, también conocido como salarios, a partir del primer día que inicies tus actividades laborales ya puedes presentar tu solicitud de inscripción en el RFC como persona física.

Para obtenerlo, debes registrar una cita en el portal del SAT y presentarte en una de sus oficinas con la siguiente documentación:

  • Solicitud de inscripción al RFC
  • Acuse único de inscripción en el RFC que contiene cédula de identificación fiscal y código de barras bidimensional
  • Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC.

Para ello debes contar con:

  • Clave Única de Registro de Población O Cédula de Identidad Personal
  • Manifestación por escrito ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente, en la que el contribuyente señale bajo protesta que no tendrá actividad distinta hasta 18 años
  • Comprobante de domicilio fiscal
  • Identificación oficial vigente como la credencial emitida por instituciones de educación pública y privada.

Inscribirte al RFC desde el comienzo de tus actividades te ayudará a comenzar a generar un historial tributario con el Servicio de Administración Tributaria.

Encuentra más información sobre cómo inscribirte al RFC en el Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación; 23 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; regla 2.4.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

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¿A qué edad sacar tu RFC?

Gastos deducibles por régimen fiscal

El SAT sabe si deduces gastos que no corresponden a tu actividad.

Conoce los gastos que puedes hacer deducibles
de acuerdo con tu actividad profesional.
Uno de los beneficios más populares entre los contribuyentes que se dan de alta en el SAT, es la posibilidad de reducir el pago de sus impuestos a través de la deducibilidad de gastos pero ¿Estás seguro de puedes deducir absolutamente todo?

Bien, para aclarar este punto, es importante aclarar que los gastos que pueden hacerse deducibles se caracterizan por cumplir con tres condiciones:
  • Esté relacionado con tu actividad empresarial o profesional.
  • Sea indispensable para lograr el objetivo de tu negocio o actividad.
  • Pueda afectar tu negocio o actividad de no realizarse.

Si a lo largo de un periodo fiscal hiciste compras que cumplan con al menos una de las condiciones anteriores, debes:
  1. Pide factura del proveedor de dicho servicio o producto.
  2. Verifica que el comprobante cumpla con todos los requisitos fiscales.
  3. Si deseas deducir gastos superiores a $2,000.00, el pago debe ser cubierto con cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito o transferencia bancaria

Además, debes ser coherente entre las actividades de tu régimen y el gasto que deseas hacer. Por ejemplo:

Si te registraste como persona física en el régimen de actividades profesionales como abogado, puedes hacer deducible tus compras de papelería y muebles de oficina pero no unas vacaciones en la playa, ya que no está relacionado con tu actividad gravable.

En ese sentido, te compartimos los principales conceptos que puedes hacer deducibles de acuerdo con tu régimen fiscal:

Personas
físicas
Régimen de arrendamiento de inmuebles
Casetas, contribuciones locales o municipales, arrendamiento, gasolina, teléfono móvil, energía eléctrica, mensajería, vigilancia, gastos de viaje*, mantenimiento, artículos de limpieza, consumibles para computadora, publicidad, propaganda y fotografía, gastos de atención al cliente, capacitación, material de actividad, honorarios, papelería, cuotas sindicales, gastos financieros y contribuciones federales.
Régimen de asalariados

Arrendamiento, gasolina, teléfono móvil, energía eléctrica, mensajería, vigilancia, gastos de viaje*, mantenimiento, artículos de limpieza, consumibles para computadora, publicidad, propaganda y fotografía, gastos de atención al cliente, capacitación, material de actividad, honorarios, papelería, cuotas sindicales, gastos financieros, contribuciones federales.

Régimen de actividades profesionales u Honorarios
Régimen de actividad empresarial
Régimen de Incorporación Fiscal o Repecos
Personas morales
Régimen general
Salarios, contribuciones estatales, arrendamiento, gasolina, teléfono móvil, energía eléctrica, mensajería, vigilancia, gastos de viaje*, mantenimiento, artículos de limpieza, consumibles para computadora, publicidad, propaganda y fotografía, gastos de atención al cliente, capacitación, material de actividad, honorarios, papelería, cuotas sindicales, gastos financieros y contribuciones federales.
Personas morales con fines no lucrativos


Para evitar sanciones deduce únicamente los gastos que son indispensables para llevar a cabo tus actividades fiscales pues a través de una revisión electrónica, el SAT puede detectar este tipo de omisiones y aplicarte recargos.

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Gastos deducibles por régimen fiscal

¿Cómo presentar tus pagos provisionales y definitivos?

Esta es la forma de presentar sin errores una de tus obligaciones fiscales.

Presenta el pago provisional y definitivo de tus impuestos
de la mejor manera.
El pago provisional y definitivo del ISR, IVA e IEPS, así como, de retenciones es una de las obligaciones fiscales que debemos presentar mes con mes, por ello, es importante que conozcas el procedimiento indicado para cumplir con ella.

Si eres nuevo y te acabas de registrar como persona física ante la autoridad fiscal, no permitas que el desconocimiento en la forma de cumplir con tus obligaciones fiscales te impida presentarlas a tiempo.

Incluso si ya llevas tiempo registrado como persona física en alguno de los regímenes tributarios reconocidos por el SAT, debes saber es que existe un procedimiento indicado por los artículos 20 y 31 en el Código Fiscal de la Federación, y que podría serte de ayuda.

En primer lugar, esta es una obligación para aquellas personas físicas que:
  • Realizan actividades empresariales y que en ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos inferiores a $2, 421, 720.00
  • Realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos inferiores a $415, 150.00
  • Inicien actividades y que estimen sus ingresos en alguna de las cantidades anteriores.
Si encajas en alguno de los casos anteriores, te indicamos la forma para llevar a cabo el cumplimiento de esta obligación:

1.    Obtén tu acuse de recibo electrónico con el importe total a pagar y la línea de captura a la que efectuarás el pago con fecha de vigencia.
2.    Entrega dicho acuse en la ventanilla bancaria de las instituciones de crédito autorizadas para ello como: HSBC, Banamex, Banorte, Santander, Bancomer, Scotiabank, entre otros.
3.    El pago lo puedes realizar en efectivo, cheques, tarjeta de crédito o débito.

La autoridad fiscal considera que cumpliste con tu obligación cuando realizas el pago o si no existe una cantidad a pagar.

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¿Cómo presentar tus pagos provisionales y definitivos?

Deducción de las aportaciones para el retiro

Qué, cómo y cuánto, puedes deducir tus aportaciones voluntarias.

Tus aportaciones para el retiro tienen más de un beneficio.
Además de ahorrar a largo plazo, con las aportaciones voluntarias realizadas a tu fondo para el retiro puedes deducir del 10 al 20% del impuesto sobre la renta.

Deducir el impuesto sobre la renta de tus contribuciones es un beneficio económico con fundamento en la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 151, sección V.

Si eres persona física con ingresos por salarios superiores a los 400 mil pesos y realizas aportaciones a tu fondo para el retiro, no esperes hasta tu declaración anual para tener presente la siguiente información.

¿Qué puedes deducir?

Aportaciones realizadas en la subcuenta como:
  • Complementarias para el retiro
  • Planes de pensiones
  • Voluntarias

¿Cuáles son los beneficios que obtengo?
  • Deduces el 10% de tus ingresos anuales, con un máximo de 5 veces el salario mínimo anual.
  • Recibes la devolución de impuestos
  • Si mantienes la inversión, el rendimiento queda exento de la retención del ISR en 20% cuando cobres dicho fondo.

Cabe mencionar que si decides retirar el dinero del fondo antes de los 65 años deberás pagar el impuesto correspondiente. Además, no puedes hacer retiros de aportaciones en las que hayas deducibles o te harás acreedor a una sanción.

¿Cuánto es lo que puedo deducir?

Aunque el limite se actualiza año con año, la Ley te permite deducir el ahorro para el retiro hasta el 10% de tu ingreso anual, siempre y cuando no rebases el tope de cinco unidades de medida.

Adicionalmente, puedes deducir el ahorro para el retiro por hasta 152, 000 pesos anuales, al final de la inversión se realizará la retención del ISR por el 20% de la inversión.

¿Cómo lo hago?
  1. Indica a tu administradora de fondos que tu aportación es a largo plazo.
  2. Solicita a tu afore el comprobante total de aportaciones voluntarias al final del año.
  3. Ingresa los datos de dicho comprobante en tu próxima declaración.

Comienza a aportar desde ahora y goza de los beneficios en tu declaración anual, el próximo abril.

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Deducción de las aportaciones para el retiro

¿Cómo darte de alta como persona física?




Es importante poner en orden tu situación fiscal y
transparentarla al SAT.
Si ya te decidiste a ser emprendedor independiente, lo primero es poner todo tu situación fiscal en orden y transparentarla al SAT. Puede sonar tedioso y difícil de hacer, pero es todo lo opuesto.
Es por ello que te facilitamos los pasos para darte de alta ante la autoridad fiscal y seas un contribuyente reglamentado. Toma nota y haz tu trámite más sencillo y rápido:

  • Agenda tu cita desde el portal del SAT.
  1. Ten a la mano tu CURP.
  2. Ingresa al sitio oficial del SAT y elige la opción de inscripción en el RFC de personas físicas con actividad empresarial.
  3. Preinscríbete y solicita una cita en el módulo más cercano del SAT.

  • El día de la cita, no olvides llevar contigo:
  1. Acuse de preinscripción al RFC
  2. Comprobante de domicilio fiscal.
  3.  Identificación oficial con fotografía
  4. Acta de nacimiento en copia certificada
  5.  Si eres extranjero: tu forma migratoria múltiple (FMM) o carta de naturalización o documento migratorio vigente

  • Durante tu cita obtendrás:
  1. Hoja de Vista Previa con tus datos
  2. Cédula de Identificación Fiscal
  3. Acuse de Inscripción en el RFC

  • 30 días después deberás presentarte de nuevo en el módulo para obtener tu Firma Electrónica (FIEL) presentando:
  1. Identificación oficial
  2. CURP
  3. Comprobante de domicilio

Una vez que obtengas tu fiel deberás tramitar tu contraseña para acceder al portal del SAT. Tramítala en línea en: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/tramites/ciec/Paginas/requisitos_ciecf.aspx ¡Y listo! De esta forma estarás inscrito en el SAT como un contribuyente.

Con información del SAT.
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¿Cómo darte de alta como persona física?

¿Cómo funciona la deducción inmediata de inversiones?


Tanto personas físicas como morales podrán obtener la
la deducción inmediata de sus inversiones.
El Servicio de Administración Tributaria estrenó facilidades tanto para personas morales como físicas, quienes podrán deducir inmediatamente sus inversiones en bienes nuevos de activo fijo.

De acuerdo con el Decreto para la Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo para Micro y Pequeñas Empresas, te compartimos los motivos por los que puedes hacer valida una deducción inmediata:

  • Monto original de la inversión

Éste se ajustará multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se adquirió el bien y hasta el último de la primera mitad del periodo que transcurra desde que se efectuó la inversión y hasta el cierre del ejercicio de que se trate.

  • Producto que resulte del monto original de la inversión

Conforme al párrafo anterior, se aplicará el porcentaje correspondiente establecido en el Decreto para la Deducción Inmediata de Bienes.

  • Cuando los bienes se enajenen, se pierdan o dejen de ser útiles

Se podrá efectuar una deducción por la cantidad que resulte de aplicar al monto original de la inversión los por cientos que resulten conforme al número de años transcurridos desde que se efectuó la deducción.

Por último se considerará ganancia obtenida por la enajenación de los bienes al total de los ingresos percibidos por la misma.

Lo anterior es aplicable sólo para estos casos:

  • Contribuyentes con ingresos menores a 100 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior y no rebasar esta cifra por su actividad durante este periodo.
     
  • No se considerará el mobiliario o equipo de oficina, automóviles, blindaje para automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable de manera individual, o tratándose de aviones distintos a los dedicados a la fumigación agrícola.
     
  • Acerca del IVA, la deducción inmediata se considerará como erogación totalmente deducible cuando se reúnan los requisitos previstos en la ley del ISR.



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¿Cómo funciona la deducción inmediata de inversiones?