¿Cómo presentar tus pagos provisionales y definitivos?

Esta es la forma de presentar sin errores una de tus obligaciones fiscales.

Presenta el pago provisional y definitivo de tus impuestos
de la mejor manera.
El pago provisional y definitivo del ISR, IVA e IEPS, así como, de retenciones es una de las obligaciones fiscales que debemos presentar mes con mes, por ello, es importante que conozcas el procedimiento indicado para cumplir con ella.

Si eres nuevo y te acabas de registrar como persona física ante la autoridad fiscal, no permitas que el desconocimiento en la forma de cumplir con tus obligaciones fiscales te impida presentarlas a tiempo.

Incluso si ya llevas tiempo registrado como persona física en alguno de los regímenes tributarios reconocidos por el SAT, debes saber es que existe un procedimiento indicado por los artículos 20 y 31 en el Código Fiscal de la Federación, y que podría serte de ayuda.

En primer lugar, esta es una obligación para aquellas personas físicas que:
  • Realizan actividades empresariales y que en ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos inferiores a $2, 421, 720.00
  • Realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos inferiores a $415, 150.00
  • Inicien actividades y que estimen sus ingresos en alguna de las cantidades anteriores.
Si encajas en alguno de los casos anteriores, te indicamos la forma para llevar a cabo el cumplimiento de esta obligación:

1.    Obtén tu acuse de recibo electrónico con el importe total a pagar y la línea de captura a la que efectuarás el pago con fecha de vigencia.
2.    Entrega dicho acuse en la ventanilla bancaria de las instituciones de crédito autorizadas para ello como: HSBC, Banamex, Banorte, Santander, Bancomer, Scotiabank, entre otros.
3.    El pago lo puedes realizar en efectivo, cheques, tarjeta de crédito o débito.

La autoridad fiscal considera que cumpliste con tu obligación cuando realizas el pago o si no existe una cantidad a pagar.
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