Esta
es la forma de presentar sin errores una de tus obligaciones fiscales.
Presenta el pago provisional y definitivo de tus impuestos de la mejor manera. |
El pago
provisional y definitivo del ISR, IVA e IEPS, así como, de retenciones es una
de las obligaciones fiscales que debemos presentar mes con mes, por ello, es
importante que conozcas el procedimiento indicado para cumplir con ella.
Si eres nuevo y
te acabas de registrar como persona física ante la autoridad fiscal, no permitas
que el desconocimiento en la forma de cumplir con tus obligaciones fiscales te
impida presentarlas a tiempo.
Incluso si ya
llevas tiempo registrado como persona física en alguno de los regímenes
tributarios reconocidos por el SAT, debes saber es que existe un procedimiento
indicado por los artículos 20 y 31 en el Código Fiscal de la Federación, y que
podría serte de ayuda.
En primer lugar, esta
es una obligación para aquellas personas físicas que:
- Realizan actividades empresariales y que en ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos inferiores a $2, 421, 720.00
- Realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos inferiores a $415, 150.00
- Inicien actividades y que estimen sus ingresos en alguna de las cantidades anteriores.
1. Obtén tu acuse de recibo electrónico con el importe total a pagar y la línea de captura a la que efectuarás el pago con fecha de vigencia.
2. Entrega dicho acuse en la ventanilla bancaria de las instituciones de crédito autorizadas para ello como: HSBC, Banamex, Banorte, Santander, Bancomer, Scotiabank, entre otros.
3. El pago lo puedes realizar en efectivo, cheques, tarjeta de crédito o débito.
La autoridad
fiscal considera que cumpliste con tu obligación cuando realizas el pago o si no existe una cantidad a pagar.
Entrada más reciente
Entrada antigua
0 comentarios:
Publicar un comentario