Regalías y su calidad



 Pagos recibidos por un Derecho.

Las regalías son todos los pagos recibidos por una patente, un derecho de autor o cualquier recurso natural que posea una persona física o moral.

¿Es una inversión?

En atención al párrafo primero y séptimo del artículo 37 de la Ley del ISR, este es un concepto deducible al 100% en el ejercicio en que se incurre, por derivarse de un beneficio que se concreta en el mismo periodo.

¿Constituyen una inversión como un gasto diferido o un activo intangible o un gasto?

Es necesario atender al Artículo 39 de la ley del ISR y a la naturaleza de la operación para entender el concepto que constituirá el pago de regalías.

Lo anterior puede o no producir o generar beneficios durante el ejercicio o periodo en que se realiza el pago. Por tanto, cuando la operación de referencia no produzca o genere efectivamente beneficios por un tiempo mayor al del mismo periodo al que corresponde la erogación por concepto de regalías, esa erogación no podría considerarse un gasto diferido o activo intangible amortizable, sino una partida o “deducción fiscal”, señalada literalmente como “inversión para efectos del ISR”, pero que se realiza efectivamente en el mismo ejercicio en que se concretan o materializan los beneficios económicos del bien de que se trate.

Para efectos contables la erogación correspondiente a la contraprestación por regalías devengadas corresponde a un gasto del ejercicio que se refleja en el estado de resultados.

Aunque gasto es un concepto regulado en el apartado 29 facción III de la ley del ISR.

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